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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Nota Externa Nº
45 |
22/06/2007 |
Fecha: |
25/06/2007 |
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Dependencia: |
NE-45-2007-DGA |
Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Zona de Vigilancia Especial - Comisión
Multisectorial en Aduanas de
La
Quiaca y Pocitos. |
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VISTO
la Actuación SIGEA Nº 14511-47-2007 del registro
de
la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y; |
CONSIDERANDO |
Que
la experiencia recogida desde el inicio de los controles impuestos por
la Resolución General
Nº 2048 AFIP y receptando las inquietudes de las autoridades provinciales,
municipales y de las cámaras que representan al sector privado, se hace
aconsejable modificar el mecanismo de ingreso de las mercaderías consideradas
de alto riesgo fiscal a
la Zona
de Vigilancia Especial. |
Que
en tal sentido, se propicia la creación de una Comisión Multisectorial con la
participación de
la
Dirección General de Aduanas, Dirección General Impositiva,
Municipalidades, representantes de los Gobiernos Provinciales y del sector
privado nucleado en las Cámaras que los representan. |
Que
en razón de lo expuesto,
la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de las
facultades conferidas en el artículo 9, punto 2, incisos b) y p) del Decreto
Nº 618 del 10 de julio de 1997 y el artículo 125 de
la Ley 22.415, establece los
siguientes lineamientos: |
I.-
Modificar el Punto VI de
la
Nota Externa Nº 24/07 (DGA), estableciendo que a los fines
de permitir el ingreso de las mercaderías determinadas como de alto riesgo
fiscal a
la Zona
de Vigilancia Especial y para las cuales esta Dirección General establece
cantidades máximas, se estará a la distribución que determine la Comisión
Multisectorial. |
II.-
La representación de
la
Dirección General de Aduanas será asumida por
la Dirección Regional
Aduanera Salta. |
III.-
La Dirección
General de Aduanas tendrá voto decisivo en el seno de la
citada Comisión, en orden a las facultades conferidas por el Código Aduanero
y normas reglamentarias. |
IV.-
El mecanismo determinado será de aplicación en jurisdicción de las Aduanas de
La Quiaca y
Pocitos. |
REGISTRESE.
PUBLIQUESE en el Boletín de
la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dése a
la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Archívese. Dr. RICARDO ECHEGARAY,
Director General de Aduanas. |
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