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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Resolución n° 33 |
10/12/2003 |
Fecha:
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10/05/2004 |
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Dependencia:
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RE-33-2003-GMC |
Tema:
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MERCOSUR |
Asunto:
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DEROGA RESOLUCION GMC Nº 74/99
"ESTANDAR FITOSANITARIO: LINEAMIENTOS PARA
LA IDENTIFICACION DE
PLAGAS NO CUARENTENARIAS REGLAMENTADAS (PNCR) Y ESTABLECIMIENTO DE SUS
REQUISITOS FITOSANITARIOS" |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto
y las Decisiones Nº 6/96, 20/02 y 08/03 del Consejo del Mercado Común. |
CONSIDERANDO: Que por Resolución GMC Nº 74/99 se aprobó el "Estándar
Fitosanitario: Lineamientos para la identificación de Plagas no
Cuarentenarias Reglamentadas (PNCR) y Establecimiento de sus Requisitos
Fitosanitarios" |
Que
los criterios y procedimientos que se plasman en la referida resolución no
son consistentes con las disposiciones sobre Análisis de Riesgo para Plagas
No Cuarentenarias Reglamentadas, adoptadas a nivel regional por el Comité de
Sanidad Vegetal del Cono Sur (COSAVE). |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art. 1 - Derógase
la Resolución GMC Nº
74/99 "Estándar Fitosanitario: Lineamientos para la identificación de
Plagas no Cuarentenarias Reglamentadas (PNCR) y Establecimiento de sus
Requisitos Fitosanitarios". |
Art. 2 - Los Estados Partes pondrán en vigencia las
disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para
dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes
organismos: |
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Argentina: |
Secretaría
de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.- SAGPyA |
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Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA |
Brasil: |
Ministério
da Agricultura, Pecuaria e Abastecimento - MAPA |
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Secretaria
de Defesa Agropecuária - SDA |
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Secretaría
de Apoio Rural e Cooperativo -SARC |
Paraguay: |
Ministerio
de Agricultura y Ganadería - MAG |
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Dirección
de Defensa Vegetal - DDV |
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Dirección
de Semillas -DISE |
Uruguay: |
Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGPA |
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Dirección
General de Servicios Agrícolas - DGSA |
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Instituto
Nacional de Semillas – INASE |
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Art. 4 - Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la
presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes de
08/V/2004. |
LII GMC – Montevideo, 10/XII/03 |
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