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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 29 |
10/12/2003 |
Fecha:
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10/05/2004 |
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Dependencia:
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RE-29-2003-GMC |
Tema:
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MERCOSUR |
Asunto:
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DEROGA RES. GMC Nº 41/02
"REQUISITOS Y CERTIFICADOS ZOOSANITARIOS PARA EL INTERCAMBIO DE ANIMALES
BOVINOS Y BUBALINOS ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR" |
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VISTO El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto
y las Decisiones Nº 6/96, 20/02 y 08/ 03 del Consejo del Mercado Común. |
CONSIDERANDO: |
La
necesidad de derogar los "Requisitos y Certificados Zoosanitarios para
el Intercambio de Animales Bovinos y Bubalinos entre los Estados Partes del
MERCOSUR" aprobados por
la Resolución GMC Nº 41/02. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art.
1 - Derogar
la
Resolución GMC Nº 41/02 - "Requisitos y Certificados
Zoosanitarios para el Intercambio de Animales Bovinos y Bubalinos entre los
Estados Partes del MERCOSUR". |
Art.
2 - Los Estados Partes colocarán en vigencia las disposiciones legislativas,
reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la
presente Resolución, a través de los siguientes organismos: |
Argentina:
Secretaría de Agricultura Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA |
Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA |
Brasil:
Ministerio de Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA |
Secretaria
de Defesa Agropecuária - SDA |
Paraguay:
Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG |
Subsecretaría
de Estado de Ganadería - SSEG |
Servicio
Nacional de Salud Animal - SENACSA |
Uruguay:
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP |
Dirección
General de Servicios Ganaderos – DGSG |
Art.
3 – Esta Resolución debe ser incorporada solamente por
la República Federativa
del Brasil antes de 08/V/2004. |
LII
GMC – Montevideo, 10/XII/03 |
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