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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Decreto Nº 357
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21/02/2002
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Fecha:
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22/02/2002
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Dependencia:
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DE-357-2002-PEN
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Tema:
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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
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Asunto
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Apruébase el organigrama de
aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta
nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas
en dicho organigrama. Establécense los ámbitos jurisdiccionales en los que
actuarán diversos organismos descentralizados. Créase el Consejo Nacional
de Coordinación de Políticas Sociales en el ámbito de la Presidencia de la Nación.
Disuélvese el Gabinete Social creado por Decreto Nº
108/97. Derógase el Decreto Nº 20/99, sus modificatorios y complementarios.
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Ver
Antecedentes Normativos
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VISTO el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999 sus
modificatorios y complementarios, y el Decreto Nº 355 del 21 de febrero de
2002, y
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CONSIDERANDO:
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Que
por el Decreto Nº 355/02 se sustituye el artículo 1º y los Títulos III y V de
la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y modificatorias,
determinando las Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACION y los Ministerios
que asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir con las
responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
competencias.
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Que
en función de las competencias asignadas a las distintas jurisdicciones
ministeriales resulta necesario reordenar las responsabilidades de las
distintas áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
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Que
las reformas que surgen se encuentran fundadas en el análisis y evaluación de
las funciones indelegables del Estado Nacional.
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Que
ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de
los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que
posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a
estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.
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Que
los niveles contemplados en la presente norma constituyen el marco que
deberán seguir las distintas jurisdicciones para la aprobación de sus
respectivas estructuras de primer nivel operativo.
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Que
la correcta y más eficaz administración de los recursos del Estado aplicados
a la política social exige la coordinación y articulación entre las diversas
áreas de conducción de dichas actividades.
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Que
en razón de ello se crea el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS
SOCIALES.
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Que
la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
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Por ello,
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EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
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Artículo
1º — Apruébase el organigrama de aplicación de la Administración
Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, que
como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
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Art.
2º — Apruébanse los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en
el organigrama previsto en el artículo 1º, los que como Anexo II forman parte
integrante del presente decreto.
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Art.
3º — Establécense los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los
organismos descentralizados que se detallan en el Anexo III que forma parte
integrante del presente decreto.
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Art.
4º — Créase el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES en el
ámbito de la
PRESIDENCIA DE LA
NACION, con el objeto de constituir un ámbito de
planificación y coordinación de la política social nacional para mejorar la
gestión de gobierno, mediante la formulación de políticas y la definición de
cursos de acción coordinados e integrales, optimizando la asignación de los
recursos.
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La
Presidencia del
CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES estará a cargo de la
señora Da. Hilda Beatriz GONZALEZ (D.N.I. Nº 5.301.595) y será ejercida con
carácter ad-honorem.
|
Art.
5º — El CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES estará
integrado en forma permanente por los señores:
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-
MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
|
-
MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
|
-
MINISTRO DE EDUCACION
|
-
MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
|
-
MINISTRO DE SALUD
|
-
MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
|
-
MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
|
-
MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
|
-
SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.
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(Artículo
sustituido por art. 3° del Decreto N° 78/2007 B. O. 20/12/2007)
|
Art.
6º — La Presidente
del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES podrá invitar a
los Gobernadores de los Estados Provinciales a designar un representante para
integrar el mismo.
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Asimismo
la Presidente
del Consejo podrá invitar a Organizaciones Sociales y Confesionales a
designar representantes a tal efecto.
|
Los
Ministros podrán autorizar la participación de los responsables de los
organismos y entidades comprendidos en su respectiva jurisdicción.
|
(Artículo
sustituido por art. 4° del Decreto N° 78/2007 B. O. 20/12/2007)
|
Art.
7º — EL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES contará con un
Secretario Ejecutivo, el que tendrá rango y jerarquía de Secretario.
|
Art.
8º — La SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION prestará el apoyo
administrativo brindando los recursos humanos necesarios para el
funcionamiento del Consejo que se crea por el artículo 4º del presente.
|
Art.
9º — El CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES tendrá los
siguientes objetivos:
|
1.
Establecer la Planificación Estratégica de políticas y
programas sociales del gobierno Nacional, las estrategias de intervención y
los compromisos por resultados.
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2.
Coordinar y articular la gestión de los organismos responsables de la
política social nacional.
|
3.
Establecer las políticas prioritarias para el corto plazo y las definiciones
estratégicas para el mediano y largo plazo, orientadas a abordar los
principales problemas sociales.
|
4.
Consolidar las propuestas de Presupuesto Anual de la finalidad Social e
intervenir en la propuesta presentada por cada organismo del sector a los
efectos de su compatibilización con las prioridades que se establezcan.
|
5.
Establecer mecanismos para asegurar el control social del uso de los fondos
públicos sociales y la responsabilidad de los funcionarios en la rendición de
cuentas a la sociedad.
|
6.
Proponer políticas para promover la participación de las organizaciones no
gubernamentales de la sociedad civil y del sector privado en el desarrollo,
fomento y auditoría de las políticas sociales.
|
7.
Coordinar la política en materia de cooperación internacional para el financiamiento
de los programas sociales.
|
8.
Definir los grupos, poblaciones y problemas prioritarios a ser atendidos por
los Programas Sociales.
|
9.
Diseñar mecanismos de articulación entre los Programas Sociales que ejecutan
distintas Jurisdicciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL minimizando los costos
administrativos y operativos.
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10.
Definir los criterios técnicos de asignación de recursos a provincias y
municipios.
|
11.
Controlar que el resultado de la asignación de los recursos cumpla con las
metas fijadas.
|
12.
Encomendar la realización de auditorías periódicas de los Programas Sociales.
|
13.
Fomentar la coordinación y articulación de los Planes Sociales Nacionales con
los Planes Sociales Provinciales y Municipales.
|
14.
Administrar y actualizar el Sistema Integrado Nacional de información social,
monitoreo y evaluación de las políticas y programas sociales.
|
15.
Diseñar, administrar y actualizar el Sistema de identificación y selección de
beneficiarios de programas y servicios sociales, el Registro Unico Nacional
de Familias y Personas Beneficiarios de Programas y Servicios Sociales, la Base Unica Nacional
de Información y Monitoreo de los Programas y Servicios Sociales y el Registro
Unico de organizaciones no gubernamentales que reciban financiamiento público
de los Ministerios que componen el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE
POLITICAS SOCIALES.
|
16.
Coordinar y asistir técnicamente a las distintas áreas en materia de
capacitación y desarrollo.
|
17.
Coordinar y planificar la difusión de las políticas y planes sociales y de
sus resultados.
|
Art.
10. — Cuando la naturaleza de los asuntos a considerar lo hiciera necesario la Presidente del
Consejo podrá convocar a otros ministros, secretarios y máximas autoridades
de los organismos descentralizados correspondientes.
|
Art.
11. — Disuélvese el Gabinete Social creado por Decreto Nº 108/97.
|
Art.
12. — Transfiérese al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES:
|
-
la COMISION ASESORA
PARA LA INTEGRACION
DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS
|
-
el CONSEJO NACIONAL DE LA
MUJER
|
Art.
13. — Transfiérense al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS
SOCIALES:
|
-
el SISTEMA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS), Préstamo BIRF
4459- AR (SINTyS), creado por el Decreto Nº 812/98, de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
|
-
el SISTEMA DE EVALUACION Y MONITOREO DE POLITICAS SOCIALES (SIEMPRO) Préstamo
BIRF 3957/4398 AR, del ex MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE.
|
-
el CENTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS (CENOC) del ex MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE.
|
Art.
14. — Transfiérese a la
SUBSECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y EMERGENCIA
HABITACIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL el PROGRAMA NACIONAL DE
PROVISION DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (PROPASA) de la ex- SECRETARIA DE
DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del ex- MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE.
|
Art.
15. — Transfiérense al ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION:
|
-
la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR, del
MINISTERIO DEL INTERIOR y los organismos descentralizados y desconcentrados
que le dependen.
|
-
la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, del ex-
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, con los organismos descentralizados
y desconcentrados que le dependen.
|
Art.
16. — Transfiérese la Dirección General de Enlace y Relaciones
Parlamentarias de la
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS a la
SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL
Y FORTALECIMIENTO DE LA
DEMOCRACIA de la misma jurisdicción.
|
Art.
17. — Transfiérense al ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR de la PRESIDENCIA DE LA NACION:
|
-
la CAJA DE
RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA, organismo
descentralizado del MINISTERIO DEL INTERIOR.
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(Nota
Loa: Por art. 7° del Decreto N° 1210/2002 B.O. 11/7/2002. Vigencia: a partir
de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial, se transfiere la CAJA DE RETIROS,
JUBILACIONES Y PENSIONES de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, organismo
descentralizado del ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR de la PRESIDENCIA DE LA
NACION a la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS.)
|
-
el SISTEMA FEDERAL DE EMERGENCIAS (SIFEM) creado por el Decreto Nº 1250 del
28 de octubre de 1999 y el componente Prevención del Préstamo BID 1118/OC-AR
de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
|
Art.
18. — Las transferencias dispuestas por el presente decreto comprenderán las
unidades organizativas con sus respectivas competencias, cargos, dotaciones,
créditos presupuestarios y bienes.
|
Art.
19. — Fíjase el plazo de QUINCE (15) días para que las distintas
jurisdicciones ministeriales y de la PRESIDENCIA DE LA
NACION y los organismos descentralizados que les dependan,
remitan a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS las estructuras organizativas de primer nivel operativo
y subsiguientes. Las mismas deberán operar una reducción del TREINTA POR
CIENTO (30%) en relación a la estructura vigente, en el total de cargos de
conducción a ser aprobados.
|
Dicha
reducción no le será aplicable a las estructuras organizativas correspondientes
a la SECRETARIA GENERAL, SECRETARIA LEGAL Y TECNICA,
CASA MILITAR y COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE,
todas ellas dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
|
Las
estructuras organizativas contarán con dictamen de la SUBSECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
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Las
modificaciones posteriores a las estructuras aprobadas por aplicación a lo
establecido en el párrafo anterior, no podrán superar el total de unidades y
cargos de conducción de la misma.
|
Asimismo,
los proyectos de estructuras deberán incluir, en los casos que corresponda,
los Anexos donde conste el listado del personal transferido, así como el
proyecto de modificación presupuestaria para adecuar las partidas a lo
dispuesto en el presente Decreto.
|
Art.
20. — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por
la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios
de origen de las mismas.
|
Art.
21. — El personal transferido continuará percibiendo sus haberes con cargo a
las partidas del presupuesto de la jurisdicción de origen hasta tanto se
efectivicen las transferencias dispuestas en los artículos anteriores.
|
Art.
22. — Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a aprobar las estructuras
organizativas correspondientes a las unidades de primer nivel operativo de su
jurisdicción, de los ministerios y organismos descentralizados que les
dependen.
|
Art.
23. — Derógase el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999, sus
modificatorios y complementarios.
|
Art.
24. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Jorge M. Capitanich. — Rodolfo
Gabrielli.
|
(Nota
Loa: por arts. 1° y 2° del Decreto N° 1451/2008 B.O. 15/9/2008, se sustituyen
de los Anexos I y II del presente Decreto los Apartados XIV correspondientes
al MINISTERIO DE DEFENSA, por razones de imposibilidad material, la citada
modificación no se puede plasmar en el presente texto actualizado)
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ANEXO I
|
(Anexo
sustituido por art. 1° del Decreto N° 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
PRESIDENCIA
DE LA NACION
|
I.
SECRETARIA GENERAL
|
-
SUBSECRETARIA GENERAL
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
|
II.
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
|
-
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES
|
-
SUBSECRETARIA TECNICA
|
III.
SECRETARIA DE INTELIGENCIA
|
-
SUBSECRETARIA DE INTELIGENCIA
|
IV.
(Apartado correspondiente a la SECRETARIA DE TURISMO derogado por art. 3° del
Decreto N° 2102/2008 B.O. 5/12/2008)
|
(Nota
Loa: por art. 5° del Decreto N° 2025/2008 B.O.26/11/2008, se transfiere del
ámbito de la
PRESIDENCIA DE LA
NACION a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCION la SECRETARIA DE
TURISMO y sus áreas dependientes, así como sus competencias, unidades
organizativas con sus respectivos cargos, nivel de funciones ejecutivas,
dotaciones de personal, patrimonio, bienes y créditos presupuestarios,
manteniendo el personal transferido, sus respectivos niveles y grados de
revista escalafonarios, vigentes a la fecha de la medida de referencia.
Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial)
|
V.
SECRETARIA DE CULTURA
|
-
SUBSECRETARIA DE GESTION CULTURAL
|
-
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIAS CULTURALES
|
VI.
SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL
NARCOTRAFICO.
|
-
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION,
|
PREVENCION
Y ASISTENCIA
|
-
SUBSECRETARIA TECNICA DE PLANEAMIENTO Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO.
|
VII.
CASA MILITAR
|
VIII.
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS
|
TECNICOS
DE LA UNIDAD PRESIDENTE
|
IX.
COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS
|
POLITICO
INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD
|
PRESIDENTE
|
X.
UNIDAD DE COMUNICACION PRESIDENCIAL
|
XI.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (Apartado XI sustituido por art. 1° del
Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
-
SECRETARIA DE GABINETE
|
-
SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA
DEMOCRACIA
|
-
SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
|
-
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
|
-
SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION
|
-
SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
|
-
SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL
|
-
SUBSECRETARIA DE EVALUACION DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO
|
-
SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS
|
-
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
|
-
SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION
|
-
SUBSECRETARIA DE GESTION DE MEDIOS
|
-
SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION
|
-
SUBSECRETARIA DE COMUNICACIÓN ESTRATEGICA
|
-
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
|
-
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES
|
-
SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE
|
-
SUBSECRETARIA DE CONTROL Y FISCALIZACION AMBIENTAL Y PREVENCION DE LA
CONTAMINACION
|
XII.
MINISTERIO DEL INTERIOR
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
|
-
SECRETARIA DE PROVINCIAS
|
-
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO Y FOMENTO PROVINCIAL
|
-
SECRETARIA DE INTERIOR
|
SUBSECRETARIA
DE INTERIOR
|
-
SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS
|
-
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS Y ELECTORALES
|
-
SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES
|
-
SUBSECRETARIA DE GESTION MUNICIPAL
|
XIII.-
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO (Apartado
sustituido por art. 1° del Decreto N° 878/2008, B.O. 3/6/2008)
|
—
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
|
-
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
|
-
SUBSECRETARIA DE POLITICA LATINOAMERICANA
|
-
SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR
|
—
SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL
|
-
SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA
|
—
SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES
|
-
SUBSECRETARIA DE INTEGRACION ECONOMICA AMERICANA Y MERCOSUR
|
-
SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERNACIONAL
|
—
SECRETARIA DE CULTO
|
SUBSECRETARIA
DE CULTO
|
XIV.
MINISTERIO DE DEFENSA
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
|
-
SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES
|
-
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS TECNICO MILITARES
|
-
SUBSECRETARIA DE FORMACION
|
-
SECRETARIA DE PLANEAMIENTO
|
-
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION
|
LOGISTICA
Y OPERATIVA DE LA DEFENSA
|
-
SUBSECRETARIA DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA
|
-
SECRETARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA
|
XV.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS (Apartado sustituido por art. 1°
del Decreto N° 2102/2008 B.O. 5/12/2008)
|
-
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA
|
-
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
|
-
SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
|
-
SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
|
-
SECRETARIA DE FINANZAS
|
-
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS
|
-
SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO
|
-
SECRETARIA DE HACIENDA
|
-
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
|
-
SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS
|
-
SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
|
-
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
|
-
SUBSECRETARIA LEGAL
|
-
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
|
XVI.
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION
|
-
SUBSECRETARIA LEGAL
|
-
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA
|
-
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
|
-
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE OBRA PUBLICA FEDERAL
|
-
SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS
|
-
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
|
-
(SUBSECRETARIA DE TIERRAS PARA EL HABITAT SOCIAL derogada por art. 1° del
Decreto N° 341/2008 B.O.5/3/2008)
|
-
SECRETARIA DE MINERIA
|
-
SECRETARIA DE ENERGIA
|
-
SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA
|
-
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES
|
-
SECRETARIA DE COMUNICACIONES
|
-
SECRETARIA DE TRANSPORTE
|
-
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
|
-
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
|
-
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
|
-
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL
|
XVII.-
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS (Apartado sustituido por
art. 1° del Decreto N° 1755/2008 B.O. 28/10/2008)
|
-SUBSECRETARIA
DE COORDINACION
|
-SECRETARIA
DE JUSTICIA
|
-SUBSECRETARIA
DE ASUNTOS PENITENCIARIOS
|
-SUBSECRETARIA
DE POLITICA CRIMINAL
|
-SUBSECRETARIA
DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL
|
-SECRETARIA
DE ASUNTOS REGISTRALES
|
-SUBSECRETARIA
DE ASUNTOS REGISTRALES
|
-SECRETARIA
DE SEGURIDAD INTERIOR
|
-SUBSECRETARIA
DE SEGURIDAD CIUDADANA
|
-SUBSECRETARIA
DE SEGURIDAD EN LOS ESPECTACULOS FUTBOLISTICOS
|
-SECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS
|
-SUBSECRETARIA
DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS
|
-SUBSECRETARIA
DE PROMOCION DE DERECHOS HUMANOS
|
XVIII
– MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (Apartado sustituido por
art. 1° del Decreto 1713/2008 B.O. 21/10/2008)
|
-
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA Y ESTUDIOS LABORALES
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
|
-
SECRETARIA DE TRABAJO
|
-
SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
|
-
SUBSECRETARIA DE FISCALIZACION DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
|
-
SECRETARIA DE EMPLEO
|
-
SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL
|
-
SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMIA
|
-
SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL
|
-
SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
|
XIX
- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL (Apartado sustituido por art. 1º del
Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008)
|
-
SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
|
-
SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL
|
-
SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO
|
-
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL
|
-
SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES
|
-
SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
|
-SUBSECRETARIA
DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR
|
-
SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
|
-SUBSECRETARIA
DE ABORDAJE TERRITORIAL
|
-SUBSECRETARIA
DE POLITICAS ALIMENTARIAS
|
-
SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
|
-
SUBSECRETARIA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
|
-SUBSECRETARIA
DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACION FEDERAL
|
-
SECRETARIA DE DEPORTE
|
-SUBSECRETARIA
DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA SUBSECRETARIA DE RECURSOS DEPORTIVOS
|
XX
MINISTERIO DE SALUD (Apartado correspondiente al MINISTERIO DE SALUD
sustituido por art. 1° del Decreto N° 923/2009 B.O. 22/7/2009)
|
SECRETARIA
DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
|
-
SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION
|
-
SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES
|
SECRETARIA
DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS
|
-
SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS
|
-
SUBSECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA
|
SECRETARIA
DE DETERMINANTES DE LA SALUD
Y RELACIONES SANITARIAS
|
-
SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION
|
-
SECRETARIA DE COORDINACION
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
|
XXI.
MINISTERIO DE EDUCACION
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
|
-
SECRETARIA DE EDUCACION
|
-
SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD
|
-
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO
|
-
SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS
|
XXII.
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
|
-
SECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y POLITICAS EN CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
PRODUCTIVA
|
-
SUBSECRETARIA DE ESTUDIOS Y PROSPECTIVA
|
-
SUBSECRETARIA DE POLITICAS EN CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
|
-
SECRETARIA DE ARTICULACION CIENTIFICO TECNOLOGICA
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL
|
-
SUBSECRETARIA DE EVALUACION INSTITUCIONAL
|
XXIII.
MINISTERIO DE PRODUCCION (Apartado incorporado por art. 2° del Decreto N°
2102/2008 B.O. 5/12/2008)
|
-
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
|
-
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
|
-
SUBSECRETARIA DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y FORESTAL
|
-
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR
|
-
SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA
|
-
SUBSECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS
|
-
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA
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SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA
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SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL
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-
SUBSECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
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SECRETARIA DE TURISMO
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-
SUBSECRETARIA DE TURISMO
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-
SUBSECRETARIA TECNICA ADMINISTRATIVA
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ANEXO II
|
PRESIDENCIA
DE LA NACION
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(Apartado
I sustituido por art. 1° del Decreto 648/2004 B.O. 31/5/2004).
|
I.—
SECRETARIA GENERAL DE LA
PRESIDENCIA (Objetivos de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION sustituidos por art. 1° del Decreto N° 377/2008
B.O. 6/3/2008, publicado nuevamente en B.O. 7/3/2008 por errores de
compaginación en la edición del 06/03/2008.)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir en forma directa al PODER EJECUTIVO NACIONAL en las atribuciones que
le asigna el artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL,
en lo relativo a las actividades de su competencia.
|
2.
Efectuar el seguimiento y la verificación del cumplimiento de las directivas
emanadas de la
Presidencia de la Nación y realizar las tareas especiales que
ésta le encomiende, asesorándola, además, sobre el diseño y actualización de
la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL en el contexto de la realidad
mundial y nacional, así como también en materia de consolidación del proceso
democrático.
|
3.
Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en el diseño de políticas públicas y en
la relación con organizaciones y sectores representativos de la comunidad.
|
4.
Supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL.
|
5.
Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración del mensaje al
HONORABLE CONGRESO NACIONAL, sobre el Estado de la Nación.
|
6.
Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los mensajes,
discursos y declaraciones públicas cuando se lo requiera.
|
7.
Efectuar el seguimiento de los temas que sean considerados prioritarios por la Presidencia de la Nación, informando
su desarrollo y resultado.
|
8.
Coordinar el análisis desde el punto de vista Político, de todas las
disposiciones que sean sometidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
9.
Coordinar sus tareas con las de las distintas Secretarías de la Presidencia de la Nación, con las de
la
Jurisdicción Jefe de Gabinete de Ministros y con las de los
Ministros, con el objeto de optimizar el resultado de la acción de gobierno.
|
10.
Coordinar el funcionamiento de las Comisiones Nacionales de asesoramiento o
simples asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas, que
dependan directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
11.
Asistir en la coordinación de las relaciones entre el PODER EJECUTIVO
NACIONAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
|
12.
Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción.
|
13.
Asistir en materia presupuestaria, a las áreas presidenciales de su propia
jurisdicción y a las que no cuenten con servicio administrativo financiero
propio.
|
14.
Conducir los aspectos logísticos y administrativos relacionados con los
viajes del titular del Poder Ejecutivo Nacional y con la flota presidencial
de aeronaves, y determinar las prioridades presupuestarias para el área.
|
15.
Intervenir en la asistencia presupuestaria para los viajes presidenciales.
|
16.
Conducir la administración de todos los recursos humanos, materiales,
informáticos, de comunicaciones y financieros afectados a la Jurisdicción,
y asimismo coordinar esos recursos materiales, informáticos, de
comunicaciones y financieros con las áreas de la PRESIDENCIA DE LA NACION que forman parte de su jurisdicción, y
las que no cuenten con servicio administrativo propio.
|
17.
Asistir al titular del PODER EJECUTIVO NACIONAL y su cónyuge en todo lo
concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y designación de comitivas
y asuntos de índole privada, requiriendo de los organismos de la
Administración Pública Nacional la colaboración necesaria
para el cumplimiento de sus funciones.
|
SUBSECRETARIA
GENERAL
|
OBJETIVOS:
|
1.
Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en lo relativo a
las actividades que aseguren la coherencia política de la acción de gobierno
y en la coordinación del asesoramiento requerido para el establecimiento de
objetivos, políticas y criterios de gestión.
|
2.
Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en los asuntos
relativos a su competencia específica, en especial los vinculados a políticas
de interés para el PODER EJECUTIVO NACIONAL, que le sean requeridos y
representarlo cuando así se le encomiende.
|
3.
Verificar el cumplimiento de las instrucciones emanadas del Presidente de la Nación que le encomiende al
Secretario del área.
|
4.
Coordinar la obtención, análisis y sistematización de la información para el
diseño de políticas públicas.
|
5.
Asistir al Secretario General de la Presidencia de la Nación en la relación con las organizaciones y
sectores políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad a
nivel nacional, provincial y municipal.
|
6.
Entender en el diseño y administración de un sistema de información que
permita el seguimiento de la acción de gobierno.
|
7.
Elaborar e implementar estudios, programas y proyectos especiales que le
encomiende el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
|
8.
Realizar el análisis político de los asuntos que el Presidente de la Nación solicite al Secretario
del área, o de aquellas disposiciones que se sometan a consideración del
Primer Magistrado.
|
9.
Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en la coordinación
del funcionamiento de las Comisiones Nacionales de asesoramiento o simples
asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan
directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
10.
Intervenir en la determinación de objetivos a alcanzar y sistematización de
logros, en relación a los viajes presidenciales, como asimismo en la
obtención de información necesaria.
|
11.
Asistir al Secretario General en todo lo atinente a la coordinación del
ceremonial, el protocolo y las audiencias presidenciales.
|
12.
Representar al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION cuando así se lo
encomiende.
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION
|
OBJETIVOS:
|
1.
Asesorar y coordinar la ejecución de las tareas que le encomiende el
Secretario General de la
PRESIDENCIA DE LA
NACION y en particular aquellas destinadas a asegurar la
eficacia de la gestión y el mejor cumplimiento de sus atribuciones.
|
2.
Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en el diseño de la
política presupuestaria de la jurisdicción.
|
3.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas,
en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
|
4.
Efectuar la coordinación administrativa, financiera y de recursos humanos de
todas las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades
descentralizadas dependientes, así como la planificación de las actividades
de administración.
|
5.
Coordinar la obtención, sistematización y presentación del asesoramiento que
se requiera para el cumplimiento de las funciones del PODER EJECUTIVO
NACIONAL y para el establecimiento de objetivos, políticas y criterios de
gestión.
|
6.
Asistir al Secretario General en la administración de los recursos humanos,
informáticos, materiales y financieros de la SECRETARIA GENERAL,
y asimismo a las Secretarías y organismos de la PRESIDENCIA DE LA NACION a los cuales
brinde apoyo administrativo.
|
7.
Coordinar el seguimiento y trámite de los pedidos de informe que el
Presidente de la Nación
solicite al Jefe de Gabinete de Ministros, a los Ministros Secretarios y
demás organismos de la Administración Pública Nacional.
|
8.
Asistir técnica y administrativamente al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en la
coordinación del funcionamiento de las Comisiones Nacionales de asesoramiento
o simples asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas, que
dependan directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
9.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, determinando para cada trámite, las unidades de la
jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo.
|
10.
Asistir en la preparación de la información y el seguimiento de actividades
derivadas de los viajes presidenciales.
|
11.
Administrar la
Intendencia de la
Casa de Gobierno y la Residencia Presidencial
de Olivos.
|
12.
Proveer y coordinar los sistemas informáticos y de comunicaciones de la Presidencia de la
Nación.
|
13.
Asistir técnica, logística y administrativamente al Secretario General en
todo lo atinente a la coordinación de los viajes del Señor Presidente y la
flota presidencial de aeronaves.
|
II
– SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
|
(Apartado
sustituido por art. 2° del Decreto N° 1397/2008 B.O. 4/9/2008)
|
OBJETIVOS:
|
1.
Evaluar los aspectos legales y técnicos de los proyectos de actos
administrativos, de la Administración, de Gobierno e institucionales
que se sometan a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL y del Jefe de
Gabinete de Ministros y llevar el Despacho de ambas autoridades. Evaluar y,
en su caso, elaborar anteproyectos de tales actos.
|
2.
Elaborar anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos ordenados y
demás actos administrativos, de la Administración, de Gobierno e institucionales,
cuya redacción le encomiende la Superioridad.
|
3.
Analizar y dar intervención a los organismos que resulten competentes en
razón de la materia, en los proyectos de ley sancionados por el HONORABLE
CONGRESO DE LA NACION,
a los fines establecidos en los artículos 78, 80 y 83 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
|
4.
Brindar, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos,
asesoramiento jurídico a los organismos y dependencias de la PRESIDENCIA DE LA NACION que no cuenten con
servicio específico propio, en los casos en los que conforme la normativa
vigente corresponda la intervención del servicio jurídico permanente y a la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS en materia de decisiones administrativas.
|
5.
Instruir, a través de la
Dirección de Sumarios, los sumarios administrativos
correspondientes a la
Secretaría y a las áreas de la PRESIDENCIA DE LA NACION que no cuenten con
servicio específico propio.
|
6.
Protocolizar, registrar y archivar los actos dictados por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL y por el Jefe de Gabinete de Ministros que requieran refrendo
ministerial, adoptando los recaudos necesarios para la publicación de los
mismos.
|
7.
Registrar, despachar y custodiar la documentación vinculada con las áreas de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del Jefe de
Gabinete de Ministros, en la
Casa de Gobierno.
|
8.
Poner en conocimiento del Jefe de Gabinete de Ministros, a los fines del
artículo 101, primera parte, de la CONSTITUCION NACIONAL,
los decretos y mensajes al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION que no importen
iniciativa legislativa, suscriptos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL con
refrendo exclusivo de Ministros Secretarios.
|
9.
Poner en conocimiento del PODER EJECUTIVO NACIONAL, a tenor de lo previsto en
el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL,
los actos que dicte el Jefe de Gabinete de Ministros con refrendo
ministerial.
|
10.
Poner en conocimiento del PODER EJECUTIVO NACIONAL, a requerimiento del Jefe
de Gabinete de Ministros, los pedidos de informes y/o explicaciones
formulados por el PODER LEGISLATIVO vinculados con las funciones o
atribuciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
11.
Controlar la edición del BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
y la publicación de leyes, decretos y otros actos de interés general.
|
12.
Brindar apoyo técnico legal al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS
SOCIALES.
|
13.
Entender en la gestión económico financiera, patrimonial y contable y en la administración
de los recursos humanos de la Secretaría.
|
SECRETARIA
LEGAL Y TECNICA
|
SUBSECRETARIA
DE ASUNTOS LEGALES
|
OBJETIVOS:
|
1.
Analizar el ajuste a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de
los proyectos y anteproyectos de actos administrativos, de la Administración
de Gobierno e institucionales que se sometan a consideración del PODER
EJECUTIVO NACIONAL y del Jefe de Gabinete de Ministros y demás asuntos que
tramiten en la
Secretaría, proponiendo, en su caso, textos alternativos
con sujeción a las normas jurídicas aplicables.
|
2.
Brindar, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos,
servicio jurídico a la Secretaría, a los organismos y dependencias de la PRESIDENCIA DE LA NACION que no cuenten con servicio específico
propio, en los casos en los que conforme a la normativa vigente corresponda
la intervención del servicio jurídico permanente y a la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS en materia de decisiones administrativas.
|
3.
Intervenir en coordinación con la Subsecretaría Técnica en la revisión y/o
elaboración de los anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos
ordenados y demás actos cuya redacción le encomiende la Superioridad, con
sujeción a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de
aplicación.
|
4.
Intervenir en el análisis de los proyectos de ley sancionados por el
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION a los fines establecidos en los
artículos 78, 80 y 83 de la CONSTITUCION NACIONAL.
|
5.
Sustanciar, a través de la Dirección de Sumarios, los sumarios
administrativos que se ordene instruir en la Secretaría y
en las áreas de la
PRESIDENCIA DE LA NACION que no cuenten con servicio específico
propio.
|
6.
Brindar, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos,
servicio jurídico al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES.
|
SECRETARIA
LEGAL Y TECNICA
|
SUBSECRETARIA
TECNICA
|
OBJETIVOS:
|
1.
Analizar los aspectos técnicos y de gestión de los proyectos y anteproyectos
de actos administrativos, de la Administración, de Gobierno e institucionales
que se sometan a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL y del Jefe de
Gabinete de Ministros y demás asuntos que tramiten en la Secretaría,
verificando además su encuadre en las normas legales y reglamentarias de
aplicación; elaborar anteproyectos con ajuste a las disposiciones vigentes y
asesorar sobre su elaboración a los organismos de la
Administración Pública Nacional que lo soliciten.
|
2.
Analizar y dar intervención a los organismos que resulten competentes en
razón de la materia, en los proyectos de ley sancionados por el HONORABLE
CONGRESO DE LA NACION
a los fines establecidos en los artículos 78, 80 y 83 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
|
3.
Intervenir en coordinación con la Subsecretaría de Asuntos Legales en la revisión
y/o elaboración de los anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos
ordenados y demás actos cuya redacción le encomiende la Superioridad, con
sujeción a las normas constitucionales, legales y reglamentarias de
aplicación.
|
4.
Organizar el registro, despacho y archivo de la documentación de las áreas de
la PRESIDENCIA DE
LA NACION y
del Jefe de Gabinete de Ministros en Casa de Gobierno.
|
5.
Protocolizar los actos dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y por el Jefe
de Gabinete de Ministros que requieran refrendo ministerial, adoptando los
recaudos necesarios para la publicación de los mismos. Asimismo, protocolizar
los actos dictados por la Secretaría, Subsecretarías del área y
Secretarías y organismos dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACION que no cuenten con
servicio específico propio.
|
6.
Custodiar los decretos y las decisiones administrativas hasta su remisión al
ARCHIVO GENERAL DE LA NACION,
las leyes, así como las normas de carácter secreto o reservado emanadas del
HONORABLE CONGRESO DE LA
NACION, del PODER EJECUTIVO NACIONAL o del Jefe de Gabinete
de Ministros con refrendo ministerial.
|
7.
Efectuar las comunicaciones al Jefe de Gabinete de Ministros de los decretos
y Mensajes al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION que no importen iniciativa legislativa,
suscriptos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL con refrendo exclusivo de
Ministros Secretarios.
|
8.
Efectuar las comunicaciones al PODER EJECUTIVO NACIONAL, a tenor de lo
previsto en el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL,
de los actos que dicte el Jefe de Gabinete de Ministros con refrendo
ministerial y de los pedidos de informes y/o explicaciones formulados a este
último por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION con relación a funciones o atribuciones
del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
9.
Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Secretaría,
como así también en la administración de los recursos financieros,
informáticos, humanos, de servicios generales y patrimoniales.
|
10.
Asistir en el control de la edición del BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
y de la publicación de leyes, decretos y otros actos de interés general.
|
11.
Prestar asistencia técnica al CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS
SOCIALES.
|
III.-
SECRETARIA DE INTELIGENCIA (Nota LOA: Ex - Apartado IV renumerado como
Apartado III, por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
-
SUBSECRETARIA DE INTELIGENCIA
|
IV.-
(Apartado correspondiente a la SECRETARIA DE TURISMO derogado por art. 3° del
Decreto N° 2102/2008 B.O. 5/12/2008)
|
V.-
SECRETARIA DE CULTURA (Nota LOA: Apartado V incorporado por art. 2° del
Decreto N° 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en la formulación y ejecución de las políticas de la jurisdicción,
destinadas a estimular y favorecer la expresión cultural en todas sus formas.
|
2.
Elaborar y promover políticas de participación institucional en la defensa de
la identidad cultural nacional.
|
3.
Implementar las políticas de difusión en el país y hacia el exterior de los
hechos culturales.
|
4.
Promover y difundir el desarrollo de actividades económicas asociadas con la
cultura.
|
5.
Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el
sector privado y organizaciones de la sociedad civil.
|
6.
Ejercer la conducción de los organismos que le dependen y supervisar el
accionar de los entes descentralizados que actúan en el área.
|
7.
Dirigir las políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del
Patrimonio Cultural de la Nación.
|
8.
Promover políticas de integración e intercambio cultural entre las
jurisdicciones del país y hacia el exterior.
|
9.
Promover políticas de incentivo y desarrollo de las culturas nacionales.
|
10.
Promover la producción e intercambio del conocimiento científico en temas
relacionados con las industrias culturales, la generación de empleo sectorial
y de los servicios vinculados.
|
SECRETARIA
DE CULTURA
|
SUBSECRETARIA
DE GESTION CULTURAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Cultura en la propuesta y ejecución de políticas
públicas destinadas a estimular y favorecer la expresión cultural en todas
sus formas, y a su fortalecimiento en el marco de la más alta libertad de
expresión, con el fin de preservar y consolidar la identidad de la Argentina como Nación.
|
2.
Asistir al Secretario de Cultura en la coordinación de las acciones de los
diversos organismos de su dependencia creados para la difusión, docencia,
experimentación e investigación en materia de arte, pensamiento y cultura,
así como los dedicados a acrecentar, resguardar y conservar el patrimonio
artístico y cultural de la Nación,
tanto en lo material como en los valores intangibles que configuran el acervo
común de la memoria popular.
|
3.
Asistir al Secretario de Cultura en lo concerniente a la federalización de la
gestión cultural, armonizando acciones con los organismos provinciales de
cultura.
|
SECRETARIA
DE CULTURA
|
SUBSECRETARIA
DE INDUSTRIAS CULTURALES
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Cultura en la promoción de la cultura nacional a
través de actividades que la promuevan dentro del país como en el exterior.
|
2.
Intervenir en la generación de industrias culturales tendientes a desarrollar
la creación de puestos de trabajo en el sector.
|
3.
Asistir al Secretario de Cultura en la promoción de industrias de
conservación, resguardo y acrecentamiento del patrimonio cultural de la Nación
|
4.
Fomentar la percepción colectiva de la identidad y el ser nacional
incentivando industrias culturales enmarcadas en la promoción y
fortalecimiento de la unidad nacional.
|
5.
Incentivar la generación de industrias culturales que promuevan las tradiciones
nacionales protegiendo su desarrollo, perfeccionamiento y difusión.
|
6.
Impulsar la presencia cultural argentina mediante los diversos medios
electrónicos actuales que permitan dar a conocer la cultura e imagen
argentina en el mundo.
|
7.
Favorecer la difusión de la actividad cultural nacional mediante la promoción
de la misma en ámbitos eficaces a este fin.
|
VI.-
SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
(Apartado sustituidos por art. 1° del Decreto N° 1256/2007 B.O. 21/9/2007).
(Nota Loa: Ex - Apartado VII renumerado como Apartado VI, por art. 2° del
Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
OBJETIVOS:
|
1.
Elaborar y aplicar estrategias y acciones para la prevención de la
drogadependencia mediante la asistencia e investigación en la lucha contra el
uso indebido, producción, tráfico y comercialización de drogas ilícitas,
estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
|
2.
Elaborar los planes y programas de acción conjunta para el control de
precursores y sustancias químicas utilizables para la producción de drogas
ilícitas, el uso indebido de sustancias lícitas o su desvío para el mercado
de drogas ilícitas.
|
3.
Programar el "Plan Federal de Prevención Integral de la Drogadependencia
y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas" promoviendo el desarrollo de
planes y programas de carácter nacional referentes a la prevención,
tratamiento, rehabilitación y reinserción de la población afectada por el uso
indebido de drogas, con la cooperación pública y privada.
|
4.
Intervenir en la elaboración de proyectos legislativos, en la promoción de
estudios técnicos y sociales y en la formación de recursos humanos
especializados, brindando asistencia técnica y estableciendo instrumentos de
coordinación y cooperación con otros poderes del Estado y con la organización
de la comunidad.
|
5.
Ejercer la presidencia alterna de la Comisión instituida por la Ley Nº 24.450, prestándole
el apoyo técnico administrativo necesario para su funcionamiento.
|
6.
Implementar el cumplimiento de los tratados internacionales vinculados con su
cometido, suscriptos por el Gobierno Nacional en las reuniones y decisiones
de los organismos especializados en la materia, centralizando la información
específica y la documentación técnica, manteniendo una relación permanente
con los organismos internacionales en lo relacionado a la problemática que le
es propia y promover acuerdos, convenios y tratados con otros países u organismos
regionales e internacionales.
|
7.
Coordinar las actividades y programas de prevención, asistencia,
investigación, docencia y formación de recursos humanos a nivel nacional,
provincial y municipal, identificando los modelos y metodologías de avanzada
para los procesos de intervención social en esta materia.
|
8.
Asesorar a las autoridades competentes del ámbito nacional, provincial y
municipal respecto de las acciones que corresponde emprender para efectuar un
adecuado cumplimiento de la normativa vigente en lo referente a las medidas
preventivas y curativas del uso indebido de drogas.
|
SUBSECRETARIA
DE PLANIFICACION, PREVENCION Y ASISTENCIA
|
OBJETIVOS:
|
1.
Coordinar, orientar, supervisar e implementar planes y programas de carácter
nacional, determinando prioridades y lineamientos de trabajo, previstos en el
"Plan Federal de Prevención de la Drogadependencia
y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas" referentes a la prevención,
tratamiento, rehabilitación, reinserción y acción social en el campo del uso
indebido de drogas, alcohol y psicofármacos en todo el ámbito del país, con
la cooperación y la búsqueda del consenso con organismos gubernamentales y no
gubernamentales.
|
2.
Coordinar y compatibilizar con las Direcciones Nacionales de Prevención y
Capacitación y de Asistencia, los programas de prevención, capacitación,
tratamiento, rehabilitación y reinserción social, públicos y privados, para
la recuperación de las personas afectadas por el uso indebido de drogas y
alcohol.
|
3.
Asistir al Secretario del Area y a las autoridades nacionales, provinciales y
municipales, respecto de las acciones que corresponde emprender en materia de
implementación de medidas preventivas y curativas del uso indebido de drogas.
|
4.
Entender en las estadísticas epidemiológicas relacionadas con la prevalencia,
incidencia y consumo de sustancias psicoactivas.
|
5.
Promover la creación de una Red Nacional con clara y fuerte presencia de las
Organizaciones No Gubernamentales, con el fin de expandir y potenciar las
políticas de prevención y asistencia de la Secretaría.
|
6.
Participar, en las áreas de su competencia, en los organismos internacionales
y regionales y en las comisiones mixtas binacionales.
|
SUBSECRETARIA
TECNICA DE PLANEAMIENTO Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
|
OBJETIVOS:
|
1.
Determinar los planes y programas de acción conjunta contra la producción, el
tráfico y la comercialización ilícitos de drogas y el control de los
precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas
ilícitas.
|
2.
Coordinar y programar las distintas estrategias a seguir con los Poderes
Judicial y Legislativo, Fuerzas de Seguridad y Policiales y demás organismos
comprometidos en la lucha contra el narcotráfico y el desvío de precursores
químicos.
|
3.
Coordinar la implementación del "Plan Federal de Prevención de la Drogadependencia
y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas" en lo referente a las
materias de su competencia.
|
4.
Asistir al Secretario del Area en la elaboración de proyectos de legislación
en materia de control del narcotráfico, sus delitos conexos y del desvío de
precursores y sustancias químicas utilizables en la producción de drogas
ilícitas.
|
5.
Efectuar investigaciones relacionadas con los temas de su competencia.
|
6.
Proponer al Secretario del Area la designación del oficial de enlace previsto
en el Artículo 12 de la Ley Nº
25.246 y participar de las reuniones de la Comisión Mixta de Control de las Operatorias Relacionadas
con el Lavado de Dinero del Narcotráfico, Ley Nº 24.450.
|
7.
Planificar, programar y ejecutar, en la materia de su competencia, el Plan
Nacional de Capacitación de los Recursos Humanos para la Lucha contra el Tráfico
Ilícito de Drogas y sus Delitos Conexos dentro del "Plan Federal de
Prevención de la
Drogadependencia y de Control del Tráfico Ilícito de
Drogas".
|
8.
Organizar y coordinar actividades de capacitación en materia de lucha contra
el narcotráfico.
|
9.
Participar, en las áreas de su competencia, en los organismos internacionales
y regionales y en las comisiones mixtas binacionales.
|
VII.-
CASA MILITAR (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto N° 648/2004 B.O.
31/5/2004). (Nota Loa: Ex - Apartado X renumerado como Apartado VII, por art.
2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
OBJETIVOS:
|
1.
Proveer la seguridad del señor Presidente de la Nación y sus familiares directos, como así
también de la Casa
de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos y otros lugares de residencia
transitoria del señor Presidente y su familia.
|
2.
Atender el ceremonial militar de la PRESIDENCIA DE LA NACION y coordinar lo
atinente al ceremonial y protocolo del Regimiento de Granaderos a Caballo
General San Martín.
|
3.
Proveer los servicios de movilidad aérea del señor Presidente de la Nación y los de la CASA MILITAR.
|
VIII
- COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE
(Apartado creado e incorporado por art. 8° del Decreto N° 648/2004 B.O.
31/5/2004). (Nota Loa: Ex - Apartado XI renumerado como Apartado VII, por
art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
OBJETIVOS
|
Asistir
al Señor Presidente en la respuesta a las demandas que se dirigen hacia su
persona, tanto cuando se encuentra en sus lugares habituales como
trasladándose, resolviéndolas apropiadamente o derivándolas a los organismos
correspondientes.
|
IX.
- COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO INSTITUCIONALES DE LA UNIDAD PRESIDENTE
(Apartado creado e incorporado por art. 8° del Decreto N° 648/2004 B.O.
31/5/2004). (Nota Loa: Ex - Apartado XI bis renumerado como Apartado IX, por
art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
OBJETIVOS
|
Asistir
al Señor Presidente en el análisis, programación, planificación y seguimiento
de las distintas políticas de gestión institucional en el orden nacional y su
impacto en las acciones de gobierno.
|
X.-
UNIDAD DE COMUNICACION PRESIDENCIAL (Nota Loa: Apartado X incorporado por
art. 2° del Decreto N° 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en la difusión de los objetivos de gestión del PODER EJECUTIVO
NACIONAL a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y
externo.
|
2.
Asistir a la señora Presidenta de la Nación en las tareas relacionadas con la
información pública y privada de la
Jefa de Estado.
|
3.
Asistir a la señora Presidenta de la Nación en la tarea de brindar la información
pertinente referida a las diversas actividades desarrolladas en su gestión de
Gobierno.
|
4.
Mantener una relación directa y permanente con el periodismo nacional o
extranjero.
|
5.
Atender las relaciones vinculadas con el periodismo en el exterior cuando
viaja la señora Presidenta, o cuando se disponga contactos personales con los
gobiernos de otros países.
|
6.
Entender en la elaboración de la Síntesis de Prensa para la señora Presidenta.
|
XI
- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (Nota Loa: Ex - Apartado XII renumerado
como Apartado XI y sustituido, por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
SECRETARIA
DE GABINETE
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
OBJETIVOS
|
1.
Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal de la
Jurisdicción.
|
2.
Entender en las resoluciones y demás actos administrativos emanados del Jefe
de Gabinete de Ministros y de las demás dependencias de la Jurisdicción.
|
3.
Intervenir en la elaboración de los proyectos normativos que le encomiende la
superioridad.
|
4.
Instruir los sumarios administrativos de la Jurisdicción.
|
5.
Elaborar y proponer instrumentos que permitan elevar los niveles de
coherencia y complementariedad de los objetivos, así como también, la
coordinación y mejor aprovechamiento de los recursos disponibles en el ámbito
de la Jurisdicción.
|
6.
Establecer y coordinar un canal permanente de intercambio con los sistemas de
información y monitoreo de planes para posibilitar la correcta evaluación del
impacto de la implementación de las políticas de la Jurisdicción.
|
7.
Realizar el control del cumplimiento de los proyectos, programas, planes y
acciones de la Jurisdicción.
|
8.
Coordinar la ejecución de proyectos especiales intersectoriales,
intrajurisdiccionales e interdisciplinarios, a fin de viabilizar la ejecución
de las políticas diseñadas en el ámbito de su competencia.
|
9.
Coordinar el seguimiento y monitoreo de los informes remitidos por la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACION
(SIGEN) y la
AUDITORIA GENERAL DE LA NACION (AGN) al Jefe de Gabinete de Ministros.
|
10.
Participar en las propuestas de los lineamientos básicos para la
implementación de los mecanismos y sistemas de democracia directa
contemplados en la CONSTITUCION NACIONAL.
|
11.
Coordinar con el MINISTERIO DEL INTERIOR la asistencia a los Estados
Provinciales en la formulación de los mecanismos y sistemas de democracia
directa.
|
SECRETARIA
DE GABINETE
|
SUBSECRETARIA
PARA LA
REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
OBJETIVOS
|
1.
Fortalecer la relación entre el Estado y la Sociedad Civil a
fin de proponer las reformas institucionales necesarias para desarrollar una
democracia gobernable, transparente, legítima y eficiente.
|
2.
Promover la implementación de los mecanismos de democracia directa y de
democracia participativa contemplados en la CONSTITUCION NACIONAL.
|
3.
Participar con el MINISTERIO DEL INTERIOR en la asistencia a los Estados
Provinciales en la formulación de proyectos sobre mecanismos de democracia
directa y de democracia participativa.
|
SECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en el diseño, implementación y seguimiento de la política de
modernización del Estado y asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la
determinación de los lineamientos estratégicos y en la propuesta de las
normas reglamentarias en la materia.
|
2.
Entender en el análisis, evaluación y propuesta del rediseño de la
macroestructura de la Administración Nacional, impulsando su
desarrollo e implementación.
|
3.
Entender en el proceso de aprobación de las estructuras organizativas de los
organismos de la Administración Nacional, en el diseño de
políticas para su perfeccionamiento, en la propuesta de normas reglamentarias
y en el control de su aplicación.
|
4.
Entender en el diseño, implementación y monitoreo de programas que propendan
a la mejora de los servicios al ciudadano, como así también, aquellos que
fomenten la transparencia y accesibilidad con la gestión de gobierno.
|
5.
Entender en el establecimiento de directrices y normas para la elaboración e
implementación de un sistema de planificación estratégica en los organismos
de la
Administración Nacional, coordinando y supervisando su
implementación.
|
6.
Entender en el proceso de monitoreo y evaluación de la ejecución de las políticas
públicas.
|
7.
Coordinar con los distintos organismos de la
Administración Pública Nacional la articulación de los
sistemas de evaluación sectoriales.
|
8.
Desarrollar un sistema de seguimiento de los programas de gobierno,
estableciendo indicadores claves de las políticas prioritarias, para la toma
de decisiones.
|
9.
Entender como autoridad de aplicación de la Ley Nº 24.127 que instituye el Premio Nacional
a la Calidad
en lo referido al Sector Público y ejercer la Presidencia del
Comité Permanente.
|
10.
Entender en la formulación e implementación de las políticas de modernización
de la gestión de recursos humanos de la
Administración Pública Nacional, de la normativa aplicable
en materia de empleo público, su interpretación y control de su aplicación.
|
11.
Entender en los procesos de resolución de conflictos individuales o
colectivos, relativos al personal de la
Administración Pública Nacional.
|
12.
Representar al Estado Nacional en las Convenciones Colectivas de Trabajo en
las que el Estado Nacional sea parte.
|
13.
Intervenir en el análisis y aprobación de todas aquellas medidas relativas a
la política salarial de la Administración Nacional y de los sistemas de
incentivos del empleo público.
|
14.
Entender en el diseño e implementación las políticas de capacitación para el
personal de la Administración Pública Nacional.
|
15.
Entender y promover la realización de estudios e investigaciones que
contribuyan al conocimiento de la
Administración Pública y el Estado.
|
16.
Entender en todos los aspectos referidos al desarrollo de la Escuela Superior
de Gobierno.
|
17.
Entender en la formulación de programas de asistencia a los organismos del
Sector Público Nacional y a las provincias que así lo requieran y que tengan
por objeto la modernización de la gestión, el mejoramiento continuo de la
calidad de sus servicios, y la incorporación de nuevas tecnologías de
información.
|
18.
Coordinar el funcionamiento del CONSEJO FEDERAL DE LA FUNCION PUBLICA.
|
19.
Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de contrataciones
del sector público nacional.
|
20.
Implementar, supervisar y controlar el sistema de compras y contrataciones
gubernamental.
|
21.
Actuar como autoridad de aplicación del Régimen Normativo que establece la
infraestructura de Firma Digital establecida en la Ley Nº 25.506, como así
también, en las funciones de ente licenciante de certificadores, supervisando
su accionar.
|
22.
Entender en la administración y coordinación de la Red Telemática
Nacional de Información Gubernamental en sus aspectos técnicos, económicos y
presupuestarios.
|
23.
Entender en la definición de estrategias y estándares sobre tecnologías de
información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de
tratamiento de información en la Administración Nacional.
|
24.
Entender en la planificación e implementación del Plan Nacional de Gobierno
Electrónico, coordinando con organismos nacionales, provinciales y
municipales.
|
25.
Dirigir y supervisar el accionar del Cuerpo de Administradores
Gubernamentales.
|
SECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA
|
SUBSECRETARIA
DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario en el diseño, implementación y seguimiento de la
política de modernización del Estado y en la propuesta de las normas
reglamentarias en la materia.
|
2.
Analizar, evaluar y proponer el rediseño de la macroestructura de la Administración
Nacional, impulsando su desarrollo e implementación.
|
3.
Asistir al Secretario en el proceso de aprobación de las estructuras
organizativas de los organismos de la Administración
Nacional, en el diseño de políticas para su
perfeccionamiento, en la propuesta de normas reglamentarias y en el control
de su aplicación.
|
4.
Definir los lineamientos estratégicos, desarrollar, implementar y efectuar el
seguimiento del Sistema de Gestión por Resultados y Objetivos en los
organismos del Sector Público Nacional.
|
5.
Asistir al Secretario en el establecimiento de directrices y normas para la
elaboración e implementación de un sistema de planificación estratégica en
los organismos de la Administración Nacional.
|
6.
Coordinar, asistir y supervisar la elaboración y gestión de planes
estratégicos y operativos, implementando los correspondientes sistemas de información.
|
7.
Diseñar, implementar y monitorear los programas que propendan a la mejora de
los servicios al ciudadano, como así también aquellos que fomenten la
transparencia, la comunicación y participación ciudadana incrementando la
accesibilidad con la gestión de gobierno.
|
8.
Asistir al Secretario en la aplicación de la Ley Nº 24.127 que instituye el Premio Nacional
a la Calidad
en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley Nº 24.127 en lo
referido al Sector Público.
|
9.
Asistir al Secretario en la formulación e implementación de las políticas de
modernización de la gestión de recursos humanos de la
Administración Pública Nacional y de la normativa aplicable
en materia de empleo público.
|
10.
Efectuar la interpretación y el control de la aplicación de la normativa de
empleo público, realizando estudios y propuestas normativas, proponiendo
acciones para revisar o consolidar la legislación referida.
|
11.
Asistir al Secretario en los procesos de resolución de conflictos
individuales o colectivos, relativos al personal de la Administración
Nacional.
|
12.
Asistir al Secretario en la representación del Estado Nacional en las
Convenciones Colectivas de Trabajo en las que el Estado Nacional sea parte.
|
13.
Intervenir en el análisis y aprobación de todas aquellas medidas relativas a
la política salarial de la Administración Nacional y de los sistemas de
incentivos del empleo público.
|
14.
Asistir al Secretario en el diseño e implementación de las políticas de
capacitación para el personal de la
Administración Pública Nacional.
|
15.
Promover la realización de estudios e investigaciones que contribuyan al
conocimiento de la Administración Pública y el Estado.
|
16.
Entender en el fortalecimiento, desarrollo y difusión de un centro de
referencia en materia de documentación e información sobre la Administración
Pública.
|
17.
Asistir al Secretario en el desarrollo de la Escuela Superior
de Gobierno.
|
18.
Desarrollar programas de asistencia a los organismos del Sector Público
Nacional y a las provincias que así lo requieran que tengan por objeto la
modernización de la gestión, el fortalecimiento de los recursos humanos y el
mejoramiento continuo de la calidad de sus servicios.
|
SECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA
|
SUBSECRETARIA
DE TECNOLOGIAS DE GESTION
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario en la formulación de políticas e implementación del
proceso de desarrollo e innovación tecnológica para la transformación y
modernización de los organismos de la
Administración Pública Nacional.
|
2.
Planificar, desarrollar y supervisar el Plan Nacional de Gobierno Electrónico
en los organismos de la Administración Pública Nacional coordinando sus
acciones con los organismos competentes en la materia.
|
3.
Promover la integración de nuevas tecnologías en el sector público su
interoperatividad y estandarización en el marco del Plan de Gobierno
Electrónico.
|
4.
Elaborar normas y estándares referidos a la seguridad de la información.
|
5.
Coordinar la respuesta a emergencias en lo referido a los recursos
informáticos de la Administración Pública.
|
6.
Asistir al Secretario en la definición, implementación y supervisión del uso
de la Firma Digital
en los términos de la Ley Nº
25.506, como en las funciones de ente licenciante de certificadores.
|
7.
Entender en la elaboración del marco regulatorio del régimen relativo a la
validez legal del documento y firma digital.
|
8.
Ejercer las funciones de Autoridad certificante de Firma Digital para el
Sector Público Nacional.
|
9.
Diseñar la estrategia de optimización, tanto en lo referente a los recursos
aplicados, como a nivel de prestación, de las subredes que componen la Red Nacional de
Información Gubernamental estableciendo normas para el control técnico y
administración.
|
10.
Formular y promover la implementación de políticas directrices del Sistema de
compras y contrataciones de bienes y servicios de la
Administración Pública Nacional.
|
11.
Entender en la
Reglamentación normativa del sistema de Compras y
Contrataciones.
|
12.
Entender en el diseño e instrumentación de los sistemas que permitan
optimizar la gestión operativa de compras y contrataciones en el sector
público de manera eficaz y eficiente, dotándolo de mayor transparencia,
supervisando y controlando sistema de compras y contrataciones gubernamental.
|
13.
Desarrollar programas de asistencia a los organismos del Sector Público
Nacional y a las provincias que así lo requieran y articular con los sectores
académicos y privados las acciones en el ámbito de su competencia.
|
SECRETARIA
DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
OBJETIVOS
|
1.
Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo técnico y
administrativo de la Jurisdicción.
|
2.
Entender en la protocolización, registro y archivo de las Resoluciones
dictadas por el Jefe de Gabinete de Ministros, y de los titulares de las
demás dependencias de la Jurisdicción, adoptando los recaudos necesarios
para su publicación.
|
3.
Entender en el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la Jurisdicción
con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo, como así
también, el contralor de las notificaciones producidas por la Jurisdicción.
|
4.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño de la política
presupuestaria de la
Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
|
5.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas,
en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
|
6.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas
efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los
recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro
insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la
Jurisdicción.
|
7.
Coordinar, monitorear y supervisar las acciones que hacen al desarrollo de
las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables,
patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de los
distintos servicios administrativos financieros y de las unidades ejecutoras
de las distintas categorías programáticas de la Jurisdicción.
|
8.
Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y
sistemas administrativos de la Jurisdicción.
|
9.
Coordinar y supervisar el análisis, la formulación y la evaluación de la
estrategia presupuestaria.
|
10.
Participar en el análisis y evaluación de la distribución de las rentas
nacionales y de la ejecución presupuestaria, conforme la Ley de Presupuesto Nacional.
|
11.
Supervisar el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la Nación y las
Provincias.
|
12.
Coordinar y supervisar la elaboración de políticas y de proyectos que
fortalezcan la eficiencia de la recaudación.
|
13.
Coordinar las Políticas del Gobierno Nacional que tengan impacto en materia
de equidad tributaria en la interrelación de los distintos organismos
involucrados en esas tareas.
|
14.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación y priorización del
gasto, efectuando el diagnóstico y seguimiento permanente de su impacto sobre
las condiciones de vida de la población.
|
15.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación con el MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS (A.F.I.P.), para la definición estratégica del
presupuesto nacional.
|
16.
Intervenir en la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional
propiciado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
17.
Coordinar las políticas de la administración vinculadas con el cumplimiento
de los objetivos y de los planes de gobierno en materia de su competencia.
|
18.
Entender en la coordinación, evaluación y control de las prioridades en la
gestión del financiamiento externo, así como en las relaciones con los
Organismos Internacionales de Crédito y en los procesos de aprobación,
seguimiento y evaluación de préstamos.
|
SECRETARIA
DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción
y en la evaluación de su cumplimiento.
|
2.
Asistir al Secretario en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria de las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio
financiero.
|
3.
Asistir al Secretario en la realización de los trámites administrativos
necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales,
equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para las unidades
ejecutoras de las distintas categorías programáticas, con miras al cumplimiento
de los objetivos y metas de la Jurisdicción.
|
4.
Asistir al Secretario en la coordinación, monitoreo y supervisión de las
acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos
económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y
de control de gestión de los distintos servicios administrativos financieros
y de las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de la
Jurisdicción.
|
5.
Asistir al Secretario en la aplicación de la política de recursos humanos,
organización y sistemas administrativos de la Jurisdicción.
|
6.
Protocolizar; registrar y archivar las Resoluciones dictadas por el Jefe de
Gabinete de Ministros, y de los titulares de las demás dependencias de la Jurisdicción,
y gestionar su publicación.
|
7.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, y efectuar el contralor de las notificaciones producidas por
la Jurisdicción.
|
SECRETARIA
DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
|
SUBSECRETARIA
DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario en la coordinación y supervisión del análisis, la
formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria.
|
2.
Participar en el análisis y evaluación de la distribución de las rentas
nacionales y de la ejecución presupuestaría, conforme la Ley de Presupuesto Nacional.
|
3.
Asistir al Secretario en el seguimiento y análisis de la relación fiscal
entre la Nación
y las Provincias.
|
4.
Asistir al Secretario en la coordinación y supervisar la elaboración de
políticas y de proyectos que fortalezcan la eficiencia de la recaudación.
|
5.
Coordinar las Políticas del Gobierno Nacional que tengan impacto en materia
de equidad tributaria en la interrelación de los distintos organismos
involucrados en esas tareas.
|
6.
Coordinar la evaluación del gasto, colaborando en el diagnóstico y
seguimiento permanente de su impacto sobre las condiciones de vida de la
población.
|
7.
Intervenir en el diseño, ejecución y control del Programa de Evaluación de la Calidad del Gasto
instituido por el inciso d) del artículo 5º de la Ley Nº 25.152.
|
8.
Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional
y sectorial en la materia de su competencia.
|
9.
Supervisar la determinación de la programación trimestral del gasto asignado
a cada Jurisdicción.
|
10.
Asistir al Secretario en la coordinación con el MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
(A.F.I.P.), para la definición estratégica del presupuesto nacional.
|
11.
Intervenir en la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional
propiciado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
SECRETARIA
DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA
|
SUBSECRETARIA
DE EVALUACION DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario en la determinación de los lineamientos estratégicos
que permitan efectuar la evaluación y toma de decisiones con relación a los
programas y proyectos con financiamiento externo.
|
2.
Proponer al Secretario la priorización de los proyectos con financiamiento
externo.
|
3.
Asistir al Secretario en la coordinación y evaluación presupuestaria en
relación con los Organismos Internacionales de Crédito y en los procesos de
aprobación de préstamos. 4. Efectuar la coordinación, seguimiento, evaluación
y revisión de cartera de los préstamos con financiamiento externo.
|
SECRETARIA
DE RELACIONES PARLAMENTARIAS
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración del Proyecto de
Ley de Ministerios y de la Ley
de Presupuesto Nacional y de su envío al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
|
2.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la oportunidad,
mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes al HONORABLE
CONGRESO DE LA NACION
y del decreto que dispone la prórroga de sesiones ordinarias o de la
convocatoria a sesiones extraordinarias.
|
3.
Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete
de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y confeccionar y supervisar la
elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la Nación asistiendo
al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 101 de la CONSTITUCION NACIONAL.
|
4.
Entender en la elaboración de los informes que cualquiera de las Cámaras le
solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral
Permanente atento lo normado por el artículo 100, incisos 9 y 11, de la
CONSTITUCION NACIONAL.
|
5.
Entender en lo referente a las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con
ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, sus Comisiones e integrantes y, en
especial, en lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser
remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100,
inciso 6, de la
CONSTITUCION NACIONAL y de otras Leyes.
|
6.
Participar en la formulación de los lineamientos básicos y propuestas de
modificación de los sistemas electorales nacionales, de la organización y
funcionamiento de los partidos políticos y de su financiamiento.
|
SECRETARIA
DE RELACIONES PARLAMENTARIAS
|
SUBSECRETARIA
DE RELACIONES INSTITUCIONALES
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 901/2009, B.O. 16/7/2009)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario en la elaboración del Proyecto de Ley de Ministerios y
de la Ley de
Presupuesto Nacional y de su envío al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
|
2.
Asistir al Secretario en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia
de los Proyectos de Ley, de mensajes al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y del decreto que
dispone la prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones
extraordinarias.
|
3.
Asistir al Secretario en la coordinación de las acciones necesarias para la
concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y confeccionar y
supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno
de la Nación
asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento de lo
dispuesto en el Artículo 101 de la CONSTITUCION NACIONAL.
|
4.
Coordinar las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas Cámaras del
HONORABLE CONGRESO DE LA
NACION, sus Comisiones e integrantes y, en especial, en lo
relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la CONSTITUCION NACIONAL
y de otras Leyes.
|
5.
Elaborar los informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y los que
deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente atento lo normado
por el artículo 100, incisos 9 y 11, de la CONSTITUCION NACIONAL.
|
SECRETARIA
DE MEDIOS DE COMUNICACION
|
(Objetivos
sustituidos por art. 3° del Decreto N° 1397/2008 B.O. 4/9/2008)
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en la formulación, ejecución y control de la política de
comunicación social y de medios de comunicación social.
|
2.
Entender en la difusión de la actividad del PODER EJECUTIVO NACIONAL y en su
relación con el periodismo nacional e internacional.
|
3.
Efectuar la difusión de los actos del Estado Nacional a fin de proyectar la
imagen del país en el ámbito interno y externo.
|
4.
Administrar y controlar los medios de difusión que se encuentran bajo la
responsabilidad del PODER EJECUTIVO NACIONAL y aquellas empresas del sector
en las que la
SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION sea accionista.
|
5.
Entender en la administración de los bienes y recursos de las emisoras
dependientes de la jurisdicción.
|
6.
Coordinar y controlar la gestión comunicacional de las empresas dependientes
del área.
|
7.
Entender y efectuar la planificación y contratación de la publicidad oficial.
|
8.
Intervenir en la asistencia del Coordinador de la Unidad Comunicación
Presidencial.
|
9.
Coordinar y controlar la ejecución de las políticas fijadas por el Estado
Nacional para el sector de la radiodifusión que se implementen a través del
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION.
|
SECRETARIA
DE MEDIOS DE COMUNICACION
|
SUBSECRETARIA
DE GESTION DE MEDIOS
|
(Objetivos
sustituidos por art. 3° del Decreto N° 1397/2008 B.O. 4/9/2008)OBJETIVOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en la administración y
contralor de los medios de comunicación a su cargo y de sus organismos
dependientes.
|
2.
Intervenir en la planificación y elaboración del proyecto de presupuesto de la Secretaría y
de sus organismos dependientes, y en la evaluación de los bienes y recursos
de la Secretaría
y de sus emisoras dependientes.
|
3.
Intervenir en la gestión y desarrollo de los recursos humanos de la Secretaría y
en el contralor de los recursos humanos de los medios de comunicación dependientes.
|
4.
Entender en la planificación y contratación de la publicidad oficial del
Estado.
|
5.
Controlar los actos jurídicos y administrativos de la Secretaría y
proveer a la defensa en juicio de la misma en coordinación, cuando
corresponda, con el servicio jurídico permanente de la jurisdicción.
|
6.
Intervenir en los asuntos contenciosos en que la Secretaría sea
parte en coordinación, cuando corresponda, con el servicio jurídico
permanente de la jurisdicción.
|
SECRETARIA
DE MEDIOS DE COMUNICACION
|
SUBSECRETARIA
DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION
|
(Objetivos
sustituidos por art. 3° del Decreto N° 1397/2008 B.O. 4/9/2008)OBJETIVOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en los temas relacionados con
los contenidos de información pública del Gobierno Nacional.
|
2.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en el desarrollo de acciones
de conducción orgánica de la estructura periodística oficial y supervisar el
adecuado funcionamiento de la actividad de este servicio.
|
3.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en la relación directa con la
prensa nacional y extranjera y transmitir las políticas y mensajes del
gobierno, así como también los objetivos de la Gestión Presidencial.
|
4.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en las relaciones
internacionales vinculadas con la prensa en el exterior.
|
5.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en las relaciones con todo
tipo de instituciones u organismos privados, estatales o del llamado Tercer
Sector que requieran de una adecuada información periodística sobre los
objetivos gubernamentales.
|
6.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en la tarea de asesoramiento
a los señores ministros y secretarios del área presidencial en temas
vinculados con la información de gobierno.
|
SECRETARIA
DE MEDIOS DE COMUNICACION
|
SUBSECRETARIA
DE COMUNICACION ESTRATEGICA
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(Objetivos
sustituidos por art. 3° del Decreto N° 1397/2008 B.O. 4/9/2008)OBJETIVOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en los temas relacionados con
las estrategias de información pública del Gobierno Nacional, orientadas a
las particularidades comunicacionales de cada región del País.
|
2.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en el desarrollo de una
estrategia de conducción orgánica de la estructura periodística oficial.
|
3.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en formulación de la
estrategia óptima de conducción de la relación directa con la prensa nacional
y extranjera, y de la transmisión de las políticas y mensajes del gobierno,
así como también los objetivos de la Gestión Presidencial.
|
4.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en formulación de la
estrategia óptima de conducción de las relaciones internacionales vinculadas
con la prensa en el exterior.
|
5.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en formulación de la
estrategia óptima de conducción de las relaciones con todo tipo de
instituciones u organismos privados, estatales o del llamado Tercer Sector
que requieran de una adecuada información periodística sobre los objetivos
gubernamentales.
|
6.
Evaluar y analizar las corrientes de opinión producidas en las distintas
regiones del País por las políticas delineadas por el Poder Ejecutivo
Nacional.
|
7.
Asistir al Secretario de Medios de Comunicación en la definición de los
lineamientos para el asesoramiento a los señores ministros y secretarios del
área presidencial en temas vinculados con la información de gobierno.
|
8.
Participar en el diseño de las estrategias comunicacionales de la Secretaría de
Medios de Comunicación y monitorear los productos informativos
correspondientes a las mismas.
|
SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la implementación de la política
ambiental como política de Estado y en los aspectos técnicos relativos a la
política ambiental y la gestión ambiental de la Nación.
|
2.
Coordinar las políticas del gobierno nacional que tengan impacto en la
política ambiental, estableciendo la planificación estratégica de políticas y
programas ambientales del gobierno nacional.
|
3.
Coordinar y articular la gestión ambiental de los organismos responsables de
ejecutar la política ambiental nacional.
|
4.
Planificar y coordinar la inserción de la política ambiental en los
Ministerios y en las demás áreas de la
Administración Pública Nacional.
|
5.
Integrar el CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE.
|
6.
Intervenir desde el punto de vista de su competencia en el desarrollo de la
biotecnología.
|
7.
Entender en el ordenamiento ambiental del territorio y en la planificación e
instrumentación de la gestión ambiental nacional.
|
8.
Entender en la preservación, protección, defensa y mejoramiento del ambiente,
en la implementación del desarrollo sustentable, en la utilización racional y
conservación de los recursos naturales, renovables y no renovables, la
preservación ambiental del patrimonio natural y cultural y de la diversidad
biológica tendientes a alcanzar un ambiente sano, equilibrado, apto para el
desarrollo humano, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la
Constitución Nacional.
|
9.
Entender en la elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la
situación ambiental nacional en forma coordinada con organismos nacionales,
provinciales y municipales.
|
10.
Entender en la propuesta y elaboración de regímenes normativos que permitan
la instrumentación jurídica administrativa de la gestión ambiental, el
ordenamiento ambiental del territorio, a la conservación y uso racional de
los recursos naturales y la calidad ambiental.
|
11.
Entender en el establecimiento de metodologías de evaluación y control de la
calidad ambiental en los asentamientos humanos así como la formulación y
aplicación de indicadores y pautas que permitan conocer el uso sustentable de
los recursos naturales.12. Entender en el establecimiento de un sistema de
información pública sobre el estado del ambiente y sobre las políticas que se
desarrollan.
|
13.
Promover la difusión de la información y la adquisición de conciencia sobre
los problemas ambientales del país.
|
14.
Promover la educación ambiental formal y no formal y coordinar con el
MINISTERIO DE EDUCACION, programas y acciones que fortalezcan su
implementación.
|
15.
Entender en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales
vinculadas al ambiente y fortalecer los mecanismos de participación ciudadana
en materia ambiental.
|
16.
Entender en la aplicación de los tratados internacionales relacionados con
los temas de su competencia, e intervenir en la formulación de convenios
internacionales en los asuntos propios de su área.
|
17.
Conducir la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera
internacional que otros países u organismos internacionales ofrezcan, para el
cumplimiento de los objetivos y políticas del área de su competencia, en
coordinación con los demás organismos del estado para su implementación.
|
18.
Entender en la gestión ambientalmente adecuada de los recursos hídricos en
coordinación con el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS.
|
19.
Coordinar e impulsar planes y acciones con organismos interjurisdiccionales
de la
Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal
competentes, que entiendan en el saneamiento y ordenamiento ambiental de las
cuencas y costas del Area Metropolitana de Buenos Aires.
|
SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
|
SUBSECRETARIA
DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en todo lo
relativo al diseño e implementación de la política nacional vinculada al uso
racional de los recursos naturales, conservación de la biodiversidad,
desarrollo de instrumentos e implementación de políticas tendientes a la
sustentabilidad social, económica y ecológica, con estrategias a nivel
regional.
|
2.
Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en todo lo
referente a la planificación y ordenamiento ambiental del territorio.
|
3.
Intervenir en la elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la
situación ambiental y de los asentamientos humanos, en coordinación con otros
organismos nacionales, provinciales y municipales.
|
4.
Entender en la propuesta y elaboración de regímenes normativos que permitan
la instrumentación jurídica administrativa del ordenamiento ambiental del
territorio, el uso racional de los recursos naturales y la calidad ambiental.
|
5.
Promover, diseñar, implementar y evaluar políticas, programas y proyectos
vinculados a la planificación ambiental del territorio y efectuar el
seguimiento de la calidad ambiental de los asentamientos humanos.
|
6.
Entender en el establecimiento de un sistema de información pública sobre el
estado del ambiente y sobre las políticas que se desarrollan, en los temas de
jurisdicción de la Subsecretaría.
|
7.
Promover la difusión de información y la adquisición de conciencia sobre los
problemas ambientales del país, con relación a los temas de jurisdicción de
la Subsecretaría.
|
SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la formulación,
ejecución e implementación de la política ambiental nacional y la coordinación
con los distintos organismos.
|
2.
Canalizar las relaciones de la Secretaría con los demás órganos de la
administración nacional con competencias específicas en las respectivas
materias, y con otros niveles de decisión, a fin de que sus políticas y la
implementación de éstas tomen en consideración las dimensiones ambientales
involucradas.
|
3.
Prestar asistencia al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la
representación que ejerza el Estado Nacional ante organismos internacionales
e interjurisdiccionales vinculados a la política ambiental nacional.
|
4.
Proporcionar los instrumentos administrativos necesarios para una adecuada
gestión del CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE.
|
5.
Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en los planes,
programas y acciones que se emprendan con relación a las leyes de
Presupuestos Mínimos vigentes y que dicte el Honorable Congreso de la Nación.
|
6.
Entender en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales
vinculadas a los temas ambientales y promover los mecanismos que faciliten la
participación ciudadana en los temas ambientales.
|
SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
|
SUBSECRETARIA
DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la formulación
e implementación de una política nacional de desarrollo sustentable.
|
2.
Elaborar y difundir los instrumentos técnicos y de gestión necesarios para
una adecuada implementación de una política de desarrollo sustentable.
|
3.
Favorecer la concientización y la participación de la sociedad argentina en
la temática del desarrollo sustentable.
|
4.
Facilitar la participación y la coordinación con el sector empresarial en el
ámbito de su competencia.
|
5.
Intervenir en la elaboración y actualización permanente del diagnóstico de la
situación del desarrollo sustentable a nivel nacional.
|
6.
Promover, evaluar e implementar políticas, programas y proyectos vinculados a
la evaluación y control de las temáticas asociadas al desarrollo sustentable,
a la prevención de la contaminación en todas sus formas, al análisis,
promoción y desarrollo de tecnologías limpias, al ahorro energético y el uso
de energías renovables.
|
7.
Canalizar las relaciones de la Secretaría con los demás órganos de la
administración nacional y con otros niveles de decisión, a fin de que sus
políticas y la implementación de éstas tomen en consideración las dimensiones
del desarrollo sustentable, como así también al marco normativo vigente.
|
8.
Prestar asistencia al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la
representación que ejerza el Estado Nacional ante organismos internacionales
e inter jurisdiccionales vinculados a la política de desarrollo sustentable.
|
SECRETARIA
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
|
SUBSECRETARIA
DE CONTROL Y FISCALIZACION AMBIENTAL Y PREVENCION DE LA CONTAMINACION
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir a la
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la
formulación e implementación de una política de fiscalización, control y
preservación ambiental nacional.
|
2.
Confeccionar, diseñar y difundir las herramientas técnicas y de gestión para
la adecuada implementación de una política de control, comprensiva del
diagnóstico, prevención, preservación y recomposición ambiental.
|
3.
Propender a la toma de conciencia y la participación de la sociedad argentina
en todo lo atinente a la fiscalización y control ambiental, generando
mecanismos de difusión de información relativa a dicha temática.
|
4.
Fomentar, evaluar e implementar políticas, programas y proyectos vinculados
al control ambiental y a las temáticas asociadas al mismo, así como a la
preservación del ambiente y a la prevención de la contaminación en todas sus
formas.
|
5.
Intervenir en la elaboración del diagnóstico y actualización permanente de la
información relativa a la situación de las áreas de control y fiscalización
ambiental a nivel nacional y de los resultados que cada una de ellas obtiene.
|
6.
Asistir al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la aplicación
de toda la normativa ambiental que contenga el deber de control y
fiscalización por parte de la Secretaría a su cargo.
|
7.
Prestar asistencia al Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable en la
representación que ejerza el Estado Nacional ante organismos internacionales
e inter jurisdiccionales vinculados a la política de control y fiscalización
ambiental en todas sus facetas, canalizando las relaciones emergentes de los
acuerdos multilaterales ambientales sobre sustancias, productos químicos y
desechos suscriptos por el País.
|
XII
- MINISTERIO DEL INTERIOR (Nota LOA: Ex - Apartado XIII renumerado como
Apartado XII y sustituido, por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION
|
OBJETIVOS
|
1.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la
jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo.
|
2.
Coordinar en todo lo atinente a las cuestiones administrativas y
económico-financieras de las áreas centralizadas y descentralizadas que
conforman el MINISTERIO DEL INTERIOR.
|
3.
Coordinar con la UAI
(Unidad de Auditoría Interna) y la
SIGEN (Sindicatura General de la Nación) la
observancia de la aplicación de los Sistemas de Control Interno.
|
4.
Gestionar y asistir en la asignación y en la supervisión de la ejecución de
fondos con destino a las provincias y municipios provenientes de los
organismos multilaterales de crédito, organismos no gubernamentales y fuentes
de financiamiento bilateral, así como de los recursos que se destinen a la
reforma de los sectores públicos provinciales, municipales y del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
|
5.
Coordinar el servicio jurídico y supervisar el accionar de los servicios
jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.
|
6.
Asistir al Ministro en la administración del Fondo de APORTES del TESORO
NACIONAL, propiciando que su asignación atienda situaciones de emergencia y
desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales.
|
7.
Proponer el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción.
|
8.
Coordinar la aplicación de las políticas de recursos humanos, organización y
sistemas de administración, ordenar la instrucción de los sumarios
administrativos y disciplinarios y supervisar las actividades.
|
9.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas,
en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, como así
también en la gestión de los trámites administrativos necesarios para la
obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos, tecnológicos y
de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas
de la jurisdicción.
|
SECRETARIA
DE PROVINCIAS
|
OBJETIVOS
|
1.
Promover políticas públicas a nivel federal y regional tendientes a la
armonización con las políticas correspondientes al Gobierno Nacional.
|
2.
Promover el establecimiento de acuerdos y pactos federales para propender a
una mayor coordinación en la implementación de políticas nacionales,
provinciales, municipales y regionales.
|
3.
Intervenir en el análisis de los proyectos de legislación nacional en los que
sea necesario coordinar normas nacionales y provinciales.
|
4.
Participar en las diferentes actividades que involucren relaciones
interprovinciales.
|
5.
Participar en las actividades político-institucionales que, en el marco de la Constitución
y la forma federal de gobierno, el Gobierno Nacional desarrolle con las
provincias.
|
6.
Diseñar planes y coordinar acciones en materia económica con los Gobiernos de
las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asesorando en
la formulación y gestión de proyectos de carácter federal.
|
7.
Coordinar con el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION el desarrollo de las
políticas y programas de asistencia a las Provincias.
|
8.
Proponer la ejecución de planes, programas y proyectos socioeconómicos
referidos a las provincias y a la temática regional.
|
9.
Intervenir en las acciones de prevención y respuesta requeridas para la
protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la naturaleza,
coordinando con los Gobiernos Provinciales y los organismos con competencia
en la materia.
|
10.
Elaborar las medidas que sirvan para definir las políticas que hacen a la
protección de la comunidad, y colaborar con los entes nacionales,
provinciales o privados, para hacer frente a desastres naturales o causados
por el hombre, y a ilícitos que por naturaleza sean de su competencia.
|
11.
Intervenir en la coordinación del SISTEMA FEDERAL DE EMERGENCIAS (SIFEM)
creado por el Decreto Nº 1250 del 28 de octubre de 1999.
|
12.
Intervenir en la evaluación técnica de la asignación del Fondo de APORTES del
TESORO NACIONAL a las provincias.
|
13.
Proponer medios tendientes a la formulación y ejecución de políticas de
descentralización.
|
14.
Coordinar las políticas inherentes a la regionalización de las provincias y
las iniciativas de desarrollo regional conforme artículo 124 de la
CONSTITUCION NACIONAL.
|
15.
Producir los diagnósticos necesarios que sean de utilidad para la
planificación estratégica regional.
|
16.
Proponer los medios tendientes a la formulación y ejecución de políticas de
regionalización.
|
17.
Evaluar la información sistematizada sobre la realidad socioeconómica e
institucional de las provincias.
|
18.
Asistir a la
SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS en la promoción de la
reforma política a nivel provincial y de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
|
19.
Proponer la ejecución de planes, programas y proyectos socioeconómicos
destinados a reducir la conflictividad en áreas geográficas diagnosticadas
como críticas.
|
20.
Intervenir en el régimen jurídico de las aguas de los ríos interprovinciales
y sus afluentes.
|
SECRETARIA
DE PROVINCIAS
|
SUBSECRETARIA
DE DESARROLLO Y FOMENTO PROVINCIAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario en el diseño de planes y en la coordinación de acciones
en materia económica con los Gobiernos de las provincias y de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
|
2.
Proponer políticas y acciones para el desarrollo de las políticas y programas
de asistencia a las Provincias.
|
3.
Proponer la ejecución de planes, programas y proyectos socioeconómicos referidos
a las provincias y a la temática regional.
|
4.
Efectuar estudios, analizar y asistir en la evaluación técnica para la
asignación del Fondo de APORTES del TESORO NACIONAL a las provincias.
|
5.
Proponer medios tendientes a la formulación y ejecución de políticas de
descentralización.
|
6.
Asistir al Secretario en la Coordinación de las políticas inherentes a la
regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo regional
conforme artículo 124 de la CONSTITUCION NACIONAL.
|
7.
Producir los diagnósticos necesarios que sean de utilidad para la
planificación estratégica regional.
|
8.
Proponer los medios tendientes a la formulación y ejecución de políticas de
regionalización.
|
9.
Evaluar la información sistematizada sobre la realidad socioeconómica e
institucional de las provincias.
|
SECRETARIA
DE INTERIOR
|
OBJETIVOS
|
1.
Proponer y planificar las políticas, planes y proyectos en materia
poblacional y de migraciones.
|
2.
Elaborar estudios e investigaciones que contribuyan a tomar decisiones en
políticas demográficas y de fortalecimiento de la identidad nacional.
|
3.
Elaborar estudios sobre la situación demográfica del país en los aspectos de
su composición poblacional, su distribución territorial, el nivel y
tendencias de su crecimiento, e influencias disolventes de la identidad
nacional.
|
4.
Determinar los lineamientos estratégicos de los proyectos y evaluar el
cumplimiento de objetivos en materia poblacional y migratoria.
|
5.
Entender en las relaciones con las colectividades extranjeras en el área de
su competencia y llevar un registro actualizado de las mismas.
|
6.
Proponer políticas para el desarrollo e integración de las áreas de frontera
y el afianzamiento de la identidad nacional.
|
7.
Coordinar con las áreas competentes la aplicación de la Ley Nº 22.352 y el Decreto
Ley Nº 15.385 (Ley Nº 12.913) en todo lo relacionado con la preservación de
la seguridad de las áreas y zonas de frontera.
|
8.
Entender en la coordinación del Consejo Federal de Población.
|
9.
Asistir, a solicitud de los gobiernos provinciales, en el diagnóstico de los
problemas poblacionales y migratorios.
|
10.
Mantener la vinculación institucional en materia poblacional y migratoria con
el Honorable Congreso de la Nación.
|
11.
Entender en el diseño de las políticas del Archivo General de la Nación.
|
12.
Entender en el diseño de las políticas y supervisar la gestión de la Dirección Nacional
del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.
|
13.
Entender en el diseño de las políticas y supervisar la gestión de la DIRECCION NACIONAL
DE MIGRACIONES.
|
14.
Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales y municipales para
la mejora en la prestación de servicios de los organismos a su cargo.
|
SECRETARIA
DE INTERIOR
|
SUBSECRETARIA
DE INTERIOR
|
OBJETIVOS
|
1.
Proponer al Secretario de Interior políticas, planes y proyectos en materia
poblacional y migratoria.
|
2.
Formular los programas que deriven de la política poblacional y migratoria.
|
3.
Elaborar investigaciones y estudios que contribuyan a la definición de la política
demográfica y el afianzamiento de la identidad nacional.
|
4.
Mantener vinculaciones con organismos nacionales e internacionales que
producen información sobre el comportamiento de variables demográficas y
migratorias.
|
5.
Proponer proyectos de normativa inherentes a las migraciones internas e
internacionales.
|
6.
Elaborar diagnósticos sobre el comportamiento de las variables demográficas y
sobre sus particularidades sociales, económicas y regionales.
|
7.
Asistir al Secretario en la elaboración de las políticas y supervisar la
gestión del ARCHIVO GENERAL DE LA NACION.
|
SECRETARIA
DE ASUNTOS POLITICOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Coordinar la programación de la política electoral nacional.
|
2.
Proponer los proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios que le
competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y normas
útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.
|
3.
Proponer al Ministro del Interior las medidas conducentes para perfeccionar
el Registro Nacional de Electores y custodiar los ejemplares autenticados del
padrón electoral.
|
4.
Entender en la elaboración de estudios estadísticos de los actos
eleccionarios y difundir sus resultados.
|
5.
Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la legislación en
materia institucional y de partidos políticos.
|
6.
Intervenir en los temas conexos con la declaración de estado de sitio,
intervenciones del gobierno federal a las provincias y la sanción de leyes de
amnistía política.
|
7.
Intervenir en lo relativo a la concesión del derecho de asilo.
|
8.
Conceder franquicias e intervenir en la distribución de los aportes del Fondo
Partidario Permanente, a las agrupaciones políticas.
|
9.
Fomentar el federalismo a través de la participación a nivel nacional de los
distintos estamentos de la sociedad en las actividades de capacitación del
INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACION POLITICA, realizando cursos y seminarios
en forma coordinada y conjunta con gobiernos provinciales y organizaciones no
gubernamentales.
|
10.
Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de la Reforma Política,
realizando el relevamiento de opiniones y de propuestas y la elaboración de
proyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento de
los sistemas político y electoral.
|
11.
Intervenir en la tramitación de los exhortos judiciales.
|
12.
Programar, planificar, ejecutar y realizar el seguimiento de la política de
relaciones institucionales, así como también su permanente actualización
legislativa.
|
13.
Asistir en la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento de las
políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus
instituciones representativas.
|
14.
Entender en la elaboración, ejecución y control de las políticas inherentes a
la promoción de los intereses de la comunidad y sus instituciones
representativas.
|
15.
Intervenir en la determinación de pautas destinadas a coordinar la ejecución
de planes, programas y proyectos referidos a objetivos y cursos de acción en
materia comunitaria.
|
16.
Entender en las propuestas de reforma de la CONSTITUCION NACIONAL
y en las relaciones con las convenciones que se reúnan a tal efecto.
|
17.
Promover la realización de actividades político- institucionales y el
desarrollo de normativa tendiente a consolidar la autonomía del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS
AIRES.
|
18.
Entender en los temas atinentes a la COMISION NACIONAL
DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS.
|
SECRETARIA
DE ASUNTOS POLITICOS
|
SUBSECRETARIA
DE ASUNTOS POLITICOS Y ELECTORALES
|
OBJETIVOS
|
1.
Intervenir en la coordinación de la programación de la política electoral
nacional.
|
2.
Asistir al señor Secretario de Asuntos Políticos en la propuesta de proyectos
de convocatoria para los actos eleccionarios que le competen e intervenir en
la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía
durante el acto eleccionario.
|
3.
Asistir al señor Secretario en la elaboración de las medidas conducentes para
agilizar y perfeccionar el proceso de conformación del Registro Nacional de
Electores y conservar los ejemplares autenticados del padrón electoral.
|
4.
Coordinar con los organismos involucrados en su ejecución todos los aspectos
operativos vinculados con la programación y desarrollo de los actos
electorales nacionales.
|
5.
Coordinar la realización de estudios estadísticos de los actos eleccionarios,
proporcionar a los sectores correspondientes los resultados obtenidos y
reunir, procesar y difundir la información relativa a los mismos.
|
6.
Asistir en todo lo relacionado con la concesión de franquicias y el
otorgamiento y distribución de los aportes del Fondo Partidario Permanente, a
las agrupaciones políticas.
|
7.
Intervenir en las relaciones con los partidos políticos y promover su
institucionalización democrática.
|
8.
Participar en el desarrollo de las acciones necesarias para la implementación
de la
Reforma Política, realizando el relevamiento de opiniones y
de propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de
aquellas que rigen el funcionamiento de los sistemas político y electoral.
|
9.
Asistir al Secretario de Asuntos Políticos en los temas relacionados con la
declaración de estado de sitio, la intervención del gobierno federal a las
provincias y las leyes de amnistía política.
|
10.
Participar en lo relativo a la concesión del derecho de asilo.
|
11.
Asistir en la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento de las
políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus
instituciones representativas.
|
12.
Entender en la elaboración, ejecución y control de las políticas inherentes a
la promoción de los intereses de la comunidad y sus instituciones
representativas.
|
13.
Realizar el estudio de las normas que hagan a la plena vigencia de los
derechos y garantías constitucionales.
|
14.
Intervenir en la determinación de pautas destinadas a coordinar la ejecución
de planes, programas y proyectos referidos a objetivos y cursos de acción en
materia comunitaria.
|
15.
Asistir en las propuestas de reforma de la CONSTITUCION NACIONAL
y en las relaciones con las convenciones que se reúnan a tal efecto.
|
16.
Promover la realización de actividades político- institucionales y el
desarrollo de normativa tendiente a consolidar la autonomía del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS
AIRES.
|
17.
Intervenir en la coordinación de la producción de información y la
realización de estudios referidos al avance de la Reforma Política.
|
SECRETARIA
DE ASUNTOS MUNICIPALES
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en los asuntos municipales y en la asistencia técnica a los
municipios para la modernización de los sistemas administrativos locales y el
fortalecimiento de su capacidad de gestión.
|
2.
Asistir a las provincias en la descentralización de funciones hacia los
municipios.
|
3.
Proponer los medios tendientes al estudio, formulación y ejecución de
políticas de descentralización.
|
4.
Evaluar la información sobre la realidad socioeconómica e institucional de
los municipios, proponiendo asimismo la ejecución de planes, programas y
proyectos referidos al desarrollo de los gobiernos locales.
|
5.
Asistir en la programación de la reforma política a nivel local, promoviendo
su implementación en las administraciones locales con el fin de mejorar los
sistemas de representación, y la participación comunitaria.
|
6.
Evaluar los planes y proyectos en ejecución relativos a asistencia técnica,
modernización y mejoramiento de la capacidad de gestión de los municipios.
|
7.
Proponer políticas y estrategias para el establecimiento de micro-regiones,
promoviendo el espíritu cooperativo entre los diferentes actores sociales de
comunidades vecinas.
|
8.
Colaborar con las tareas de coordinación, inherentes a la optimización de la
cooperación internacional dirigida a municipios y comunas.
|
9.
Implementar y desarrollar sistemas de control de la gestión municipal y de
los servicios públicos, por la comunidad.
|
10.
Organizar un sistema de información relativa a normativas y experiencias de
gestión sobre gobiernos municipales.
|
11.
Colaborar en el mejoramiento de la calidad de los servicios comunitarios y el
desarrollo económico y social.
|
12.
Impulsar la realización de acuerdos entre los municipios a fin de colaborar
en la elaboración de estrategias y en la solución de problemáticas regionales
o de interés común.
|
SECRETARIA
DE ASUNTOS MUNICIPALES
|
SUBSECRETARIA
DE GESTION MUNICIPAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Promover y difundir los proyectos y programas orientados a la mejora de la
calidad de los servicios comunitarios y al desarrollo económicosocial de las
regiones.
|
2.
Coordinar la implementación de los proyectos referidos al mejoramiento de la
capacidad de gestión de los gobiernos locales, la modernización de sus
sistemas administrativos y de gestión y el fortalecimiento de la capacidad de
gerenciamiento de las políticas públicas de los gobiernos municipales.
|
3.
Diseñar, evaluar y proponer cursos de acción a seguir en materia de promoción
y desarrollo de micro-regiones.
|
4.
Asistir en la formulación de acuerdos asociativos preferentes, proponiendo
planes y proyectos, como así también diseñar los instrumentos adecuados para
su implementación.
|
5.
Proponer y desarrollar mecanismos de coordinación institucional, nacional y
sectorial en materia de su competencia.
|
6.
Diseñar, proponer y ejecutar las acciones necesarias para instrumentar el
proceso de profundización de la integración municipal con las regiones, en
forma coordinada con los organismos provinciales y regionales de enlace.
|
XIII
- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
(Apartado sustituido por art. 2° del Decreto N° 878/2008, B.O. 3/6/2008)
(Nota LOA: Ex - Apartado XIV renumerado como Apartado XIII, por art. 2°
del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
SECRETARIA
DE RELACIONES EXTERIORES
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Entender desde el punto de vista de la política exterior en las relaciones
con todos los países y los Organismos Internacionales, y coordinar con las
otras Secretarías del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, los diversos aspectos de la política exterior y su
armonización en base a los criterios funcionales y geográficos.
|
2.-
Formular las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a
la seguridad internacional, nucleares y espaciales, los vinculados a
territorios y espacios marítimos bajo disputa de la soberanía en el Atlántico
Sur, las cuestiones de derecho internacional, de política migratoria y del
desarrollo de zonas de frontera, en los asuntos internacionales relativos a
la lucha contra el uso indebido de drogas, narcotráfico, política de desarme,
seguridad y terrorismo internacional, operaciones de mantenimiento de paz,
preservación y protección de los recursos naturales, medio ambiente,
preservación de los recursos del territorio terrestre y marítimo argentino y
sus áreas adyacentes; así como del espacio aéreo.
|
3.-
Entender en la determinación de la política, la elaboración de planes y
programas, y en la representación del Estado Nacional ante los Organismos
Internacionales en materia de derechos humanos y en aquellas relativas a la
condición y situación de la mujer, dentro del ámbito de la política exterior,
e intervenir en la reforma de la legislación nacional en dichas materias.
|
4.-
Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en materia de
asuntos consulares, y elaborar las instrucciones a las representaciones
consulares relativas a la aplicación de las normas administrativas.
|
5.-
Formular y ejecutar las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos
relativos a las cuestiones de política migratoria en coordinación con la
autoridad migratoria nacional.
|
6.-
Entender en la promoción y difusión de la cultura argentina en el exterior
coordinando, previamente, con los organismos que correspondan.
|
7.-
Entender en la concesión del derecho de asilo y en la condición de refugiado.
|
SUBSECRETARIA
DE RELACIONES INSTITUCIONALES
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Entender en la coordinación institucional entre el MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y los Organismos y Autoridades de
los distintos poderes del Estado en el ámbito Nacional, Provincial o
Municipal, Entes Regionales e Instituciones intermedias.
|
2.-
Intervenir en materia institucional en lo referente a las relaciones con las
sociedades y entidades de carácter civil, como así también en los Organismos
No Gubernamentales, en el ámbito de las relaciones internacionales.
|
SUBSECRETARIA
DE POLITICA LATINOAMERICANA
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones necesarias para
instrumentar y desarrollar el proceso de profundización de la integración
política con los países latinoamericanos, en coordinación con los Organismos
Nacionales, Provinciales y Regionales de enlace;
|
2.-
Programar los objetivos y formular las estrategias de negociación y
planificación de las actividades ante los Organismos Internacionales,
conferencias, congresos, reuniones o foros multilaterales en materia de
desarrollo tecnológico, vinculadas con la región, coordinando con las demás
unidades competentes de la jurisdicción ministerial y extraministerial.
|
SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Realizar las gestiones internacionales de carácter bilateral o multilateral
con los países de AMERICA DEL NORTE, EUROPA, AFRICA, ASIA Y OCEANIA,
relacionados con temas políticos, como así también la identificación y la
elaboración de los objetivos de política exterior, así como los vinculados
con las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR y ANTARTIDA, la
seguridad y los recursos de los espacios marítimos relevantes del Atlántico
Sur. Preparar, implementar y efectuar el seguimiento de las negociaciones que
se realicen en los Organismos Internacionales, con excepción de los
pertenecientes a LATINOAMERICA y EL CARIBE.
|
2.-
Realizar el análisis, planeamiento, seguimiento y evaluación permanente de las
relaciones internacionales en temas vinculados a la seguridad internacional y
a los asuntos estratégicos, las relaciones exteriores en materia de defensa,
las cuestiones de desarme y los asuntos nucleares y espaciales.
|
3.-
Colaborar en la programación de los objetivos y planificación de las
actividades ante reuniones, congresos y conferencias de carácter
internacional y misiones especiales ante gobiernos extranjeros en que la República sea
parte, Organismos y Entidades Internacionales, así como en las instrucciones
que corresponde impartir en cada caso, y en su ejecución.
|
4.-
Intervenir en las acciones de los asuntos internacionales relativos a la
lucha contra el uso indebido de las drogas, narcotráfico, seguridad y
terrorismo internacional, política de desarme, operaciones de mantenimiento
de paz, derechos humanos, en materia de la condición y situación de la mujer
dentro del ámbito de la política exterior, preservación y protección de los
recursos naturales, medio ambiente. Intervenir en la concesión del derecho de
asilo y en la condición de refugiado.
|
5.-
Intervenir en la promoción y difusión de la cultura argentina en el exterior
coordinando, previamente, con los organismos que correspondan.
|
SECRETARIA
DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Entender en materia de administración y gestión de recursos humanos, para
asegurar la eficiencia y dinámica de los servicios.
|
2.-
Entender en la política y cursos de acción a seguir en materia de cooperación
internacional y realizar el control de la instrumentación de las acciones de
cooperación internacional propuestas y las alternativas de financiación.
|
3.-
Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión económica, financiera,
patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento y de servicios y de los
demás bienes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO.
|
4.-
Entender y asesorar en los asuntos en que se deban aplicar los principios y
las normas del derecho internacional público y privado. Asegurar el
asesoramiento jurídico sobre aspectos específicos y funcionales del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y pedidos
de extradición con la intervención del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS.
|
5.-
Prestar apoyo a la
Junta Calificadora del personal del Servicio Exterior y a
los órganos del personal del Servicio Civil.
|
6.-
Entender y planificar las acciones relativas a la gestión y administración de
las tecnologías de la información y las comunicaciones asociadas del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en el
país y en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República en el
exterior.
|
7.-
Entender en los procesos de planificación, evaluación del mantenimiento y
administración de todos los bienes muebles e inmuebles, propios, en posesión
o tenencia del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO y delegaciones en el Extranjero.
|
8.-
Entender y planificar las acciones relativas al sistema de seguimiento y
control de gestión de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República en el
Exterior.
|
9.-
Entender en los procesos y actividades referidos a la seguridad y protección
de las personas, bienes e información del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y delegaciones en el Extranjero.
|
10.-
Elaborar, interpretar y aplicar la reglamentación del Régimen de Franquicias
y Privilegios Impositivos correspondientes a los miembros, de las Misiones
Diplomáticas y Representaciones Consulares extranjeras y argentinas, de
funcionarios de Organismos Internacionales y Misiones Especiales acreditados
en la República,
así como tramitar todas las cuestiones relativas al mismo.
|
SUBSECRETARIA
LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Actuar en la planificación y en las actividades relativas a los servicios de
infraestructura, de mantenimiento y servicios del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
|
2.-
Administrar y controlar los recursos vinculados con la gestión económica,
financiera y patrimonial de la jurisdicción.
|
3.-
Asistir al Secretario en el diseño de la política presupuestaria de la
jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento. Asistir a las unidades
ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y
programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se
proyecten durante el ejercicio financiero.
|
4.-
Supervisar el desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y de
comunicaciones y sus condiciones de seguridad.
|
5.-
Entender en la gestión de la habilitación otorgada a la jurisdicción por la Asociación del
Transporte Aéreo Internacional (I.A.T.A.) para la emisión de pasajes aéreos a
través del sistema "Billing Settlement Plan (B.S.P.)".
|
6.-
Ejecutar las acciones relativas a la gestión y administración de las
tecnologías de la información y las comunicaciones asociadas del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en el país y en las
Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República en el
exterior.
|
7.-
Administrar el Dominio de Nivel Superior Argentina (.AR) y el registro de
nombres de dominio Web de las personas físicas y jurídicas. Coordinar el cumplimiento
de lo dispuesto por la normativa que regula el acceso a la información
pública, en cumplimiento del Decreto Nº 1172/2003 y sus modificatorios y
complementarios.
|
8.-
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas,
efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los
recursos humanos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas de
la jurisdicción.
|
9.-
Coordinar la aplicación de políticas de administración y gestión de recursos
humanos.
|
10.-
Coordinar la ejecución de las acciones relativas al sistema de seguimiento y
control de gestión de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República en el
Exterior.
|
11.-
Prestar asesoramiento jurídico sobre aspectos específicos y funcionales del
Ministerio, tramitar rogatorias judiciales y pedidos de extradición con la
intervención del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
|
12.-
Aplicar la reglamentación del Régimen de Franquicias, Privilegios e
Inmunidades correspondientes a los miembros, de las Misiones Diplomáticas y
Representaciones Consulares extranjeras y argentinas, de funcionarios de
Organismos Internacionales y Misiones Especiales acreditados en la República, así
como tramitar todas las cuestiones relativas al mismo.
|
13.-
Ordenar la instrucción de los sumarios administrativos disciplinarios y otras
investigaciones administrativas ordenadas en la jurisdicción.
|
14.-
Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes,
decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la
actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los
servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.
|
15.-
Planificar, coordinar, realizar y controlar las actividades de interpretación
y traducción de la documentación solicitada por las distintas áreas internas
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y por
la PRESIDENCIA DE
LA NACION.
|
SECRETARIA
DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Formular desde el punto de vista de la política exterior, los cursos de
acción a seguir en materia de negociaciones económicas y comerciales tanto
bilaterales como multilaterales con todas las Naciones con las que la REPUBLICA ARGENTINA
mantenga relaciones, con los Organismos Regionales y Subregionales,
propendiendo a la integración económica con las naciones latinoamericanas y
conducir la política a fin de cumplimentar lo señalado.
|
2.-
Entender en la política y cursos de acción a seguir en materia de promoción
comercial y todo lo relacionado con la formulación y desarrollo de acuerdos
asociativos preferentes, de naturaleza económica, comercial y financiera,
proponiendo los planes, programas y proyectos pertinentes, como así también los
instrumentos adecuados para su ejecución.
|
3.-
Entender en toda negociación entre las autoridades provinciales y los
representantes de terceros países que implique alguna obligación en la que se
prevean garantías por parte del ESTADO NACIONAL.
|
4.-
Promover las políticas y estrategias de la República en
materia de negociaciones económicas y comerciales bilaterales y
multilaterales a través de los Organismos Económicos y Comerciales
Internacionales, Regionales y Subregionales, e impartiendo las directivas e instrucciones
a las Representaciones de la República ante gobiernos extranjeros,
Organismos Internacionales Económicos y Comerciales y en las delegaciones en
las que participe en negociaciones económicas bilaterales y multilaterales,
interviniendo también en aquéllas de naturaleza monetaria y financiera.
|
SUBSECRETARIA
DE INTEGRACION ECONOMICA AMERICANA Y MERCOSUR
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Diseñar políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo económico y a
la integración bilateral con los diferentes países de AMERICA DEL NORTE,
CENTRAL, DEL SUR y EL CARIBE, y la integración económica multilateral a nivel
regional y continental.2.- Concretar los objetivos prioritarios planteados en
la política exterior con respecto al MERCOSUR, a la ALADI y al ALCA.
|
SUBSECRETARIA
DE COMERCIO INTERNACIONAL
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Ejecutar la política comercial internacional, promoviendo la oferta de los
productos y servicios nacionales atendiendo a la demanda de los mercados
extranjeros, incluyendo la promoción de naturaleza comercial y participar en
las actividades de promoción de inversiones y turismo.
|
2.-
Intervenir en la elaboración de las instrucciones y directivas para las
Representaciones de la
República en el exterior y delegaciones oficiales en el
aspecto comercial internacional.
|
SECRETARIA
DE CULTO
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Entender en la formulación de políticas referidas a las relaciones de la República con la Santa Sede y con la Soberana y Militar
Orden de Malta y en lo inherente a la conclusión de los instrumentos
internacionales, incluyendo la negociación y celebración de comodatos y
acuerdos que se relacionen con la materia religiosa y/o culto en los que
participe la
República, y en lo inherente a las reuniones, congresos y
conferencias de carácter internacional y misiones especiales ante gobiernos
extranjeros y entidades internacionales que se relacionen con la materia
religiosa y/o culto.
|
2.-
Actuar en todo lo inherente a las relaciones del Gobierno con la Iglesia Católica
Apostólica y Romana, así como en la centralización de las gestiones que ante
las Autoridades Públicas hiciera la Iglesia, las entidades y las personas de culto
católico, especialmente con relación a asuntos episcopales y otros asuntos
eclesiásticos y en el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento
del Culto Católico Apostólico y Romano, así como en el otorgamiento de las
credenciales eclesiásticas.
|
3.-
Actuar en todo lo inherente a las relaciones de Gobierno con todas las
iglesias cristianas no católicas y católicas, y las demás organizaciones
religiosas que funcionan en el país, así como en la centralización de las
gestiones que ante las Autoridades Públicas hicieren las mismas. Entender en
el registro de las entidades religiosas no católicas e institutos de vida
consagrada, que ejerzan su actividad en el territorio Nacional y asistir al
señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a
efecto de garantizar la libre profesión de su culto a todos los habitantes de
la Nación.
|
SUBSECRETARIA
DE CULTO
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Identificar, planificar y coordinar las políticas atinentes a las relaciones
del Estado Nacional con la Iglesia Católica Apostólica y Romana, la Conferencia Episcopal
Argentina, Arzobispado y Obispado, Institutos de Vida Sagrada y otras personas
eclesiásticas y el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento de
las normativas del culto católico.
|
2.-
Programar los objetivos y formular las estrategias atinentes a las relaciones
del Estado Nacional con las Iglesias, Confesiones y Comunidades Religiosas
distintas de la
Iglesia Católica Apostólica y Romana.
|
3.-
Intervenir en las solicitudes de inscripción en el Registro Nacional de
Cultos y su cancelación.
|
XIV
- MINISTERIO DE DEFENSA (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto N°
788/2007 B.O. 27/6/2007) (Nota LOA: Ex - Apartado XV renumerado como
Apartado XIV, por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la
jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
|
2.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas
de la administración central del Ministerio, en la formulación y programación
de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten
durante el ejercicio financiero.
|
3.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas
efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los
recursos humanos, materiales, equipamientos, tecnológicos y de todo otro
insumo necesario para cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.
|
4.
Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la
jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, así como la
planificación de las actividades de administración.
|
5.
Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y
sistemas administrativos de la administración central de la jurisdicción.
|
6.
Supervisar el desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y de
comunicaciones y sus condiciones de seguridad.
|
7.
Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
|
8.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la
jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo.
|
9.
Coordinar las políticas de administración de los recursos humanos de las
Fuerzas Armadas, civiles y militares.
|
10.
Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes,
decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la
actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los
servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.
|
SECRETARIA
DE ASUNTOS MILITARES
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en la elaboración de la política de Defensa Nacional y en la
orientación y dirección de los conceptos estratégicos retenidos en la Directiva
Estratégica Nacional, su seguimiento y supervisión dentro
del correspondiente planeamiento estratégico, interactuando con las áreas correspondientes
de política exterior y de política económica para su desarrollo coordinado y
continuo.
|
2.
Proponer la convocatoria del CONSEJO DE DEFENSA NACIONAL (CODENA) y ejercer
su Secretaría.
|
3.
Efectuar el planeamiento militar conjunto determinando los requerimientos de la Defensa Nacional,
formulando y ejecutando las políticas nacionales de la defensa y fiscalizando
su cumplimiento; determinar la política general de conducción de las Fuerzas
Armadas, formulando los correspondientes planes.
|
4.
Promover la acción conjunta de las Fuerzas Armadas en las áreas de
competencia específica y coordinar este objetivo con otras unidades
ejecutoras de la jurisdicción.
|
5.
Estudiar, elaborar y proponer el dimensionamiento de los medios operativos y
de apoyo de las Fuerzas Armadas en función de las necesidades de la Directiva
Estratégica Nacional/Planeamiento Militar Conjunto.
|
6.
Formular la política de movilización y el plan de movilización nacional y su
ejecución para el caso de guerra y participar, con otras dependencias del
Estado, en la planificación y coordinación de la defensa civil.
|
7.
Proponer el dimensionamiento y estructura del personal militar y civil de las
Fuerzas Armadas y su plan de ejecución, como así también las nuevas unidades
orgánicas y despliegue de las Fuerzas.
|
8.
Administrar la justicia y disciplina militar a través de sus respectivos
órganos.
|
9.
Determinar las políticas de enseñanza de la Defensa Nacional
y de formación e instrucción militar en todos sus niveles.
|
10.
Intervenir en la instrumentación y difusión de las normas del Derecho
Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos
en el área de su competencia, en concurrencia con las facultades que en esta
materia corresponden en particular a la SECRETARIA DE
DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
|
11.
Intervenir en la orientación y formulación de los planes de capacitación que
deben llevarse a cabo en el ámbito de las FUERZAS ARMADAS para el
afianzamiento y desarrollo del Derecho Internacional Humanitario, y del
Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en concurrencia con las
facultades que en esta materia corresponden a la SECRETARIA DE
DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
|
12.
Intervenir en la formulación de los asesoramientos y en la elaboración de los
informes relativos a las causas referidas a personal militar que se tramiten
por ante la
COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS u otros Comités
o comisiones creadas en virtud de los Tratados Internacionales de Derechos
Humanos, en concurrencia con las facultades que en esta materia correspondan
a la SECRETARIA DE
DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
|
13.
Intervenir en la problemática de los Derechos Humanos vinculada con las
FUERZAS ARMADAS en concurrencia con las facultades que en esta materia
corresponden en particular a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
|
SUBSECRETARIA
DE ASUNTOS TECNICO MILITARES
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Asuntos Militares en la determinación de la política
de Defensa Nacional y en la elaboración del planeamiento militar conjunto.
|
2.
Entender en la formulación y readecuación de los estudios elaborados para la
formulación de los objetivos, las políticas y estrategias de defensa nacional
así como en lo atinente a su supervisión, evaluación y control.
|
3.
Entender en la planificación para la organización y el funcionamiento de la
defensa nacional.
|
4.
Entender en lo atinente a la gestión de los asuntos institucionales de las
Fuerzas Armadas, así como en lo relacionado con la dirección y coordinación
operativo funcional de las mismas tanto en sus aspectos específicos como
conjunto.
|
5.
Entender en los estudios para el planeamiento de la guerra y la movilización
nacional.
|
6.
Asistir al Secretario de Asuntos Militares en la coordinación de los
organismos de aplicación de la justicia y disciplina militar.
|
SUBSECRETARIA
DE FORMACION
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en la formulación de políticas de enseñanza, formación y
capacitación para la defensa nacional en todos sus niveles y contribuir para
la dirección y coordinación del funcionamiento de los establecimientos de
formación y capacitación de las Fuerzas Armadas en la órbita del Ministerio
de Defensa.
|
2.
Formular las políticas de capacitación y formación de las Fuerzas Armadas,
estableciendo normas y pautas metodológicas acordes con los lineamientos de
modernización del Estado; realizando la supervisión, evaluación y
certificación de la capacitación permanente llevada a cabo en los organismos
educativos correspondientes de las Fuerzas Armadas.
|
3.
Atender los asuntos de naturaleza educativa internacional que se relacionen
con la educación, la cultura, la ciencia y la tecnología de la Defensa, y en especial
los vinculados con acciones bilaterales y multilaterales con estados
extranjeros, organismos internacionales y demás instituciones de cooperación
técnica y de apoyo al desarrollo de los países en coordinación con los
organismos competentes en la materia.
|
4.
Asistir al Ministro de Defensa en lo relativo a las obligaciones emergentes
de su participación en el diseño de las políticas educativas de formación y
capacitación de las Fuerzas Armadas y del personal civil del Ministerio, en
los temas específicos de la
Defensa, prestando el apoyo técnico-administrativo correspondiente,
a fin de lograr el cumplimiento de su cometido.
|
SECRETARIA
DE PLANEAMIENTO
|
OBJETIVOS
|
1.
Orientar y supervisar los planes de adquisición de recursos materiales
emergentes de los requerimientos de capacidades del instrumento militar,
determinando las políticas de adquisición de sistemas de defensa.
|
2.
Determinar las políticas en materia de logística del instrumento militar,
congruentes con los requerimientos de capacidades y coordinar las correspondientes
actividades.
|
3.
Evaluar las propuestas e intervenir en la adopción de las decisiones
definitivas por parte del Ministro de Defensa, en materia de adquisiciones
significativas por parte del instrumento militar, de sistemas y otros
materiales necesarios para la defensa.
|
4.
Administrar el Sistema de Planeamiento, Programación y Presupuestación (S3P),
efectuando la centralización, coordinación y control de los requerimientos de
la defensa nacional.
|
5.
Proyectar y formular la programación y administración del presupuesto de las
Fuerzas Armadas.
|
6.
Proponer la distribución de los recursos presupuestarios asignados, de
conformidad con las prioridades que determine.
|
7.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas
de las Fuerzas Armadas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio
financiero.
|
8.
Formular, aprobar, coordinar y controlar el cumplimiento de los objetivos,
políticas y planes de los organismos de investigación y desarrollo del sector
en el marco de la articulación de planes que se definan a nivel nacional y
entender en la coordinación y conducción superior de los organismos
científicos y tecnológicos del área del MINISTERIO DE DEFENSA y de las
Fuerzas Armadas, como asimismo en los aspectos de la jurisdicción, relativos
al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
|
9.
Entender en la administración de las empresas, sociedades, participaciones
accionarias y todo ente de producción o servicios de la jurisdicción;
actuando así también, como planificador y ejecutor de los procesos de
reestructuración de los mismos.
|
10.
Promover, coordinar y dirigir la realización de convenios de cooperación en
las áreas industrial, tecnológica y comercial, controlando su ejecución.
|
11.
Implementar, ejecutar y controlar, las políticas referidas a bienes inmuebles
de la jurisdicción.
|
12.
Promover el sistema de obtención de medios para la defensa, ejerciendo su
supervisión y control, proponiendo al Ministro de Defensa las autorizaciones
para la radicación y el funcionamiento en el país de instalaciones destinadas
a ese fin.
|
13.
Supervisar y coordinar la gestión de los institutos vinculados a la
producción de información geográfica, meteorológica e hidrográfica.
|
SUBSECRETARIA
DE PLANIFICACION LOGISTICA Y OPERATIVA DE LA DEFENSA
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la planificación logística y
operativa de la
Jurisdicción fundada en criterios de eficiencia conjunta,
así como en la supervisión de la ejecución de los respectivos planes.
|
2.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la conducción del proceso de
formulación del anteproyecto de presupuesto de la Jurisdicción
y en el seguimiento y evaluación de su ejecución.
|
3.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la administración del Sistema de
Planeamiento, Programación y Presupuestación (S3P), efectuando la
centralización, coordinación y control de los requerimientos de la defensa
nacional.
|
4.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la propuesta de la distribución de
los recursos presupuestarios asignados, de conformidad con las prioridades
emergentes del planeamiento militar conjunto.
|
5.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la implementación y coordinación del
sistema de gestión de inversiones públicas y militares para la defensa.
|
6.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la dirección del Servicio de
Catalogación para la Defensa
(SECADE).
|
7.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la promoción, coordinación y
dirección de la elaboración de convenios de cooperación en las áreas
logística y comercial, controlando su ejecución.
|
8.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la aprobación de las certificaciones
de habilitación operativa del personal y los medios materiales propuestas por
el Estado Mayor Conjunto.
|
9.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la implementación, ejecución y
control de las políticas referidas a bienes inmuebles de la jurisdicción.
|
SUBSECRETARIA
DE INNOVACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la formulación de políticas, planes,
programas, medidas e instrumentos para el establecimiento, puesta en marcha y
funcionamiento de un Sistema Científico y Tecnológico para la Defensa, que articule
todos los organismos y recursos del sector en función de los objetivos y
políticas fijadas para la jurisdicción, teniendo como meta básica elevar la
capacidad nacional de generar tecnología para la defensa e incorporarla a los
bienes y servicios que se producen.
|
2.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la definición y en el control de la
ejecución de los planes, programas y proyectos de investigación y desarrollo
para la defensa que realicen los institutos y organismos, del área del
MINISTERIO DE DEFENSA y de las Fuerzas Armadas.
|
3.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la coordinación de las acciones
tendientes a asegurar continuidad de planes de investigación y desarrollo
para la defensa y promover el control de gestión los mismos.
|
4.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la elaboración de un plan plurianual
Científico y Tecnológico para la
Defensa y sus reformulaciones, en articulación con los
planes de la
SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA y
en el marco de las políticas formuladas por el Gabinete Científico
Tecnológico.
|
5.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la colaboración, complementación y
apoyo entre el Sistema Científico y Tecnológico para la Defensa y el sector
privado.
|
6.
Asistir al Secretario de Planeamiento en el fomento de la investigación
científica y tecnológica de interés para la Defensa en el ámbito
educativo universitario y terciario y en instituciones civiles, coordinando y
promoviendo su cooperación con los institutos científicos y tecnológicos
dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA.
|
7.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la gestión, elaboración y
concreción, de programas, acuerdos y convenios de cooperación científica y
tecnológica de empresas y organismos de investigación y desarrollo del
MINISTERIO DE DEFENSA, con organismos públicos, instituciones académicas,
centros de investigación vinculados al tema, en el ámbito nacional.
|
8.
Asistir al Secretario de Planeamiento en la gestión, elaboración y
concreción, con otros países, de programas, tratados, acuerdos y convenios de
cooperación científica y tecnológica de empresas y organismos de
investigación y desarrollo del MINISTERIO DE DEFENSA, con intervención del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
|
9.
Intervenir en la administración del Régimen para el personal de investigación
y desarrollo de las Fuerzas Armadas, efectuando su calificación por jurados
de adecuada jerarquía y llevar a cabo los planes de su capacitación.
|
10.
Supervisar el funcionamiento efectivo del Sistema de Obtención de Medios Materiales
para la Defensa
a fin de que se ponga a disposición la capacidad científica y tecnológica de
la jurisdicción.
|
11.
Asistir al Secretario de planeamiento en la supervisión y coordinación de la
gestión de los institutos vinculados a la producción de información
geográfica, meteorológica e hidrográfica.
|
SECRETARIA
DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA
DEFENSA
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en la negociación de acuerdos bilaterales interinstitucionales y
asesorar en la negociación de instrumentos multilaterales inherentes a la Defensa Nacional,
en todos sus aspectos.
|
2.
Intervenir en la aprobación de los acuerdos bilaterales y/o multilaterales
celebrados por el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y los Estados
Mayores Generales de las Fuerzas Armadas.
|
3.
Intervenir en la política y cursos de acción a seguir en materia de
Cooperación Internacional para la
Defensa y realizar el control de la instrumentación de las
acciones de cooperación internacional propuestas.
|
4.
Intervenir en la planificación y seguimiento de la ejecución de Ejercicios
Conjuntos Combinados y/o Ejercicios Específicos Combinados en las que
participen otras fuerzas armadas extranjeras.
|
5.
Intervenir en la planificación y seguimiento de la ejecución de las
Operaciones Militares de Paz en que participen las Fuerzas Armadas
Argentinas.
|
6.
Intervenir, en todos aquellos temas inherentes a la participación de las
Fuerzas Armadas Argentinas, en el cumplimiento de las funciones del personal
del Ministerio de Defensa o de las Fuerzas Armadas que formen parte de la
representación del Estado Nacional ante la Organización
de las Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos, órganos
bilaterales y multilaterales en Operaciones Militares de Paz.
|
7.
Intervenir en la vinculación del Ministerio de Defensa Argentino y las
Fuerzas Armadas Argentinas con los Ministerios de Defensa y Fuerzas Armadas
de otras naciones.
|
8.
Participar en la planificación y ejecución de políticas de contralor del
material para la defensa.
|
9.
Participar en la formulación de la posición de la Nación en lo
relativo a acuerdos bilaterales o multilaterales de desarme.
|
XV.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS (Apartado sustituido por art. 4°
del Decreto N° 2102/2008 B.O. 5/12/2008)
|
SECRETARIA
DE POLITICA ECONOMICA
|
OBJETIVOS
|
1.
Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos
para la programación de la política económica.
|
2.
Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos institucionales
que aseguren la sistematicidad, coherencia, unidad y organicidad en la toma
de decisiones de las diferentes áreas de la jurisdicción ministerial, en lo
que es materia de su competencia.
|
3.
Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las
políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de la jurisdicción
ministerial, desarrollando criterios e indicadores que permitan un adecuado
control estratégico sobre su efectiva instrumentación.
|
4.
En su carácter de Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones
Públicas, creado por la Ley Nº
24.354, dictar las normas de instrumentación, complementarias y/o
aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida
implementación del mismo.
|
5.
Dirigir la actualización del Banco de Proyectos de Inversión Pública y
ordenar los estudios que permitan definir las prioridades en cuanto a la
asignación de recursos, en forma compatible con los requerimientos
estratégicos.
|
6.
Articular las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, a los
fines de asegurar la coherencia y fortalecimiento de los lineamientos
estratégicos de la política económica.
|
7.
Entender en la determinación de los objetivos de política económica y
elaborar las pautas que den sentido orientador al esquema de reestructuración
y negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional en el
ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
|
8.
Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito
del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y participar en el diseño de las
políticas de coordinación macro económica con otros espacios de integración
económica internacional.
|
9.
Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial y
publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño
de la economía.
|
10.
Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento de los
niveles de vida y de pobreza de la población. Realizar diagnósticos sobre el
empleo y la distribución del ingreso.
|
11.
Evaluar el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto
internacional.
|
12.
Conducir a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS (INDEC) el
Sistema Estadístico Nacional y los Censos Nacionales. Elaborar las
estadísticas socioeconómicas, secundarias, las cuentas nacionales e
internacionales y los análisis y estudios que deriven de ellos.
|
13.
Intervenir en la formulación y ejecución de la política arancelaria.
|
14.
Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas de
reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la
exportación.
|
15.
Intervenir en la definición de las políticas de comercio exterior de la Nación y en las
funciones inherentes a las negociaciones económicas y comerciales
internacionales, ya sean bilaterales, regionales o multilaterales en
particular en los aspectos comerciales e industriales de la integración
regional y/o convenios especiales con otros países.
|
16.
Intervenir en la elaboración de las normas e instrumentos vinculados al
comercio exterior.
|
17.
Intervenir en los regímenes de precios índices y mecanismos antidumping y
otros instrumentos de regulación del comercio exterior.
|
18.
Entender en todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los
organismos fi- nancieros internacionales de crédito, bilaterales y
multilaterales, asegurando el desarrollo, actualización y mantenimiento de
los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los
programas con dichos organismos.
|
19.
Resolver sobre las medidas correctivas que coadyuven a la buena
administración de los préstamos con los organismos internacionales de
crédito.
|
20.
Entender en la elaboración de pautas macroeconómicas que sirvan de base para
la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.
|
21.
Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de
prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, incluyendo el Plan
de Inversión Pública, todo ello, desde el punto de vista de la finalidad e
impacto económico de los mismos.
|
22.
Intervenir en el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional
vigentes a fin de evaluar su impacto sobre la economía real.
|
23.
Entender en la programación regional y sectorial de la política económica
nacional, coordinando su accionar con las jurisdicciones involucradas.
|
24.
Diseñar programas de capacitación y asistencia técnica orientados a
organismos ejecutores de nivel nacional, provincial y municipal para la
aplicación más efectiva de la política económica.
|
25.
Coordinar con las distintas áreas de la jurisdicción ministerial y otros
sectores involucrados, las actividades relacionadas con el desarrollo del
aparato productivo nacional, en el marco de la política económica.
|
SECRETARIA
DE POLITICA ECONOMICA
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION ECONOMICA
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir a las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, en la elaboración y ejecución de los planes, programas y proyectos
de la jurisdicción.
|
2.
Efectuar la evaluación y seguimiento de los aspectos económicos de los
planes, programas y proyectos de la jurisdicción ministerial y proponer las
medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos.
|
3.
Elaborar y proponer los instrumentos que permitan elevar los niveles de
coherencia y complementariedad económica de los fines, así como también el
mejor aprovechamiento de los recursos disponibles en el ámbito de la
jurisdicción ministerial, tanto a nivel central como descentralizado.
|
4.
Asistir a la
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la articulación de las
relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se
establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, a los fines de
asegurar la coherencia y fortalecimiento de los lineamientos estratégicos de
la política económica.
|
5.
Asistir al señor Secretario de Política Económica en la elaboración y
propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos
y erogaciones fiscales, incluyendo el Plan de Inversión Pública, todo ello,
desde el punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos.
|
6.
Coordinar estudios sobre la caracterización e implicancias del gasto público
y evaluarlos en términos de eficiencia y eficacia y de impacto sobre las
actividades productivas.
|
7.
Evaluar el desarrollo de los programas sociales del Gobierno Nacional en
términos de su impacto en la situación social que atienden.
|
8.
Dirigir la consolidación de estadísticas de recursos y gasto público nivel
nacional, provincial y municipal, siguiendo metodologías aceptadas
internacionalmente y/o armonizadas en los espacios de integración económica
internacional.
|
9.
Asistir al señor Secretario de Política Económica en su función de Autoridad
de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas, y colabora en el
dictado de las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias
que se requieran para la debida implementación del mismo.
|
10.
Coordinar la actualización del Banco de Proyectos de Inversión Pública y
disponer los estudios que permitan definir las prioridades en cuanto a la
asignación de recursos, en forma compatible con los requerimientos
estratégicos.
|
11.
Asistir en la representación a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA y al
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en los grupos y comisiones de
trabajo en el marco del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacios
económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.
|
12.
Asistir a la
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la definición de las
políticas de comercio exterior y en las negociaciones económicas y
comerciales internacionales, en particular en los aspectos relacionados con
su impacto en el desarrollo productivo interno.
|
13.
Participar en la formulación y ejecución de la política arancelaria de
comercio exterior.
|
14.
Participar en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas de
reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación.
|
15.
Asistir a la
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en los temas inherentes a
regímenes de precios índices, salvaguardias, antidumping y otros instrumentos
complementarios de la política de comercio exterior.
|
16.
Asistir y asesorar en la ejecución y puesta en marcha de programas de
desarrollo productivo sectorial a mediano y largo plazo, coordinando su
accionar con las diferentes jurisdicciones involucradas.
|
17.
Asistir al señor Secretario de Política Económica en el monitoreo permanente
de la evolución de los distintos sectores productivos de la economía
nacional.
|
18.
Asistir al señor Secretario de Política Económica en el seguimiento del
comportamiento de los precios de la Canasta Básica Alimentaria y proponer medidas
que propendan a una mayor estabilidad de los mismos.
|
19.
Asistir a la
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la coordinación con las
distintas áreas de la jurisdicción ministerial y otros sectores involucrados,
en las actividades relacionadas con el desarrollo del aparato productivo nacional,
en el marco de la política económica.
|
SECRETARIA
DE POLITICA ECONOMICA
|
SUBSECRETARIA
DE PROGRAMACION ECONOMICA
|
OBJETIVOS
|
1.
Programar, coordinar y dirigir las tareas tendientes al seguimiento de la
economía global y sectorial.
|
2.
Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación
macroeconómica y efectuar el análisis de consistencia de las políticas
macroeconómicas.
|
3.
Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la elaboración
de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la
economía.
|
4.
Asistir en la elaboración y propuesta de pautas macroeconómicas que sirvan de
base para la programación fiscal en el marco de la política económica
vigente.
|
5.
Efectuar el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional
vigentes evaluando su impacto sobre la economía real.
|
6.
Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo plazo
basadas en experiencias internacionales y/o en acuerdos de coordinación de
políticas macroeconómicas.
|
7.
Diseñar y proponer planes estratégicos de desarrollo regional basados en el
potencial productivo y las ventajas naturales y adquiridas de cada región.
|
8.
Coordinar la formulación de planes de desarrollo regional con las
jurisdicciones territoriales involucradas.
|
9.
Elaborar programas de capacitación y asistencia técnica dirigidos a
organismos ejecutores de nivel nacional, provincial y municipal para la
aplicación más efectiva de la programación económica
|
10.
Asistir a la
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la determinación de los
objetivos y pautas generales de la política económica.
|
11.
Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo, pobreza e
indigencia y de distribución del ingreso, y proponer vías de acción para su
mejoramiento.
|
12.
Participar en los análisis de evaluación del impacto sobre la economía
nacional de los cambios en el contexto internacional.
|
13.
Colaborar en el diseño de los lineamientos estratégicos para la programación
económica.
|
SECRETARIA
DE COMERCIO INTERIOR
|
OBJETIVOS
|
1.
Intervenir, cuando corresponda y desde el punto de vista de la unicidad
estratégica, en el diseño y/o elaboración de propuestas de programas y planes
de acción de la jurisdicción y su articulación con otras áreas de gobierno.
|
2.
Coordinar a las distintas dependencias de la jurisdicción en la elaboración y
ejecución de políticas y planes solicitados por el señor Ministro, vinculados
con los temas de su competencia.
|
3.
Brindar asistencia técnica y armonizar proyectos de leyes, decretos,
decisiones administrativas o resoluciones, con políticas y planes vinculados
con su competencia.
|
4.
Evaluar el grado de cumplimiento de las políticas en curso en el ámbito de la
jurisdicción ministerial, tanto centralizada como descentralizada.
|
5.
Evaluar y asesorar sobre el grado de oportunidad, mérito y conveniencia para
la puesta en marcha de políticas y acciones que impacten sobre el comercio
interior, en el ámbito de la jurisdicción ministerial.
|
6.
Promover la articulación de políticas de comercio interior con los Gobiernos
Provinciales y la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
|
7.
Asegurar la correcta ejecución y control de las políticas comercial interna,
de defensa del consumidor, la desregulación y la defensa de la competencia.
|
8.
Evaluar el grado de competitividad en todos los ámbitos de la actividad
económica, tipificando las estructuras de costos de los bienes que conforman
el mercado.
|
9.
Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA o del
organismo que en el futuro la sustituya.
|
10.
Entender en la implementación de políticas y marcos normativos necesaria para
afianzar la competencia, los derechos del consumidor y el aumento en la
oferta de bienes y servicios.
|
11.
Entender en la propuesta, coordinación, seguimiento y control de aplicación
de la política de desregulación en todos los ámbitos de la actividad
económica, tanto en lo concerniente a la propia gestión de la administración,
a las actividades del sector privado sujetas a regulación, así como también
en las medidas relacionadas con otras políticas públicas, a los fines de
asegurar su coherencia y consistencia interna, y a la asistencia técnica en
materia de desregulación en otras jurisdicciones.
|
12.
Efectuar la propuesta, evaluación y control de las políticas y normas
tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios,
tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la
simplicidad funcional y la modernización de las normas técnicas.
|
13.
Entender en todo lo relativo a la aplicación de las Leyes Nros. 22.802 de
Lealtad Comercial, 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de
Metrología Legal y 24.240 de Defensa del Consumidor.
|
14.
Supervisar la elaboración y seguimiento de la normativa de Lealtad Comercial
en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y los reglamentos nacionales que en su
consecuencia deban dictarse.
|
15.
Supervisar las actividades relacionadas con la fiscalización del
abastecimiento.
|
16.
Supervisar el accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del
consumidor.
|
SECRETARIA
DE COMERCIO INTERIOR
|
SUBSECRETARIA
DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
|
OBJETIVOS
|
1.
Efectuar la propuesta y control de las políticas relacionadas con la defensa
del consumidor.
|
2.
Entender en la implementación de políticas y marcos normativos necesarios para
afianzar los derechos del consumidor.
|
3.
Intervenir y asesorar a la Secretaría en todo lo relativo a la aplicación
de la Leyes Nros.
19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología Legal, 22.802 de
Lealtad Comercial y 24.240 de Defensa del Consumidor.
|
4.
Asistir al Secretario en la supervisión del accionar de los Tribunales
Arbitrales de defensa del consumidor.
|
5.
Supervisar las actividades vinculadas con el seguimiento y verificación de
todo lo relacionado con la aplicación de las Leyes Nros. 19.227 de Mercados
de Interés Nacional, 19.511 de Metrología Legal, 22.802 de Lealtad Comercial
y 24.240 de Defensa del Consumidor.
|
6.
Supervisar la sustanciación de los sumarios para el juzgamiento de sede
administrativa, de las infracciones a las citadas leyes.
|
7.
Entender en la elaboración, propuesta y seguimiento de la normativa de
Lealtad Comercial y Metrología Legal en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y
los reglamentos nacionales que en su consecuencia deban dictarse.
|
8.
Asistir a la
Secretaría en la elaboración de propuestas, evaluación y
control de las políticas y normas tendientes a mejorar la organización de los
mercados de bienes y servicios, tanto públicos como privados, con el objeto
de favorecer la transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de
las normas técnicas.
|
SECRETARIA
DE FINANZAS
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios
financieros.
|
2.
Efectuar la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones
del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA,
el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA y el BANCO
HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
3.
Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los aspectos
crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo e interno de
la REPUBLICA
ARGENTINA interviniendo en las negociaciones inherentes al
tema con entes financieros, nacionales, extranjeros, públicos, privados y el
FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI) y tomando a su cargo las relaciones con
la comunidad financiera internacional y la coordinación de las
representaciones en el exterior.
|
4.
Coordinar la administración de la deuda pública y elaborar las proyecciones
presupuestarias del endeudamiento público con la SECRETARIA DE
HACIENDA.
|
5.
Establecer las políticas de administración de los activos financieros del
ESTADO NACIONAL.
|
6.
Participar en los aspectos financieros de los Fondos Fiduciarios en los que
el ESTADO NACIONAL sea parte.
|
7.
Supervisar las acciones para coordinar la venta de los paquetes accionarios y
otros activos financieros en poder del ESTADO NACIONAL.
|
8.
Entender en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones que hacen
al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o
de capital de empresas donde el ESTADO NACIONAL sea socio minoritario, como
así también en aquellas sociedades donde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS posea tenencias accionarias o de capital, e instruir a los
representantes del ESTADO NACIONAL en las mismas.
|
9.
Dirigir y supervisar el sistema de crédito público y ejercer con la SECRETARIA DE
HACIENDA las funciones de órgano responsable de la coordinación de los
Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
|
10.
Preservar el crédito público.
|
11.
Intervenir en la definición de los requerimientos de financiamiento del
Sector Público Nacional por los que se originen o puedan eventualmente
originarse obligaciones de pago.
|
12.
Coordinar las relaciones entre la COMISION NACIONAL
DE VALORES, la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y el PODER
EJECUTIVO NACIONAL.
|
13.
Intervenir en las relaciones y negociaciones con los organismos financieros
internacionales de crédito de los que la Nación forma parte en los aspectos que hacen a
las políticas generales y particulares de dichos organismos, y en los
préstamos provenientes de los mismos.
|
14.
Intervenir en lo vinculado con las representaciones del país en los
organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma
parte.
|
SECRETARIA
DE FINANZAS
|
SUBSECRETARIA
DE SERVICIOS FINANCIEROS
|
OBJETIVOS
|
1.
Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los servicios financieros,
en particular los referidos a: seguros, sistema integrado de jubilaciones y
pensiones, mercado de valores y sistemas de liquidación de operaciones
públicos y privados en función de las políticas de apertura externa y
desregulación.
|
2.
Asistir en la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones
del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA;
el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA y el BANCO
HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
3.
Asistir en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones y en las
cuestiones administrativas que hacen al ejercicio de los derechos societarios
de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el ESTADO
NACIONAL sea socio minoritario y estén en proceso total de privatización e
instruir a los representantes del ESTADO NACIONAL en las citadas empresas.
|
4.
Asistir en las relaciones entre la COMISION NACIONAL
DE VALORES, la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, y el PODER
EJECUTIVO NACIONAL.
|
5.
Asistir en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones y en las
cuestiones administrativas que hacen al ejercicio de los derechos societarios
de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el ESTADO
NACIONAL sea socio minoritario, como así también en aquellas sociedades donde
el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS posea tenencias accionarias o
de capital, e instruir a sus representantes en las citadas empresas.
|
SECRETARIA
DE FINANZAS
|
SUBSECRETARIA
DE FINANCIAMIENTO
|
OBJETIVOS
|
1.
Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política
financiera.
|
2.
Ejecutar las políticas y medidas relativas al financiamiento externo e
interno de la
REPUBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones
inherentes al tema con entes financieros nacionales, extranjeros, públicos,
privados y EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL y asistir en la coordinación de
las representaciones financieras en el exterior.
|
3.
Asistir al señor Secretario de Finanzas en la dirección y supervisión del
sistema de crédito público y en la ejecución de las funciones de órgano
responsable de los sistemas de administración financiera.
|
4.
Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la
deuda pública y supervisar su cumplimiento.
|
5.
Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de
capitales y el registro del endeudamiento público
|
6.
Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del
ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos
fiduciarios en los que éste sea parte.
|
7.
Ejecutar las acciones necesarias para coordinar la venta de los paquetes
accionarios y otros activos financieros en poder del ESTADO NACIONAL.
|
8.
Asistir al señor Secretario de Finanzas en las acciones orientadas a
preservar el crédito público.
|
9.
Asistir al señor Secretario de Finanzas en todo lo relacionado con los
organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte
en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos
organismos, y en los préstamos provenientes de los mismos.
|
SECRETARIA
DE HACIENDA
|
OBJETIVOS
|
1.
Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad, y
ejercer con la
SECRETARIA DE FINANZAS, las funciones de Organo Responsable
de la
Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera
del Sector Público Nacional.
|
2.
Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y
financiera del gasto público nacional.
|
3.
Entender en la definición de las necesidades de financiamiento del Sector
Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas, por las que se
originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.
|
4.
Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos fiduciarios que
comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o
Jurisdicciones de la Administración Nacional.
|
5.
Proponer la política salarial del Sector Público Nacional.
|
6.
Coordinar los aspectos contables entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos
Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
|
7.
Intervenir en los procesos de Reforma y Transformación del Estado, en el
ámbito de su competencia.
|
8.
Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO
NACIONAL.
|
9.
Conducir todo lo vinculado a los aspectos fiscales, económicos y financieros
y sus impactos sociales, en la relación entre el Gobierno Nacional, los
Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES.
|
10.
Coordinar la asistencia a las provincias en lo que es materia de su
competencia.
|
11.
Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía regional.
|
12.
Entender en el diseño de un sistema impositivo aduanero y de los recursos de
la seguridad social.
|
13.
Entender en el diseño de regímenes de promoción económica con responsabilidad
directa en los aspectos tributarios y en los fines extra fiscales que se
persigan a través de los mismos.
|
14.
Supervisar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y
aduanera.
|
15.
Intervenir en todo lo atinente a los organismos descentralizados del ámbito
de su competencia.
|
16.
Coordinar las relaciones entre la
CASA DE MONEDA S.E. y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
SECRETARIA
DE HACIENDA
|
SUBSECRETARIA
DE PRESUPUESTO
|
OBJETIVOS
|
1.
Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y
entidades del Sector Público Nacional.
|
2.
Coordinar el desarrollo y aplicación del sistema de contabilidad
gubernamental del Sector Público Nacional.
|
3.
Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.
|
4.
Coordinar la política salarial del Sector Público Nacional y la participación
en el desarrollo de las negociaciones colectivas de trabajo del mismo.
|
5.
Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información
Física y Financiera.
|
6.
Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos del
Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES.
|
7.
Asistir a la
SECRETARIA DE HACIENDA en los procesos de Reforma y
Transformación del Estado, en el ámbito de su competencia.
|
8.
Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO
NACIONAL.
|
9.
Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas
entre el Sector Publico Nacional y el Sector Privado, en el marco de las
normas vigentes.
|
SECRETARIA
DE HACIENDA
|
SUBSECRETARIA
DE RELACIONES CON PROVINCIAS
|
OBJETIVOS
|
1.
Coordinar con las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS y de otros Ministerios, todos los aspectos vinculados con
el apoyo institucional a las políticas fiscales y de desarrollo económico de
los gobiernos provinciales y municipales.
|
2.
Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para asistir a las
Provincias en la implementación de programas fiscales, financieros y de apoyo
al desarrollo económico.
|
3.
Coordinar la instrumentación de un banco de datos fiscales, económicos,
financieros y sociales sobre provincias y municipios.
|
4.
Actuar como unidad ejecutora de proyectos de fortalecimiento institucional en
relación a la capacidad productiva a nivel de los Gobiernos Provinciales y
Municipales en los aspectos financieros, fiscales y presupuestarios.
|
5.
Coordinar las políticas fiscales, económicas y financieras y sus impactos
sociales entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos Provinciales y
Municipales y diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión de
las Provincias y Municipios que permita su integración a las cuentas
nacionales.
|
6.
Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los
Estados Provinciales, su infraestructura productiva, los procesos de
privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al examen y
resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico,
financiero y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.
|
7.
Coordinar todo lo atinente a opciones de cooperación y asistencia nacional e
internacional, bilateral y multilateral, disponibles para las Provincias y
Municipios en apoyo de sus políticas y acciones fiscales, económicas y fi-
nancieras.
|
8.
Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras entidades para el
desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.
|
9.
Participar con los organismos correspondientes en la Instrumentación
de lo vinculado con el régimen de coparticipación federal de impuestos.
|
10.
Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa
vigente en materia de coparticipación de impuestos o de regímenes especiales
de transferencia de recursos nacionales a las Provincias.
|
11.
Promover acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento del
Gobierno Nacional con relación a los gobiernos provinciales y municipales y
realizar el seguimiento de los niveles de endeudamiento de estos últimos de
su incidencia en sus finanzas públicas.
|
SECRETARIA
DE HACIENDA
|
SUBSECRETARIA
DE INGRESOS PUBLICOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Coordinar el diseño de un sistema impositivo aduanero y de los recursos de la
seguridad social, adecuado a las circunstancias de orden económico y social.
Asegurar la correcta interpretación de las normas tributarias.
|
2.
Asistir en el diseño de regímenes de promoción económica con responsabilidad
directa en los aspectos tributarios y en los fines extra fiscales que se
persigan a través de los mismos.
|
3.
Coordinar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y
aduanera con el fin de armonizar la aplicación de las normas nacionales con
las vigentes internacionalmente, e intervenir en aquellos que traten recursos
de la seguridad social. Asimismo coordinar los aspectos impositivos aduaneros
referidos a la armonización tributaria en procesos de integración regional.
|
4.
Supervisar el accionar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.
|
SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA
|
OBJETIVOS
|
1.
Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico
y administrativo de la jurisdicción Ministerial y fiscalizar el desarrollo de
las mismas en sus organismos descentralizados.
|
2.
Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas y resoluciones vinculadas con las actividades sustantivas del
área de su competencia.
|
3.
Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras
de la jurisdicción.
|
4.
Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas
administrativos e informáticos y sumarios administrativos disciplinarios.
|
5.
Coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las
relaciones institucionales del área de su competencia, tanto con las diversas
áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE
CONGRESO DE LA NACION
y el PODER JUDICIAL DE LA
NACION, como con los diferentes sectores del ámbito público
y privado.
|
6.
Coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización
patrimonial del Sector Público Nacional.
|
7.
Entender en la aplicación de los programas tendientes a la administración y
liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas
o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por
cualquier causa.
|
8.
Coordinar la dirección y la unificación de la representación de todos los
organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522, incluyendo
los procesos de saneamiento de los pasivos del Sector Privado de los que
resulte acreedor el Sector Público.
|
9.
Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y el
saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia
de su competencia.
|
SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA
|
SUBSECRETARIA
LEGAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes,
decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o
modifiquen normas vinculadas con la jurisdicción y supervisar el accionar de
los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados.
|
2.
Ordenar la instrucción de los sumarios administrativo- disciplinarios.
|
SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA
|
SUBSECRETARIA
DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la
evaluación de su cumplimiento.
|
2.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas,
en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
|
3.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas
efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los
recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro
insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos.
|
4.
Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta
servicio y de las entidades descentralizadas dependientes así como la
planificación de las actividades de administración.
|
5.
Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización,
sistemas administrativos e informáticos, así como las relaciones
institucionales.
|
6.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa determinando para cada trámite las unidades con
responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
|
7.
Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción
ministerial.
|
8.
Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a
favor del Tesoro Nacional.
|
9.
Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y
liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas
o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por
cualquier causa.
|
10.
Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deuda entre
el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas
vigentes.
|
11.
Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los
organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522, incluyendo
los procesos de saneamiento de los pasivos del Sector Privado de los que
resulte acreedor el Sector Público Nacional.
|
12.
Ejecutar las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y
el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es
materia de su competencia.
|
XVI.-
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS (Apartado
sustituido por art. 1° del Decreto N° 475/2002 B.O. 11/3/2002) (Nota LOA:
Ex - Apartado XVII renumerado como Apartado XVI, por art. 2° del Decreto
21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
(Denominación
del Ministerio de la
Producción sustituida por la de Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios por art. 3° del Decreto N°1283/2003
B.O. 27/5/2003)
|
(Nota
Loa: Por Decreto N° 27/2003 B.O. 28/5/2003, se aprueba el nuevo organigrama
del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, que
incluye las Secretarías así como sus objetivos.)
|
XVII
- MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS (Nota Loa: Ex -
Apartado XVIII renumerado como Apartado XVII, por art. 2° del Decreto 21/2007
B.O. 20/12/2007) (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto N° 1755/2008
B.O. 28/10/2008)
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en el diseño de
la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
|
2.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas,
en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
|
3.
Efectuar la planificación y coordinación administrativa de las áreas
integrantes de la jurisdicción.
|
4.
Entender en la administración de los recursos humanos y en los planes de
adquisición de materiales, equipamientos, tecnológicos y de todo otro insumo
necesario para cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.
|
5.
Evaluar las propuestas e intervenir en la adopción de las decisiones
definitivas por parte del Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos,
en materia de adquisiciones significativas por parte del instrumento policial
y de seguridad, de sistemas y otros materiales necesarios para la
Jurisdicción.
|
6.
Asistir al Ministro en la formulación de la programación y administración del
presupuesto de las Fuerzas de Seguridad y Policía Federal Argentina.
|
7.
Proponer la distribución de los recursos presupuestarios asignados, de
conformidad con las prioridades que se determinen.
|
8.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas
de las Fuerzas de Seguridad y Policía Federal Argentina, en la formulación y
programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se
proyecten durante el ejercicio financiero.
|
9.
Implementar, ejecutar y controlar, las políticas referidas a bienes inmuebles
de la jurisdicción.
|
10.
Intervenir en la sustanciación de los sumarios administrativos.
|
11.
Entender en el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción
con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
|
12.
Participar en la coordinación con la Unidad de Auditoría Interna —UAI— y la Sindicatura General
de la Nación
—SIGEN—, en la observancia de la aplicación de los sistemas de control
interno, en el marco de su competencia.
|
SECRETARIA
DE JUSTICIA
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en sus
relaciones con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el DEFENSOR DEL
PUEBLO, el CONSEJO DE LA
MAGISTRATURA y el CONGRESO DE LA NACION.
|
2.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en sus
relaciones con Organizaciones No Gubernamentales del ámbito profesional,
judicial, académico y social.
|
3.
Intervenir en los programas de reforma judicial.
|
4.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en la
intervención que le compete en la organización del PODER JUDICIAL y en el
nombramiento de los magistrados, conforme a los procedimientos y recaudos
previstos en la CONSTITUCION NACIONAL.
|
5.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en la
organización y nombramiento de magistrados del MINISTERIO PUBLICO conforme a
los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL
y leyes complementarias.
|
6.
Elaborar anteproyectos de reforma y actualización legislativa y entender en
el ordenamiento y compilación de normas jurídicas.
|
7.
Supervisar las acciones del Sistema Argentino de Informática Jurídica.
|
8.
Desarrollar actividades de colaboración en materias de su competencia con las
provincias y organismos oficiales y privados, mediante la prestación del
apoyo y cooperación necesarios para optimizar la realización de sus tareas.
|
9.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en el
seguimiento del trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la
jurisdicción y en lo relacionado con el ejercicio constitucional del veto.
|
10.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en la
intervención que requieran los litigios en el que el interés del Estado
nacional o sus entidades descentralizadas pueda verse comprometido, sin
asumir la calidad de parte en el juicio.
|
11.
Efectuar el estudio de proyectos de leyes y decretos originados en otras
áreas del PODER EJECUTIVO, sometidos a consideración del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
|
12.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en la
coordinación de las actividades de cooperación jurídica nacional e
internacional.
|
13.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en los temas
relacionados con medios alternativos de resolución de disputas.
|
14.
Conducir los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria,
correspondientes al ámbito del Ministerio.
|
15.
Intervenir en las actividades relativas a la aplicación del régimen de
extradición y promover el desarrollo consensuado de políticas comunes con
organismos internacionales y de otros países, en especial los limítrofes, en
la materia de su competencia.
|
16.
Entender en la definición de la política criminal de la Nación y las
acciones a seguir en la materia.
|
17.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en la política
penitenciaria, en la reforma, penitenciaria y en la ejecución penal.
|
18.
Desarrollar políticas comunes con organismos internacionales y otros países,
en especial los limítrofes, en materia de política criminal.
|
19.
Entender en las acciones relativas al Programa Nacional de Protección a
Testigos e imputados.
|
20.
Proponer políticas y programas relativos a la readaptación social de los
internos, promoviendo el desarrollo de los patronatos de liberados e
intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.
|
SECRETARIA
DE JUSTICIA
|
SUBSECRETARIA
DE ASUNTOS PENITENCIARIOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario en la política penitenciaria y en la elaboración de
propuestas de reforma en la materia.
|
2.
Asistir al Secretario en materia de ejecución penal y, en su caso, proponer
políticas y programas relativos a dicha problemática en todos sus segmentos.
|
3.
Entender en la administración y funcionamiento del SERVICIO PENITENCIARIO
FEDERAL.
|
4.
Intervenir en la elaboración de anteproyectos normativos en las materias de
su competencia.
|
5.
Desarrollar actividades de colaboración en materia de su competencia con
otros organismos oficiales mediante la prestación del apoyo y cooperación
necesarios para optimizar la realización de sus tareas.
|
6.
Proponer políticas y programas relativos a la readaptación social de los
internos.
|
7.
Promover el desarrollo de los patronatos de liberados.
|
8.
Asistir al secretario en la coordinación de los Planes y Programas existentes
o a crearse en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS y coordinar los de su competencia.
|
9.
Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas vinculadas con la
problemática penitenciaria y del sistema penitenciario.
|
10.
Intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.
|
11.
Supervisar la coordinación de las acciones con los servicios penitenciarios
provinciales.
|
12.
Asistir en el plan de construcción y mantenimiento de las unidades
penitenciarias del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
|
SECRETARIA
DE JUSTICIA
|
SUBSECRETARIA
DE POLITICA CRIMINAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al secretario en la definición de la política criminal de la Nación y las
acciones a seguir en la materia.
|
2.
Entender en la elaboración de anteproyectos normativos en las materias de su
competencia.
|
3.
Entender en la coordinación de la Unidad Especial de Investigación del atentado
terrorista perpetrado el 18 de julio de 1994 contra la sede de la ASOCIACION MUTUAL
ISRAELITA ARGENTINA (AMIA), creada por el Decreto Nº 452/00.
|
4.
Desarrollar políticas comunes con organismos internacionales y otros países,
en especial los limítrofes, en materia de política criminal.
|
5.
Asistir al Secretario en las acciones relativas al Programa Nacional de
Protección a Testigos e Imputados.
|
6.
Coordinar los Planes y Programas existentes o a crearse en el ámbito de su
competencia.
|
7.
Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas referentes a cuestiones de
Política Criminal y Prevención del Delito.
|
SECRETARIA
DE JUSTICIA
|
SUBSECRETARIA
DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Justicia en lo inherente a las relaciones de la
jurisdicción con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el DEFENSOR DEL
PUEBLO, el CONSEJO DE LA
MAGISTRATURA y el CONGRESO DE LA NACION y en lo relativo a
su intervención en los programas de reforma judicial.
|
2.
Asistir al Secretario de Justicia en las relaciones de la jurisdicción con
Organizaciones No Gubernamentales del ámbito profesional, judicial, académico
y social.
|
3.
Asistir al Secretario de Justicia en materia de la intervención que compete a
la jurisdicción en la organización del PODER JUDICIAL y en el nombramiento de
los magistrados, conforme a los procedimientos y recaudos previstos en la
CONSTITUCION NACIONAL.
|
4.
Asistir al Secretario de Justicia en lo tocante a la organización y
nombramiento de magistrados del MINISTERIO PUBLICO, que compete a la
jurisdicción, conforme a los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL
y leyes complementarias.
|
5.
Participar en la elaboración de anteproyectos de reforma y actualización
legislativa y entender en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas,
e intervenir en la supervisión de las acciones del Sistema Argentino de
Informática Jurídica.
|
6.
Asistir al Secretario de Justicia en lo concerniente al seguimiento del
trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la jurisdicción y en
lo relacionado con el ejercicio constitucional del veto.
|
7.
Asistir al Secretario de Justicia en lo referido a la intervención que
requieran de la jurisdicción los litigios en que el interés del Estado
Nacional o sus entidades descentralizadas pueda verse comprometido, sin
asumir la calidad de parte en el juicio.
|
8.
Participar en el estudio de proyectos de leyes y decretos originados en otras
áreas del PODER EJECUTIVO, sometidos a consideración del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
|
9.
Asistir al Secretario de Justicia en lo atinente a la coordinación de las
actividades de cooperación jurídica nacional e internacional.
|
10.
Asistir al Secretario de Justicia en lo relativo a los temas relacionados con
medios alternativos de resolución de disputas.
|
11.
Asistir al Secretario de Justicia en la conducción de los programas
jurídicos, sociales y de atención comunitaria, correspondientes al ámbito del
Ministerio.
|
12.
Asistir al Secretario de Justicia en lo inherente a la intervención de la
jurisdicción en las actividades relativas a la aplicación del régimen de
extradición y promover el desarrollo consensuado de políticas comunes con
organismos internacionales y de otros países, en especial los limítrofes, en
la materia de su competencia.
|
13.
Asistir al Secretario de Justicia en la coordinación de los planes y
programas existentes o a crearse en el ámbito de su competencia.
|
SECRETARIA
DE ASUNTOS REGISTRALES
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en el análisis
de los asuntos legislativos sometidos a su consideración.
|
2.
Ejecutar la coordinación de los Registros a cargo del Ministerio.
|
3.
Planificar las actividades de los Registros a cargo del Ministerio como
autoridad de aplicación.
|
4.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en la
elaboración de políticas legislativas de carácter general.
|
5.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en sus
relaciones con las comisiones de estudio que se desempeñen en el ámbito del
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
|
6.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en la
coordinación de los Planes y Programas existentes o a crearse en el área de la Secretaría y
coordinar los de su competencia.
|
7.
Supervisar el accionar del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS.
|
SECRETARIA
DE ASUNTOS REGISTRALES
|
SUBSECRETARIA
DE ASUNTOS REGISTRALES
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Asuntos Registrales en el análisis de los temas
legislativos sometidos a su consideración.
|
2.
Asistir al Secretario de Asuntos Registrales en la coordinación de los
Registros a su cargo.
|
3.
Asistir al Secretario de Asuntos Registrales en la planificación de las
actividades de los Registros a cargo del Ministerio como autoridad de
aplicación.
|
4.
Elaborar estudios e investigaciones para la elaboración de políticas
legislativas de carácter general.
|
5.
Participar de las comisiones de estudio que se desempeñen en el ámbito del
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
|
6.
Participar en la asistencia al Secretario en la coordinación de los Planes y
Programas existentes o a crearse en el área de la Secretaría y
coordinar los de su competencia.
|
SECRETARIA
DE SEGURIDAD INTERIOR
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Ministro en todo lo vinculado a la seguridad interior, mediante la
formulación de objetivos y políticas tendientes a preservar la libertad, la
vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías, en un marco
de plena vigencia de las Instituciones del sistema democrático.
|
2.
Asistir al Ministro en la dirección del Esfuerzo Nacional de Policía,
planificando, coordinando y supervisando las acciones, individuales y de
conjunto, de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, a los fines del
mantenimiento de la seguridad interior.
|
3.
Asistir al Ministro en la fijación de la doctrina, organización, despliegue y
capacitación de la
Policía Federal, entendiendo en su equipamiento, como así
también en la intervención en idénticos aspectos respecto a las fuerzas de
seguridad, para el mejor cumplimiento de las misiones asignadas en los planes
correspondientes. Asistir al Consejo de Seguridad Interior para el mismo
objetivo, en lo relativo a las Policías Provinciales (Decreto Nº 1273/92,
artículo 10, inciso e).
|
4.
Supervisar el accionar individual o de conjunto de las Fuerzas de Seguridad y
Policiales, de acuerdo a lo previsto en la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059 y su
Decreto Reglamentario Nº 1273/92.
|
5.
Asistir al Ministro en la producción de inteligencia e información que
compete a las Fuerzas de Seguridad y las Fuerzas Policiales.
|
6.
Intervenir en el desarrollo del proceso de información que satisfaga la
seguridad interior, mediante la implementación y mantenimiento, en la órbita
de la Secretaría,
del Sistema Informático y de Comunicaciones de Seguridad Interior.
|
7.
Formular el diagnóstico de la situación de la seguridad interior en el
MERCOSUR e impulsar la coordinación de políticas de seguridad conjuntas con
los países miembros.
|
8.
Implementar y coordinar el Sistema de Seguridad Aeroportuaria según lo
establecido por el artículo 7º de la
Ley Nº 26.102.
|
SECRETARIA
DE SEGURIDAD INTERIOR
|
SUBSECRETARIA
DE SEGURIDAD CIUDADANA
|
OBJETIVOS
|
1.
Dirigir las acciones técnico-profesionales de las áreas operativas
dependientes.
|
2.
Formular estrategias y acciones de prevención del delito y de relaciones de
las Fuerzas Policiales y de Seguridad con la comunidad.
|
3.
Asistir al Secretario en la producción de inteligencia e información que
compete a las Fuerzas de Seguridad y las Fuerzas Policiales.
|
4.
Mantener actualizado el diagnóstico de situación de la seguridad interior y
su relación con el MERCOSUR e impulsar políticas de seguridad conjuntas con
los países miembros.
|
SECRETARIA
DE SEGURIDAD INTERIOR
|
SUBSECRETARIA
DE SEGURIDAD EN LOS ESPECTACULOS FUTBOLISTICOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario en las tareas de prevención e investigación de aquellas
conductas que se consideren incursas en delitos, contravenciones y/o faltas
relacionadas con la violencia en los espectáculos futbolísticos.
|
2.
Llevar a cabo las tareas pertinentes para garantizar las responsabilidades
asignadas, relacionadas con el cumplimiento del Decreto Nº 1466 del 30 de
diciembre de 1997.
|
3.
Asistir al Secretario en la elaboración de políticas y programas para la
prevención de hechos de violencia en los espectáculos futbolísticos como así
también en la promoción de la eficaz gestión por parte de las asociaciones,
órganos y/o personas jurídicas en la problemática citada.
|
4.
Presidir el CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCION DE LA VIOLENCIA Y LA SEGURIDAD EN EL FUTBOL
y el COMITE DE SEGURIDAD EN EL FUTBOL.
|
SECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en todo lo
concerniente a la elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas,
planes y programas para la promoción y la protección de los derechos civiles,
políticos, económicos, sociales, culturales, comunitarios y los derechos de
incidencia colectiva en general.
|
2.
Coordinar las acciones vinculadas a la promoción y protección de los derechos
humanos con otros Ministerios del PODER EJECUTIVO NACIONAL, el PODER
JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el DEFENSOR DEL PUEBLO y el CONGRESO DE LA NACION y con las
organizaciones de la sociedad civil, en especial las organizaciones no
gubernamentales de derechos humanos.
|
3.
Planificar, coordinar y supervisar la ejecución de las actividades de
formación y fortalecimiento institucional en materia de derechos humanos y
derecho internacional humanitario, tanto en el ámbito estatal como en lo
atinente a la sociedad civil.
|
4.
Coordinar las acciones del CONSEJO FEDERAL DE DERECHOS HUMANOS e implementar
las delegaciones de la
SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS en el interior.
|
5.
Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL, que incumbe al MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, ante los organismos internacionales
de derechos humanos.
|
6.
Asistir al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos en lo relativo
a la adecuación normativa del derecho interno con el derecho internacional de
los derechos humanos.
|
7.
Entender en la observación activa, el seguimiento y la denuncia de casos y
situaciones relativos a los derechos humanos, civiles, políticos, económicos,
sociales, culturales, comunitarios y de incidencia colectiva, conjuntamente
con los organismos nacionales, provinciales, municipales y organizaciones de
la sociedad civil vinculados a esta temática.
|
8.
Entender, a través del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA, organismo
desconcentrado en el ámbito de esta SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS, en la
recolección, actualización, preservación y digitalización de los archivos e
informaciones vinculados a la vulneración de los derechos humanos por el
terrorismo de Estado, manteniendo una relación permanente con los organismos
gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales vinculados
a la temática y supervisar la aplicación efectiva del conjunto de normas
reparatorias dictadas por el Estado argentino.
|
9.
Ejercer la Presidencia
de la COMISION
NACIONAL POR EL DERECHO A LA IDENTIDAD, creada por la Ley Nº 25.457, prestándole
el apoyo político, técnico y administrativo necesario para su funcionamiento.
|
10.
Coordinar a los organismos descentralizados con competencia en materia de
derechos humanos.
|
11.
Entender en el establecimiento de Observatorios y del voluntariado de
derechos humanos.
|
12.
Establecer alternativas para la resolución de conflictos de trascendencia
social que tiendan a la superación de los mismos, propiciando el diálogo y
entendimiento de las partes involucradas.
|
13.
Realizar el seguimiento de todas las situaciones que impliquen un conflicto
social de trascendencia para la sociedad, en los cuales intervenga el área,
ya sea a pedido de parte o de oficio.
|
14.
Entender en la organización de una base de datos con los antecedentes y
evolución de cada caso en el que se haya tomado intervención, a fin de
constituir una biblioteca de casos que permita la elaboración de nuevas
estrategias y la revisión de las aplicadas, con el objeto de actualizar en
forma permanente las mismas.
|
15.
Coordinar los Planes, Programas y Registros vinculados a la temática de
derechos humanos existentes o a crearse en el ámbito de la Secretaría.
|
16.
Entender en los temas relacionados con la protección contra la violencia
familiar, supervisar el cumplimiento de las funciones que la Ley Nº 24.417 de
protección contra la violencia familiar y su Decreto Reglamentario Nº 235/96,
asignadas al MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y
supervisar la coordinación del Cuerpo Interdisciplinario en Violencia
Familiar creado por el citado decreto.
|
17.
Supervisar el accionar del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL
RACISMO (INADI).
|
SECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS
|
SUBSECRETARIA
DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Derechos Humanos en la relación con los diversos
poderes del Estado, en el ámbito de la protección de los derechos humanos.
|
2.
Elaborar planes y programas específicos en materia de protección de los
derechos humanos individuales y colectivos y supervisar su ejecución.
|
3.
Intervenir en la recolección, actualización, preservación y digitalización de
los archivos e informaciones vinculados a la vulneración de los derechos
humanos por el terrorismo de Estado y supervisar la aplicación efectiva del
conjunto de normas reparatorias por el Estado argentino.
|
4.
Intervenir en las actividades de observación activa, seguimiento y denuncias
de casos y situaciones relativos a los derechos humanos en el orden nacional
e internacional, especialmente ante la ORGANIZACION DE LAS
NACIONES UNIDAS, la
ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS y el MERCOSUR.
|
5.
Coordinar las acciones relativas a la representación del Estado Nacional ante
los organismos internacionales de derechos humanos, incluido el seguimiento
de los programas de mediano y largo plazo de la ORGANIZACION DE
LAS NACIONES UNIDAS, la
ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS y el MERCOSUR.
Intervenir en la respuesta a las peticiones de personas y grupos presentadas
ante los organismos de los sistemas internacionales de protección de los
derechos humanos.
|
6.
Dirigir la elaboración de informes periódicos en el orden nacional y ante los
organismos de supervisión de tratados internacionales de derechos humanos.
|
7.
Intervenir en actividades de comunicación pública tendientes a la protección
de los derechos humanos.
|
8.
Proponer medidas preventivas y, de corresponder, de carácter penal,
administrativo y reparatorio, en aquellas situaciones violatorias de los
derechos humanos no previstas en la normativa vigente.
|
9.
Entender en la organización del Registro Nacional de Información de Personas
Menores Extraviadas creado por la
Ley Nº 25.746.
|
10.
Asistir al Secretario de Derechos Humanos en el ejercicio de la
representación del ESTADO NACIONAL, que incumbe al MINISTERIO DE JUSTICIA,
SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, ante los organismos internacionales de derechos
humanos.
|
11.
Asistir al Secretario de Derechos Humanos en la participación de las
Reuniones Especializadas en el ámbito internacional.
|
12.
Coordinar las acciones con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO y con el MINISTERIO DE DEFENSA, en temas de su
competencia.
|
13.
Asistir al Secretario de Derechos Humanos en el establecimiento de
alternativas de resolución de conflictos de trascendencia social que tiendan
a la superación de los mismos, propiciando el diálogo y el entendimiento de
las partes involucradas.
|
14.
Asistir al Secretario de Derechos Humanos en el seguimiento de todas las
situaciones que impliquen un conflicto social de trascendencia para la
sociedad en las cuales intervenga el área, ya sea a pedido de parte o de
oficio.
|
15.
Asistir al Secretario de Derechos Humanos en la organización de una base de
datos con los antecedentes y evolución de cada caso en el que se haya tomado
intervención, a fin de constituir una biblioteca de casos que permita la
elaboración de nuevas estrategias y la revisión de las aplicadas, con el
objeto de actualizar en forma permanente las mismas.
|
16.
Asistir al Secretario en la coordinación de los Planes y Programas vinculados
a la temática de la protección de los derechos humanos existentes o a crearse
en el ámbito de la Secretaría.
|
SECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS
|
SUBSECRETARIA
DE PROMOCION DE DERECHOS HUMANOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario de Derechos Humanos en la relación con los diversos
poderes del Estado, en el ámbito de la promoción de los derechos humanos.
|
2.
Elaborar planes y programas específicos en materia de promoción de los
derechos humanos individuales y colectivos y supervisar su ejecución.
|
3.
Intervenir en actividades de comunicación pública y manifestaciones
culturales tendientes a la promoción de los derechos humanos.
|
4.
Asistir al Secretario de Derechos Humanos en la planificación, coordinación y
supervisión de las actividades de formación y fortalecimiento institucional
en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario en el
ámbito de la sociedad civil y en el estatal, incluidas las fuerzas armadas,
de seguridad y policiales y el sistema penitenciario.
|
5.
Establecer la modalidad de la cooperación técnica con universidades y otros
organismos académicos; las actividades de intercambio y profundización en la
materia con los poderes Legislativo y Judicial y la vinculación con
organismos internacionales y de otros países especializados en la temática,
en especial dentro del grupo de América Latina y el Caribe.
|
6.
Asistir al Secretario de Derechos Humanos en el establecimiento de
Observatorios y del voluntariado de derechos humanos.
|
7.
Asistir al Secretario de Derechos Humanos en lo relativo a la adecuación
normativa del derecho interno con el derecho internacional de los derechos
humanos.
|
8.
Establecer la modalidad de la cooperación técnica y la vinculación con
organismos internacionales y de otros países especializados en la temática de
derechos humanos, con especial énfasis en los países que integran el MERCOSUR
y el grupo de América Latina y el Caribe.
|
9.
Asistir al Secretario en la participación de las Reuniones Especializadas en
el ámbito internacional.
|
10.
Coordinar acciones con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO y el MINISTERIO DE DEFENSA en temas de su competencia.
|
11.
Asistir al Secretario en la coordinación de los Planes y Programas vinculados
a la temática de la promoción de los derechos humanos existentes o a crearse
en el ámbito de la Secretaría.
|
XVIII
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (Apartado sustituido por
art. 2° del Decreto N° 628/2005 B.O. 15/6/2005). (Nota Loa: Ex - Apartado XX
renumerado como Apartado XVIII, por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O.
20/12/2007)
|
SUBSECRETARIA
DE PROGRAMACION TECNICA Y ESTUDIOS LABORALES
|
OBJETIVOS
|
1.
Desarrollar, analizar y publicar estudios e investigaciones sobre el
desenvolvimiento del mercado de trabajo, las relaciones laborales, la
legislación y la seguridad social orientados a las áreas de competencia del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
|
2.
Brindar asistencia técnica y coordinar los estudios o investigaciones que
producen de acuerdo a sus necesidades, las Secretarías de Trabajo, Empleo y
de Seguridad Social, tendiendo a perfeccionar la información generada,
garantizando su consistencia y sistematización metodológica.
|
3.
Relevar y sistematizar estudios e investigaciones que se realicen en
organismos autárquicos dependientes del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL.
|
4.
Evaluar las políticas, planes, programas y proyectos de carácter
macroeconómico y sus impactos en el mercado de trabajo, las relaciones
laborales, las remuneraciones y otros ingresos del trabajo, en la protección
y la seguridad social.
|
5.
Participar en la elaboración y formulación de los insumos y/o estudios para
la gestión de cooperación con organismos internacionales.
|
6.
Desarrollar convenios bilaterales o multilaterales de cooperación y realizar
acciones en materia de estudios e investigaciones con organismos nacionales e
internacionales públicos o privados.
|
7.
Participar en la Comisión Técnica del MERCOSUR.
|
8.
Brindar asistencia técnica para la evaluación de los planes, programas y
proyectos de cooperación técnica que se realicen en el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
|
9.
Formular recomendaciones de política de mediano y largo plazo.
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la
jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
|
2.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas,
en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
|
3.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y
las unidades ejecutoras de préstamos efectuando los trámites administrativos
necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales,
equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el
cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.
|
4.
Coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con
los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas
informáticos y de control de gestión de las unidades ejecutoras de las
distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos.
|
5.
Coordinar la información proveniente de las entidades descentralizadas
dependientes.
|
6.
Asistir al Ministro en el diseño de la política de recursos humanos,
organización y comunicaciones y coordinar su aplicación.
|
7.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la
jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo, como así también el contralor de las notificaciones producidas
por la Jurisdicción.
|
8.
Coordinar el área legal y técnica, intervenir en todos los proyectos de
leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas
con la actividad sustantiva de la jurisdicción, supervisar el accionar de los
servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados y
supervisar la defensa del ESTADO NACIONAL en juicio.
|
9.
Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
|
SECRETARIA
DE TRABAJO
|
OBJETIVOS
|
1.
Participar en el diseño de la política laboral nacional y de los planes y
programas tendientes a asegurar los derechos fundamentales de los
trabajadores, garantizando la promoción y el fomento del trabajo decente.
|
2.
Participar en la preparación, revisión, promoción, gestión y control de
cumplimiento de las normas relativas al régimen de contrato de trabajo y
otras de protección del trabajo, a las asociaciones profesionales de
trabajadores y de empleadores, a las negociaciones y convenciones colectivas,
al tratamiento de los conflictos individuales y colectivos de trabajo, al
poder de policía del trabajo, a regímenes especiales de trabajo, a la salud y
seguridad en el trabajo.
|
3.
Entender en la formulación de políticas de la inspección del trabajo,
destinadas a la eliminación del empleo no registrado y las demás distorsiones
que el incumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad social
provoquen.
|
4.
Entender en la promoción, regulación y fiscalización del cumplimiento de la
igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres en el acceso al
empleo y en el trabajo, así como en la protección de la maternidad, la
eliminación del trabajo forzoso y del trabajo infantil.
|
5.
Participar en la elaboración de la política salarial del sector privado y en
el Consejo Nacional del Empleo, de la Productividad y el
Salario Mínimo Vital y Móvil.
|
6.
Intervenir en la fijación de los salarios del sector Público Nacional así
como en la gestión de las negociaciones colectivas de ese sector.
|
7.
Dirigir estadísticas, encuestas, estudios e investigaciones relativas al
trabajo, los ingresos, la negociación colectiva y la conflictividad laboral.
|
8.
Ejercer la
Secretaría Permanente del Consejo Federal del Trabajo.
|
9.
Conducir la
Comisión Fiscalizadora del Registro Nacional de Vendedores
de Diarios y Revistas.
|
10.
Entender en la supervisión y fiscalización de programas de empleo y
capacitación laboral.
|
11.
Entender, en coordinación con la Dirección de Asuntos Internacionales, en el
análisis, evaluación y seguimiento del cumplimiento de las normas
internacionales del trabajo aprobadas por los organismos multilaterales,
ratificadas o sujetas a la ratificación por nuestro país; como así también en
los acuerdos bilaterales o regionales de los que la REPUBLICA ARGENTINA
forma parte.
|
SUBSECRETARIA
DE RELACIONES LABORALES
|
OBJETIVOS
|
1.
Secundar y asistir al Secretario de Trabajo en sus funciones, dentro del área
de su competencia.
|
2.
Intervenir en las situaciones en que la conflictividad laboral colectiva
adquiera particular relevancia, asumiendo en forma directa roles de mediación
entre las partes.
|
3.
Intervenir y entender en el tratamiento de los Procedimientos Preventivos de
Crisis de Empresas.
|
4.
Presidir las deliberaciones de la Comisión Nacional
de Trabajo Agrario, asumiendo la representación del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en su seno, de conformidad con la Ley N° 22.248.
|
SUBSECRETARIA
DE FISCALIZACION DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Secundar y asistir al Secretario de Trabajo en sus funciones, dentro del área
de sus competencias.
|
2.
Ejercer las funciones propias de la autoridad de aplicación del Sistema
Integral de Inspección del Trabajo y de la Seguridad Social
(SIDITYSS), creado por la Ley
25.877, destinado al control y fiscalización de las normas del trabajo y de
la seguridad social en todo el territorio nacional.
|
3.
Verificar, fiscalizar en todo el territorio nacional y aplicar las
penalidades correspondientes frente a incumplimientos por parte de los
empleadores de las obligaciones de la Seguridad Social.
|
4.
Coordinar, con los organismos públicos nacionales con competencia en la
materia y con las distintas jurisdicciones, las acciones tendientes a
verificar el cumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad social en
todo el territorio nacional, formulando recomendaciones y elaborando planes
de mejoramiento.
|
5.
Ejercer las funciones que a la autoridad central asignan los Convenios Nros.
81 y 129 de la
ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.), sus
recomendaciones complementarias y aquellas otras que contribuyan al mejor
desempeño de los servicios, velando por su cumplimiento por parte de las
distintas jurisdicciones.
|
6.
Actuar, mediante acciones de inspección complementarias, en aquellas
jurisdicciones donde se registre un elevado índice de incumplimiento a la
normativa laboral y de la seguridad social, informando y notificando
previamente al servicio local.
|
7.
Promover, con miras a la detección del trabajo no registrado, la
participación coordinada y la colaboración de las entidades representativas
de los trabajadores y los empleadores.
|
8.
Realizar, coordinar y ejecutar el seguimiento y control de los planes
nacionales de fiscalización u otros instrumentados en general, gestionando
los recursos y el personal afectados a tal fin.
|
SECRETARIA
DE EMPLEO
|
OBJETIVOS
|
1.
Proponer y ejecutar políticas, planes, programas y acciones para promover el
empleo, la capacitación laboral y el mejoramiento en las condiciones de
empleo y de empleabilidad de los desocupados en todo el territorio nacional.
|
2.
Proponer estudios e investigaciones sobre la vinculación de ocupación,
desarrollo económico, producción y tecnología y los requerimientos de
capacitación laboral.
|
3.
Facilitar la inserción de las personas con discapacidad en relaciones de
trabajo decentes, mediante la ejecución de programas especiales orientados a
mejorar sus oportunidades ocupacionales y eliminar los condicionamientos
sociales que impiden su integración.
|
4.
Representar al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el COMITE
TECNICO DE LA
COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE
PERSONAS DISCAPACITADAS y ante el COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
|
5.
Participar en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el
Salario Mínimo, Vital y Móvil, formulando recomendaciones para la elaboración
de políticas y programas de empleo y capacitación laboral.
|
6.
Gestionar el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, promoviendo las
mejoras necesarias a fin de lograr eficiencia y eficacia de las prestaciones
y su articulación con las demás políticas, programas y acciones que lleva a
cabo el Ministerio.
|
7.
Construir una Red Federal de Servicios de Empleo desde una perspectiva amplia
y dinámica a fin de posibilitar la inserción de los desocupados, y entre
ellos los beneficiarios de planes sociales, en el empleo privado y/o en
procesos de terminalidad educativa y formación profesional.
|
8.
Aprobar los programas y acciones a ejecutar por parte de las unidades
orgánicas de la Secretaría.
|
9.
Dirigir las acciones con los organismos internacionales de crédito,
destinadas a financiar planes, programas y proyectos relacionados con las
reformas del mercado de trabajo y los programas de empleo y capacitación.
|
10.
Administrar y ejecutar los programas dirigidos a la asignación de recursos
financieros para la creación y desarrollo de microempresas, promocionar la
constitución de formas asociativas y redes productivas y comerciales entre
pequeños productores y propiciar la capacitación del sector microempresarial.
|
11.
Promover y gestionar acciones orientadas a la articulación entre la actividad
económica y las políticas de empleo que favorezcan al Sector Social de la
economía y contribuyan al desarrollo local mediante la creación de puestos
estables de trabajo.
|
12.
Construir una red educativa y de formación profesional de calidad, que de
respuesta a la demanda de calificaciones de los empleadores, mejorando de ese
modo la empleabilidad de los desocupados y beneficiarios.
|
13.
Coordinar con otros organismos las acciones tendientes a la creación de un
Sistema Nacional de Formación Profesional, y de Certificación y acreditación
de Competencias.
|
14.
Implementar y administrar un Registro Nacional de normas de competencia, de
evaluadores de las competencias de trabajadores y de Certificación de
competencias de trabajadores.
|
15.
Administrar y gestionar el Fondo Nacional del Empleo.
|
SUBSECRETARIA
DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Diseñar y formular políticas, planes, programas y acciones para promover el
empleo, la capacitación laboral y el mejoramiento en las condiciones de
empleo y de empleabilidad de los desocupados en todo el territorio nacional.
|
2.
Instrumentar estudios e investigaciones sobre la vinculación de ocupación,
desarrollo económico, producción y tecnología y los requerimientos de
capacitación laboral.
|
3.
Evaluar y monitorear los programas de empleo, de capacitación y de formación
profesional, con el objeto de optimizar la ejecución de los programas
proyectados y diseñar nuevas políticas para la creación de puestos de trabajo
de calidad y el aumento de la empleabilidad de los desocupados.
|
4.
Diseñar y desarrollar programas especiales orientados a facilitar la
inserción de las personas con discapacidad en relaciones de trabajo decentes,
mejorar sus oportunidades ocupacionales y eliminar los condicionamientos
sociales que impiden su integración.
|
5.
Entender en lo concerniente al Sistema Unico de Registro Laboral.
|
6.
Evaluar el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, y diseñar las
mejoras necesarias a fin de lograr eficiencia y eficacia de las prestaciones
y su articulación con las demás políticas, programas y acciones que lleva a
cabo el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
|
7.
Entender en la formulación y diseño de los programas dirigidos a la
asignación de recursos financieros para la creación y desarrollo de
microempresas, promocionar la constitución de formas asociativas y redes
productivas y comerciales entre pequeños productores y propiciar la
capacitación del sector microempresarial.
|
8.
Formular y diseñar programas y acciones que favorezcan al Sector Social de la
economía y contribuyan al desarrollo local mediante la creación de puestos
estables de trabajo.
|
9.
Diseñar y desarrollar una red educativa y de formación profesional de
calidad, que de respuesta a la demanda de calificaciones de los empleadores,
mejorando de ese modo la empleabilidad de los desocupados y beneficiarios.
|
10.
Diseñar, implementar y administrar un Registro Nacional de normas de
competencia, de evaluadores de las competencias de trabajadores y de
Certificación de competencias de trabajadores.
|
SUBSECRETARIA
DE PROMOCION DEL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMIA
|
(Objetivos
incorporados por art. 2° del Decreto 1713/2008 B.O. 21/10/2008)
|
OBJETIVOS
|
1.
Coordinar con los organismos públicos nacionales con responsabilidad primaria
para entender en el tema respectivo, con las distintas jurisdicciones
ministeriales y con organizaciones de la sociedad civil, las acciones
tendientes al fortalecimiento de la economía social para el mejoramiento de
los ingresos de los trabajadores desocupados en situación de mayor
vulnerabilidad social.
|
2.
Coordinar con los organismos públicos nacionales con responsabilidad primaria
para entender en el tema respectivo, con las distintas jurisdicciones
ministeriales y con organizaciones de la sociedad civil, para la inclusión de
trabajadores desocupados en situación de mayor vulnerabilidad social en
acciones de empleo y formación profesional vinculadas con emprendimientos
socio-productivos que se desarrollan en el sector social de la economía.
|
3.
Coordinar con los organismos públicos nacionales con responsabilidad primaria
para entender en el tema respectivo, con las distintas jurisdicciones
ministeriales y con organizaciones de la sociedad civil, para la inclusión
socio-laboral de trabajadores desocupados de poblaciones indígenas.
|
4.
Coordinar, conjuntamente con los organismos competentes de la administración
pública nacional, la identificación y asistencia de las áreas y entidades de
la sociedad civil que agrupen a pequeños productores rurales en situación de
aislamiento en términos de crecimiento y desarrollo.
|
5.
Identificar el potencial asociativo de entidades de la sociedad civil con el
propósito de conformar redes en el marco de la economía social.
|
6.
Promover la mejora de la empleabilidad y la inserción de las personas con
discapacidad o pertenecientes a grupos vulnerables en las relaciones de
trabajo, mediante la ejecución de programas especiales orientados a mejorar
sus oportunidades ocupacionales y a eliminar los condicionamientos sociales
que impiden su integración.
|
7.
Efectuar análisis, elaborar informes y proponer regulaciones sobre nuevas
modalidades de empleo generadas en el sector social de la economía.
|
SECRETARIA
DE SEGURIDAD SOCIAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Intervenir en la elaboración primaria de las políticas institucionales,
jurídicas, legislativas y de gestión de la Seguridad Social
y en la creación aplicación y fiscalización de los regímenes de seguridad
social.
|
2.
Entender en la formulación, control, coordinación y supervisión de la
programación económica, financiera y presupuestaria de la Seguridad Social.
|
3.
Intervenir en la elaboración y ejecución de los programas integrados de
seguridad social en cuanto a jubilaciones y pensiones, riesgos del trabajo,
asignaciones familiares y seguro por desempleo que tiendan a proteger a la
población de toda contingencia de carácter social, cualquiera sea su forma de
organización y gestión.
|
4.
Ejercer el control de gestión de las actividades atinentes a las prestaciones
de la seguridad social y regímenes de riesgos de trabajo, evaluar su
desarrollo y resultados y efectuar o promover las correcciones pertinentes.
|
5.
Entender en el dictado, con carácter general, de normas aclaratorias y de
aplicación de las leyes nacionales de seguridad social obligatorias para los
organismos de gestión de su Jurisdicción.
|
6.
Coordinar el funcionamiento y representar al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL en el seno del CONSEJO NACIONAL DE PREVISION SOCIAL.
|
7.
Representar al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el COMITE
TECNICO DE LA
COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE
PERSONAS DISCAPACITADAS y ante el COMITE COORDINADOR DE PROGRAMAS PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
|
8.
Supervisar el accionar de la ADMINISTRACION NACIONAL
DE SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
|
9.
Asistir al Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en la supervisión
del accionar de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO (S.R.T.).
|
10.
Intervenir en la armonización y coordinación del Sistema Integrado de
Jubilaciones y Pensiones con los regímenes provinciales, municipales y de
profesionales y sistemas de complementación previsional así como los
correspondientes a Estados extranjeros.
|
11.
Representar al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en los
Organismos Internacionales en la materia de su competencia.
|
12.
Asistir al Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en el contralor y
la regulación de la
SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE
JUBILACIONES Y PENSIONES (SAFJP).
|
SUBSECRETARIA
DE POLITICAS DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
|
OBJETIVOS
|
1.-
Diseñar, planificar, coordinar y evaluar las políticas de Seguridad Social y
su normatización.
|
2.-
Elaborar la programación económica de la Seguridad Social.
|
3.-
Elaborar alternativas de políticas de la Seguridad Social
y de los regímenes de la Seguridad Social.
|
4.-
Intervenir respecto del presupuesto de la Seguridad Social.
|
5.-
Elaborar las proyecciones del sistema previsional que permita diseñar las
políticas previsionales de mediano y largo plazo.
|
6.-
Coordinar mecanismos y procesos que permitan acceder a la información de
diferentes bases para contar, con información para el diseño de políticas en
materia de Seguridad Social.
|
7.-
Impulsar el desarrollo de estudios estratégicos, cálculos actuariales,
investigaciones y evaluaciones prospectivas del sistema de Seguridad Social.
|
8.-
Intervenir en la evaluación de eficiencia e impacto de las políticas de
Seguridad Social y formular las propuestas de acciones correctivas en las
políticas públicas.
|
9.-
Proyectar el desarrollo e implementación de indicadores relevantes para el
seguimiento y análisis de las políticas de Seguridad Social.
|
10.-
Intervenir en la elaboración y ejecución de los programas integrados de la Seguridad Social,
que tengan por objeto la protección de la población de toda contingencia de
carácter social, cualquiera sea su forma de organización y gestión.
|
11.-
Entender en todo lo relativo a la actividad jurídico normativa de la Seguridad Social,
a fin de perfeccionar las normas y disposiciones que hacen al derecho del
sistema de Seguridad Social.
|
12.-
Coordinar e impulsar la realización de estudios sobre la legislación en
Seguridad Social con alcance nacional, regional e internacional.
|
13.-
Intervenir y coordinar con la Dirección de Asuntos Internacionales del
Ministerio en los actos y asuntos de carácter internacional que afecten o
sean materia objeto de la Seguridad Social.
|
XIX
- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL (Apartado sustituido por art. 2° del Decreto
N° 20/2007 B.O. 20/12/2007) (Nota Loa: Ex - Apartado XXII renumerado como
Apartado XIX, por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL
|
SECRETARIA
DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008)
|
Objetivos:
|
1.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de la política
presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
|
2.
Entender en la gestión instrumental de las herramientas estratégicas
necesarias para la expansión de capacidades ciudadanas, con el objeto de
fortalecer los procesos de integración social de las iniciativas productivas
solidarias nacidas en el marco de la Economía Social.
|
3.
Entender en el aprovechamiento y maximización de las potencialidades de las
acciones de coordinación intrajurisdiccional y el monitoreo institucional con
el objeto de impulsar la inserción económica de los procesos productivos
solidarios.
|
4.
Diseñar los procedimientos de evaluación y seguimiento de los planes,
programas y proyectos de la Jurisdicción y proponer las medidas tendientes
a optimizar la gestión de los mismos, estableciendo un permanente intercambio
y evaluación de impacto en la implementación de las políticas sociales.
|
5.
Establecer y coordinar un canal permanente de intercambio con los sistemas de
información y monitoreo de planes sociales para posibilitar la correcta
evaluación del impacto de la implementación de las políticas sociales.
|
6.
Realizar el control de cumplimiento de los proyectos, programas, planes y
acciones.
|
7.
Asistir en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en
las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero,
efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los
recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro
insumo imprescindible para el cumplimiento de los objetivos y metas de la
jurisdicción.
|
8.
Efectuar la planificación, coordinación y asistencia a las actividades
administrativas de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las
entidades descentralizadas y desconcentradas dependientes.
|
9.
Administrar los depósitos que dependan del Ministerio de Desarrollo Social
articulando acciones con las áreas pertinentes designadas al efecto.
|
10.
Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización,
sistemas administrativos e informáticos.
|
11.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la elaboración de políticas de
formación, capacitación y asistencia técnica a los Recursos Humanos de la
Jurisdicción.
|
12.
Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
|
13.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción
con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
|
14.
Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes,
decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la
actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios
jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados.
|
15.
Entender en la administración y control del funcionamiento técnico
administrativo de las unidades ejecutoras de los programas de índole social
con financiamiento internacional y controlar el cumplimiento de los
compromisos financieros adquiridos, en lo relativo a proyectos
internacionales en el área de competencia del Ministerio.
|
SECRETARIA
DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
|
SUBSECRETARIA
DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL
|
(Objetivos
según texto del art. 2º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008)
|
Objetivos:
|
1.
Diseñar herramientas y coordinar acciones orientadas a la expansión de
capacidades ciudadanas con el objeto de fortalecer los procesos de
integración social de las iniciativas productivas solidarias nacidas en el
marco de la Economía Social.
|
2.
Desarrollar instrumentos cuya implementación fomente la nivelación de
asimetrías sociales, geográficas y culturales, en los procesos de
comercialización de productos y servicios originados en el seno de
emprendimientos solidarios, teniendo en cuenta asimismo lo normado por el
Decreto 204/04.
|
3.
Organizar, coordinar y administrar el Registro Nacional de Efectores de
Desarrollo Local y Economía Social.
|
4.
Articular con la
Subsecretaría de Desarrollo Local y Economía Social las
acciones relacionadas con la promoción del empleo social referentes a los
emprendimientos productivos, de servicios, cooperativas, la capacitación y el
fortalecimiento familiar.
|
5.
Incrementar las capacidades productivas y la generación de ingresos, a través
del apoyo técnico orientado al fortalecimiento de emprendimientos
productivos, propiciando la sustentabilidad de los mismos.
|
6.
Intervenir en los diagnósticos y lineamientos básicos de formulación de
políticas habitacionales para los sectores más vulnerables, coordinando su
accionar con el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS.
|
MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL
|
SECRETARIA
DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008)
|
Objetivos:
|
1.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de una Red Federal de
políticas nacionales que hagan eje en la persona y en su desarrollo a partir
de la equidad territorial y la justicia social y estén destinadas a orientar,
programar, promover, coordinar, ordenar y fiscalizar acciones tendientes a la
promoción y protección de la familia, la sociedad civil y las organizaciones
de la comunidad, en especial a los sectores comunitarios vulnerables o en
riesgo social.
|
2.
Entender en el diseño, articulación y evaluación de políticas para la
promoción del desarrollo local con integración regional, favoreciendo la
plena inclusión de las comunidades y los actores sociales, y revalorizando el
territorio y las economías regionales.
|
3.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en lo relativo al desarrollo local,
mediante intervenciones que promuevan la participación de los distintos
actores locales y la coordinación del acceso al crédito destinado a los
emprendimientos de los grupos con menores recursos económicos, apoyando su
articulación con los demás sectores de la sociedad.
|
4.
Promover desde subsidios, créditos y políticas de gestión, el financiamiento
de proyectos de inversión social, en Localidades y Municipios de extrema
pobreza, que den respuesta a las necesidades más apremiantes de la comunidad
gestionando convenios para la provisión de fondos con las Provincias o
Municipios.
|
5.
Procurar la participación de los Gobiernos Provinciales y de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires en la promoción del desarrollo comunitario y productivo, a
través de los instrumentos de consenso que resulten pertinentes para
fortalecer una Red Federal de políticas sociales.
|
6.
Consolidar un sistema integral de información social en el área de su
competencia.
|
7.
Supervisar y coordinar la vinculación institucional con el INSTITUTO NACIONAL
DE ASUNTOS INDIGENAS.
|
SUBSECRETARIA
DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008)
|
Objetivos:
|
1.
Asistir al Secretario de Políticas Sociales y Desarrollo Humano en la
promoción del desarrollo comunitario desde lo productivo en el marco de las
estrategias locales y regionales.
|
2.
Articular las acciones del Estado, el sector privado, empresas sociales y
organizaciones de la sociedad civil, en vinculación con el Consejo Nacional
de Coordinación de Políticas Sociales para la creación y fortalecimiento de
emprendimientos productivos y sociales que beneficien prioritariamente a
sectores de la población en situación de riesgo y/o de vulnerabilidad social.
|
3.
Promover el desarrollo local, para la interacción creciente de los actores
estatales, privados y de la sociedad civil, en el marco de la Red Federal de
políticas sociales.
|
4.
Promover las distintas modalidades de economía social destinadas a generar
actividades productivas o de servicios que permitan la inclusión social de
los sectores de menores recursos.
|
5.
Diseñar y articular acciones tendientes a estimular la adopción de la
"Marca Colectiva" como herramienta para la promoción del desarrollo
integral, el fortalecimiento de las economías regionales y la gestión
asociada de iniciativas productivas solidarias y de servicios en el marco de
la Economía Social.
|
SUBSECRETARIA
DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008)
|
Objetivos:
|
1.
Dirigir las acciones tendientes a asistir a la población en situación de
vulnerabilidad social a través de los programas de ingreso social actualmente
en ejecución o aquellos que se generen en el futuro.
|
2.
Establecer las políticas y los lineamientos necesarios para la elaboración y
ejecución de las acciones tendientes al desarrollo de programas de
organización de ingresos sociales.
|
3.
Planificar e instrumentar la ejecución, evaluación y control de los planes y
programas con componentes de ingreso social, a efectos de contribuir a la
mayor equidad social y a la promoción del desarrollo económico social
sustentable.
|
4.
Impulsar la gestión descentralizada de los planes y programas, bajo su
jurisdicción; a través del fomento, capacitación y asistencia técnica, para
la conformación y funcionamiento de los Consejos Consultivos provinciales,
regionales y locales.
|
5.
Promover la permanente actualización de estrategias y herramientas de
aplicación de las políticas de empleo e ingreso social.
|
6.
Entender en el diseño y organización de los Centros de atención Territorial,
de los Programas Sociales de Ingresos.
|
7.
Asistir al Consejo Consultivo Nacional de Políticas Sociales, u otros
organismos de la misma índole en los temas atinentes a las políticas y
estrategias de programas de ingresos sociales.
|
SECRETARIA
DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2º del Decreto Nº 2194/2008 B.O. 30/12/2008)
|
Objetivos:
|
1.
Jerarquizar la comunicación del área social, a través de un ámbito de
información específico que difunda en forma permanente las acciones
desarrolladas en el cumplimiento de las políticas sociales en todo el país,
buscando optimizar recursos.
|
2.
Fortalecer el desarrollo de las Políticas Sociales desde lo comunicacional
ayudando al desarrollo de las capacidades de grupos y comunidades.
|
3.
Entender en el diseño de instrumentos de intercambio de experiencias entre
actores y organizaciones públicas y comunitarias a fin de publicar, compartir
y potenciar experiencias en el campo social.
|
4.
Favorecer la recopilación y difusión de proyectos sociales.
|
5.
Difundir las acciones conjuntas desarrolladas con las Provincias, Municipios
y organizaciones no gubernamentales, en el área de competencia específica.
|
6.
Entender en las políticas de aprovechamiento de técnicas metodológicas
adecuadas para potenciar la disponibilidad territorial de los recursos
relacionados con las artes y oficios populares y su aplicación en las
economías regionales.
|
7.
Participar en el diseño, elaboración, definición de ajustes y actualizaciones
de instrumentos, herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la
disponibilidad oportuna de insumos de información social de alta calidad para
la medición de vulnerabilidad, para la formulación y la ejecución de las
políticas sociales.
|
8.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la elaboración de políticas de
formación en saberes populares.
|
9.
Entender en la elaboración de políticas que fortalezcan la gestión social a
través de la capacidad de gestión de los actores sociales, fomentando
espacios de intercambio y cooperación de saberes.
|
10.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la articulación de iniciativas y acciones
extrajurisdiccionales de formación, capacitación y asistencia técnica.
|
SUBSECRETARIA
DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR
|
Objetivos:
|
1.
Asistir a la
SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA en la
elaboración de políticas que fortalezcan la gestión social a partir de los
saberes comunitarios que hagan al desarrollo social.
|
2.
Construir sistemas de intercambios comunitarios que permitan superar barreras
geográficas, sociales, culturales y tecnológicas desde el conocimiento y
apropiación de estrategias y herramientas de satisfacción de las necesidades
sociales.
|
3.
Potenciar aptitudes y saberes populares que contribuyan al desarrollo del
capital humano social.
|
4.
Acompañar los procesos de implementación de experiencias autogestionarias promoviendo
efectiva sustentabilidad de los mismos con la puesta en disponibilidad de
herramientas técnicas apropiadas al alcance de los actores sociales.
|
5.
Fortalecer la integración y la mediación social, promoviendo la formación de
actores claves en las organizaciones civiles de base y religiosas en todo el
territorio nacional.
|
SECRETARIA
DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
|
Objetivos:
|
1.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de la red federal de
políticas nacionales en las áreas de su incumbencia y en su vinculación con
el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales.
|
2.
Coordinar el fomento y promoción de las relaciones de intercambio
internacional y en especial en materia de su competencia en todo lo referente
a la vinculación institucional con el MERCOSUR.
|
3.
Entender en la recepción, disposición y afectaciones que se hagan en función
de la legislación vigente con respecto a donaciones y/o elementos y/o
productos de Aduana, de carácter no alimentario, para su distribución en
coordinación con las áreas pertinentes designadas al efecto.
|
4.
Entender en la coordinación, en la faz de su competencia, de las acciones
tendientes a asistir socialmente a la población ante situaciones
extraordinarias o emergencias que se produzcan en territorio nacional.
|
5.
Entender en la definición, diseño y coordinación de políticas y acciones
destinadas a brindar asistencia directa frente a situaciones de riesgo o
necesidad manifiesta, orientada a individuos, comunidades o instituciones.
|
6.
Entender en la ejecución de proyectos especiales intersectoriales,
interjurisdiccionales, e interdisciplinarios, a fin de viabilizar la
ejecución de las políticas diseñadas en el ámbito de su competencia.
|
7.
Supervisar y coordinar el organismo desconcentrado COMISION NACIONAL DE
PENSIONES ASISTENCIALES.
|
8.
Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el diseño de la política
alimentaria que asegure el derecho a una alimentación adecuada y suficiente
de toda la población y en especial la atención de las necesidades básicas
nutricionales de la población en condiciones de vulnerabilidad y riesgo de
subsistencia.
|
9.
Entender en la implementación de políticas sociales destinadas a jóvenes con
el fin de mejorar su calidad de vida, facilitar la satisfacción de sus
necesidades y el ejercicio de sus derechos políticos y sociales.
|
SUBSECRETARIA
DE ABORDAJE TERRITORIAL
|
Objetivos:
|
1.
Acompañar a la
SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL en la
coordinación de las acciones tendientes a asistir socialmente a la población
ante situaciones de carencias sociales críticas extraordinarias o emergentes
que se produzcan en el territorio nacional.
|
2.
Intervenir en el apoyo a situaciones especiales originadas por temas de salud
o sociales.
|
3.
Apoyar, con la intervención de la Dirección Nacional
de Apoyo Logístico, a las organizaciones instituciones de la comunidad que
presenten necesidades prioritarias urgentes o emergentes y que sirvan para
consolidar su accionar dentro de las pautas presupuestarias de la Secretaría.
|
4.
Articular con las áreas del Ministerio o del Consejo Nacional de Coordinación
de Políticas Sociales que correspondan a proyectos especiales que hagan a las
funciones específicas de esta Subsecretaría.
|
5.
Definir programas o proyectos integrales de ayuda social a grupos
poblacionales en situación de riesgo inmediato, en función de los factores
críticos a los que están expuestos y los daños que son pasibles de sufrir,
coordinando y articulando la oferta socio-institucional de carácter público o
privado, a través de acciones integradas, desarrollando programas de
asistencia y recuperación, organizando recursos y estableciendo prioridades.
|
6.
Elaborar, definir y testear planes de acción rápida, priorizando los procesos
de recuperación contención de las demandas que se originen y la
rehabilitación y reconstrucción de la estructura social dañada.
|
7.
Elaborar diagnósticos básicos, investigaciones aplicadas y estudios que
faciliten la focalización e implementación de programas o acciones
preventivas.
|
8.
Diseñar estudios e investigaciones en gabinete o terreno que, con orientación
epidemiológica, permitan; detectar alertas tempranas e identificar y
cuantificar indicadores de situaciones de alta vulnerabilidad social.
|
9.
Diseñar procedimientos para el accionar conjunto entre provincias, municipios
y organizaciones sociales o empresariales en la línea que permitan respuestas
inmediatas a las necesidades urgentes o emergentes que se presenten no
superponiendo redes desde la institucionalidad ministerial.
|
10.
Identificar áreas de la sociedad civil que, habiendo quedado aisladas del
crecimiento y desarrollo, requieren una asistencia integral prioritaria por
parte del Estado, desarrollando las estrategias de intervención
Jurisdiccional, a través del Programa Mi Pueblo.
|
SUBSECRETARIA
DE POLITICAS ALIMENTARIAS
|
Objetivos:
|
1.
Asistir al Secretario de Gestión y Articulación Institucional en el diseño de
la política alimentaria a nivel nacional y en la evaluación de su
cumplimiento.
|
2.
Proponer, planificar y coordinar la ejecución de políticas y acciones desde
una Red Federal que garantice la seguridad alimentaria de la población con
alta vulnerabilidad social, priorizando el fortalecimiento de la unidad
doméstica en riesgo social.
|
3.
Planificar y programar la ejecución de acciones de prevención y respuesta
inmediata ante eventuales situaciones de emergencia alimentaria.
|
4.
Planificar, coordinar y evaluar las estrategias alimentarias de la Subsecretaría
con las implementadas por otros programas sociales nacionales, provinciales y
municipales a fin de garantizar el funcionamiento de la Red Federal de
Alimentación y Nutrición, procurando maximizar la cobertura y haciendo
efectivo el principio de equidad social.
|
5.
Planificar acciones destinadas a mejorar la calidad de dieta alimentaria mediante
la autoproducción, promoviendo alternativas agroalimentarias.
|
6.
Efectuar un diagnóstico nacional de las necesidades de asistencia alimentaria
nutricional de la población y desarrollar planes de educación alimentaria
nutricional a nivel nacional.
|
7.
Fortalecer redes solidarias en la comunidad estimulando a las familias y las
personas a participar activamente, tanto de manera individual como a través
de las organizaciones de la sociedad, a efectos de contribuir a la seguridad
alimentaria.
|
COMISION
NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES
|
Objetivos:
|
1.
Formular, planificar y coordinar las políticas conducentes a asegurar en todo
el ámbito de la Nación
el otorgamiento y/o denegatoria de pensiones no contributivas y las
emergentes de leyes especiales, dentro del marco de las políticas emanadas
del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
|
SECRETARIA
NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 28/2007 B.O. 20/12/2007)
|
Objetivos:
|
1.
Garantizar el funcionamiento del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y
Familia y establecer en forma conjunta, la modalidad de coordinación entre
ambos organismos con el fin de establecer y articular políticas públicas
integrales.
|
2.
Elaborar con la participación del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y
Familia, un Plan Nacional de Acción como política de derechos para el área
específica, de acuerdo a los principios jurídicos establecidos en la Ley 26.061.
|
3.
Ejercer la representación necesaria ante todos los organismos oficiales de
asesoramiento y contralor en materia de medios de comunicación.
|
4.
Ejercer la representación del Estado Nacional en las áreas de su competencia.
|
5.
Participar en forma conjunta con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y
Familia en la celebración y ejecución de los instrumentos de carácter
internacional que la
Nación suscriba o a los cuales adhiera, cuando estos
afecten o se refieran a la materia de su competencia.
|
6.
Realizar los informes previstos en el art. 44 de la Convención de
los Derechos del Niño y ejercer la representación del Estado Nacional en su
presentación, constituyéndose en depositario de las recomendaciones que se
efectúen.
|
7.
Promover el desarrollo de investigaciones en materia de Niñez, Adolescencia y
Familia.
|
8.
Diseñar normas generales de funcionamiento y principios rectores que deberán
cumplir las instituciones públicas o privadas de asistencia y protección de
derechos de los sujetos de esta ley.
|
9.
Apoyar a las organizaciones no gubernamentales en la definición de sus
objetivos institucionales hacia la promoción del ejercicio de derechos de las
niñas, niños y adolescentes y la prevención de su institucionalidad.
|
10.
Promover políticas activas de promoción y defensa de los derechos de las
niñas, niños y adolescentes y sus familias.
|
11.
Coordinar acciones consensuadas con los poderes del Estado, organismos
gubernamentales y organizaciones no gubernamentales fomentando la
participación activa de las niñas, niños y adolescentes.
|
12.
Propiciar acciones de asistencia técnica y capacitación a organismos
provinciales y municipales y agentes comunitarios participantes en servicios
de atención directa o en el desarrollo de los procesos de transformación
institucional.
|
13.
Gestionar juntamente con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia,
la obtención de recursos financieros nacionales e internacionales para la
efectivización de las políticas públicas de niñez, adolescencia y familia.
|
14.
Efectivizar juntamente con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y
Familia la transferencia de los fondos a los estados provinciales para la
financiación de dichas políticas.
|
15.
Organizar un sistema de información único y descentralizado que incluya
indicadores para el monitoreo, evaluación y control de las políticas y
programas de niñez, adolescencia y familia.
|
16.
Fortalecer el reconocimiento en la sociedad de niñas, niños y adolescentes
como sujetos activos de derechos.
|
17.
Impulsar mecanismos descentralizados para la ejecución de programas y
proyectos que garanticen el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y
adolescentes y sus familias.
|
18.
Asignar juntamente con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia
los recursos públicos para la formulación y ejecución de las políticas
previstas en el plan nacional de acción.
|
19.
Establecer en coordinación con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y
Familia mecanismos de seguimiento, monitoreo y evaluación de las políticas
públicas destinadas a la protección de los derechos de las niñas, niños y
adolescentes.
|
20.
Promover políticas que garanticen el adecuado desarrollo psicológico,
afectivo, social e intelectual de niños, niñas y adolescentes, con especial
énfasis en la atención de la primera infancia.
|
21.
Promover, planificar y ejecutar acciones destinadas a fortalecer los derechos
de los adultos mayores, propendiendo su inserción en la familia y en la
comunidad.
|
22.
Articular las políticas dirigidas a los adultos mayores desde una perspectiva
de integralidad, que considere a los mayores, sus núcleos familiares, sus
organizaciones y comunidad, como sujetos de políticas públicas.
|
23.
Desarrollar acciones orientadas al diseño, implementación y monitoreo de
políticas, programas o dispositivos de intervención dirigidos a adolescentes
infractores a la ley penal.
|
24.
Dirigir, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 26.061, los programas de asistencia
directa que dependieran del Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia
y que no hayan sido objeto de transferencias a la fecha de aprobación de la
estructura administrativa de la Secretaría Nacional
de Niñez, Adolescencia y Familia.
|
25.
Asistir y acompañar a las Provincias, Municipios, y/u organismos locales en
la definición del modelo de gestión de la política de infancia.
|
26.
Fomentar la articulación entre el Estado Nacional, las Organizaciones no
Gubernamentales, las Universidades y el Sector Privado para potenciar la
responsabilidad social.
|
SUBSECRETARIA
DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ,
ADOLESCENCIA Y FAMILIA
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 28/2007 B.O. 20/12/2007)
|
Objetivos:
|
1.
Coordinar y supervisar políticas y programas de carácter nacional que tengan
como finalidad la promoción, protección y restitución de los derechos de las
niñas, niños y adolescentes, así como las acciones preventivas y
socio-educativas relacionadas con personas menores de edad que hayan
infringido la legislación penal.
|
2.
Propiciar acciones de promoción y defensa de los derechos de las niñas, niños
y adolescentes y sus familias, con énfasis en el reconocimiento de las
personas menores de edad como sujetos activos de derechos, fomento de su
activa participación y ejercicio del derecho a ser escuchados.
|
3.
Asistir en el desarrollo de acciones de promoción, fortalecimiento y
asistencia a las familias, como los ámbitos más adecuados para la crianza, el
cuidado, el desarrollo y la educación de los niños, niñas y adolescentes.
|
4.
Asistir en la promoción de políticas que garanticen el adecuado desarrollo
psicológico, afectivo, social e intelectual de niños, niñas y adolescentes,
con especial énfasis en la atención de la primera infancia.
|
5.
Fortalecer políticas y prácticas de protección de derechos amenazados o
vulnerados protegiendo los ámbitos familiares de origen y eludiendo las
separaciones injustificadas de los niños, niñas y adolescentes de los mismos
y sus comunidades.
|
6.
Suscitar cuidados alternativos transitorios, respetuosos de los derechos de
los niños, niñas y adolescentes provisionalmente privados de crianza
parental, privilegiando los cuidados en ámbitos familiares y limitando la
protección en establecimientos institucionales para situaciones excepcionales
que así lo justifiquen.
|
7.
Desarrollar acciones orientadas a la definición y/o redefinición e
implementación de programas o dispositivos de intervención en relación con
adolescentes infractores de la ley penal, respetuosos de los derechos de los
jóvenes y con un sentido socio-educativo y de fortalecimiento de la
ciudadanía
|
8.
Fortalecer la participación transversal de las entidades gubernamentales y no
gubernamentales para la inclusión social de la infancia y la adolescencia.
|
9.
Promover protocolos de intervención y estándares mínimos de atención.
|
10.
Coordinar circuitos de asistencia en instituciones y programas de atención
integral a niños, niñas y adolescentes.
|
11.
Contribuir al diseño, monitoreo, asistencia técnica y capacitación en
relación con políticas y programas de asistencia a grupos infanto-juveniles
vulnerables.
|
SUBSECRETARIA
DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACION FEDERAL
|
(Objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 28/2007 B.O. 20/12/2007)
|
Objetivos:
|
1.
Coordinar, orientar, supervisar e implementar planes y programas de carácter
nacional y federal para la niñez, la adolescencia y la familia
|
2.
Promover las acciones aprobadas del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y
Familia.
|
3.
Ejecutar el plan nacional de acción normado en la Ley 26.061
|
4.
Establecer la coordinación con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y
Familia con referencia al seguimiento, monitoreo y evaluación de las
políticas públicas destinadas a la protección de los derechos de las niñas,
niños y adolescentes.
|
5.
Asistir en la coordinación, orientación, supervisión e implementación de
planes y programas de carácter nacional que fortalezcan las instituciones de
gestión estatal y de la sociedad civil que compongan el Sistema de Protección
Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
|
6.
Asistir en el diseño de normas generales de funcionamiento y principios
rectores que deberán cumplir las instituciones públicas o privadas de
asistencia y protección de derechos de los sujetos de esta ley.
|
7.
Coordinar, orientar, supervisar e implementar planes y programas de carácter
nacional que consoliden políticas publicas estratégicas de alcance regional y
nacional.
|
8.
Asistir a la
Secretaría en la adecuación de las tecnologías de
intervención aplicadas a las nuevas problemáticas en el área de la niñez,
adolescencia y familia.
|
9.
Asistir a la Secretaria
en la coordinación, orientación, supervisión e implementación de planes y
programas de carácter nacional y federal que promuevan y desarrollen el
conocimiento acerca de la situación de la infancia, adolescencia y familia
como así también de las políticas públicas orientadas a la protección
integral de las niñas, niños, adolescentes.
|
10.
Asistir y consolidar la base del Registro Nacional de Organizaciones de la Sociedad Civil
con personería jurídica, sobre el desarrollo de programas, servicios de
asistencia, promoción, tratamiento, protección y defensa de los derechos de
las niñas, niños y adolescentes.
|
11.
Articular con entidades gubernamentales y no gubernamentales dedicadas a la
temática de niñez, adolescencia y familia.
|
12.
Desarrollar habilidades y destrezas técnico-metodológicas para el abordaje
integral de la niñez y la adolescencia desde una perspectiva participativa,
territorial y multiactoral.
|
13.
Propiciar acciones de asistencia técnica y capacitación a organismos
provinciales, municipales y agentes comunitarios participantes en servicio de
atención directa o en el desarrollo de los procesos de transformación
institucional.
|
14.
Generar instancias comunicacionales para la promoción y protección de
derechos.
|
15.
Apoyar en la definición, validación e instalación de un modelo de gestión
institucional basado en la protección integral de los derechos.
|
16.
Promover y fomentar el desarrollo de redes sociales, generando espacios de
trabajo promocional y de participación social.
|
SECRETARIA
DE DEPORTE
|
Objetivos:
|
1.
Asistir a la Ministra
de Desarrollo Social en toda cuestión relativa a la promoción y el desarrollo
en el país de la actividad deportiva y recreativa en todas sus formas.
|
2.
Aprobar los planes, programas y proyectos destinados al fomento del deporte,
asegurando los principios de la ética deportiva y haciendo partícipe de ella
a todos los integrantes del sistema deportivo nacional.
|
3.
Promover y asistir las prácticas deportivas al nivel competitivo nacional,
regional e internacional, en procura de alcanzar crecientes niveles y logros,
asegurando así que las representaciones del deporte argentino, en todas sus
modalidades y disciplinas, sean una expresión adecuada de la jerarquía
cultural y deportiva del país.
|
4.
Fomentar y apoyar la actividad física y la recreación, como medio para
promover la integración, la inclusión y la cooperación social.
|
5.
Impulsar el desarrollo del deporte de base en todo el territorio de la Nación, en
coordinación con los organismos públicos nacionales, provinciales,
municipales e instituciones privadas, como así también las actividades
físicas relacionadas con la utilización del tiempo libre, en contacto con el
ambiente natural.
|
6.
Impulsar el desarrollo de mejores condiciones en materia de infraestructura y
recursos accesorios para la práctica deportiva en el territorio de la Nación.
|
SUBSECRETARIA
DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA
|
Objetivos:
|
1.
Asistir al Secretario de Deporte en la planificación del deporte de
representación nacional, del desarrollo del deporte federado y del deporte
social, en todas sus disciplinas y modalidades.
|
2.
Elaborar planes y acciones que tengan por finalidad la generación de
condiciones que garanticen el acceso a la actividad física y deportiva de
todos los habitantes del país.
|
3.
Asistir al Secretario en la supervisión de las condiciones técnicas que
deberán cumplimentar las federaciones, las asociaciones deportivas y los
organismos públicos y privados para recibir, por parte del Estado Nacional,
asistencia material y financiera destinada al cumplimiento de las metas que,
para cada disciplina deportiva, se establezcan en las Planificaciones Anuales
y Plurianuales del Deporte de Representación Nacional, del desarrollo del
Deporte Federado y del Deporte Social.
|
4.
Asistir al Secretario, en la coordinación con las entidades federativas
nacionales, regionales o locales, así como con las entidades públicas y
privadas, en la elaboración, ejecución y monitoreo de programas de captación
y desarrollo de talentos deportivos y de programas para el desarrollo del
Deporte Federado y Social, procurando, para tales fines, la aplicación de
principios éticos y pedagógicos.
|
5.
Asistir al Secretario en el uso eficiente y racional de los recursos de la
inversión pública y privada destinados a la promoción del deporte en todas
sus manifestaciones
|
6.
Asistir al Secretario en la planificación y supervisión de los programas y
acciones médicodeportivas así corno en el desarrollo de actividades
científicas y tecnológicas aplicadas al deporte.
|
7.
Generar condiciones para facilitar la continuidad educativa y el desarrollo
deportivo de los jóvenes talentos, coordinando acciones con organismos
públicos y privados de educación y deportes de todo el país
|
SUBSECRETARIA
DE RECURSOS DEPORTIVOS
|
Objetivos:
|
1.
Asistir al Secretario de Deporte en la planificación del uso de los recursos
aplicados al desarrollo del deporte en general.
|
2.
Asistir al Secretario en la supervisión de las condiciones que deberán
cumplimentar los organismos públicos y privados para recibir, por parte del
Estado Nacional, asistencia material y financiera destinada al cumplimiento
de las metas que se establezcan en los programas anuales y plurianuales
destinados al desarrollo de la infraestructura, a la puesta en valor de
predios deportivos y en todos aquellos planes y programas vinculados, entre
otros, a la prevención y el control antidoping, a la capacitación,
investigación y censos y la seguridad deportiva.
|
3.
Asistir al Secretario en las políticas pertinentes al cuidado de la salud y
el desarrollo de medidas preventivas a los efectos de evitar el uso indebido
de drogas en la práctica del deporte.
|
4.
Asistir al Secretario en el planeamiento y el desarrollo de la
infraestructura deportiva, en todos los aspectos vinculados con la
ampliación, la refacción, la remodelación y la puesta en valor de las
instalaciones de dominio privado de la Secretaría de Deporte.
|
5.
Asistir al Secretario en la coordinación con organismos públicos y privados
para el desarrollo de infraestructura deportiva en el territorio nacional.
|
6.
Asistir al Secretario en el diseño, la implementación y el seguimiento de las
políticas generales vinculadas con la seguridad deportiva.
|
7.
Asistir al Secretario en el diseño y en la evaluación de los aspectos
normativos vinculados a la legislación que rige en materia deportiva.
|
8.
Asistir al Secretario en la elaboración de programas, planes y acciones
vinculados con la capacitación de los recursos humanos que intervengan en el
desarrollo del deporte en todas sus manifestaciones; la investigación
científica sobre cuestiones deportivas que se consideren relevantes y la
realización de censos, encuestas y otros instrumentos de medición estadística
que permitan el conocimiento de diversas realidades y fenómenos deportivos.
|
XX
- MINISTERIO DE SALUD (Apartado XXI, sustituido por art. 2° del Decreto N°
1343/2007 B.O. 9/10/2007) (Nota LOA: Ex - Apartado XXI renumerado como
Apartado XX, por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
SECRETARIA
DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
|
OBJETIVOS:
|
1.
Asistir al Ministro de Salud en la gestión operativa e institucional, en la
elaboración de políticas y normativas y en la planificación sanitaria.
|
2.
Entender en materia de regulación y fiscalización sanitaria, y en la
elaboración, incorporación, registro y sistematización de normativas
orientadas a la eficacia, efectividad, eficiencia y calidad de los
Establecimientos y Servicios de Salud.
|
3.
Entender en el registro y los controles sanitarios relacionados con la
infraestructura, equipamiento, aparatos, drogas, medicamentos y alimentos
conforme a la normativa vigente.
|
4.
Ejercer la
Secretaría del Consejo Federal de Salud —COFESA—,
asistiendo al Ministro de Salud en la conducción de sus actividades.
|
5.
Supervisar la coordinación de las actividades de las Delegaciones Sanitarias
Federales, con las de los programas, proyectos y actividades que desde el
nivel central requieren la participación de las mismas.
|
6.
Entender en todo lo referido a la normatización, coordinación y fiscalización
de las acciones relacionadas con la sanidad en el área de frontera y las
terminales de transporte.
|
7.
Entender en el desarrollo de políticas de reducción de la morbimortalidad por
factores de origen laboral, que afecten la salud de los trabajadores en
general y de la administración pública en particular.
|
8.
Coordinar y normatizar las acciones vinculadas a los Recursos Humanos en
Salud, y organizar y administrar el Programa de Residencias Médicas.
|
9.
Articular las normativas sanitarias existentes en los distintos niveles de
gobierno y los subsistemas de salud público, privado y de obras sociales y
otros financiadores y prestadores a los efectos de garantizar la adecuada
atención sanitaria de la población.
|
10.
Establecer las políticas que permitan llevar adelante las acciones de los
organismos descentralizados bajo su dependencia, en consonancia con lo
establecido por el Plan Federal de Salud y la normativa vigente en la
materia.
|
11.
Supervisar y coordinar los programas gestionados a través de los organismos
descentralizados de su dependencia.
|
12.
Intervenir, en coordinación con las otras instancias intra e
interministerial, en la aplicación y mejora continua de la Carrera Profesional,
conforme Decreto Nº 277/91 y sus modificatorios.
|
13.
Entender en la definición de políticas para promover el desarrollo de
registros nacionales y jurisdiccionales de estadísticas sanitarias.
|
14.
Formular, ejecutar y controlar las políticas nacionales de rehabilitación
para personas con discapacidad.
|
15.
Propiciar el desarrollo, difusión y publicación de la información estadística
actualizada que permita la definición y la toma de decisiones sobre las
políticas sanitarias, tanto en el ámbito nacional como regional, provincial y
municipal.
|
16.
Instrumentar los medios necesarios a efectos de posibilitar el financiamiento
del Hospital de Pediatría "Prof. Dr. Juan P. Garrahan", coordinando
con las otras instancias correspondientes.
|
SECRETARIA
DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
|
SUBSECRETARIA
DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION
|
OBJETIVOS:
|
1.
Asistir en la planificación sanitaria global, efectuar la evaluación de
políticas sectoriales, analizando los resultados e impacto social de los
mismos y brindar apoyatura técnica a las reuniones de Gabinete Ministerial.
|
2.
Ejercer la supervisión y coordinación de las acciones destinadas a la
promoción, desarrollo y evaluación de la calidad y gestión de los servicios
brindados por el MINISTERIO DE SALUD.
|
3.
Promover la elaboración, incorporación y sistematización de normativa
orientada a mejorar la eficacia, eficiencia y calidad de los establecimientos
y servicios de salud.
|
4.
Coordinar el desarrollo de políticas basadas en las nuevas tecnologías de la
información.
|
5.
Coordinar las acciones con las distintas jurisdicciones y con los organismos
gubernamentales y no gubernamentales que corresponda en cada caso, tendientes
a garantizar la excelencia en la formación de los recursos humanos del
sector.
|
6.
Promover la formación y capacitación de los recursos humanos del Sector Salud
de acuerdo a los estándares apropiados para los servicios y el Sistema de
Salud.
|
7.
Promover mecanismos de concertación destinados a regular la oferta de los
recursos humanos de la salud en todas sus modalidades; así como en su proceso
de formación, incluyendo residencias y becas.
|
8.
Establecer las políticas para definir la eficiente y equitativa financiación
de las residencias y becas para el equipo de salud en las distintas
jurisdicciones, conforme sus necesidades y la dinámica establecida para
alcanzar su excelencia formativa.
|
9.
Propender a la disminución de la morbimortalidad por factores de origen
laboral, formulando políticas tendientes a promover y proteger la salud de
los trabajadores en general de la administración pública en particular.
|
10.
Facilitar la articulación y armonización interjurisdiccional de los distintos
marcos regulatorios del Sector Salud.
|
11.
Desarrollar mecanismos adecuados de regulación y fiscalización de los
servicios de salud a fin de dar cumplimiento a la normativa vigente.
|
12.
Fortalecer los Registros Federales y Nacionales de su incumbencia para
asegurar la universalidad, actualización y disponibilidad de la información.
|
13.
Colaborar con las distintas Jurisdicciones en la optimización de los
instrumentos que aseguren el debido registro, control y fiscalización del
ejercicio profesional y de los establecimientos asistenciales.
|
14.
Normatizar, coordinar y fiscalizar las acciones relacionadas con la sanidad
en el área de frontera y terminales de transporte.
|
15.
Proyectar y proponer las políticas de profesionalización de los Recursos
Humanos de la Salud
pertenecientes a la
Carrera Profesional, conforme Decreto Nº 277/91 y sus
modificatorios, coordinando con las otras instancias del Poder Ejecutivo con
competencia en la materia.
|
16.
Coordinar y supervisar el accionar de las Delegaciones Sanitarias Federales,
o las que en el futuro las sustituyan, en los distritos provinciales del
país.
|
17.
Coordinar la interacción de las Delegaciones Sanitarias Federales con las
acciones de los programas, proyectos y actividades que desde el nivel central
requieren la participación de las mismas.
|
18.
Definir, coordinar y supervisar las políticas y acciones tendientes a mejorar
los estilos de vida saludables de la población, su salud mental, en
consonancia con las políticas del Plan Federal de Salud Mental.
|
19.
Ejercer la rectoría del Plan Nacional de Sangre, conforme a la normativa
vigente, propiciando el fortalecimiento del sistema nacional de hemoterapia,
definiendo las normas de organización, para alcanzar su óptimo
funcionamiento.
|
20.
Normatizar, coordinar y desarrollar las políticas que permitan alcanzar la
autosuficiencia en hemocomponentes y derivados, a través del fomento de la
donación voluntaria y habitual, la producción bajo programas de aseguramiento
de calidad y el monitoreo del uso adecuado de los componentes sanguíneos.
|
21.
Desarrollar los mecanismos que permitan optimizar la gestión y funcionamiento
de los hospitales en general y de los Hospitales Públicos de Gestión
Descentralizada —HPGD— en particular.
|
22.
Coordinar y supervisar la aplicación del sistema de habilitación
categorizante y desarrollar un registro de los establecimientos habilitados.
|
SECRETARIA
DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
|
SUBSECRETARIA
DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES
|
OBJETIVOS:
|
1.
Formular y coordinar las acciones relacionadas con el proceso de
transformación del modelo de atención de la salud impulsado por el MINISTERIO
DE SALUD en las áreas y establecimientos bajo su dependencia.
|
2.
Entender en la coordinación de las acciones llevadas a cabo por los
establecimientos de salud bajo su órbita con los del primer nivel de
atención.
|
3.
Fomentar la incorporación de nuevas tecnologías de gestión hospitalaria que
redunden en beneficio de la población asistida por sus establecimientos de
salud.
|
4.
Colaborar con la
SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS y en
coordinación con el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION
E IMPLANTE —INCUCAI— en el desarrollo de la política nacional de donación de
órganos.
|
5.
Garantizar la aplicación e implementación de la política nacional de salud
mental y comportamiento saludable en los Organismos bajo su dependencia.
|
6.
Participar, en forma coordinada con la SUBSECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, en la aplicación y mejora continua de la Carrera Profesional,
conforme Decreto Nº 277/91 y sus modificatorios, coordinando con otras
instancias intra e interministerial.
|
7.
Supervisar y coordinar los programas gestionados a través de los organismos
descentralizados de su dependencia.
|
8.
Entender en la formulación e implementación de mecanismos de monitoreo y
evaluación de los establecimientos e institutos bajo su dependencia de manera
de lograr el mayor impacto de sus acciones en términos de cobertura y
equidad.
|
9.
Garantizar la aplicación, en los organismos de su dependencia, de los
estándares de calidad en los servicios de salud determinados por la SUBSECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION.
|
10.
Fomentar la estrategia de implementación de modelos participativos de la
comunidad que resulta receptora de los servicios, en concordancia con las
políticas de calidad y participación determinadas por el MINISTERIO DE SALUD.
|
11.
Proponer a la autoridad sanitaria la creación de institutos especializados de
investigación en el ámbito de su competencia, coordinando con las instancias
correspondientes.
|
SECRETARIA
DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS
|
OBJETIVOS:
|
1.
Diseñar políticas para la atención de la salud de la población, comprendiendo
la promoción y la protección de la salud, la prevención de las enfermedades,
la asistencia, la recuperación y la rehabilitación de la salud.
|
2.
Formular, ejecutar y controlar los programas nacionales sanitarios —tales
como el Remediar, Nacer, etc.— encuadrados en la estrategia de Atención
Primaria de la Salud
para el logro de una mayor equidad.
|
3.
Promover el desarrollo y realización de estudios epidemiológicos y definir
las alternativas de solución para las patologías más significativas en el
país, respondiendo con celeridad y eficiencia ante cualquier situación de
emergencia sanitaria.
|
4.
Entender en la provisión de medicamentos para pacientes sin cobertura de la
seguridad social ni del sistema privado de salud.
|
5.
Entender en los aspectos relacionados con la estrategia de atención primaria
de la salud.
|
6.
Entender en los aspectos relacionados con la salud materno-infantil y
adolescente.
|
7.
Entender en casos de emergencias sanitarias que requieran el auxilio del
Estado.
|
8.
Formular y coordinar mecanismos de monitoreo y evaluación de los distintos
programas y proyectos sectoriales de manera de lograr el mayor impacto de las
acciones en términos de cobertura y equidad.
|
9.
Entender, en forma coordinada con las áreas pertinentes del MINISTERIO DE
SALUD, en la cooperación técnica, en los convenios sanitarios internacionales
y en las relaciones con los organismos internacionales de salud en los que la SECRETARIA DE
PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS participe.
|
10.
Entender en todo lo atinente a la definición de los modelos prestacionales
más adecuados para la cobertura médica establecida para los beneficiarios de
pensiones no contributivas.
|
11.
Entender en la definición de políticas que permitan establecer mecanismos
idóneos para ofrecer una respuesta prestacional adecuada a los beneficiarios
del Programa Federal de Salud, en un marco de equidad y basado en el esquema
de descentralización de gestión.
|
12.
Entender en los temas relativos a la salud sexual y procreación responsable.
|
SECRETARIA
DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS
|
SUBSECRETARIA
DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS
|
OBJETIVOS:
|
1.
Formular, ejecutar y controlar los programas nacionales prioritarios
encuadrados en las políticas dirigidas a la atención de enfermedades y
riesgos para la salud y al control de las emergencias sanitarias.
|
2.
Formular, programar y coordinar las acciones vinculadas al sistema de
vigilancia epidemiológica.
|
3.
Formular, programar y coordinar las acciones vinculadas a la prevención y
control de las enfermedades.
|
4.
Entender en la provisión de medicamentos y reactivos de diagnóstico para
pacientes sin cobertura de la seguridad social ni del sistema privado de
salud en patologías específicas, especialmente, para aquellas personas con
VIH y SIDA.
|
5.
Entender en la programación y dirección de los programas nacionales de
vacunación y campañas de inmunización.
|
6.
Intervenir en casos de emergencias sanitarias que requieran el auxilio del
Estado Nacional.
|
7.
Entender, a partir de los registros específicos, en los estudios de recursos
disponibles, oferta, demanda y necesidad, así como el diagnóstico de
situación necesaria para la planificación estratégica de la prevención y el
control en el sector salud.
|
8.
Formular, dirigir y coordinar las campañas nacionales de promoción y
protección de la salud.
|
SECRETARIA
DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS
|
SUBSECRETARIA
DE SALUD COMUNITARIA
|
OBJETIVOS:
|
1.
Entender en la articulación de las relaciones sanitarias definidas en el Plan
Federal de Salud entre los distintos niveles de gobierno y los subsistemas de
salud público, privado y de obras sociales y otros financiadores y
prestadores a los efectos de garantizar la adecuada atención sanitaria de la
población.
|
2.
Participar, en forma coordinada con las demás instancias ministeriales
competentes, en la articulación de las relaciones de los programas nacionales
sanitarios entre los distintos niveles de gobierno y los subsistemas de salud
pública.
|
3.
Intervenir en la coordinación de las acciones relacionadas con el proceso de
transformación del modelo de atención de la salud.
|
4.
Entender en los aspectos relacionados con la salud materno-infantil y
adolescente.
|
5.
Entender en la formulación, programación y coordinación de las acciones
propias de la estrategia de atención primaria de la salud.
|
6.
Intervenir en la formulación, programación y coordinación de acciones en el
primer nivel de atención y en las redes de referencia.
|
7.
Asesorar al Secretario de Promoción y Programas Sanitarios en todo lo
atinente a la definición de los modelos prestacionales más adecuados para la
cobertura médica establecida para los beneficiarios de pensiones no
contributivas.
|
8.
Implementar políticas que permitan establecer mecanismos adecuados para
ofrecer respuesta prestacional adecuada a los beneficiarios del Programa
Federal de Salud, en un marco de equidad y basado en un esquema de
descentralización de la gestión.
|
9.
Entender en el seguimiento y monitoreo de la implementación de la estrategia
de Atención Primaria de la
Salud y de los Programas de Salud Comunitaria que se
implementen en su órbita.
|
SECRETARIA
DE DETERMINANTES DE LA SALUD
Y RELACIONES SANITARIAS
|
OBJETIVOS:
|
1.
Asistir al señor Ministro en la planificación estratégica de las políticas
implementadas por el MINISTERIO DE SALUD en el ámbito de su competencia.
|
2.
Asistir al señor Ministro en todas las cuestiones relativas a la
determinación y análisis de los costos de las distintas áreas y prestaciones
de la salud pública.
|
3.
Proponer políticas y programas destinados a disminuir la incidencia de los
costos asociados a las diversas áreas de la salud pública de modo de
facilitar el acceso de la población a los servicios de salud.
|
4.
Proponer el desarrollo de modelos de financiamiento apropiados de la salud
pública a fin de promover el acceso equitativo de la población a servicios de
salud de calidad en todo el país.
|
5.
Evaluar el impacto económico de las políticas de salud impulsadas desde el
MINISTERIO DE SALUD y, eventualmente, formular recomendaciones al señor
Ministro a fin de optimizar el impacto de las mismas.
|
6.
Asistir al señor Ministro en todas las actividades referidas a las relaciones
sanitarias internacionales del MINISTERIO DE SALUD.
|
7.
Entender en la celebración de convenios de cooperación técnica, en los
convenios sanitarios binacionales, y en las relaciones con los organismos
internacionales de salud.
|
8.
Coordinar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO, la realización de actividades de cooperación sanitaria en línea con
la política internacional que desarrolla nuestro país.
|
9.
Entender en el desarrollo de las relaciones institucionales con organismos
dependientes de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de los ámbitos
nacionales, provinciales y municipales, como así también con instituciones
del sector no gubernamental, de la seguridad social y privado que desarrollen
actividades vinculadas al área de su competencia.
|
10.
Diseñar e implementar, en coordinación con las áreas pertinentes del
MINISTERIO DE SALUD, programas y proyectos destinados a reducir la incidencia
de los determinantes sociales de la salud.
|
11.
Participar, en forma coordinada con las áreas pertinentes del MINISTERIO DE
SALUD en la elaboración de actividades de difusión, divulgación científica y
promoción.
|
12.
Fomentar y desarrollar investigaciones científicas en salud referidas
principalmente a los determinantes sociales, económicos, culturales y
ambientales de la misma.
|
13.
Promover la realización de actividades participativas a nivel local
conjuntamente con organizaciones no gubernamentales a fin de minimizar el
impacto negativo de los determinantes de la salud que operan sobre la
población.
|
14.
Entender en la asistencia técnica a municipios saludables miembros de la Red Argentina de Municipios
y Comunidades Saludables.
|
15.
Fomentar la participación de actores sectoriales e Interjurisdiccionales con
el fin de evaluar los resultados socio-ambientales de las distintas
intervenciones sanitarias previstas por el MINISTERIO DE SALUD destinadas a
minimizar el impacto de los determinantes sociales de la salud.
|
SECRETARIA
DE DETERMINANTES DE LA SALUD
Y RELACIONES SANITARIAS
|
SUBSECRETARIA
DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION
|
OBJETIVOS:
|
1.
Coordinar las actividades referidas a la planificación y desarrollo de las
relaciones sanitarias internacionales.
|
2.
Intervenir en la celebración de convenios sanitarios multinacionales, en el
marco de las relaciones con los organismos internacionales de salud que
impulsa el MINISTERIO DE SALUD.
|
3.
Coordinar y promover las relaciones de intercambio de investigadores y
experiencias con instituciones científicas del país y del exterior.
|
4.
Asistir al señor Secretario en materia de cooperación internacional para la
detección de oportunidades y la elaboración conjunta de proyectos con
organismos multilaterales, gobiernos o agencias de cooperación internacional.
|
5.
Asistir al señor Secretario tanto en el país como en el exterior en todas las
cuestiones internacionales de interés del Ministerio.
|
6.
Coordinar la asistencia técnica a la red nacional de municipios saludables.
|
7.
Coordinar el desarrollo de investigaciones científicas en salud y sobre los
determinantes socioambientales de la misma y la promoción de actividades
participativas en salud a nivel local y con organizaciones no
gubernamentales.
|
8.
Coordinar las relaciones institucionales con organismos dependientes de los
Poderes Ejecutivo, Legislativo y del ámbito nacional, provincial y municipal,
como así también con instituciones sectoriales del sector no gubernamental,
de la seguridad social y privado.
|
9.
Promover la evaluación y seguimiento de las condiciones socio-ambientales con
impacto demostrado o sospechado sobre la salud humana y el desarrollo de las
actividades necesarias para su mejor conocimiento, prevención y atención.
|
10.
Entender en la coordinación de la Secretaría de la Iniciativa de los
Ministros de Salud y Ambiente de las Américas en coordinación con las áreas
pertinentes del Gobierno Nacional con competencia en materia ambiental.
|
11.
Promover y fortalecer la participación ciudadana con el fin de mejorar los
resultados de los programas del MINISTERIO DE SALUD destinados a reducir la
incidencia de los determinantes sociales de la salud.
|
SECRETARIA
DE COORDINACION
|
(Objetivos
incorporados por art. 2° del Decreto N° 923/2009 B.O. 22/7/2009)
|
OBJETIVOS:
|
1.-
Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la
jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
|
2.-
Asistir al Ministro en la planificación de las actividades de administración
y en la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la Jurisdicción
y de las entidades descentralizadas dependientes.
|
3.-
Asistir al Ministro en el diseño y aplicación de las políticas de recursos
humanos y organización y en el diseño de sistemas administrativos e
informáticos.
|
4.-
Asistir al Ministro en el diseño de los procedimientos de evaluación y
seguimiento de los planes, programas y proyectos de la Jurisdicción
y proponer acciones tendientes a optimizar la gestión de los mismos.
|
5.-
Coordinar el accionar del servicio jurídico de la Jurisdicción
y supervisar el desenvolvimiento de los servicios jurídicos pertenecientes a
sus organismos descentralizados, interviniendo en todos los proyectos de
leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas
con la actividad sustantiva de la jurisdicción.
|
6.-
Intervenir, en coordinación con las otras instancias ministeriales
jurisdiccionales competentes, en la aplicación y mejora continua de la
Carrera Profesional.
|
7.-
Intervenir, en función de los objetivos que le son propios a la Secretaría, en
la evaluación del cumplimiento de los proyectos, programas, planes y acciones
de la jurisdicción.
|
8.-
Elaborar y proponer instrumentos que permitan elevar los niveles de eficacia,
eficiencia y complementariedad de las acciones que se cumplen en la
jurisdicción y el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles.
|
9.-
Efectuar la planificación, coordinación y asistencia administrativa a las
actividades sustantivas de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las
entidades descentralizadas dependientes.
|
10.-
Coordinar la planificación de las acciones vinculadas con la gestión de
bienes y servicios y las conducentes para concretar su contratación.
|
11.-
Entender en la instrumentación de los sumarios administrativos
disciplinarios.
|
12.-
Administrar el servicio de almacenaje de insumos de la jurisdicción,
articulando y coordinando las acciones de logística pertinentes con las áreas
sustantivas competentes.
|
13.-
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, estableciendo para cada trámite en función de su contenido,
la derivación a las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria
para entender en el tema respectivo.
|
14.-
Entender en el registro y certificación de las firmas de los funcionarios de
la jurisdicción.
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
|
(Objetivos
incorporados por art. 2° del Decreto N° 923/2009 B.O. 22/7/2009)
|
-
OBJETIVOS:
|
1.-
Asistir al Secretario del Area en la coordinación del accionar de las
unidades que conforman la
SECRETARIA DE COORDINACION.
|
2.-
Instrumentar el cumplimiento de las acciones y tareas que específicamente le
encomiende el titular de la
SECRETARIA DE COORDINACION, derivadas de los objetivos
propios de dicha Secretaría.
|
3.-
Asistir al Secretario de Coordinación en el diseño de la política
presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
|
4.-
Asistir al Secretario de Coordinación en la planificación de las actividades
de administración y en la coordinación administrativa de las áreas
integrantes de la
Jurisdicción y de las entidades descentralizadas
dependientes.
|
5.-
Asistir al Secretario de Coordinación en el diseño y aplicación de las
políticas de recursos humanos y organización y en el diseño de sistemas
administrativos e informáticos.
|
6.-
Asistir al Secretario de Coordinación en el diseño de los procedimientos de
evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la Jurisdicción
y proponer acciones tendientes a optimizar la gestión de los mismos.
|
7.-
Asistir al Secretario de Coordinación en la coordinación del accionar del
servicio jurídico de la Jurisdicción, supervisando el desenvolvimiento
de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados,
interviniendo en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que
introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la
jurisdicción.
|
8.-
Asistir al Secretario de Coordinación en la evaluación y el cumplimiento de
los proyectos, programas, planes y acciones de la jurisdicción.
|
9.-
Asistir al Secretario de Coordinación en la elaboración y propuestas de
instrumentos que permitan elevar los niveles de eficacia, eficiencia y
complementariedad de las acciones que se cumplen en jurisdicción y el mejor
aprovechamiento de los recursos disponibles.
|
10.-
Asistir al Secretario de Coordinación en las acciones de planificación,
coordinación y asistencia administrativa a las actividades sustantivas de las
áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas
dependientes.
|
11.-
Asistir al Secretario de Coordinación en la planificación de las acciones
vinculadas con la gestión de bienes y servicios y las conducentes para
concretar su contratación.
|
12.-
Asistir al Secretario de Coordinación en la instrumentación de los sumarios
administrativos disciplinarios.
|
13.-
Asistir al Secretario de Coordinación en la administración del servicio de
almacenaje de insumos de la jurisdicción, articulando y coordinando las
acciones de logística pertinentes con las áreas sustantivas competentes.
|
14.-
Asistir al Secretario de Coordinación en la coordinación del despacho,
seguimiento y archivo de la documentación administrativa, estableciendo para
cada trámite en función de su contenido, la derivación a las unidades de la
jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo.
|
15.-
Asistir al Secretario de Coordinación en las actividades de registro y
certificación de las firmas de los funcionarios de la jurisdicción.
|
XXI
- MINISTERIO DE EDUCACION (Nota LOA: Ex - Apartado XIX renumerado como
Apartado XXI y sustituido, por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la
jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
|
2.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas,
en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
|
3.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas
efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los
recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro
insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la
jurisdicción.
|
4.
Entender en el control de los fondos transferidos a las distintas
jurisdicciones mediante la solicitud de informes a las áreas responsables de
su implementación.
|
5.
Entender en la obtención de los recursos humanos, económicos, financieros,
tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los
objetivos y metas de la jurisdicción desarrolladas a través de las unidades
organizativas de las distintas categorías programáticas.
|
6.
Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la
jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, así como la
planificación de las actividades de administración.
|
7.
Intervenir en la realización de convenios bilaterales y multilaterales de
cooperación, coordinando las actividades previas y la ejecución de los
programas de trabajo que de la firma de los mismos se deriven.
|
8.
Entender en la formulación y coordinación ejecutiva de proyectos con
financiamiento de los organismos multilaterales de crédito, relativos al
ámbito de su competencia.
|
9.
Efectuar el seguimiento de aquellos temas específicos que sean considerados
prioritarios por el Ministro de Educación informando su desarrollo y resultados
en función de los objetivos y metas fijados.
|
10.
Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización,
sistemas administrativos e informáticos. Desarrollar programas de mejora
continua de la calidad a fin de mejorar la eficiencia y eficacia de la
jurisdicción.
|
11.
Coordinar el servicio jurídico y supervisar el accionar de los servicios
jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.
|
12.
Atribuir a los letrados del servicio jurídico permanente y a los Procuradores
Fiscales del interior del país, el carácter de representante en juicio y, en
su caso, revocar dicha atribución.
|
13.
Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
|
14.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción
con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
|
15.
Entender, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y ejecución de
planes tendientes a la prevención, control y solución de los problemas
edilicios, instrumentando a través de los medios más convenientes, las tareas
de mantenimiento y reparación correspondientes.
|
16.
Entender en la coordinación de la distribución interna de los espacios
físicos y atender la correcta asignación y uso de los bienes patrimoniales,
manteniendo actualizado el sistema de información respectivo.
|
17.
Realizar procedimientos de auditoría interna de carácter administrativo,
contable, financiero y patrimonial, de acuerdo a las prioridades, el alcance y
las características determinadas por la Superioridad,
contribuyendo a la evaluación periódica sobre el cumplimiento de objetivos y
el uso de recursos asignados.
|
SECRETARIA
DE EDUCACION
|
OBJETIVOS
|
1.
Formular y desarrollar los lineamientos de transformación del sistema
educativo en lo atinente a la educación básica (inicial, educación general
básica, polimodal, regímenes especiales y superior no universitaria),
orientada a la aplicación de la Ley Federal de Educación, de acuerdo con las
pautas emanadas del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION.
|
2.
Entender en la aplicación de la
Ley de Financiamiento Educativo.
|
3.
Coordinar el desempeño del funcionamiento del sistema educativo nacional
básico y la aplicación de las políticas de transformación.
|
4.
Entender en la actualización permanente del Sistema Nacional de Información
Educativa.
|
5.
Brindar asistencia técnica y financiera a los gobiernos provinciales y al
Gobierno Autónomo de la
Ciudad de Buenos Aires.
|
6.
Diseñar y gestionar los programas y proyectos jurisdiccionales a nivel
nacional, con participación de dichas jurisdicciones.
|
7.
Elaborar programas de compensación de desigualdades sociales y desequilibrios
regionales, orientados hacia la equidad y calidad educativa.
|
8.
Intervenir en la elaboración de las pautas para la formación docente superior
no universitaria y en la capacitación y actualización docente.
|
9.
Participar en la elaboración de los contenidos de la formación técnica y
profesional y los criterios para la implementación de un sistema nacional de
competencias en lo que a educación básica se refiere, los que serán acordados
en el seno del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION.
|
10.
Promover la calidad de la formación tecnológica en los niveles de educación
básica del sistema educativo, para asegurar la adecuación permanente de la
oferta educativa a las demandas sociales y productivas, a través de la
coordinación y articulación federal con programas de apoyo, compensación y
estímulo.
|
11.
Entender en la aplicación de las normas generales sobre equivalencia de
títulos y de estudios, emanadas del MINISTERIO DE EDUCACION y establecer la
validez de los planes concertados en el seno del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y
EDUCACION.
|
SECRETARIA
DE EDUCACION
|
SUBSECRETARIA
DE EQUIDAD Y CALIDAD
|
OBJETIVOS
|
1.
Formular y desarrollar las pautas y lineamientos, en el ámbito de su
competencia, orientada a la aplicación de la Ley de Educación Nacional.
|
2.
Coordinar el desarrollo y la prestación de programas y servicios
compensatorios a nivel jurisdiccional.
|
3.
Ejecutar programas nacionales especiales y atender necesidades
socioeducativas de emergencia.
|
4.
Brindar y coordinar la asistencia técnica y financiera a las provincias y al
GOBIERNO AUTONOMO DE LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES, para la ejecución de los programas
y proyectos de la Secretaría.
|
5.
Coordinar y administrar el funcionamiento de un sistema de becas tendiente a
garantizar el acceso a los distintos niveles de la enseñanza definidos por la Ley de Educación Nacional,
en lo atinente a la educación básica.
|
6.
Intervenir en la gestión de los fondos transferidos a las distintas
jurisdicciones, en lo referido al mejoramiento de la calidad de la gestión
educativa.
|
7.
Formular y desarrollar programas y proyectos relativos a la gestión
curricular del conjunto de los niveles y modalidades del sistema educativo
con excepción de la formación docente.
|
8.
Aplicar las normas generales sobre equivalencia de títulos y de estudios y
validez de los planes del conjunto de los niveles y modalidades del sistema
educativo con excepción de la formación docente concertados en el seno del
CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION.
|
SECRETARIA
DE EDUCACION
|
SUBSECRETARIA
DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO
|
OBJETIVOS
|
1.
Controlar el cumplimiento de los objetivos previstos en el artículo 2º de la Ley Nº 26.075 de Financiamiento
Educativo.
|
2.
Gestionar los acuerdos previstos en los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 26.075 por parte
del MINISTERIO DE EDUCACION.
|
3.
Coordinar las acciones que requieran la implementación del artículo 9º de la Ley Nº 26.075.
|
4.
Coordinar y efectuar el seguimiento de las acciones que se implementen en el
marco de los acuerdos previstos en el artículo 11 de la Ley Nº 26.075.
|
5.
Intervenir en la elaboración de los convenios bilaterales previstos en el
artículo 12 de la Ley Nº
26.075.
|
6.
Planificar y realizar el relevamiento, sistematización y análisis de la
información del gasto educativo ejecutado por los distintos niveles de
gobierno.
|
7.
Desarrollar y mantener un sistema de indicadores de costo.
|
8.
Realizar estudios que permitan identificar oportunidades de mejoras de
equidad y eficiencia en la asignación de recursos.
|
9.
Coordinar el análisis, evaluación y seguimiento del desempeño del Sistema
Educativo Nacional y la aplicación de las políticas de transformación,
promoviendo la elaboración de sistemas, instrumentos e indicadores de
desempeño y de evaluación de la calidad educativa, incluyendo pruebas
internacionalmente comparables.
|
10.
Coordinar el análisis, evaluación y seguimiento de los programas que se
instrumenten desde el MINISTERIO DE EDUCACION en el área de su competencia y
los relacionados con el mejoramiento de la calidad educativa.
|
11.
Elaborar informes y diagnósticos del sistema educativo nacional en el área de
su competencia, proponiendo alternativas de mejora de la equidad y calidad
educativa.
|
12.
Promover la organización y coordinar una Red Federal de Información Educativa
que provea los datos necesarios para la evaluación de la gestión y los
resultados del Sistema Educativo Nacional.
|
SECRETARIA
DE POLITICAS UNIVERSITARIAS
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en la elaboración y evaluación de planes, programas y proyectos de
desarrollo del sistema de educación superior universitaria y promover la
evolución y mejoramiento de la calidad de la enseñanza, la investigación y la
extensión mediante la suscripción de convenios-programa con las
Universidades.
|
2.
Diseñar y ejecutar políticas y estrategias de mejoramiento de la eficacia y
eficiencia del sistema de educación superior y de asignación y empleo de los
recursos económico-financieros en las universidades nacionales.
|
3.
Entender en la interpretación y la aplicación de las normas referidas al
sistema de educación superior, al reconocimiento oficial y validez nacional
de estudios y títulos, al seguimiento y fiscalización de las instituciones
universitarias privadas y a la convalidación de títulos expedidos por
universidades de otros países.
|
4.
Diseñar políticas y estrategias y administrar un sistema de información que
permita revelar procesar datos del sistema de educación superior
universitaria para su utilización por las instituciones que lo integran y las
autoridades sectoriales responsables.
|
5.
Asistir al Ministro de Educación en la coordinación del sistema de educación
superior en los programas de asistencia y financiamiento externo.
|
6.
Promover y mantener relaciones institucionales entre los diferentes
componentes del sistema de educación superior y con sector vinculado directa
o indirectamente con él.
|
7.
Desarrollar políticas y estrategias para la articulación regional de las
instituciones que forman parte del sistema de educación superior y de éste
con la comunidad.
|
8.
Desarrollar políticas tendientes a fomentar actividades de investigación,
desarrollo tecnológico y vinculación de las universidades con los sectores
público y privado.
|
9.
Desarrollar y promover mecanismos de cooperación entre el sistema
universitario de educación y sistemas e instituciones del exterior,
participando en los procesos de integración e intercambio a nivel nacional e
internacional y conducir su implementación en el ámbito de su competencia.
|
10.
Elaborar y proponer políticas referentes al ingreso a las instituciones de
educación superior de postulantes extranjeros, así como para el
reconocimiento de estudios y títulos de otros países y en particular con las
Instituciones de Educación Superior del MERCOSUR.
|
11.
Participar en el análisis de los proyectos de tratados internacionales
referentes a la educación superior.
|
12.
Diseñar y proponer estrategias y metodologías para la fiscalización del
cumplimiento de la normativa vigente en materia de educación superior.
|
13.
Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION
UNIVERSITARIA.
|
14.
Participar en la elaboración de los contenidos de la formación técnica y
profesional y los criterios para la implementación de un sistema nacional de
competencias, en lo que atañe a la educación superior, los que serán
acordados en el seno del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION.
|
15.
Promover la calidad de la formación tecnológica en los niveles de educación
superior del sistema educativo, para asegurar la adecuación permanente de la
oferta educativa a las demandas sociales y productivas, a través de la
coordinación y articulación federal con programas de apoyo, compensación y
estímulo.
|
16.
Representar al Ministro de Educación en las tareas inherentes a la Presidencia del
CONSEJO DE UNIVERSIDADES y coordinar la Secretaría
Técnica del mismo.
|
XXII.-
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA (Nota LOA:
Apartado XXII incorporado por art. 2° del Decreto N° 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva en el
diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de
su cumplimiento.
|
2.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas,
en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
|
3.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas
efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los
recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro
insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la
jurisdicción.
|
4.
Entender en el control de los fondos transferidos a las distintas
jurisdicciones mediante la solicitud de informes a las áreas responsables de
su implementación.
|
5.
Entender en la obtención de los recursos humanos, económicos, financieros,
tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los
objetivos y metas de la jurisdicción desarrolladas a través de las unidades
organizativas de las distintas categorías programáticas.
|
6.
Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la
jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes, así como la
planificación de las actividades de administración.
|
7.
Intervenir en la realización de convenios bilaterales y multilaterales de
cooperación, coordinando las actividades previas y la ejecución de los
programas de trabajo que de la firma de los mismos se deriven.
|
8.
Entender en la formulación y coordinación ejecutiva de proyectos con
financiamiento de los organismos multilaterales de crédito, relativos al
ámbito de su competencia.
|
9.
Efectuar el seguimiento de aquellos temas específicos que sean considerados
prioritarios por el Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva,
informando su desarrollo y resultados en función de los objetivos y metas
fijados.
|
10.
Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización,
sistemas administrativos e informáticos. Desarrollar programas de mejora
continua de la calidad a fin de mejorar la eficiencia y eficacia de la
jurisdicción.
|
11.
Coordinar el servicio jurídico y supervisar el accionar de los servicios
jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.
|
12.
Atribuir a los letrados del servicio jurídico permanente y a los Procuradores
Fiscales del interior del país, el carácter de representante en juicio y, en
su caso, revocar dicha atribución.
|
13.
Intervenir en la sustanciación de sumarios administrativos disciplinarios.
|
14.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción
con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
|
15.
Entender, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y ejecución de
planes tendientes a la prevención, control y solución de los problemas
edilicios, instrumentando a través de los medios más convenientes, las tareas
de mantenimiento y reparación correspondientes.
|
16.
Entender en la coordinación de la distribución interna de los espacios
físicos y atender la correcta asignación y uso de los bienes patrimoniales,
manteniendo actualizado el sistema de información respectivo.
|
17.
Realizar procedimientos de auditoría interna de carácter administrativo,
contable, financiero y patrimonial, de acuerdo a las prioridades, el alcance
y las características determinadas por la superioridad, contribuyendo a la
evaluación periódica sobre el cumplimiento de objetivos y el uso de recursos
asignados.
|
18.
Diseñar y ejecutar proyectos de innovación y mejora de la gestión y de la
calidad de las distintas dependencias del Ministerio.
|
SECRETARIA
DE PLANEAMIENTO Y POLITICAS EN CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
|
OBJETIVOS
|
1.
Formular las políticas y la planificación del desarrollo de la tecnología
como instrumento que permita fortalecer la capacidad del país para dar
respuesta a problemas sectoriales y sociales estableciendo las prioridades y
contribuyendo a incrementar en forma sostenible la competitividad del sector
productivo, sobre la base del desarrollo de un nuevo patrón de producción
basado en bienes y servicios con mayor densidad tecnológica.
|
2.
Impulsar, fomentar y consolidar la generación y aprovechamiento social de los
conocimientos, buscando la igualdad en oportunidades para personas,
organismos y regiones de la Nación.
|
3.
Establecer las políticas nacionales y las prioridades consiguientes bajo la
forma de planes nacionales de ciencia, tecnología e innovación.
|
4.
Impulsar la creación de Fondos Sectoriales, para financiar proyectos de
investigación e innovación en áreas prioritarias para el sector productivo o
en sectores con alto contenido de bienes públicos, en coordinación con los
ministerios con competencia específica.
|
5.
Establecer los espacios propios tanto para la investigación científica como
para la innovación tecnológica, procurando una fluida interacción y
armonización entre ambas, difundiendo, transfiriendo, y diseminando dichos
conocimientos para el aprovechamiento de los mismos en la actividad
productiva.
|
6.
Conducir el Observatorio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.
|
7.
Formular las políticas y establecer los mecanismos, instrumentos e incentivos
necesarios para que el sector privado contribuya con recursos a las
actividades e inversiones en el campo científico, tecnológico e innovativo.
|
8.
Encomendar la realización de estudios que promuevan el desarrollo de la
ciencia, la tecnología y de la innovación productiva en el país.
|
9.
Patrocinar la realización de análisis prospectivos que permitan prever nuevos
escenarios a los efectos de desarrollar procesos de planeamiento estratégico
de anticipación a los mismos.
|
SECRETARIA
DE PLANEAMIENTO Y POLITICAS EN CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
|
SUBSECRETARIA
DE ESTUDIOS Y PROSPECTIVA
|
OBJETIVOS
|
1.
Promover la realización de análisis prospectivos que orienten la
planificación estratégica del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación
Productiva;
|
2.
Conformar y mantener actualizado los sistemas de información y estadísticas
del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación e instrumentar un
registro de las publicaciones, tanto en el país como en el exterior, de los
investigadores argentinos;
|
3.
Identificar y articular ofertas y demandas de los organismos e instituciones
públicas que componen el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
y de entidades o empresas privadas;
|
4.
Identificar mecanismos que promuevan y estimulen la obtención de la propiedad
intelectual o industrial y/o la publicación de los resultados de las
investigaciones científicas y tecnológicas;
|
5.
Armonizar las propuestas que se hagan para la planificación nacional en
ciencia, tecnología e innovación, sobre la base de prioridades sectoriales y
regionales de corto, mediano y largo plazo, que surjan de una amplia consulta
con todos los actores y sectores del sistema;
|
6.
Identificar nuevos servicios avanzados informáticos que faciliten el
desarrollo de la tecnología y la innovación.
|
7.
Promover la realización de análisis de inteligencia estratégica en ciencia y
tecnología para el establecimiento de políticas públicas, para la orientación
de líneas de investigación, para favorecer la transferencia de tecnología y
para facilitar la innovación en el sector productivo
|
SECRETARIA
DE PLANEAMIENTO Y POLITICAS EN CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
|
SUBSECRETARIA
DE POLITICAS EN CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
|
OBJETIVOS
|
1.
Orientar la investigación científica y el desarrollo tecnológico, enmarcado
en las prioridades en áreas estratégicas definidas por la autoridad
competente, que sirvan al desarrollo integral del país y de las regiones que
lo componen.
|
2.
Elevar anteproyectos de planes nacionales de ciencia, tecnología e
innovación, sus prioridades y programas, teniendo en cuenta políticas de
desarrollo armónico del país;
|
3.
Contribuir, en el ámbito de su competencia, al bienestar social, mejorando la
calidad de la educación, la salud, la vivienda, las comunicaciones y los
transportes.
|
4.
Proyectar instrumentos para desarrollar y fortalecer la capacidad tecnológica
y competitiva del sistema productivo de bienes y servicios y, en particular,
de las pequeñas y medianas empresas radicadas en el país.
|
5.
Estudiar mecanismos para la creación y el desarrollo de empresas de base
tecnológica mediante la participación de las instituciones del sistema en el
capital de sociedades mercantiles o empresas conjuntas.
|
6.
Diseñar instrumentos para favorecer la asociatividad con el objeto de
beneficiar a regiones, o sectores innovadores, buscando la convergencia de
intereses y el establecimiento de una dinámica colectiva de modernización
tecnológica e innovación.
|
SECRETARIA
DE ARTICULACION CIENTIFICO TECNOLOGICA
|
OBJETIVOS
|
1.
Ejercer la coordinación ejecutiva del Consejo Interinstitucional de Ciencia y
Tecnología (CICYT) promoviendo mecanismos de coordinación, entre los
organismos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
procurando el consenso, el intercambio y la cooperación entre todas las
unidades y organismos que lo conforman.
|
2.
Promover la formación y el empleo de los científicos/as; y tecnólogos/as y la
adecuada utilización de la infraestructura de que se dispone, así como
proveer a su oportuna renovación y ampliación;
|
3.
Contribuir a la consolidación y mejoramiento de los Organismos de Ciencia y
Tecnología (OCT) a través de la realización de evaluaciones externas, y a la
implementación de los Planes de Mejoramiento que se deriven de las mismas.
|
4.
Promover la estructuración en forma de red, posibilitando el funcionamiento
interactivo, coordinado y flexible ante los requerimientos de la sociedad;
|
5.
Proponer el presupuesto anual de ingresos y gastos de la función ciencia y
tecnología a ser incorporado al proyecto de ley de presupuesto de la
administración pública nacional y/o al Plan Nacional de Inversión Pública.
|
6.
Optimizar el empleo de los recursos existentes con una mayor articulación y
eficacia entre los programas y proyectos de las instituciones del sistema, a
fin de evitar superposiciones en las actividades;
|
7.
Optimizar los vínculos entre las instituciones del sector público y el sector
privado, promoviendo la participación del sector privado en la inversión en
ciencia y tecnología e innovación.
|
SECRETARIA
DE ARTICULACION CIENTIFICO TECNOLOGICA
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION INSTITUCIONAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Favorecer la formación, desarrollo y consolidación de investigadores,
tecnólogos, becarios y personal de apoyo, resguardando las especificidades
propias de las diferentes áreas temáticas de la ciencia, tecnología e
innovación.
|
2.
Proponer las normativas requeridas para que, garantizando una efectiva
capacidad de control de sus acciones, los organismos e instituciones públicas
que componen el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, cuenten
con pleno derecho y autarquía administrativa para promover y ejecutar
programas y proyectos y vincularse con el sector productivo de manera
eficiente y competitiva, a fin de evitar superposiciones en las actividades.
|
3.
Organizar y mantener un registro nacional de investigadores científicos y
tecnólogos, personal de apoyo y becarios internos y externos que revisten en
instituciones oficiales o privadas.
|
4.
Promover la articulación, vinculación, complementación y movilidad horizontal
de los investigadores.
|
SECRETARIA
DE ARTICULACION CIENTIFICO TECNOLOGICA
|
SUBSECRETARIA
DE EVALUACION INSTITUCIONAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Diseñar y supervisar la aplicación de criterios y procedimientos para una
evaluación institucional del sector de ciencia, tecnología e innovación
productiva.
|
2.
Promover, financiar y velar por la realización de las evaluaciones periódicas
sobre el cumplimiento de objetivos y uso de recursos, los procesos
institucionales y de gestión y los resultados obtenidos por parte de los
organismos de promoción.
|
3.
Evaluar la calidad y pertinencia de la producción de las instituciones del
sistema, así como también su vinculación con sectores sociales y productivos.
|
4.
Efectuar el seguimiento de los fondos extrapresupuestarios originados en
contratos celebrados con entidades públicas o privadas, empresas o personas
físicas, por la realización de trabajos de carácter científico, asesoramiento
técnico, cursos, derechos de propiedad intelectual o industrial y donaciones,
siempre que dichos fondos sean destinados a la ejecución de programas y
proyectos científicos o tecnológicos específicos, o a la realización de los
trabajos mencionados anteriormente.
|
XXIII.
MINISTERIO DE PRODUCCION (Apartado incorporado por art. 5° del Decreto N°
2102/2008 B.O. 5/12/2008)
|
SUBSECRETARIA
DE COORDINACION
|
OBJETIVOS
|
1.
Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal técnico y
administrativo de la
Jurisdicción y fiscalizarlas en sus organismos
descentralizados.
|
2.
Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la
jurisdicción, y en la evaluación de su cumplimiento.
|
3.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas,
en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
|
4.
Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras
de la Jurisdicción.
|
5.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y
las unidades ejecutoras de préstamos efectuando los trámites administrativos
necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales,
equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el
cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción
|
6.
Coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con
los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas
informáticos y de control de gestión de las unidades ejecutoras de las
distintas categorías programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos.
|
7.
Fiscalizar y coordinar la información proveniente de las entidades
descentralizadas dependientes.
|
8.
Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización,
sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y coordinar su
aplicación.
|
9.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la
jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo, como así también el contralor de las notificaciones producidas
por la Jurisdicción.
|
10.
Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos de leyes,
decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o
modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción
|
11.
Supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus
organismos descentralizados y la defensa del ESTADO NACIONAL en juicio.
|
12.
Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción.
|
13.
Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de créditos a
favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de su Jurisdicción.
|
14.
Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
|
SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción,
comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria,
pesquera, forestal y agroindustrial, coordinando y conciliando los intereses
del Gobierno Nacional, las provincias y los diferentes subsectores.
|
2.
Promover la utilización y conservación de los agroecosistemas y recursos
naturales destinados a la producción agrícola, frutihortícola, ganadera,
forestal y pesquera a fin de acrecentar el capital productivo del país y el
desarrollo económico del sector.
|
3.
Realizar el seguimiento de la producción, de los mercados nacionales e
internacionales y de los programas, proyectos y actividades de su
competencia.
|
4.
Efectuar el seguimiento del accionar de los organismos descentralizados del
sector, a fin de evaluar su desempeño y realimentar los procesos de
formulación de políticas y toma de decisiones.
|
5.
Entender en el diseño y ejecución de las políticas de desarrollo, promoción,
calidad, bioseguridad y sanidad de productos, industrializados o no, para
consumo alimentario de origen animal o vegetal.
|
6.
Intervenir en lo relativo a la aplicación de la política comercial interna de
productos agropecuarios.
|
7.
Controlar la aplicación de los marcos regulatorios y el cumplimiento de las
prestaciones de los servicios públicos del sector agropecuario que son
brindados por el sector privado.
|
8.
Promover y desarrollar la actividad hípica, controlando la aplicación de las
normas referidas a dicha actividad e impulsando el conocimiento de la
producción nacional de ejemplares equinos en el exterior.
|
9.
Coordinar acciones con las distintas regiones del país a fin de desconcentrar
la ejecución de las políticas de la jurisdicción y facilitar la integración
con los distintos sectores del quehacer agropecuario, agroindustrial,
forestal, alimentario, pesquero y acuícola.
|
10.
Promover la creación de un sistema integral de gestión agropecuaria a fin de
permitir la actuación coordinada de la Secretaría y sus organismos descentralizados.
|
11.
Actuar como Autoridad Nacional de Aplicación y Contralor de la Ley Nº 9643, en lo
relativo a Warrants y Certificados de Depósito.
|
12.
Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de
la actividad agropecuaria y forestal y de las agroindustrias asociadas, la
evaluación de sus tendencias, tanto en el país como en el exterior,
proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que posibiliten
impulsar el desarrollo de dicha actividad.
|
13.
Entender en la ejecución de políticas de promoción, desarrollo y
financiamiento de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, de las
agroindustrias asociadas procurando la sostenibilidad de los recursos
naturales.
|
14.
Entender en la aplicación de la normativa vigente relativa al tratamiento de
emergencia y/o desastre agropecuario, en coordinación con otros organismos
competentes.
|
15.
Supervisar los programas, proyectos y actividades del INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGIA AGROPECUARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, el INSTITUTO
NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA y
la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO y evaluar sus desempeños.
|
16.
Entender en la propuesta y ejecución de la política de fomento y regulación
de la pesca y acuicultura, así como también la industrialización,
comercialización y transporte de sus productos.
|
17.
Entender en la celebración de acuerdos bilaterales y/o multilaterales que
permitan una mejor administración, conservación y ordenamiento de los
recursos, incluyendo los de alta mar e intervenir en las negociaciones
internacionales en las que se traten temas de interés para la actividad.
|
18.
Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de
la producción de alimentos y de las agroindustrias, evaluar sus tendencias,
tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de
carácter global o sectorial, que posibiliten impulsar el desarrollo de dichas
actividades.
|
19.
Elaborar y ejecutar programas destinados a atender la problemática del
productor agropecuario, el desarrollo regional y territorial rural,
procurando el arraigo y la inclusión social.
|
20.
Entender en las políticas y medidas a adoptar en el área de los recursos
genéticos para la alimentación y la agricultura, en la promoción,
conservación y regulación de las especies y recursos genéticos de los
agroecosistemas.
|
21.
Entender en las autorizaciones de liberación al medio y comercialización de
organismos genéticamente modificados para uso agropecuario.
|
22.
Intervenir en las situaciones contempladas en la Ley de Defensa de la Competencia Nº
25.156, cuando involucren al productor agropecuario.
|
SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
|
SUBSECRETARIA
DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y FORESTAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas
relacionados con la producción agropecuaria —extensiva e intensiva—,
procurando el adecuado equilibrio entre entre productividad, sostenibilidad
de los recursos naturales y distribución territorial.
|
2.
Proponer y coordinar la ejecución de políticas tendientes al desarrollo,
expansión y aumento de eficiencia de los distintos sectores productivos
agrícolas, pecuarios y forestales.
|
3.
Asistir en la promoción y desarrollo de la actividad hípica, tanto en el país
como para el conocimiento de la producción en el exterior; así como también
en el control de la aplicación de la normativa que rige dicha actividad.
|
4.
Coordinar con la
SUBSECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS el
fortalecimiento de la competitividad de los sectores productivos de las
cadenas alimentarias y agroindustriales, proponiendo aquellas medidas de
carácter global o sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y
sostenible de las mismas. 5. Asistir a la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS en la ejecución de las políticas
relacionadas con la
Biotecnología para uso agropecuario.
|
6.
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en
la determinación de los instrumentos a utilizar en las acciones vinculadas
con el tratamiento del riesgo, la emergencia y/o desastre agropecuario, así
como también en la definición de las políticas de prevención y/o asistencia.
|
7.
Participar en todo lo relativo a la definición de las políticas sanitaria,
comercial y tecnológica vinculadas a las diferentes actividades de producción
agropecuaria y forestal.
|
8.
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en
su relación con los Gobiernos Provinciales en materia de producción
agropecuaria.
|
9.
Asistir a la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS en
las cuestiones de bioseguridad, especialmente en las autorizaciones de
liberación al medio y comercialización de organismos genéticamente
modificados para uso agropecuario.
|
10.
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en
la coordinación de las relaciones entre el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA
AGROPECUARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS y el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
|
11.
Coordinar con las SUBSECRETARIAS DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y
DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS acciones tendientes a impulsar la modernización,
reconversión, complementación y diversificación de las economías regionales
en actividades vinculada a la producción agropecuaria y forestal.
|
SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
|
SUBSECRETARIA
DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR
|
OBJETIVOS
|
1.
Elaborar, coordinar y ejecutar políticas, planes y programas para el
desarrollo rural, atendiendo a las necesidades específicas de los diversos
actores, regiones y sectores agroproductivos.
|
2.
Identificar, diseñar y ejecutar políticas y programas que atiendan las necesidades
específicas del sector de la agricultura familiar.
|
3.
Coordinar la elaboración de propuestas de políticas de desarrollo
agropecuario y la formulación y seguimiento de proyectos sectoriales con
financiamiento interno y/o externo.
|
4.
Diseñar y proponer políticas de desarrollo sectorial, regional y rural,
compatibilizándolas con las políticas macroeconómicas y sociales y la gestión
sustentable de los recursos, coordinando la preparación de planes, programas
y proyectos de inversión.
|
5.
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en
la coordinación y ejecución de los distintos programas de intervención
sectorial, territorial y social.
|
6.
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimento en
los temas vinculados al financiamiento externo.
|
7.
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en
su vinculación con el CONSEJO FEDERAL AGROPECUARIO y en su relación con los
Gobiernos Provinciales en las materias de su competencia.
|
8.
Entender en la coordinación de acciones tendientes a impulsar la
modernización, reconversión, complementación y diversificación de las
economías regionales, tanto en la producción primaria como en la cadena
agroindustrial asociada, vinculando su accionar con las áreas pertinentes.
|
9.
Coordinar las tareas relativas a la administración y funcionamiento del
Registro de la Agricultura Familiar.
|
SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
|
SUBSECRETARIA
DE PESCA Y ACUICULTURA
|
OBJETIVOS
|
1.
Proponer y ejecutar, en el marco de la Ley Nº 24.922, sus normas modificatorias y
complementarias, la política pesquera nacional para la protección efectiva de
los intereses nacionales relacionados con la pesca marítima y la
sustentabilidad de la actividad pesquera, en procura del máximo desarrollo
compatible con el aprovechamiento racional de los recursos marinos vivos.
|
2.
Proponer y ejecutar políticas destinadas a administrar la pesca continental.
|
3.
Promover el desarrollo de la acuicultura, como actividad de cultivo y
explotación de especies acuáticas.
|
4.
Coordinar con autoridades nacionales y provinciales las acciones para la
administración, la protección y el cultivo de los recursos acuáticos vivos,
tendientes a la conservación de los mismos en el largo plazo.
|
5.
Asistir en el otorgamiento de los beneficios provenientes de la promoción
sectorial concedida o a conceder a la pesca y a la acuicultura.
|
6.
Intervenir en todo lo relativo a la política sanitaria referida a la
actividad pesquera.
|
7.
Participar en las negociaciones sobre fijación de las políticas tributaria y
aduanera, así como de comercio exterior vinculadas al sector pesquero, en
coordinación con los organismos competentes.
|
8.
Coordinar las tareas relativas al funcionamiento del Registro de la Pesca, de conformidad con
lo establecido por la Ley Nº
24.922 y otros registros del área.
|
9.
Asistir, previa aprobación del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, en el otorgamiento
de permisos de pesca.
|
10.
Asistir en la aprobación de la transferencia de permisos de pesca entre
buques pesqueros, en el marco de la normativa establecida.
|
11.
Proponer o disponer, según corresponda, la suspensión de los permisos de
pesca, el inmediato arribo a puerto y toda otra medida que se estime
necesaria en los casos que la norma define como infracciones graves, así como
las sanciones que resulten de los sumarios por infracciones a la normativa
vigente.
|
12.
Proponer, previa aprobación del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, zonas o épocas de
veda y/o reservas y delimitación de áreas de pesca en base a los informes
técnicos específicos.
|
13.
Proponer los requisitos y condiciones que deben cumplir los buques y empresas
para desarrollar la actividad pesquera marítima, incluyendo los métodos y
técnicas de captura, así como también los equipos y artes de pesca de uso
prohibido, con el asesoramiento del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y
DESARROLLO PESQUERO.
|
14.
Asistir en la fiscalización de las Capturas Máximas Permisibles por especie y
en la emisión de las cuotas de captura anual por buques, por especies, por
zonas de pesca y por tipo de flota, conforme lo aprobado por el CONSEJO
FEDERAL PESQUERO.
|
15.
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en
las negociaciones internacionales en las que se traten temas de interés para
la temática del sector, colaborando en las gestiones vinculadas con la
ampliación de las áreas de actividad para la flota pesquera nacional y las
mejoras en el manejo de los recursos acuáticos vivos, incluyendo los de alta
mar.
|
16.
Proponer medidas destinadas a regular las actividades de explotación,
cultivo, fiscalización e investigación que se desarrollan sobre los recursos
acuáticos vivos en todos los ámbitos sujetos a jurisdicción nacional, así
como sobre los recursos marinos de especies migratorias en la zona adyacente
a la Zona
Económica Exclusiva, o aquellos recursos que pertenezcan a
una misma población o a poblaciones de especies asociadas a las de la Zona Económica
Exclusiva.
|
17.
Intervenir en el análisis del desarrollo de procesos industriales ambientalmente
apropiados que promuevan la obtención del máximo valor agregado y el mayor
empleo de mano de obra argentina.
|
18.
Proponer y ejecutar medidas destinadas a reglamentar el transporte y la
documentación necesaria para el tránsito de productos de la pesca y de la
acuicultura.
|
19.
Proponer las adecuaciones normativas en materia de actividades pesqueras y de
la acuicultura, que resulten necesarias para un mejor manejo de las mismas.
|
20.
Aprobar y proponer la difusión de la información elaborada en el área, a
través de los medios que se consideren adecuados.
|
21.
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en
la coordinación de las relaciones entre el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION
Y DESARROLLO PESQUERO y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
|
SUBSECRETARIA
DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS
|
OBJETIVOS
|
1.
Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas
relacionados con la producción agroindustrial y los mercados nacional e
internacional.
|
2.
Coordinar acciones tendientes al fortalecimiento de la competitividad de las
cadenas alimentarias y agroindustriales, proponiendo aquellas medias de
carácter global o sectorial que promuevan la generación de valor, vinculando
su accionar con las áreas pertinentes.
|
3.
Asistir en todos los temas vinculados a la relación externa de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, tanto bilateral como multilateral,
participando en los procesos de integración regional, especialmente en los
distintos Grupos de Trabajo del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).
|
4.
Realizar las propuestas y coordinar la ejecución de las políticas de
comercialización, regulación y fiscalización de la producción
agroalimentaria, asistiendo en el seguimiento de los mercados agropecuarios y
agroindustriales, así como en las negociaciones internacionales, comerciales
y sanitarias de estos rubros.
|
5.
Realizar las propuestas y coordinar la ejecución de las políticas de
desarrollo para el sector agroenergético y de las bioenergías.
|
6.
Diseñar y proponer acciones para la promoción de la competitividad, del valor
agregado, de la calidad y la diferenciación de productos, coordinando su
accionar con otros organismos con competencia en la materia.
|
7.
Coordinar la promoción comercial de los productos alimentarios,
agroenergéticos y otros productos agroindustriales, en los mercados
nacionales e internacionales.
|
8.
Coordinar el estudio de los distintos factores económicos que afectan a las
cadenas alimentarias y agroindustriales, así como al desarrollo de las
actividades primarias y agroindustriales conexas.
|
9.
Supervisar la realización de investigaciones aplicadas en el campo de la
economía agroalimentaria.
|
10.
Participar en todo lo relativo a la discusión de la política tributaria
referida al sector agropecuario y las agroindustrias asociadas, con los
organismos competentes.
|
11.
Participar en todo lo relativo a la discusión de las políticas arancelarias y
de comercio exterior de los sectores agropecuario, alimentario y
agroindustrial.
|
12.
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en
las tareas vinculadas a su actuación como Autoridad Nacional de Aplicación y
Contralor de la Ley Nº
9643, en lo relativo a Warrants y Certificados de Depósito.
|
13.
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en
los aspectos relacionados con el Codex Alimentarius y el Código Alimentario
Argentino.
|
14.
Asistir a la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS en
la ejecución de las políticas relacionadas con la Biotecnología
para uso agropecuario.
|
15.
Coordinar con las SUBSECRETARIAS DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y
DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y FORESTAL acciones tendientes a impulsar la
modernización, reconversión, complementación y diversificación de las
economías regionales.
|
16.
Administrar el sistema de cuotas de exportación de distintos productos
alimentarios y agroindustriales concedidas por terceros países.
|
17.
Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en
la coordinación de las relaciones entre el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en la elaboración, propuesta y definición de la política comercial
en el campo exterior, en particular en los procesos de integración
subregional, regional y hemisférica; así como en el ámbito interregional y
multilateral.
|
2.
Entender en la definición de la política industrial y el diseño,
financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el
desarrollo y crecimiento de dicho sector, actuando como autoridad de
aplicación de los regímenes de promoción, cuando las normas respectivas así
lo establezcan.
|
3.
Entender en lo referente a las estructuras arancelarias y las políticas de
reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la
exportación.
|
4.
Entender en la elaboración de la normativa sobre reglas de origen, con la
intervención de las áreas competentes y el otorgamiento de los certificados
de origen y calidad de los productos destinados a la exportación.
|
5.
Instruir al servicio aduanero, acerca de la interpretación y aplicación de
los distintos regímenes vigentes relacionados con el comercio exterior, los
regímenes de origen, y el reconocimiento del certificado de origen como documento
imprescindible para determinadas importaciones.
|
6.
Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y
salvaguardias incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las
medidas compensatorias.
|
7.
Analizar la problemática de los diferentes sectores industriales, detectando
las necesidades de asistencia financiera y tecnológica, entre otras.
|
8.
Promover los procesos de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial
como regional.
|
9.
Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial del
proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países en
lo que es materia de su competencia.
|
10.
Promover el mejoramiento de los estándares de competitividad del sector
industrial a través de una adecuada asistencia tecnológica.
|
11.
Ejercer el control superior del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
|
12.
Colaborar con la
AGENCIA NACIONAL DE DESARROLLO DE INVERSIONES en la
promoción y registro de inversiones privadas en el país, en las áreas de su incumbencia.
|
13.
Supervisar las acciones tendientes a facilitar el financiamiento de la
reestructuración productiva.
|
14.
Supervisar lo vinculado al desarrollo de las actividades del INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.
|
15.
Intervenir en la fijación de la política de promoción comercial y
participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el
intercambio con el exterior.
|
16.
Intervenir, juntamente con las demás áreas del MINISTERIO DE PRODUCCION con
competencia en la producción y los servicios, en la elaboración de la
normativa y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los
productos destinados a la exportación.
|
17.
Participar, por sí o quien designe, en el Consejo de Administración de la
FUNDACION INVERTIR.
|
18.
Promover y participar en los acuerdos de cooperación e integración
internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte,
y supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los organismos
crediticios internacionales.
|
19.
Promover la articulación de políticas industriales y de comercio exterior con
los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
|
20.
Supervisar la ejecución de las políticas nacionales vinculadas con la pequeña
y mediana empresa y el desarrollo regional.
|
21.
Ejercer la Autoridad
de Aplicación del Régimen de Compre de Trabajo Argentino (Ley Nº 25.551) e
intervenir en las negociaciones internacionales vinculadas a compras
gubernamentales.
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
|
SUBSECRETARIA
DE INDUSTRIA
|
OBJETIVOS
|
1.
Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en aquellas materias
de su competencia específica.
|
2.
Intervenir en la definición de la política industrial y el diseño,
financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover
el desarrollo y crecimiento de dicho sector.
|
3.
Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes sectores
industriales.
|
4.
Intervenir en las negociaciones del sector automotriz a nivel regional e
internacional.
|
5.
Participar en las negociaciones de los procesos de integración de bloques
comerciales en los que la REPUBLICA ARGENTINA sea parte, en los temas de
su competencia.
|
6.
Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo Nº 7 - "Industria - (SGT
Nº 7) y cuando corresponda, los Foros de Competitividad Sectoriales, en el
ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).
|
7.
Intervenir en las políticas relacionadas con la preservación del medio
ambiente, formuladas por el Gobierno Nacional, en materia de su competencia.
|
8.
Promover la articulación tecnológico-industrial nacional.
|
9.
Asistir y asesorar en todo lo relacionado con las acciones que ejecuta la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA respecto del
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL y del INSTITUTO NACIONAL
DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
|
10.
Apoyar a las actividades industriales de base tecnológica que conforman los
nuevos desarrollos en la economía.
|
11.
Asistir en la definición de políticas para la promoción de las inversiones y
el financiamiento destinados al sector industrial.
|
12.
Promover la integración y eslabonamiento de las grandes empresas industriales
en el tejido productivo.
|
13.
Asistir a la
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA en la articulación de las políticas industriales con los
Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
|
14.
Intervenir en todas las propuestas, actividades y acciones que promuevan el
desarrollo del diseño como instrumento para incrementar la competitividad de
las empresas.
|
15.
Participar en lo referente a normativas sobre estructuras arancelarias, zonas
francas y reglas de origen en todo lo que implique al sector industrial.
|
16.
Intervenir en el Régimen de Trabajo de Compre Argentino (Ley Nº 25.551) y
asistir en las negociaciones internacionales vinculadas a las compras
gubernamentales.
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
|
SUBSECRETARIA
DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en la definición de la política comercial en el campo exterior.
|
2.
Entender en la elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre
competencia desleal y salvaguardias en lo referente a las prácticas
antidumping, salvaguardias, subvenciones y medidas compensatorias.
|
3.
Entender en la elaboración, propuesta, interpretación y aplicación de la
normativa sobre instrumentos de política comercial referentes a las
importaciones y exportaciones, reembolsos y reintegros a la exportación y
seguro de crédito a la exportación.
|
4.
Entender en la elaboración y propuesta de las estructuras arancelarias.
|
5.
Intervenir en la elaboración, interpretación y aplicación de la normativa
sobre zonas francas.
|
6.
Asistir en las instrucciones al servicio aduanero, acerca de la
interpretación y aplicación de los distintos regímenes vigentes relacionados
con el comercio exterior, los regímenes de origen, y el reconocimiento del
certificado de origen, como documento imprescindible para determinadas
importaciones.
|
7.
Asistir a la
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA en la elaboración, interpretación y aplicación de la
normativa sobre reglas de origen.
|
8.
Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales internacionales y en
el seguimiento de procesos de integración regional y hemisférica, así como en
las gestiones ante bloques económicos y zonas de integración, negociaciones
multilaterales, en la
ORGANIZACION MUNDIAL DE COMERCIO y con los países de la
región Asia-Pacífico.
|
9.
Ejercer, cuando corresponda, la representación en los órganos existentes o a
crearse en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), la ASOCIACION
LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI) y el resto de los Acuerdos
en que nuestro país sea parte.
|
10.
Coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE PRODUCCION se establezcan
con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,
en lo relativo al comercio exterior y la integración regional y hemisférica.
|
11.
Coordinar la atención de los requerimientos del sector privado en lo
referente a la interpretación de las normas pertinentes al comercio exterior
y asegurar el acceso del mismo a la información disponible sobre temas
vinculados a las transacciones comerciales.
|
12.
Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.
|
13.
Participar por sí o quien designe en el Consejo de Administración de la FUNDACION EXPORTAR.
|
14.
Asistir a la
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA en la articulación de las políticas de comercio exterior con
los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
|
SUBSECRETARIA
DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
|
(Objetivos
sustituidos texto según art. 23 del Decreto N° 941/2009 B.O. 23/7/2009.
Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial)
|
OBJETIVOS
|
1.-
Entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II
de la Ley Nº
24.467 y la Ley Nº
25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de
Autoridad de Aplicación, y en la aplicación del Programa de Fomento
Financiero para Jóvenes Emprendedores, instituido por el Artículo 7º de la Ley Nº 25.872, dentro del
marco del Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven.
|
2.-
Intervenir en los lineamientos estratégicos y proponer las prioridades en
materia de políticas y programas relativos a las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (MIPyMES), y al desarrollo emprendedor y la creación de empresas
dentro de las definiciones de políticas globales y sectoriales dispuestas por
el Gobierno Nacional.
|
3.-
Entender en las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos
establecidos en las políticas dirigidas al sector de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas (MIPyMES) a nivel sectorial, regional e internacional.
|
4.-
Promover en el apoyo a la modernización, reestructuración, reconversión y
reingeniería de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MI- PyMES),
alentando su productividad y competitividad, preservando el medio ambiente.
|
5.-
Analizar la problemática de los sectores y espacios regionales
correspondientes a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) de
manera de identificar las necesidades de asistencia financiera, tecnológicas,
ambientales y de capacitación.
|
6.-
Diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de
fomento, asistencia y promoción que atiendan a la problemática de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) en todas sus ramas, del desarrollo
emprendedor y la creación de empresas, dentro del marco de la política
general.
|
7.-
Coordinar con las diferentes organizaciones gubernamentales y no
gubernamentales con competencia en la materia, la aplicación de políticas y
programas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), el
desarrollo emprendedor y la creación de empresas.
|
8.-
Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional
y sectorial en materia de su competencia.
|
9.-
Promover el financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
(MIPyMES) y aplicar las normas previstas en la Ley Nº 24.467 y la Ley Nº 25.300 en el ámbito
de su competencia.
|
10.-
Intervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a los
mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e
internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a través
de las áreas competentes en la materia.
|
11.-
Intervenir en la celebración de Convenios Internacionales que promuevan a las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), el desarrollo emprendedor y la
creación de empresas, faciliten su acceso al crédito, su modernización tecnológica,
la formación y capacitación de sus cuadros gerenciales, técnicos y
profesionales.
|
12.-
Promover a través del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas con competencia en la materia las
negociaciones y acuerdos referidos al sector respecto de los procesos de
integración regional y/o acuerdos especiales con otros países.
|
13.-
Intervenir y coordinar en la gestión y obtención de cooperación técnica y
financiera internacional que otros países y organismos internacionales
ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas del sector.
|
14.-
Entender en la elaboración y ejecución de acciones y programas destinadas a
promover las exportaciones de bienes y servicios de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando los trámites necesarios para la
realización de las mismas, en un accionar coordinado con el MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
|
15.-
Analizar, coordinar y proponer políticas específicas de apoyo a la internacionalización
comercial de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), priorizando
los mercados de la región.
|
16.-
Participar en la promoción de los consorcios de exportación de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando su acceso a mercados
internacionales, participando en ferias, congresos e integrando delegaciones
oficiales comerciales al exterior, coordinando dicho accionar con el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y demás
áreas con competencia en la materia.
|
17.-
Coordinar las acciones con las distintas regiones del país con el fin de
descentralizar la ejecución de las políticas de la Subsecretaría
y facilitar la integración con los distintos sectores públicos y privados
vinculados a la actividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
(MIPyMES), al desarrollo emprendedor y la creación de nuevas empresas.
|
18.-
Contribuir a la consolidación y participación de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas (MIPyMES) en los polos productivos del interior del país, a
través de la extensión de la Red
de Agencias, y en el desarrollo de las economías regionales promoviendo su
inserción en el mercado internacional.
|
19.-
Proponer y coordinar la ejecución de las actividades destinadas a la
elaboración de políticas de desarrollo regional.
|
20.-
Propiciar la simplificación normativa y la desburocratización administrativa
en los trámites que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) deban
realizar ante los organismos del ESTADO NACIONAL, especialmente en lo
concerniente a la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, analizando y
proponiendo en los casos que diere lugar el sistema de ventanilla única.
|
SECRETARIA
DE TURISMO
|
OBJETIVOS
|
1.
Entender en todo lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de la
actividad turística interna y del turismo internacional receptivo, en todas
sus formas y entender en forma conjunta con la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS en la elaboración, ejecución y coordinación de la política nacional
de navegación aerocomercial, exclusivamente relacionada al área del Turismo.
|
2.
Entender en la preservación y administración de los bosques, parques y
reservas nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales.
|
3.
Supervisar el accionar de la Administración de Parques Nacionales.
|
4.
Impulsar la "Marca Argentina" conforme los lineamientos del Decreto
Nº 1372/08.
|
5.
Presidir el accionar del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA.
|
6.
Presidir el Comité Interministerial de Facilitación Turística.
|
7.
Entender en las relaciones institucionales con las organizaciones regionales
e internacionales oficiales y privadas, y con los organismos públicos
nacionales y provinciales referidos a la actividad turística.
|
8.
Administrar el Fondo Nacional del Turismo.
|
9.
Entender en todo lo relativo a la aplicación de la Ley Nacional de
Turismo Nº 25.997 o la norma que en el futuro la reemplace.
|
SECRETARIA
DE TURISMO
|
SUBSECRETARIA
DE TURISMO
|
OBJETIVOS
|
1.
Asistir al Secretario en la planificación de los planes y proyectos
tendientes al desarrollo sustentable y competitivo de la oferta turística
nacional.
|
2.
Entender en las políticas de diferenciación y posicionamiento, y establecer
estrategias de comunicación que desarrollen un adecuado vínculo entre demanda
y oferta turísticas.
|
3.
Entender en las políticas de incentivo a la inversión de capitales en el
sector.
|
4.
Entender en los aspectos referidos a la competitividad turística
comprendiendo los estudios y análisis de mercado en la materia.
|
5.
Entender en las acciones tendientes a la promoción y el desarrollo en el país
de la actividad turística interna y en turismo internacional receptivo.
|
6.
Entender en las estrategias institucionales tendientes a la mejora de la
calidad de las prestaciones turísticas, estableciendo y controlando
estándares de calidad en el marco del desarrollo sustentable del sector.
|
7.
Asistir al Secretario en las relaciones institucionales con las
organizaciones regionales e internacionales oficiales y privadas, y con los
organismos públicos nacionales y provinciales referidos a la actividad
turística.
|
8.
Entender en la fiscalización de los prestadores de servicios turísticos, en
el ámbito de su competencia.
|
9.
Entender en las estrategias institucionales para el fomento y prestación del
turismo social.
|
SECRETARIA
DE TURISMO
|
SUBSECRETARIA
TECNICA ADMINISTRATIVA
|
OBJETIVOS:
|
1.
Supervisar los procesos y procedimientos de gestión legal, económica,
financiera, presupuestaria, de recursos humanos y de informatización de la Secretaría.
|
2.
Asistir al Secretario en el diseño de la política presupuestaria de la Secretaría y
en la evaluación de su cumplimiento.
|
3.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas
en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero de la
Secretaría.
|
4.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas,
efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los
recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro
insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la
Secretaría.
|
5.
Coordinar los proyectos de la Secretaría financiados por organismos
internacionales.
|
6.
Diseñar y ejecutar proyectos de innovación y mejora de la gestión y de
calidad de las distintas dependencias de la Secretaría.
|
7.
Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos de leyes,
decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la
actividad sustantiva de la Secretaría.
|
8.
Intervenir en la substanciación de sumarios administrativos de la Secretaría.
|
9.
Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y
sistemas administrativos e informáticos de la Secretaría.
|
10.
Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la Secretaría,
así como la planificación de las actividades de administración.
|
11.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa
determinando para cada trámite las unidades de la Secretaría con
responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
|
|
ANEXO III
|
PRESIDENCIA
DE LA NACION
|
Sindicatura
General de la Nación
|
I
- SECRETARIA GENERAL
|
Administración
General de Museos y Archivos Presidenciales
|
(Comité
Federal de Radiodifusión derogado por art. 3° del Decreto N° 377/2008 B.O.
6/3/2008, publicado nuevamente en B.O. 7/3/2008 por errores de compaginación
en la edición del 06/03/2008)
|
Comisión
Nacional de Energía Atómica
|
Autoridad
Regulatoria Nuclear
|
(Nota
Loa: por art. 2° del Decreto N° 377/2008 B.O. 6/3/2008, se transfiere el
Comité Federal de Radiodifusión organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE
LA NACION, a
la SECRETARIA DE
MEDIOS DE COMUNICACION de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Publicado nuevamente en
B.O. 7/3/2008 por errores de compaginación en la edición del 06/03/2008)
|
IV
- SECRETARIA DE TURISMO (Denominación sustituida por art. 3° del Decreto N°
1227/2003 B.O. 16/2003). (Nota Loa: Ex - Apartado VI renumerado como Apartado
IV, por art. 3° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007) (Nota LOA: por art.
5° del Decreto N° 2025/2008 B.O.26/11/2008, se transfiere del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la órbita del
MINISTERIO DE PRODUCCION la
SECRETARIA DE TURISMO y sus áreas dependientes, así como
sus competencias, unidades organizativas con sus respectivos cargos, nivel de
funciones ejecutivas, dotaciones de personal, patrimonio, bienes y créditos
presupuestarios, manteniendo el personal transferido, sus respectivos niveles
y grados de revista escalafonarios, vigentes a la fecha de la medida de
referencia. Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en el Boletín
Oficial)
|
Administración
de Parques Nacionales
|
(VIII
- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Apartado sustituido por art. 1° del Decreto N°
2693/2002 B.O. 2/1/2003). (Nota Loa: por art. 5° del Decreto N° 1283/2003
B.O. 27/5/2003 se deroga el apartado VI del Decreto N° 355/2002
correspondiente a la
Secretaría de Obras Públicas. En consecuencia también
estaría derogado el presente apartado VIII. La Secretaría de
Obras Públicas en virtud del Decreto N° 27/2003 B.O. 28/5/2003 ha quedado
bajo la órbita del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios.
|
ORGANISMOS
DESCENTRALIZADOS
|
SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS
|
•
ORGANISMO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES - OCCOVI -
|
(Nota
Loa: por art. 1° del Decreto N° 1020/2009 B.O. 5/8/2009 se dispone la
transferencia como órgano desconcentrado dependiente de la DIRECCION NACIONAL
DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita de la SUBSECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS del ORGANO DE CONTROL DE
CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de dicha
Secretaría)
|
•
ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO - ENOHSA -
|
•
ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS - ETOSS -
|
•
ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS - ORSEP -
|
•
TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA
NACION - TTN. –
|
SUBSECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS
|
•
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD - DNV -
|
SUBSECRETARIA
DE RECURSOS HIDRICOS
|
•
INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA - I.N.A -
|
ORGANISMO
DESCONCENTRADO
|
SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS
|
•
ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES - ONABE )
|
V
- SECRETARIA DE CULTURA (Nota Loa: Ex - Apartado IX renumerado como Apartado
V, por art. 3° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
Fondo
Nacional de las Artes
|
Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales
|
Ballet
Nacional
|
Teatro
Nacional Cervantes
|
Biblioteca
Nacional
|
Instituto
Nacional del Teatro
|
Instituto
Nacional "Juan Domingo Perón" de Estudios e Investigaciones
Históricas, Sociales y Políticas
|
Instituto
Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas
|
Cinemateca
y Archivo de la Imagen Nacional
|
XI.-
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (Apartado incorporado por art. 4° del
Decreto N° 377/2008 B.O. 6/3/2008, publicado nuevamente en B.O. 7/3/2008 por
errores de compaginación en la edición del 06/03/2008.)
|
SECRETARIA
DE MEDIOS DE COMUNICACION
|
-
Comité Federal de Radiodifusión.
|
XII.-
MINISTERIO DEL INTERIOR (Nota Loa: Ex - Apartado XIII renumerado como
Apartado XII y sustituido, por art. 3° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
SECRETARIA
DE INTERIOR
|
-
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
|
-
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
|
-
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (Agencia incorporada por art. 5° del
Decreto N° 1787/2008 B.O. 7/11/2008)
|
XIII
- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO (Nota
Loa: Ex - Apartado XIV renumerado como Apartado XIII, por art. 3° del Decreto
21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
Comisión
Nacional de Actividades Espaciales
|
XIV
- MINISTERIO DE DEFENSA (Nota Loa: Ex - Apartado XV renumerado como Apartado
XIV, por art. 3° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
Instituto
de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares
|
Instituto
Geográfico Nacional (Denominación "Instituto Geográfico Militar"
sustituida por la denominación "Instituto Geográfico Nacional", por
art. 1° del Decreto N° 554/2009 B.O. 18/5/2009)
|
XV.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS (Apartado sustituido por art. 6°
del Decreto N° 2102/2008 B.O. 5/12/2008)
|
UNIDAD
MINISTRO
|
-
Administración Federal de Ingresos Públicos
|
SECRETARIA
DE COMERCIO INTERIOR
|
-
Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia
|
SECRETARIA
DE FINANZAS
|
-
Superintendencia de Seguros de la Nación
|
-
Comisión Nacional de Valores
|
SECRETARIA
DE HACIENDA
|
-
Casa de Moneda S.E.
|
SECRETARIA
DE HACIENDA
|
SUBSECRETARIA
DE INGRESOS PUBLICOS:
|
-
Tribunal Fiscal de la Nación.
|
XVI
- MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
(Apartado sustituido por art. 1° del Decreto N° 475/2002 B.O. 11/3/2002).
(Nota Loa: Ex - Apartado XVII renumerado como Apartado XVI, por art. 3° del
Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
(Nota
Loa: por anexo III del Decreto N° 27/2003 B.O. 28/5/2003, se aprueba un nuevo
organigrama de este Ministerio incluyendo la lista de organismos
descentralizados que actúan bajo la jurisdicción del mismo.)
|
XVII.-
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS (Nota LOA: Ex -
Apartado XVIII renumerado como Apartado XVII y sustituido, por art. 3° del
Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
-
CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL
|
SECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS
|
-
INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL
RACISMO (INADI)
|
XVIII
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (Nota Loa: Ex - Apartado
XX renumerado como Apartado XVIII, por art. 3° del Decreto 21/2007 B.O.
20/12/2007)
|
Superintendencia
de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (Nota Loa: por art.
3° del Decreto N° 2105/2008 B.O. 9/12/2008 se transfiere la SUPERINTENDENCIA DE
ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (SAFJP) al ámbito de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(ANSES), con las salvedades previstas en el artículo 15 de la Ley Nº 26.425, a los fines de
concluir con la implementación de las previsiones contenidas en dicha Ley.
Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial)
|
Superintendencia
de Riesgos de Trabajo
|
SECRETARIA
DE SEGURIDAD SOCIAL
|
Administración
Nacional de Seguridad Social
|
XIX
- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL (Nota Loa: Ex - Apartado XXII renumerado
como Apartado XIX, por art. 3° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
Consejo
Nacional de la Niñez,
Adolescencia y Familia
|
Instituto
Nacional de Asociativismo y Economía Social
|
Instituto
Nacional de Asuntos Indígenas
|
(Por
art. 3° del Decreto N° 373/2004 B.O. 1/4/2004 se transfiere la Dirección Nacional de Políticas de Adultos
Mayores de la ex SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y FAMILIA del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, con todas sus competencias, como asimismo con el
correspondiente cargo de Director Nacional, Función Ejecutiva Nivel I, al
CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, organismo descentralizado
que funciona en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL).
|
XX
– MINISTERIO DE SALUD (Apartado XXI sustituido por art. 1° del Decreto N°
1342/2007 B.O. 9/10/2007). (Nota Loa: Ex - Apartado XXI renumerado como
Apartado XX, por art. 3° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
-
Superintendencia de Servicios de Salud.
|
-
Administración de Programas Especiales.
|
-
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
|
SECRETARIA
DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS
|
-
Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante.
|
-
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.
|
-
Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud "Dr.
Carlos Malbrán".
|
-
Hospital Nacional "Profesor Alejandro A. Posadas".
|
SECRETARIA
DE PROGRAMAS SANITARIOS
|
-
Hospital Nacional "Baldomero Sommer".
|
-
Colonia Nacional "Dr. Manuel Montes de Oca".
|
-
Servicio Nacional de Rehabilitación.
|
SUBSECRETARIA
DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION
|
-
Centro Nacional de Reeducación Social.
|
-
Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur.
|
XXI.-
MINISTERIO DE EDUCACION (Nota Loa: Apartado XXI incorporado por art. 3° del
Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
-
FUNDACION MIGUEL LILLO
|
-
SERVICIO DE RADIO Y TELEVISION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
DE CORDOBA (SRT-UNC)
|
-
RADIO DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL (LT1O-UNL)
|
-
POLO TECNOLOGICO CONSTITUYENTES S.A.
|
-
EDUC.AR S.E.
|
SECRETARIA
DE POLITICAS UNIVERSITARIAS
|
-
COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA
|
XXII
- MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA (Nota LOA:
Apartado XXII incorporado por art. 3° del Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007)
|
-
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS
|
XXIII.
MINISTERIO DE PRODUCCION (Apartado incorporado por art. 7° del Decreto N° 2102/2008
B.O. 5/12/2008)
|
UNIDAD
MINISTRO
|
-
Agencia Nacional de Desarrollo de Inversiones
|
SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
|
-
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA)
|
-
Instituto Nacional de Semillas (INASE)
|
-
Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP)
|
-
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)
|
-
Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
|
-
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA)
|
SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
|
-
Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI)
|
-
Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI)
|
SECRETARIA
DE TURISMO
|
-
Administración de Parques Nacionales
|
Antecedentes
Normativos
|
-
Anexo II, objetivos de la
SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA
incorporados por art. 2° del Decreto N° 120/2009 B.O. 26/2/2009;
|
-
Anexo II, objetivos de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA incorporados
por art. 2° del Decreto N° 120/2009 B.O. 26/2/2009;
|
-
Anexo I, apartado XI, sustituido por art. 1° del Decreto N° 120/2009 B.O.
26/2/2009;
|
-
Anexo II, denominación de la
SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA y objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 1266/2008 B.O. 1/8/2008;
|
-
Anexo II, objetivos de la
SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO sustituidos por
art. 2° del Decreto N° 1266/2008 B.O. 1/8/2008;
|
-
Anexo II, objetivos de la
SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION sustituidos por
art. 2° del Decreto N° 1266/2008 B.O. 1/8/2008;
|
-
Anexo II, denominación de la
SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS y objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 1266/2008 B.O. 1/8/2008;
|
-
Anexo II, objetivos de la
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES sustituidos por
art. 2° del Decreto N° 1266/2008 B.O. 1/8/2008;
|
-
Anexo II, objetivos de la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL
Y FORTALECIMIENTO DE LA
DEMOCRACIA sustituidos por art. 2° del Decreto N° 1266/2008
B.O. 1/8/2008;
|
-
Anexo I, apartado XI, sustituido por art. 1° del Decreto N° 1397/2008 B.O.
4/9/2008;
|
-
Anexo II, apartado XI. Jefatura de Gabinete de Ministros, Subsecretaría de
Coordinación, objetivos sustituidos por art. 3° del Decreto N° 1397/2008 B.O.
4/9/2008;
|
-
Anexo I, apartado XI, sustituido por art. 1° del Decreto N° 1266/2008 B.O.
1/8/2008;
|
-
Anexo I, apartado XV, SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS: Parte pertinente a la presente Secretaría y Subsecretarías
dependientes, sustituida por art. 1° del Decreto 571/2008, B.O. 7/4/2008;
|
-
Anexo II, objetivos de la
SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION sustituidos por art.
1° del Decreto N° 377/2008 B.O. 6/3/2008, publicado nuevamente en B.O.
7/3/2008 por errores de compaginación en la edición del 06/03/2008;
|
Anexo
II, Apartado _II- SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS-, objetivo 17 derogado por
art. 2° del Decreto N° 231/2008 B.O. 8/2/2008;
|
-
Anexo II, apartado II, Secretaría Legal y Técnica objetivo 13 incorporado por
art. 2° del Decreto N° 172/2008 B.O. 31/1/2008;
|
-
Anexo II, apartado II, Secretaría Legal y Técnica, Subsecretaría Técnica,
objetivo 9 sustituido por art. 3° del Decreto N° 172/2008 B.O. 31/1/2008;
|
-
Anexo II, apartado IV correspondiente a la SECRETARIA DE
TURISMO sustituido por art. 2° del Decreto N° 1635/2004 B.O. 29/12/2004).
(Nota Loa: Ex - Apartado VI renumerado como Apartado IV, por art. 2° del
Decreto 21/2007 B.O. 20/12/2007);
|
-
Anexo II, apartado XV correspondiente al Ministerio de Economía y Producción
sustituido por art. 1° del Decreto N° 67/2003 B.O. 13/1/2003). (Nota Loa: Ex
- Apartado XVI renumerado como Apartado XV, por art. 2° del Decreto 21/2007
B.O. 20/12/2007). (Nota Loa: Denominación del Ministerio de Economía
sustituida por Ministerio de Economía y Producción por art. 1° del Decreto
N°1283/2003 B.O. 27/5/2003. Por Decreto N° 25/2003 B.O. 28/5/2003, se aprueba
el nuevo organigrama del Ministerio de Economía y Producción que incluye las
Secretarías así como sus objetivos.);
|
-
Anexo III, apartado XV correspondiente al Ministerio de Economía y Producción
sustituido por art. 1° del Decreto N° 475/2002 B.O. 11/3/2002). (Nota Loa: Ex
- Apartado XVI renumerado como Apartado XV, por art. 3° del Decreto 21/2007
B.O. 20/12/2007). (Nota Loa: Denominación Ministerio de Economía sustituida
por la de Ministerio de Economía y Producción por art. 1° del Decreto N°
1283/2003 B.O. 27/5/2003. Por Decreto N° 25/2003 B.O. 28/5/2003, se aprueba
un nuevo organigrama de este Ministerio incluyendo la lista de organismos
descentralizados que actúan bajo la jurisdicción del mismo.);
|
-
Anexo I, apartado XIX, sustituido por art. 1° del Decreto N° 28/2007 B.O.
20/12/2007;
|
-
Anexo I, Apartado XXII - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, sustituido por art.
1° del Decreto N° 20/2007 B.O. 20/12/2007;
|
-
Anexo II, apartado XVII, sustituido, por art. 2° del Decreto 21/2007 B.O.
20/12/2007;
|
-
Anexo I, Nota Loa: por art. 3° de la
Ley N° 26.338, B.O. 7/12/2007, se transfiere del Ministerio
del Interior al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, la Secretaría de
Seguridad Interior, la Gendarmería
Nacional, la Prefectura Naval Argentina, la Policía Federal
Argentina, la Policía
de Seguridad Aeroportuaria, el Registro Nacional de Armas, la Caja de Retiros,
Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, y sus áreas
dependientes, así como sus competencias, unidades organizativas con sus
respectivos cargos, nivel de funciones ejecutivas, dotaciones de personal,
patrimonio, bienes y créditos presupuestarios;
|
-
Anexo I, Apartado XII - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por art.
1° del Decreto N° 1717/2007 B.O. 29/11/2007;
|
-
Anexo II, Apartado XII, SUBSECRETARIA DE CONTROL Y FISCALIZACION AMBIENTAL Y
PREVENCION DE LA
CONTAMINACION, objetivos incorporados por art. 1° del
Decreto N° 1717/2007 B.O. 29/11/2007;
|
-
Anexo I, Apartado XXI - MINISTERIO DE SALUD, sustituido por art. 1° del
Decreto N° 1343/2007, B.O. 9/10/2007;
|
-
Anexo I, Apartado XV - MINISTERIO DE DEFENSA, sustituido por art. 1° del
Decreto N° 788/2007 B.O. 27/6/2007;
|
-
Anexo II, Apartado XIX, SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD objetivos
sustituido por art. 1° del Decreto N° 374/2007 B.O. 23/4/2007;
|
-
Anexo I, apartado XII, sustituido por art. 1° del Decreto N° 1919/2006 B.O.
27/12/2006;
|
-
Anexo II, Apartado XII, SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
objetivos de la presente Secretaría y de sus Subsecretarías sustituidos por
art. 2° del Decreto N° 1919/2006 B.O. 27/12/2006;
|
-
Anexo II, Apartado XIII, SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 1131/2006 B.O. 31/8/2006;
|
-
Por art. 5° del Decreto N° 830/2006 B.O. 10/7/2006 se suprime del presente
apartado a la
SECRETARARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y sus
Subsecretarías dependientes;
|
-
Anexo II, apartado XII, Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable,
objetivos incorporados por art. 4° del Decreto N° 830/2006 B.O. 10/7/2006;
|
-
Artículo 5° sustituido por art. 1° del Decreto N° 866/2006 B.O. 13/7/2006;
|
-
Anexo I, apartado XII, sustituido por art. 3° del Decreto N° 830/2006 B.O.
10/7/2006;
|
-
Anexo I, Apartado XIX - MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA,
sustituido por art. 1° del Decreto N° 677/2006 B.O. 31/5/2006;
|
-
Anexo II, Apartado XIX – MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
sustituido por art. 2° del Decreto N° 677/2006 B.O. 31/5/2006;
|
-
Anexo I, apartado XXII, sustituido por art. 1° del Decreto N° 551/2006 B.O.
9/5/2006;
|
-
Anexo II, apartado XXII, sustituido por art. 2° del Decreto N° 551/2006 B.O.
9/5/2006;
|
-
Artículo 5° sustituido por art. 5° del Decreto N° 416/2006 B.O. 18/4/2006;
|
-
Anexo I, apartado XXII, sustituido por art. 1° del Decreto N° 416/2006 B.O.
18/4/2006;
|
-
Anexo II, apartado XXII, Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y
Familia, objetivos incorporados por art. 2° del Decreto N° 416/2006 B.O.
18/4/2006;
|
-
Anexo II, apartado XVIII - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
sustituido por art. 2° del Decreto N° 988/2005 B.O. 23/8/2005;
|
-
Anexo I, Apartado XVIII.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,
sustituido por art. 1° del Decreto N° 988/2005 B.O. 23/8/2005;
|
-
Anexo II, apartado XVIII sustituido por art. 1° del Decreto N° 988/2005 B.O.
23/8/2005;
|
-
Anexo III, Apartado XVIII –MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
incorporado por art. 3° del Decreto N° 988/2005 B.O. 23/8/2005;
|
-
Anexo II, apartado XV Ministerio de Defensa — Secretaría de Asuntos
Militares— objetivo 13 incorporado por art. 1° del Decreto N° 825/2005 B.O.
15/7/2005;
|
-
Anexo II, apartado XV Ministerio de Defensa — Secretaría de Asuntos
Militares— objetivo 14 incorporado por art. 1° del Decreto N° 825/2005 B.O.
15/7/2005;
|
-
Anexo II, apartado XV Ministerio de Defensa — Secretaría de Asuntos
Militares— objetivo 15 incorporado por art. 1° del Decreto N° 825/2005 B.O.
15/7/2005;
|
-
Anexo II, apartado XV Ministerio de Defensa — Secretaría de Asuntos
Militares— objetivo 16 incorporado por art. 1° del Decreto N° 825/2005 B.O.
15/7/2005;
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-
Anexo I, Apartado XX- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,
sustituido por art. 1° del Decreto N° 628/2005 B.O. 15/6/2005;
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-
Anexo II, Apartado XII, SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA,
objetivos sustituidos por art. 1° del Decreto N° 409/2005 B.O. 5/5/2005;
|
-
Anexo I, apartado XII, sustituido por art. 1° del Decreto N° 255/2005 B.O.
4/4/2005;
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-
Anexo II, Apartado XII, SECRETARIA DE DEPORTE, objetivos sustituidos por art.
2° del Decreto N° 255/2005 B.O. 4/4/2005;
|
-
Anexo II, Apartado XII, SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO DEPORTIVO
objetivos sustituidos por art. 2° del Decreto N° 255/2005 B.O. 4/4/2005;
|
-
Anexo II, Apartado XII, SUBSECRETARIA DE DEPORTE SOCIAL, objetivos
sustituidos por art. 2° del Decreto N° 255/2005 B.O. 4/4/2005;
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-
Anexo III, Apartado XIII - MINISTERIO DEL INTERIOR Nota LOA: por art. 1°
del Decreto N° 184/2005 B.O. 9/3/2005, se transfiere el INSTITUTO NACIONAL
CONTRA LA
DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo
descentralizado del ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, a la órbita del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS;
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-
Anexo I, apartado XVIII sustituido por art. 1° del Decreto N° 163/2005 B.O.
4/3/2005;
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-
Anexo III, apartado XVIII; "MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS" derogado por art. 4° del Decreto N° 1697/2004 B.O. 6/12/2004;
|
-
Anexo II, apartado XXII, Subsecretaría de Organización de Ingresos Sociales,
incorporada por art. 1° del Decreto N° 830/2004 B.O. 29/6/2004 y objetivos
sustituidos por art. 1° del Decreto N° 521/2005 B.O. 23/5/2005;
|
-
Anexo I, Apartado VI- SECRETARIA DE TURISMO sustituido por art. 1° del
Decreto N° 1635/2004 B.O. 29/12/2004;
|
-
Anexo II, apartado XVIII, "SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR"
transferida al ámbito del Ministerio del Interior, por Decreto N° 1067/2004
B.O. 23/8/2004 y Decreto N°1697/2004 B.O. 6/12/2004;
|
-
Anexo II, apartado XVIII, "SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION
CIVIL" transferida al ámbito del Ministerio del Interior, por Decreto N°
1067/2004 B.O. 23/8/2004 y Decreto N°1697/2004 B.O. 6/12/2004;
|
-
Anexo I, apartado XVIII, "SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR"
transferida al ámbito del Ministerio del Interior, por Decreto N° 1067/2004
B.O. 23/8/2004 y Decreto N°1697/2004 B.O. 6/12/2004;
|
-
Anexo II, Apartado XIII, SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR, objetivos
incorporados por art. 2° del Decreto N° 1697/2004 B.O.6/12/2004;
|
-
Anexo I, apartado XVIII, "SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION
CIVIL" transferida al ámbito del Ministerio del Interior, por Decreto N°
1067/2004 B.O. 23/8/2004 y Decreto N°1697/2004 B.O. 6/12/2004;
|
-
Anexo II, Apartado XIII, SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD, objetivos incorporados
por art. 2° del Decreto N° 1697/2004 B.O. 6/12/2004;
|
-
Anexo I, Apartado, XIII - MINISTERIO DEL INTERIOR sustituido por art. 1° del
Decreto N°1697/2004 B.O. 6/12/2004;
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-
Anexo II, Apartado XIII, SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD EN LOS ESPECTACULOS
FUTBOLISTICOS, objetivos incorporados por art. 2° del Decreto N°1697/2004
B.O.6/12/2004;
|
-
Anexo III, Apartado XIII- MINISTERIO DEL INTERIOR incorporado por art. 3° del
Decreto N° 1697/2004 B.O. 6/12/2004;
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-
Anexo III, apartado XXI, sustituido por art. 1° del Decreto N° 1666/2004 B.O.
29/11/2004;
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-
Artículo 5°, por art. 1° del Decreto N° 923/2004 B.O. 27/7/2004 se sustituye
la denominación del MINISTERIO DE SALUD por la de MINISTERIO DE SALUD Y
AMBIENTE, debiendo considerarse modificada tal denominación cada vez que se
hace referencia a la
Cartera Ministerial citada en primer término
|
-
Por art. 1° del Decreto N° 923/2004 B.O. 27/7/2004 se sustituye la
denominación del MINISTERIO DE SALUD por la de MINISTERIO DE SALUD Y
AMBIENTE, debiendo considerarse modificada tal denominación cada vez que se
hace referencia a la
Cartera Ministerial citada en primer término;
|
-
Anexo III, Apartado XIX - MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA,
Fundación Miguel Lillo , organismo incorporado por art. 1° del Decreto
N°284/2003 B.O. 30/6/2003;
|
-
Anexo II, Apartado XIII - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, sustituido por art. 2° del Decreto N° 123/2003 B.O.
4/6/2003;
|
-
Anexo I, apartado XXII sustituido por art. 2° del Decreto N° 830/2004 B.O.
29/6/2004;
|
-
Anexo I, Apartado XI - COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE,
derogado por art. 7° del Decreto N° 648/2004 B.O. 31/5/2004;
|
-
Anexo I, Apartado XI - COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE,
derogado por art. 7° del Decreto N° 648/2004 B.O. 31/5/2004;
|
-
Anexo I, Apartado XI - COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE,
creado e incorporado por art. 8° del Decreto N° 648/2004 B.O. 31/5/2004;
|
-
Anexo I, Apartado XI bis - COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS POLITICO
INSTITUCIONALES DE LA
UNIDAD PRESIDENTE creado e incorporado por art. 8° del
Decreto N° 648/2004 B.O. 31/5/2004;
|
-
Anexo II, Apartado XI- COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE,
derogado por art. 7° del Decreto N° 648/2004 B.O. 31/5/2004;
|
-
Anexo I, apartado XXI, sustituido por art. 1° del Decreto N°487/2004 B.O.
22/4/2004;
|
-
Anexo II, apartado XXI, sustituido por art. 2° del Decreto N° 487/2004 B.O.
22/4/2004;
|
-
Anexo II, apartado XXII, sustituido por art. 2° del Decreto N° 373/2004 B.O.
1/4/2004;
|
-
Anexo I, apartado XXII sustituido por art. 1° del Decreto N° 373/2004 B.O.
1/4/2004;
|
-
Anexo II, apartado XVIII, Denominación" SUBSECRETARIA DE PROTECCION
CIVIL" sustituida por la de "SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD Y
PROTECCION CIVIL", por art. 1° del Decreto N° 15/2004 B.O. 8/1/2004;
|
-
Anexo I, apartado XV sustituido por art. 1° del Decreto N° 1336/2003 B.O.
31/12/2003;
|
-
Anexo II, apartado XV sustituido por art. 2° del Decreto N° 1336/2003 B.O.
31/12/2003;
|
-
Anexo I, apartado VI, sustituido por art. 1° del Decreto N° 1227/2003 B.O.
16/12/2003;
|
-
Anexo II, apartado IV, Subsecretaría de Política y Gestión Turística,
incorporado por art. 2° del Decreto N° 1227/2003 B.O. 16/12/2003;
|
-
Anexo II, apartado IV, Subsecretaría de Desarrollo y Promoción Turística,
incorporado por art. 2° del Decreto N° 1227/2003 B.O. 16/12/2003;
|
-
Anexo I, apartado XX, sustituido por art. 1° del Decreto N° 725/2003 B.O.
5/9/2003;
|
-
Anexo II, apartado XX, sustituido por art. 2° del Decreto N° 725/2003 B.O.
5/9/2003;
|
-
Anexo I, apartado VI sustituido por art. 3° del Decreto N° 686/2003 B.O.
5/9/2003;
|
-
Anexo I, apartado XII, Jefatura de Gabinete de Ministros, sustituido por art.
1° del Decreto N° 686/2003 B.O. 5/9/2003;
|
-
Anexo II, apartado VI, sustituido por art. 3° del Decreto N° 686/2003 B.O.
5/9/2003;
|
–
Anexo II, apartado XII, Secretaría de Deporte, objetivos incorporados por
art. 2° del Decreto N° 686/2003 B.O. 5/9/2003;
|
–
Anexo II, apartado XII, Subsecretaria de Planeamiento Deportivo, objetivos
incorporados por art. 2° del Decreto N° 686/2003 B.O. 5/9/2003;
|
–
Anexo II, apartado XII, Subsecretaria de Desarrollo y Fomento Deportivo,
objetivos incorporados por art. 2° del Decreto N° 686/2003 B.O. 5/9/2003;
|
-
Anexo I, apartado XII, sustituido por art. 1° del Decreto N° 624/2003 B.O.
22/8/2003;
|
-
Anexo II, Apartado XII - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS sustituido por
art. 2° del Decreto N° 624/2003 B.O. 22/8/2003;
|
-
Anexo I, apartado XXI, sustituido por art. 1° del Decreto N° 295/2003 B.O.
2/7/2003;
|
-
Anexo II, apartado XXI, sustituido por art. 2° del Decreto N° 295/2003 B.O.
2/7/2003;
|
-
Nota LOA: Anexo I, apartado XXII, por art. 3° del Decreto N° 295/2003
B.O. 2/7/2003 se transfirió la
Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable del ámbito
del presente Ministerio al Ministerio de Salud;
|
-
Anexo I, apartado XIII, sustituido por art. 1° del Decreto N°258/2003 B.O.
26/6/2003;
|
-
Anexo II, Apartado XIII, MINISTERIO DEL INTERIOR sustituido por art. 1° del
Decreto N°258/2003 B.O. 26/6/2003;
|
-
Anexo I, Apartado IX - SECRETARIA DE CULTURA, sustituido por art. 1° del
Decreto N° 176/2003 B.O. 10/6/2003;
|
-
Anexo I, Apartado IX - SECRETARIA DE CULTURA, sustituido por art. 1° del
Decreto N° 176/2003 B.O. 10/6/2003;
|
-
Apartado IX - SECRETARIA DE CULTURA sustituido por art. 2° del Decreto N°
176/2003 B.O. 10/6/2003;
|
-
Anexo I, apartado XVIII, sustituido por art. 1° del Decreto N° 159/2003 B.O.
6/6/2003;
|
-
Anexo I, Apartado III - SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN, por art. 3° del
Decreto N° 152/2003 B.O. 6/6/2003 se transfirió la SECRETARIA DE
MEDIOS DE COMUNICACION y sus organismos dependientes del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS;
|
-
Anexo II, apartado XVIII, sustituido por art. 1° del Decreto N° 159/2003 B.O.
6/6/2003;
|
-
Anexo I, apartado XII sustituido por art. 1° del Decreto N° 152/2003 B.O.
6/6/2003;
|
-
Anexo II, apartado XII, sustituido por art. 2° del Decreto N° 152/2003 B.O.
6/6/2003;
|
-
Anexo II, Nota Loa: Apartado III.- SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN, Por
art. 3° del Decreto N° 152/2003 B.O. 6/6/2003 se transfirió la SECRETARIA DE
MEDIOS DE COMUNICACION y sus organismos dependientes del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS;
|
-
Anexo I, Apartado XIV- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, sustituido por art. 1° del Decreto N° 123/2003 B.O.
4/6/2003;
|
-
Anexo I, NOTA LOA: por Decreto N° 25/2003 B.O. 28/5/2003, se aprueba un nuevo
organigrama del Ministerio de Economía y Producción;
|
-
Anexo I, NOTA LOA: por Decreto N°27/2003 B.O. 28/5/2003, se aprueba un nuevo
organigrama del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios;
|
-
Artículo 5°, denominación Ministerio de Economía sustituida por la de
Ministerio de Economía y Producción por art. 3° del Decreto N° 1283/2003 B.O.
27/5/2003;
|
-
Anexo I, Nota Loa: por art. 5° del Decreto N°1283/2003 B.O. 27/5/2003 se
deroga el apartado de la Secretaría de Obras Públicas del Decreto N°
355/2002. Interpretamos que en consecuencia también estaría derogado este
apartado y que la Secretaría de Obras Públicas en virtud del
Decreto N° 27/2003 B.O. 28/5/2003 ha quedado bajo la órbita del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios;
|
-
Anexo I, Denominación Ministerio de Producción sustituida por la de
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios por art.
3° del Decreto N° 1283/2003 B.O. 27/5/2003;
|
-
Anexo I, Denominación Ministerio de Economía sustituida por la de Ministerio
de Economía y Producción por art. 1° del Decreto N° 1283/2003 B.O. 27/5/2003;
|
-
Anexo II, Apartado VIII.- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS sustituido por art. 1°
del Decreto N° 2693/2002 B.O. 2/1/2003. Nota Loa: La Secretaría de Obras Públicas en virtud del
Decreto N° 27/2003 B.O. 28/5/2003 ha quedado bajo la órbita del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Ver el Decreto N°
27/2003 que aprueba los objetivos de la presente Secretaría;
|
-
Anexo III, apartado XVII, Comisión Nacional de Regulación del Transporte
transferido a la órbita del Ministerio de la Producción por
art. 10 del Decreto N°67/2003 B.O. 13/1/2003;
|
-
Anexo III, apartado XVII, Organismo Regulador del Sistema Nacional de
Aeropuertos. Transferido a la órbita del Ministerio de la Producción por
art. 10 del Decreto N°67/2003 B.O. 13/1/2003;
|
-
Anexo II, apartado XXI, Ministerio de Salud, Secretaria de Políticas,
Regulación y Relaciones Sanitarias, objetivo 4 sustituido por art. 3º del
Decreto Nº 37/2003 B.O. 08/01/2003;
|
-
Anexo II, apartado XV Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Coordinación,
objetivo 6 derogado por art. 2° del Decreto N° 2365/2002 B.O. 22/11/2002;
|
-
Anexo II, apartado XV Ministerio de Defensa, Subsecretaría de Coordinación,
objetivo 9 incorporado por art. 4° del Decreto N° 2365/2002 B.O. 22/11/2002;
|
-
Anexo II, apartado XV Ministerio de Defensa, Secretaría de Planeamiento,
objetivo 2 derogado por art. 1° del Decreto N° 2365/2002 B.O. 22/11/2002;
|
-
Anexo II, apartado XV Ministerio de Defensa, Secretaría de Planeamiento,
objetivo 14 incorporado por art. 3° del Decreto N° 2365/2002 B.O. 22/11/2002.
La renumeración de los objetivos corresponde a LOA.)
|
-
Anexo II, apartado XIII, Secretaria de Coordinación Legal, Técnica y
Administrativa, objetivo 10 derogado por art. 1° del Decreto N° 2068/2002
B.O. 17/10/2002;
|
-
Anexo II, apartado I, Subsecretaría General de la Presidencia,
objetivo 19 incorporado por art. 2° del Decreto N° 2068/2002 B.O. 17/10/2002;
|
-
Anexo I, Apartado, IV - SECRETARIA DE INTELIGENCIA, Denominación
-SUBSECRETARIA TECNICA DE PLANEAMIENTO Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO, sustituida
por art. 1° del Decreto N° 1440/2002 B.O. 12/8/2002;
|
-
Anexo II, apartado VII, objetivo 3 derogado art. 1° del Decreto N° 1440/2002
B.O. 12/8/2002;
|
-
Anexo II, apartado VII, - SUBSECRETARIA TECNICA DE PLANEAMIENTO Y CONTROL DEL
NARCOTRAFICO-, denominación sustituida por art. 1° del Decreto N° 1440/2002
B.O. 12/8/2002;
|
-
Anexo II, apartado VII, - SUBSECRETARIA TECNICA DE PLANEAMIENTO Y CONTROL DEL
NARCOTRAFICO-, objetivos 1, 2 y 4, referencia al "lavado de dinero
suprimida por art. 2° del Decreto N° 1440/2002 B.O.12/8/2002;
|
-
Anexo II, apartado VII, - SUBSECRETARIA TECNICA DE PLANEAMIENTO Y CONTROL DEL
NARCOTRAFICO-, objetivo 6, incorporado por art. 4° del Decreto N° 1440/2002
B.O. 12/8/2002;
|
-
Anexo I, Apartado V - SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR, derogado por art. 4°
del Decreto N° 1418/2002 B.O. 9/8/2002;
|
-
Anexo II, apartado VII, sustituido por art. 2° del Decreto N° 1341/2002 B.O.
26/7/2002, publicado nuevamente por error de compaginación en el B.O.
6/8/2002;
|
-
Anexo I, apartado XVIII Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
sustituido por art. 1° del Decreto N° 1418/2002 B.O. 9/8/2002;
|
-
Anexo II, Apartado V - SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR derogado por art. 4°
del Decreto N° 1418/2002 B.O. 9/8/2002;
|
-
Anexo III, apartado XVIII, incorporado por art. 3° del Decreto N° 1418/2002
B.O. 9/8/2002,
|
-
Anexo I, Apartado VII - SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL
NARCOTRAFICO, sustituido por art. 1° del Decreto N° 1341/2002 B.O. 26/7/2002,
publicado nuevamente por error de compaginación en el B.O. 6/8/2002- Anexo I,
Apartado VIII - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, sustituido por art. 1° del
Decreto N° 475/2002 B.O. 11/3/2002;
|
-
Anexo I, apartado XXII, Secretaría de Coordinación suprimida por art. 1° del
Decreto N° 1300/2002 B.O. 23/7/2002. Por art. 8° del Decreto N° 373/2004 B.O.
1/4/2004 se derogó el Decreto 1300/2002 con excepción de los artículos 6º y
8º de dicha norma;
|
-
Anexo II, apartado XXII, Nota Loa: Por art. 1° del Decreto N° 1300/2002 B.O.
23/7/2002 se suprimió la
SECRETARIA DE COORDINACION, por lo tanto hemos suprimido
los objetivos de la misma. Por art. 8° del Decreto N° 373/2004 B.O. 1/4/2004
se derogó el Decreto 1300/2002 con excepción de los artículos 6º y 8º de
dicha norma;
|
Anexo
II, SUBSECRETARIA DE COORDINACION, objetivos sustituidos por art. 1° del
Decreto N° 1300/2002 B.O. 23/7/2002. Por art. 8° del Decreto N° 373/2004 B.O.
1/4/2004 se derogó el Decreto 1300/2002 con excepción de los artículos 6º y
8º de dicha norma;
|
-
Anexo I, Apartado XVI - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sustituido por
art. 1° del Decreto N° 1293/2002 B.O. 22/7/2002;
|
-
Anexo I, apartado XVIII, denominación Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos sustituida por la de Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos
Humanos por art. 1° del Decreto N° 1210/2002 B.O. 11/7/2002. Vigencia: a
partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial;
|
Anexo
II, apartado III SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACIONES sustituido por art.
1° del Decreto N° 715/2002 B.O. 3/5/2002;
|
-
Anexo III, apartado XVII , por art. 3° del Decreto N° 1349/2002 B.O.
31/7/2002 se transfiere el Servicio Geológico Minero Argentino de la órbita
de ésta Secretaría a la órbita de la SUBSECRETARIA DE
MINERIA).
|
-
Anexo II, apartado XVI, SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA ,
objetivo 19 sustituido por art. 1° del Decreto N° 1349/2002 B.O. 31/7/2002;
|
-
Anexo II, apartado XVI, SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL,
Objetivo 9 derogado por art. 4° del Decreto N° 1349/2002 B.O. 31/7/2002;
|
-
Anexo II, apartado XVI, Secretaría de Minería, objetivo 7 sustituido por art.
2° del Decreto N° 1349/2002 B.O. 31/7/2002;
|
-
Anexo II, apartado XVI, Ministerio de Economía, Secretaría de Finanzas,
objetivo derogado por art. 3° del Decreto N° 1293/2002 B.O. 22/7/2002;
|
-
Anexo II, apartado XVI, Ministerio de Economía, Secretaría de Finanzas,
objetivo derogado por art. 3° del Decreto N° 1293/2002 B.O. 22/7/2002;
|
-
Anexo II, apartado XVI Ministerio de Economía, Secretaría de Política
Económica, objetivo 18 incorporado por art. 3° del Decreto N° 1293/2002 B.O.
22/7/2002;
|
-Anexo
II, apartado XVI Ministerio de Economía, Secretaría de Política Económica,
objetivo 19 incorporado por art. 3° del Decreto N° 1293/2002 B.O. 22/7/2002;
|
-
Anexo II, apartado XVI, Ministerio de Economía, Secretaría sustituida por
art. 2° del Decreto N° 1293/2002 B.O. 22/7/2002;
|
-
Nota Loa: Por art. 6° del Decreto N° 1210/2002 B.O. 11/7/2002. Vigencia: a
partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial, se transfieren la GENDARMERIA NACIONAL
y la PREFECTURA
NAVAL ARGENTINA del ámbito de la SECRETARIA DE
SEGURIDAD INTERIOR de la
PRESIDENCIA DE LA
NACION a la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS;
|
-
Por art. 7° del Decreto N° 1210/2002 B.O. 11/7/2002. Vigencia: a partir de la
fecha de su publicación en el Boletín Oficial, se transfiere la CAJA DE RETIROS,
JUBILACIONES Y PENSIONES de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, organismo
descentralizado del ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la órbita del
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS;
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Anexo I, apartado XIII, sustituido por art. 1° del Decreto N°564/2002 B.O.
8/4/2002;
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Anexo II, apartado XIII sustituido por art. 2° del Decreto N°564/2002 B.O.
8/4/2002;
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Anexo I, apartado XXI- Ministerio de Salud-SUBSECRETARIA DE POLITICAS,
REGULACION Y FISCALIZACION, denominación sustituida por art. 1° del Decreto
N° 503/2002 B.O. 14/3/2002;
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Anexo I, Apartado VIII - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, sustituido por art. 1°
del Decreto N° 475/2002 B.O. 11/3/2002;
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Anexo II, apartado VI, objetivo 1, sustituido por art. 2° del Decreto N°
475/2002 B.O. 11/3/2002;
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Anexo II, apartado XVI Ministerio de Economía, sustituido por art. 1° del
Decreto N° 475/2002 B.O. 11/3/2002;
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Anexo I, apartado XVI sustituido por art. 1° del Decreto N° 475/2002 B.O.
11/3/2002;
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Anexo II, apartado I - Secretaría General -, objetivo 19 derogado por art. 3°
del Decreto N° 475/2002 B.O. 11/3/2002;
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Anexo II, apartado VIII sustituido por art. 1° del Decreto N° 475/2002 B.O.
11/3/2002;
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Anexo II, apartado XII, Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y
Administrativa, Objetivo 8 , incorporado por art. 4° del Decreto N° 475/2002
B.O. 11/3/2002;
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Anexo III, apartado VIII sustituido por art. 1° del Decreto N° 475/2002 B.O.
11/3/2002.
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Anexo I, Apartado XVII.- MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS, sustituido por art. 1° del Decreto N° 475/2002 B.O.
11/3/2002;
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Artículo 5°, denominación Ministerio de Economía e Infraestructura sustituida
por la de Ministerio de Economía por art. 1° del Decreto N° 473/2002 B.O.
11/3/2002;
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