LOA
Disposición Nº 21-2011
Bs. As., 8/9/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0277895/2011 del Registro del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 y la Resolución Nº 40 de
fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 se aprobó el
PROGRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES PUBLICOS EN EL
BICENTENARIO con el objetivo de continuar las políticas públicas tendientes a
profundizar el desarrollo industrial, competitivo y sustentable, en todo el
Territorio Nacional.
Que mediante la
Resolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO
DE INDUSTRIA, fue reglamentado el Programa antedicho.
Que en este marco el Artículo 34 del Título IV del Anexo de la resolución
mencionada establece que las instituciones que deseen constituirse como
ventanillas del presente Programa deberán adherirse mediante suscripción de la Nota de Adhesión que como
FORMULARIO F, forma parte integrante de la Resolución Nº 40/10
del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que la DIRECCION
GENERAL DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCION,
RECURSOS NATURALES, FORESTACION Y TIERRAS del GOBIERNO DE SANTIAGO DEL ESTERO
ha presentado el referido formulario a los efectos de ser habilitada por la SUBSECRETARIA DE
PROMOCION AL FINANCIAMIENTO DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA como ventanilla del PROGRAMA
NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES PUBLICOS EN EL
BICENTENARIO.
Que habiéndose efectuado el análisis técnico de la documentación acompañada por
la DIRECCION GENERAL
DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCION, RECURSOS NATURALES,
FORESTACION Y TIERRAS del GOBIERNO DE SANTIAGO DEL ESTERO, la misma resulta
suficiente a los fines de la habilitación como ventanilla en el marco del
Programa antes mencionado.
Que en función de lo expuesto resulta apropiado proceder con la habilitación de
la DIRECCION GENERAL
DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCION, RECURSOS NATURALES,
FORESTACION Y TIERRAS del GOBIERNO DE SANTIAGO DEL ESTERO.
Que la Dirección
de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los Decretos Nros. 915/10, 919 de fecha 28 de junio
de 2010, 964 de fecha 1 de julio de 2010 y 969 de fecha 1 de julio de 2010.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE
PROMOCION AL FINANCIAMIENTO DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
DISPONE:
ARTICULO 1º — Habilítase
desde la entrada en vigencia de la presente medida, en los términos del
Artículo 34 del Título IV del Anexo de la Resolución Nº 40 de
fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA a la DIRECCION GENERAL
DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCION, RECURSOS NATURALES,
FORESTACION Y TIERRAS del GOBIERNO DE SANTIAGO DEL ESTERO como ventanilla en el
marco del PROGRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES PUBLICOS
EN EL BICENTENARIO, aprobado por el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de
2010.
ARTICULO 2º — La presente medida entrará en
vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Lic. CAROLINA MAURER,
Subsecretaria de Promoción al Financiamiento de la Pequeña y Mediana Empresa,
Ministerio de Industria.
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