Detalle de la norma NE-34-2005-DGA
Nota Externa Nro. 34 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2005
Asunto Denuncia de irregularidades con procedimientos licitatorios internacionales.
Boletín Oficial
30777 Fecha: 09/11/2005
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Nota Externa n° 34 08/11/2005 Fecha: 09/11/2005
 
Dependencia: NE-34-2005-DGA
Tema: DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Asunto: Expediente Nº 21.264 caratulado “Unión Argentina de Proveedores del Estado s/ denuncia sobre irregularidades relacionadas con procedimientos licitatorios internacionales en diversas reparticiones oficiales”
 

VISTO la Nota Nº 203/05 de la Subsecretaría de Coordinación y Cooperación Internacional, por la que se adjunta a la AFIP copia certificada de la Nota emitida por el Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, relativa a la resolución de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas recaída en el expediente Nº 21.264 caratulado “Unión Argentina de Proveedores del Estado s/ denuncia sobre irregularidades relacionadas con procedimientos licitatorios internacionales en diversas reparticiones oficiales”.

Siendo dicho Ministerio la autoridad de aplicación en orden al régimen de franquicias diplomáticas que establece el Decreto P. E. N. 25/70, reglamentario de la Ley 18.707, y habiendo puesto en conocimiento de la AFIP que el régimen de franquicia diplomática ha sido un régimen utilizado con sentido meramente instrumental para la aplicación de las exenciones ya previstas por la legislación, por lo que de él no se deriva ningún perjuicio fiscal; corresponde derogar la Nota Externa 32/2005 (DGA), hasta tanto se cuente con una decisión administrativa de instancia superior que determine el criterio a seguir en orden a los bienes importados por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo en el marco de las licitaciones públicas internacionales que lleve a cabo el citado Organismo.

Por ello en uso de las facultades previstas en el artículo 9 apartado 2 inciso p) del Decreto 618 de fecha 10 de julio de 1997, SE INSTRUYE:

1) Dejar sin efecto las Notas Externas 32 y 33/2005 (DGA).

2) Mantener las medidas ordenadas por el Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas, remitiendo a esa instancia copia certificada de las destinaciones aduaneras peticionadas en los términos del Decreto 25/70 y sus modificatorios, con relación a bienes adquiridos en el marco de las licitaciones públicas internacionales llevadas adelante por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

REGISTRESE. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial y en el de la Dirección General de Aduanas.

Cumplido, archívese. — Dr. RICARDO DANIEL ECHEGARAY, Director General de Aduanas.

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga NE-32-2005-AFIP Franquicias diplomáticas ONU s/licitaciones internacionales
Deroga NE-33-2005-DGA Franquicias diplomáticas ONU s/licitaciones internacionales
Relaciona DE-25-1970-PEN Franquicias diplomáticas ONU s/licitaciones internacionales