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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Disposición n° 5152 |
24/09/2001 |
Fecha: |
02/10/2001 |
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Dependencia:
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DI-5152-2001-ANMAT |
Tema:
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SALUD PUBLICA |
Asunto:
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Modifícase
la Disposición Nº
7292/98 que regula los requisitos que se deben cumplimentar a los fines de
registro de los productos de uso doméstico. |
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VISTO: el Tratado de Asunción, el protocolo de Ouro Preto,
la Resolución Mercosur GMC N° 49/99,
la
Disposición ANMAT N° 7292/98 y el
Expediente N° 1-47-2110-2865-01-6 del Registro de
esta Administración Nacional, y |
CONSIDERANDO: |
Que
en el marco del MERCOSUR se ha dictado
la Resolución GMC N° 49/99 por la que se aprobó el Reglamento Técnico para
productos desinfestantes (plaguicidas) domisanitarios. |
Que
resulta necesario adecuar la legislación nacional con referencia al rotulado
de productos desinfestantes. |
Que
a esos efectos corresponde modificar
la Disposición ANMAT N° 7292/98 que regula los requisitos que se deben
cumplimentar a los fines de registro de los productos de uso doméstico. |
Que
el Instituto Nacional de Alimentos y
la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la
intervención que les compete. |
Que
se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 1490/92, el
Decreto 847/00 y por los artículos 2° y 8° de
la Resolución (MS y AS) N° 709/98. |
Por
ello, |
LA COMISION INTERVENTORA DE
LA ADMINISTRACION NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA DISPONE: |
Artículo
1° - Sustitúyase el texto de rótulos del Anexo X correspondiente a
"ROTULOS PARA PRODUCTOS DESINFESTANTES DE RIESGO IIA y IIB" de
la Disposición ANMAT N° 7292/98, el cual quedará redactado como el Anexo
I de la presente Disposición. |
Art.
2° - La presente Disposición entrará en vigencia al día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
3° - Invítase a las Provincias y al Gobierno
Autónomo de
la Ciudad
de Buenos Aires a adherir a la presente Disposición. |
Art.
4° - Comuníquese mediante copia autenticada de la presente Disposición a
la Secretaría General
Administrativa del MERCOSUR con sede en la ciudad de Montevideo para el
conocimiento de los Estados Parte a los fines de lo dispuesto en los
Artículos 38 y 40 del protocolo de Ouro Preto. |
Art.
5° - Comuníquese mediante copia autenticada al Ministerio de Relaciones
Exteriores, Comercio Internacional y Culto - Secretaría Administrativa del
Grupo Mercado Común - Sección Nacional. |
Art.
6° - Regístrese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial, comuníquese y archívese, PERMANENTE. - Norberto Pallavicini. - Claudio Amenedo. |
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ANEXO I |
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TEXTO DE ROTULOS PARA PRODUCTOS
DESINFESTANTES DE RIESGO IIA Y IIB |
PANEL PRINCIPAL |
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DENOMINACION DEL PRODUCTO (insecticidas, raticidas, etc.) |
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MARCA |
Para
productos de Venta Profesional: PROHIBIDA SU VENTA LIBRE. |
Frase
de advertencia: Situada a 1/10 de altura arriba del margen inferior del
rótulo, en letra mayúscula y negrita, no menor a
3 mm y contrastante con el color de fondo. |
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ANTES DE USAR LEA CON ATENCION LAS
INSTRUCCIONES DEL ROTULO |
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ATENCION CUIDADO (INSECTICIDAS Y
REPELENTES) |
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CUIDADO VENENO (RATICIDA) y deberá ser acompañada por la figura de la
calavera |
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MANTENER FUERA DEL ALCANCE DE LOS
NIÑOS |
Contenido
neto |
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INFORMACIONES OBLIGATORIAS (éstas pueden ser incluidas en el panel principal o
secundario) |
Producto
X es eficaz contra |
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PELIGROSA SU INGESTION, INHALACION O
ABSORCION POR
LA PIEL (según el caso) |
Modo
de aplicación o uso |
Frases
Generales Orientativas: |
No
aplicar sobre los alimentos, utensilios de cocina, platos o acuarios. |
No
fumar o comer durante su aplicación. |
En
caso de intoxicación, concurrir al Centro de Intoxicaciones o Servicio de
Salud, llevando el envase o el rótulo del producto. |
Mantener
el producto fuera del alcance de los niños y de los animales (resaltado o en
negrita) |
No
volver a utilizar los envases vacíos. |
Mantener
el producto en su envase original. |
En
caso de contacto directo con el producto, lavar con abundante agua y jabón. |
En
caso de contacto directo con los ojos, lavar inmediatamente con abundante
agua corriente. |
Si
se inhala en exceso, retirar a la persona a un lugar ventilado. |
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FRASES ESPECIFICAS ORIENTATIVAS: |
Agite
bien antes de usar (según el caso) |
En
el caso de un producto líquido comprimido, incluir: |
Inflamable! No perforar el envase, aunque esté vacío. |
Proteja
los ojos durante la aplicación. |
En
el caso de un producto líquido comprimido o no comprimido con características
inflamables, incluir: |
No
arrojar al fuego o al incinerador. |
Peligroso
si es aplicado próximo a las llamas o superficies calientes. |
En
el caso de insecticidas que contienen destilado de petróleo (Kerosene, nafta y otros) agregar: |
Su
ingestión puede ser fatal. En caso de ingestión accidental no provoque el
vómito. |
En
el caso de insecticidas líquidos comprimidos o no, agregar: |
Durante
la aplicación evitar la presencia de personas y animales domésticos. |
En
el caso de cebos o polvos de contacto, agregar: |
Sólo
utilizar en lugares de difícil acceso para los niños y los animales. |
En
el caso de raticidas, agregar: |
En
caso de ingestión accidental provoque inmediatamente el vómito |
En
el caso de Repelentes se deberá agregar: |
No
toque el repuesto con el aparato conectado. No lo cubra ni introduzca objetos
(según el caso). |
Lavar
las manos con agua y jabón después de aplicar el producto. |
Este
producto no puede ser utilizado en ambientes con poca ventilación, ni en
presencia de personas asmáticas o alérgicos respiratorios. |
Mantener
la cabeza a una distancia mínima de
2 metros del punto de liberación del
producto. |
En
caso de productos desinfestantes de Uso
Profesional, agregar: |
·
Advertir a los usuarios de las instalaciones sobre las medidas de seguridad y
precauciones a tener en cuenta para evitar accidentes. |
·
Usar ropa protectora adecuada, guantes de goma, protección ocular y
respiratoria (según el caso). |
· VENTA Y USO RESTRINGIDOS A
PROFESIONALES (ubicada en el panel
principal, ocupando un área igual a la ocupada por el nombre comercial y con
un mínimo de 1/10 de la altura del panel principal). |
·
Modo de eliminación y desactivación del tóxico en caso de derrame (según el
caso). |
·
Condiciones de almacenamiento (según el caso). |
·
Para productos rodenticidas superwarfarínicos |
·
Deberán cumplimentar las exigencias de
la Disposición ANMAT N° 3143/97. |
Indicaciones
para uso médico |
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Grupo
químico: ___________Nombre común: _______________
Antídoto:
___________ Teléfono de emergencia de Centros Toxicológicos
(de
los países donde se comercializa el producto)*: ___________________ |
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*
Opcionalmente se podrá indicar fuera del recuadro. |
Obligatoriamente
este cuadro deberá tener una altura equivalente a 1/10 de la altura superior
del panel principal y marca inferior a
2 cm. |
Composición: |
Ingredientes
activos en su denominación común, concentración en % p/p. Sustancias de
interés toxicológico. Solventes y propelentes según el caso. |
Número
de Registro otorgado por
la Autoridad Sanitaria Competente (RNPUD) |
Lote/
Fecha de fabricación/ Vencimiento (debe ser impreso de manera indeleble
directamente en el envase o en el rótulo). |
Fabricado
por:..... Indicar Nombre, domicilio y teléfono. |
N° de
RNE del establecimiento que corresponda. |
Importado
y Distribuido por.....: Indicar nombre, domicilio y teléfono. |
Origen |
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— FE DE ERRATAS — |
ADMINISTRACION NACIONAL DE
MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA |
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Disposición Nº 5152/2001 – ANMAT |
En
la edición del 2 de octubre de 2001, donde se publicó la citada Disposición
se deslizó el siguiente error de imprenta, tanto en los Considerandos como en el Artículo 1º y el ANEXO I: |
DONDE
DICE: …desinfectantes… |
DEBE
DECIR: …desinfestantes… |
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