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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Conjunta n° 147 |
26/02/2009 |
Fecha: |
09/03/2009 |
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Dependencia: |
RC-147-2009-SAGPA |
Tema: |
INDUSTRIA ALIMNENTARIA |
Asunto: |
Sustitúyese al
Artículo 1263 del CAA empleo de enzimas o fermentos en la industria alimentaria |
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VISTO el Expediente Nº 1-0047-2110-10046-07-7 del Registro
de
la
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica; y |
CONSIDERANDO: |
Que
la empresa Verenium Corporation USA ha solicitado la inclusión de
la Fosfolipasa C, al Código
Alimentario Argentino (CAA) como coadyuvante de elaboración para hidrolizar fosfolípidos durante la refinación del aceite de soja y
otros aceites vegetales comestibles. |
Que
la Fosfolipasa C ha sido evaluada por la FDA. |
Que
el artículo 1263 del Capítulo XVI del CAA, contempla el empleo de enzimas o
fermentos en la industria alimentaria. |
Que
la CONAL
propone que se incorpore como ítem f) del artículo 1263 del CAA,
la Fosfolipasa C proveniente de microorganismos, para uso en la industria
aceitera, según consta en el Acta Nº 78 de la CONAL. |
Que
resulta necesario modificar el artículo 1263 del CAA. |
Que
los Servicios Jurídicos Permanentes de los organismos involucrados han tomado
la intervención de su competencia. |
Que
se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 815/99. |
Por ello, |
EL SECRETARIO DE POLITICAS, REGULACION
E INSTITUTOS Y EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS RESUELVEN |
ARTICULO
1º — Sustitúyese al Artículo 1263 del CAA el que
quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1263: El empleo de
enzimas o fermentos en la industria alimentaria queda limitado a los casos expresamente indicados por el presente Código y
son los siguientes: |
a) Carbohidrasas: Amilasas, procedentes de hongos (Aspergillus orizae). Invertasa y lactasa, procedente de levaduras. |
Para
emplear en productos de panadería u otros a base de cereales; en cervecería;
en la elaboración de azúcar invertida, etc. |
b) Pectinasas: Procedentes de hongos, frutos y
diversas plantas. |
Para emplear en la industria de los jugos cítricos,
del vino, de zumos vegetales. |
c) Proteasas (Protidasas-Peptidasas): Procedentes de hongos, bacterias, plantas o
animales (Pancreatina, Pepsina, Triptasa, Labfermento o Cuajo, Ficina, Bromelina, Papaína). |
Para
emplear en la industria panadera, cervecera, quesera, de la carne y
derivados. |
d)
Enzimas no hidrolíticas (Glucosa-Oxidasa, Glucosa-Dehidrogenasa, Catalasa): Procedentes las primeras de hongos y la
última de hongos, bacterias y animales. |
Para
emplear en la industria del queso, de zumos vegetales. |
e)
Lipasas: Procedentes de hongos o bacterias. |
Para
emplear fundamentalmente en la industria quesera. |
f) Fosfolipasa C proveniente de microorganismos. |
Para
uso en la industria aceitera”. |
ARTICULO
2º — Regístrese, comuníquese a quienes corresponda. Dése a
la Dirección
Nacional de Registro Oficial para su publicación. Cumplido,
archívese. — Dr. CARLOS A. SORATTI, Secretario de Políticas, Regulación e
Institutos, Ministerio de Salud de
la Nación. — Ing. Agr. CARLOS ALBERTO CHEPPI,
Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos. |
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