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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Bol/Of
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Resolución n° 210
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25/03/1998
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Fecha:
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31/03/1998
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Dependencia:
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RE-210-1998-SICM
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Tema
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Tema:
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Industria Automotriz
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Asunto:
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Apruébanse los listados de
los vehículos homologados de las Categorías "A" y "B",
que pueden ser importados al amparo del artículo 15 del Decreto Nº 2677/91,
sustituido por el artículo 9, del Decreto Nº 683/94.
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Buenos
Aires, 25de Marzo de 1998.-
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VISTO: el expediente Nº
060-005065/97 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS SERVICIOS
PUBLICOS, el Decreto Nº 2677 del 20 de diciembre de 1.991 y su modificatorio
el Decreto Nº 683 del 6 de mayo de 1.994, la Resolución ex-S.I. Nº
140 del 13 de junio de 1.995, la Resolución ex-S.I. Nº 17 del 25 de agosto de
1.995, y la
Resolución S.I.C. y M. Nº 53 del 22 de julio de 1.996 y la Resolución S.I.C.
y M. Nº 428 del 26 de diciembre de 1.996, y la Resolución S.I.C.
y M. Nº 1023 del 3 de octubre de 1.997, y
|
CONSIDERANDO:Que
algunos modelos de automotores cuyos equivalentes se indican en los listados
de los Anexos I y II de la
Resolución S.I.C. y M. Nº 1023/97 dejaron de producirse, y
en otros casos comenzó la fabricación de nuevos modelos, que hacen necesario
su inclusión en los respectivos anexos.
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Que mediante Resolución S.I.C. y
M. Nº 1023/97 se incluyó temporariamente hasta el 31 de diciembre de 1.997,
el vehículos categoría "A" fabricado en Automotriz Franco-Uruguaya
S.A. (AFSA), de la
REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, marca PEUGEOT modelo
Berlina 306 XS, TRES (3) puertas, equipado con motor 1.587 c.c. de
cilindrada, ciclo OTTO, aspiración natural, CUATRO (4) cilindros en línea y
DOS (2) válvulas por cilindro, y con UN (1) eje tractor, que se importaren en
el marco del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica AAP.CE
Nº I (ex-CAUCE).
|
Que, al mediar un corto lapso de tiempo entre el dictado
de la Resolución S.I.C.
y M. Nº 1023/97 y la fecha de vencimiento estipulada en el Artículo 6º de la misma,
algunas operaciones de importación amparadas en dicho artículo no pudieron
ser concretadas, correspondiendo extender el plazo original.
|
Que la Dirección de Legales
del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ha tomado la intervención que le compete.
|
Que la presente resolución se
dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 26 del Decreto
Nº 2677/91
|
Por
ello,
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EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA RESUELVE:
|
Artículo 1º- Apruébase como Anexo I en SIETE (7)
Planillas que forman parte de la presente resolución, el listado de vehículos
homologados de la
Categoría "A", el que sustituye al Anexo I de la Resolución S.I.C.
y M. Nº 1023/97
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Art. 2º- Apruébase como
Anexo II en TRES (3) Planillas que forman parte de la presente resolución el
listado de vehículos homologados de la Categoría "B" el que sustituye al
Anexo II de la
Resolución S.I.C. y M. Nº 1023/97
|
Art. 3º- Los listados de los Anexos I y II
establecen en forma taxativa, cuales son los modelos de vehículos homologados
que pueden ser importados al amparo del artículo 15 del Decreto Nº 2677/91,
sustituido por el artículo 9º del Decreto Nº 683/94.
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Art. 4º- Prorrógase hasta el 30 de junio
de 1.998 el plazo indicado en el Artículo 6º de la Resolución S.I.C.
y M. Nº 1023/97. La solicitud de autorización de asignación de la cuota en el
marco del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica AAP.CE Nº 1
(ex-CAUCE) deberá ser presentado con anterioridad al 15 de junio de 1.998.
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Art. 5º- Remítase copias
de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
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Art.6º- Comuníquese,
publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Alieto
A. Guadagni.
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NOTA LOA: El Anexo
I de la presente Resolución remitirse al Boletín Oficial de fecha
31/03/98, páginas 13 a
17.
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