LOA
Disposición Nº 262-2011
Bs. As., 31/10/2011
VISTO el Expediente Nº 57.727/2011 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el Decreto Nº 235 de fecha 7 de
febrero de 2008, la
Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002,
modificada por el Decreto Nº 878 de fecha 29 de mayo de 2008 y la Resolución Nº 492 de
fecha 7 de octubre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 235/08 establece que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO debe realizar un reempadronamiento de todos los
automotores introducidos con franquicia diplomática, en coordinación con la Dirección Nacional
de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor
y de Créditos Prendarios del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin
de otorgar nuevas Chapas Patente con las mismas medidas de seguridad que las
otorgadas por el mencionado Registro e identificaciones similares a la “cédula verde”.
Que la Resolución Nº
492/11 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
dispone el reempadronamiento de los automotores importados bajo el régimen del
Decreto Nº 25/70 y para los adquiridos bajo el régimen de la Ley Nº 19.486, y las Chapas
Patente de Cortesía, destinados al uso oficial de las Representaciones y de sus
Funcionarios.
Que el Artículo 11 de la
Resolución Nº 492/11 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO establece que la Dirección de Franquicias
de este Ministerio dispondrá la normativa complementaria y determinará los
procedimientos, información, documentación, formularios y todo tipo de trámites
relacionados dicha resolución incluyendo el reempadronamiento.
Que se hace necesario aprobar los formularios de solicitud de reempadronamiento
a presentar por ante la
Dirección de Franquicias de este Ministerio.
Que para su accesibilidad es conveniente que dichos formularios estén
disponibles en el sitio WEB del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Decisión Administrativa
Nº 10/02.
Por ello,
EL DIRECTOR DE FRANQUICIAS
DISPONE:
ARTICULO 1º — Apruébanse los formularios para
la solicitud de reempadronamiento de los automotores importados bajo el régimen
del Decreto Nº 25/70 y para los adquiridos bajo el régimen de la Ley Nº 19.486, y las Chapas
Patente de Cortesía, destinados al uso oficial de las Representaciones y de sus
Funcionarios, que como ANEXOS I y II, en 2 (DOS) fojas forman parte de la
presente.
ARTICULO 2º — Apruébase el “INSTRUCTIVO Y CRONOGRAMA DE REEMPADRONAMIENTO” que como ANEXO III en 5 (CINCO) fojas forma parte de la presente.
ARTICULO 3º — Los referidos formularios estarán
disponibles para su utilización en el sitio WEB del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a partir de la fecha.
ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — RICARDO F. FERNANDEZ, Ministro,
Director de Franquicias, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto.
ANEXO I
REEMPADRONAMIENTO
AUTOMOTOR
AUTOMOTOR
DE USO OFICIAL DE LA
REPRESENTACION
N° Nota de la
Representación: ………………………………………… Fecha: ....…/….…. /…...…
Nombre de la
Representación: …………………………………………………………………………..
DATOS DEL AUTOMOTOR
Marca: ………….……………………….. Tipo (ej. Sedán, moto, etc.): ……………………………….
Modelo (ej. GTX, TDR …): ………………………………………..
Año: ……………
Tipo y N° de chapa patente actual: ………………………. N° de oblea actual: ……………………
¿Es este el automotor oficial del Jefe de Misión SI / NO (*)
(*) Las Representaciones Diplomáticas podrán asignar a uno (solamente uno) de
los automotores de Uso Oficial como automotor oficial del Jefe de Misión.
DATOS DE LOS AUTORIZADOS A CONDUCIR
Nombres: …………………………………………………………………………………………..………
Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….
Fecha de nacimiento: …../…./….. N° de Registro de Conducir: ……………………………………
Cargo en la
Representación (conforme acreditación D.N.C.):………………………………………..
Nombres: ………………………………………………………………………………………………….
Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….
Fecha de nacimiento: …../…./….. N° de Registro de Conducir: ……………………………………
Cargo en la
Representación (conforme acreditación D.N.C.):………………………………………..
Nombres: ………………………………………………………………………………………………….
Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….
Fecha de nacimiento: …../…./….. N° de Registro de Conducir: ……………………………………
Cargo en la
Representación (conforme acreditación D.N.C.):………………………………………..
Nombres: ………………………………………………………………………………………………….
Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….
Fecha de nacimiento: …../…./…. N° de Registro de Conducir: ……………………………………
Cargo en la
Representación (conforme acreditación D.N.C.):………………………………………..
Nombres: ………………………………………………………………………………………………….
Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….
Fecha de nacimiento: …../…./…. N° de Registro de Conducir: ……………………………………
Cargo en la
Representación (conforme acreditación D.N.C.):………………………………………..
Firma
|
…………………………………………………
Jefe de Misión o Subgerente Legal
|
|
|
Aclaración
|
…………………………………………………..
|
|
|
Cargo
|
…………………………………………………..
|
ANEXO II
REEMPADRONAMIENTO
AUTOMOTOR
AUTOMOTOR
DE UN FUNCIONARIO DE LA
REPRESENTACION
N° Nota de la
Representación: …………………........................ Fecha:……../………./……………
Nombre de la Representación:……………………………………………………………………………
BENEFICIARIO
Nombres: …………………………………………………………………………………………………
Apellidos: …………………………………………………………………………………………………
N° Carnet D.N.C.: ………………………………. N° de Registro de Conducir:………………………
Por la presente manifiesto con carácter de Declaración Jurada no poseer la Nacionalidad Argentina
ni ser Residente en el territorio de la República Argentina.
Sirva la presente Declaración Jurada a los efectos del trámite de Recambio de
Chapa Patente.
DATOS DEL AUTOMOTOR
Marca: …………………………….. Tipo (ej. Sedán, moto...) : ………………………………………
Modelo (ej. GTX, TDR …) ………………………………………….
Año: ………………………………
Tipo y N° de chapa patente actual: ………………………. N° de oblea actual: ……………………
DATOS DE LOS AUTORIZADOS A CONDUCIR
Nombres: ………………………………………………………………………………………………….
Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….
Fecha de nacimiento: …../……/... N° de
registro de Conducir: …………………………………….
Vínculo con el titular: ……………………………………… Habita en la casa del titular: SI
/ NO
Nombres: ………………………………………………………………………………………………….
Apellidos: ………………………………………………………………………………………………….
Fecha de nacimiento: …../……/.. N° de
registro de Conducir: …………………………………….
Vínculo con el titular: ……………………………………… Habita en la casa del titular: SI
/ NO
Firma
|
………………………………………...............
Jefe de Misión o subrogante Legal
|
………………………………..
Beneficiario
|
|
|
|
Aclaración
|
………………………………………..
|
………………………………..
|
|
|
|
Cargo
|
……………………………………….
|
………………………………...
|
ANEXO III
PROCEDIMIENTO PARA EL REEMPADRONAMIENTO DEL PARQUE AUTOMOTOR DE LAS
REPRESENTACIONES Y DE SUS FUNCIONARIOS
A partir del 1 de diciembre de 2011 y hasta el 27 de enero de 2012 se procederá
al recambio de las Chapas Patente del parque automotor para el uso de las
Misiones Diplomáticas, Consulares, Misiones Especiales y Organismos
Internacionales con sede permanente en la República Argentina
y al cambio de la ficha de registro del automotor (ficha amarilla con los
autorizados a conducir) por Cédulas de Identificación (conocidas localmente
como “Cédula Verde” y “Cédula Azul”).
El mismo abarcará a la totalidad de los automotores, tanto de uso oficial de la Representación como
de uso de sus Funcionarios.
Para motocicletas sólo se reemplazarán las fichas por Cédulas.
El Reempadronamiento incluye, asimismo, la actualización de las personas
autorizadas a conducir.
A)- Automotores que deben ser reempadronados.
1.- Los automotores declarados en el Censo Automotor finalizado el primero de
abril de 2009.
2.- Los automotores incorporados al uso oficial de las Representaciones o de
sus Funcionarios con posterioridad al referido Censo Automotor.
Las Chapas Patentes actuales, con excepción de las motocicletas, perderán su
vigencia el 29 de enero de 2012.
A partir del 30 de enero de 2012, ningún automotor podrá circular sin las
nuevas patentes y documentación complementaria.
B)- Condiciones para que los automotores puedan ser reempadronados
1.- Deben poseer Chapa Patente y documentación complementaria otorgada a la fecha
y cumplir con las condiciones necesarias para poder ser reempadronados.
2.- Los automotores importados bajo el amparo del artículo Nº 15 del Decreto Nº
25/70 introducidos a plaza hace más de 3 y menos de 6 años, que no hubieren
solicitado la correspondiente prórroga. Como condición deberán solicitar la
prórroga previamente al reempadronamiento.
(Si ya ha transcurrido el plazo máximo posible de 6 años contados a partir del
despacho a plaza, el automotor deberá ser reexportado y no podrá ser
reempadronado).
C)- Presentación previa de la solicitud de reempadronamiento
Con el objeto de facilitar de un modo más ágil el cumplimiento de este
procedimiento, todas las Representaciones podrán presentar la solicitud de
reempadronamiento entre el 1º y el 30 de noviembre venideros, debiéndose
adjuntar la siguiente documentación:
1.- Nota de solicitud de reempadronamiento, con la documentación adjunta
requerida. Debe estar firmada por el Jefe de Misión o Subrogante Legal, con
aclaración de nombre, apellido y cargo en la Representación.
2.- Formulario de “Reempadronamiento automotor”, según corresponda:
- Formulario de “Reempadronamiento automotor -
Automotor de uso oficial de la Representación”; o
- Formulario de “Reempadronamiento automotor -
Automotor de uso de un Funcionario de la Representación”
3.- Verificación Vehicular del número de chasis y motor (Formulario 12),
original.
4.- COPIAS SIMPLES de los Registros de Conducir del Funcionario propietario del
automotor (si es un automotor de uso particular) y de los autorizados a
conducir, expedido por autoridad nacional competente.
5.- Comprobante de la cobertura anual del seguro obligatorio según la Ley 24.449, expedido por
compañías de seguro con sede en el territorio de la
República Argentina.
OBSERVACIONES A TENER EN CUENTA
1.- No deberá presentarse la Verificación Vehicular descripta en el punto 3.-
en los siguientes supuestos:
- Automotores que ya la hubieran presentado en un trámite anterior ante la Dirección de
Franquicias.
- Automotores de fabricación nacional (número de chasis que comienza con “8A” hasta “8E’), ya sea adquiridos en el marco
de la Ley Nº19.486
o inscriptos en el Registro Nacional Automotor con chapas de cortesía.
2.- Se podrán solicitar hasta una cantidad de 5 (cinco) autorizaciones a
conducir para los automotores de uso oficial y hasta una cantidad de 3 (tres),
incluyendo al propietario, para el automotor de un Funcionario.
3.- Los autorizados a conducir deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar registrados ante la Dirección Nacional de Ceremonial. Por este
motivo, es de suma importancia que se verifique en la Dirección Nacional
de Ceremonial que se encuentren debidamente acreditados, registrados o
inscriptos, según corresponda.
- Poseer Registro de Conducir vigente y ser expedido por el Organismo Nacional
o Provincial pertinente.
4.- Todas las Representaciones Diplomáticas podrán asignar a uno de sus
automotores de uso oficial para ser destinado al Jefe de Misión, al que se le
otorgará una Chapa Patente al efecto.
D)- Reempadronamiento
Entre 1 de diciembre de 2011 al 27 de enero de 2012 se llevará a cabo el
reempadronamiento.
En la fecha establecida para cada Representación y la persona autorizada podrá
retirar las Chapas Patente de los automotores de la Representación y en
una fecha posterior, de sus Funcionarios. (Ver Cronograma para el
Reempadronamiento en el punto E).
Para ello deberá concurrir con:
- Chapa patente anterior.
- Ficha de Identificación de Conductores (fichas amarillas) anteriores.
- Oblea anterior.
En caso de no disponer de alguno de los elementos mencionados, la denuncia
policial de pérdida, robo o circunstancia que corresponda.
E)- Cronograma para el Reempadronamiento
1/12 – 7/12
|
ORGANISMOS
INTERNACIONALES
|
JUEVES
01
|
BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO, BANCO MUNDIAL.
|
VIERNES
02
|
CENTRO
DE INFORMACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA ARGENTINA Y URUGUAY, CORPORACION
FINANCIERA INTERNACIONAL, FONDO MONETARIO INTERNACIONAL, PROGRAMA COMUN DE
LAS NACIONES UNIDAS SOBRE VIH/SIDA, PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL
DESARROLLO, FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA.
|
LUNES
05
|
ALTO
COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS REFUGIADOS, COMISION
ADMINISTRADORA DEL RIO URUGUAY.
|
MARTES
06
|
CORPORACION
ANDINA DE FOMENTO, COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO DE LA PLATA, COMITE
INTERNACIONAL DE LA CRUZ
ROJA DELEGACION REGIONAL BUENOS AIRES, ORGANIZACION DE LAS
NACIONES UNIDAS PARA LA
AGRICULTURA Y LA ALIMENTACION, INSTITUTO INTERAMERICANO DE
COOPERACION PARA LA
AGRICULTURA, ORGANIZACION INTERNACIONAL DE POLICIA
CRIMINAL, AGENCIA DE COOPERACION INTERNACIONAL DEL JAPON, REPRESENTACION DE LA SECRETARIA GENERAL
DE LA OEA EN
ARGENTINA, ORGANIZACION DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA.
|
MIERCOLES
07
|
ORGANIZACION
INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES, ORGANIZACION IBEROAMERICANA DE SEGURIDAD
SOCIAL, ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD, COMISION MIXTA ARGENTINO-PARAGUAYA DEL
RIO PARANA, ENTIDAD BINACIONAL YACIRETA, FUNDACION KONRAD ADENAUER, FUNDACION
HANNS SEIDEL, FUNDACION FRIEDRICH NAUMANN, FUNDACION FRIEDRICH EBERT.
|
12/12
- 29/12
|
EMBAJADAS
- AUTOMOTORES OFICIALES
|
LUNES
12
|
REPUBLICA
DE ALBANIA, REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, REPUBLICA DE ANGOLA, REINO DE
ARABIA SAUDITA, REPUBLICA ARGELINA DEMOCRATICA Y POPULAR, REPUBLICA DE
ARMENIA.
|
MARTES
13
|
AUSTRALIA,
REPUBLICA DE AUSTRIA, REPUBLICA DE AZERBAIYAN, REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.
|
MIERCOLES
14
|
REPUBLICA
DE BELARUS, REINO DE BELGICA, ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, REPUBLICA DE
BULGARIA, CANADA, REPUBLICA CHECA, REPUBLICA DE CHILE, REPUBLICA POPULAR DE
CHINA.
|
JUEVES
15
|
REPUBLICA
DE COLOMBIA, REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO, REPUBLICA DE COREA, REPUBLICA
DE COSTA RICA, REPUBLICA DE CROACIA, REPUBLICA DE CUBA, REINO DE DINAMARCA,
REPUBLICA DOMINICANA, REPUBLICA DEL ECUADOR, REPUBLICA ARABE DE EGIPTO,
REPUBLICA DE EL SALVADOR, EMIRATOS ARABES UNIDOS, REPUBLICA ESLOVACA, REPUBLICA
DE ESLOVENIA.
|
VIERNES
16
|
ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.
|
LUNES
19
|
ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.
|
MARTES
20
|
ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.
|
MIERCOLES
21
|
REPUBLICA
FRANCESA, REINO DE ESPAÑA.
|
JUEVES
22
|
REPUBLICA
DE FILIPINAS, REPUBLICA DE FINLANDIA, REPUBLICA HELENICA, REPUBLICA DE
GUATEMALA, REPUBLICA DE HAITI, REPUBLICA DE HONDURAS, REPUBLICA DE HUNGRIA,
REPUBLICA DE LA INDIA,
REPUBLICA DE INDONESIA, REPUBLICA ISLAMICA DE IRAN, IRLANDA, ESTADO DE
ISRAEL.
|
VIERNES
23
|
REPUBLICA
ITALIANA, JAPON, ESTADO DE KUWAIT, REPUBLICA LIBANESA, GRAN YAMAHIRIA ARABE
LIBIA POPULAR Y SOCIALISTA.
|
LUNES
26
|
LIGA DE
LOS ESTADOS ARABES, REPUBLICA DE LITUANIA, MALASIA, SOBERANA ORDEN MILITAR DE
MALTA, REINO DE MARRUECOS, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, REPUBLICA DE NICARAGUA,
REPUBLICA FEDERAL DE NIGERIA, REINO DE NORUEGA, NUEVA ZELANDA, REINO DE LOS
PAISES BAJOS.
|
MARTES
27
|
REPUBLICA
ISLAMICA DE PAKISTAN, AUTORIDAD PALESTINA, REPUBLICA DE PANAMA, REPUBLICA DEL
PARAGUAY, REPUBLICA DEL PERU, REPUBLICA DE POLONIA, REPUBLICA PORTUGUESA,
REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, REPUBLICA DE RUMANIA, SANTA
SEDE, REPUBLICA DE SERBIA, REPUBLICA ARABE DE SIRIA.
|
MIERCOLES
28
|
FEDERACION
DE RUSIA, REPUBLICA DE SUDAFRICA, REINO DE SUECIA, CONFEDERACION SUIZA.
|
JUEVES
29
|
REINO
DE TAILANDIA, REPUBLICA TUNECINA, REPUBLICA DE TURQUIA, REPUBLICA DE UCRANIA,
UNION EUROPEA, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA, REPUBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM.
|
30/12
- 27701
|
EMBAJADAS
- AUTOMOTORES DE FUNCIONARIOS
|
VIERNES
30
|
REPUBLICA
DE ALBANIA, REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA.
|
LUNES
02
|
REPUBLICA
DE ANGOLA, REINO DE ARABIA SAUDITA, REPUBLICA ARGELINA DEMOCRATICA Y POPULAR,
REPUBLICA DE ARMENIA, AUSTRALIA, REPUBLICA DE AUSTRIA, REPUBLICA DE
AZERBAIYAN, REPUBLICA DE BELARUS, REINO DE BELGICA, ESTADO PLURINACIONAL DE
BOLIVIA.
|
MARTES
03
|
REPUBLICA
FEDERATIVA DEL BRASIL.
|
MIERCOLES
04
|
REPUBLICA
POPULAR DE CHINA.
|
JUEVES
05
|
REPUBLICA
DE BULGARIA, CANADA, REPUBLICA CHECA, REPUBLICA DE CHILE, REPUBLICA DE
COLOMBIA, REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO, REPUBLICA DE COSTA RICA, REPUBLICA
DE CROACIA
|
VIERNES
06
|
REPUBLICA
DE CUBA, REPUBLICA DE COREA.
|
LUNES
09
|
ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.
|
MARTES
10
|
ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.
|
MIERCOLES
11
|
REINO
DE ESPAÑA.
|
JUEVES
12
|
REPUBLICA
FRANCESA.
|
VIERNES
13
|
REINO DE
DINAMARCA, REPUBLICA DOMINICANA, REPUBLICA DEL ECUADOR, REPUBLICA ARABE DE
EGIPTO, REPUBLICA DE EL SALVADOR, EMIRATOS ARABES UNIDOS, REPUBLICA ESLOVACA,
REPUBLICA DE ESLOVENIA, REPUBLICA DE FILIPINAS, REPUBLICA DE FINLANDIA,
REPUBLICA HELENICA, REPUBLICA DE GUATEMALA, REPUBLICA DE HAITI, REPUBLICA DE
HONDURAS, REPUBLICA DE HUNGRIA, REPUBLICA DE LA INDIA, REPUBLICA DE
INDONESIA, REPUBLICA ISLAMICA DE IRAN, IRLANDA.
|
LUNES
16
|
REPUBLICA
ITALIANA.
|
MARTES
17
|
REPUBLICA
ITALIANA.
|
MIERCOLES
18
|
REPUBLICA
ITALIANA
|
JUEVES
19
|
ESTADO
DE ISRAEL, JAPON, ESTADO DE KUWAIT, REPUBLICA LIBANESA, GRAN YAMAHIRIA ARABE
LIBIA POPULAR Y SOCIALISTA, LIGA DE LOS ESTADOS ARABES, REPUBLICA DE
LITUANIA, MALASIA, SOBERANA ORDEN MILITAR DE MALTA, REINO DE MARRUECOS.
|
VIERNES
20
|
ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS, REPUBLICA DE NICARAGUA, REPUBLICA FEDERAL DE NIGERIA, REINO
DE NORUEGA, NUEVA ZELANDA, REINO DE LOS PAISES BAJOS, REPUBLICA ISLAMICA DE
PAKISTAN, AUTORIDAD PALESTINA, REPUBLICA DE PANAMA, REPUBLICA DEL PARAGUAY.
|
LUNES
23
|
REPUBLICA
DEL PERU, REPUBLICA DE POLONIA, REPUBLICA PORTUGUESA, REINO UNIDO DE GRAN
BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, REPUBLICA DE RUMANIA.
|
MARTES
24
|
FEDERACION
DE RUSIA.
|
MIERCOLES
25
|
REPUBLICA
DE SERBIA, SANTA SEDE, REPUBLICA ARABE DE SIRIA, REPUBLICA DE SUDAFRICA,
REINO DE SUECIA, CONFEDERACION SUIZA, REINO DE TAILANDIA, REPUBLICA TUNECINA,
REPUBLICA DE TURQUIA, REPUBLICA DE UCRANIA, UNION EUROPEA.
|
JUEVES
26
|
REPUBLICA
ORIENTAL DEL URUGUAY.
|
VIERNES
27
|
REPUBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA, REPUBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM.
|
|