Detalle de la norma RE-775-2009-SAGPA
Resolución Nro. 775 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2009
Asunto Recurso merluza común a efectos de no discontinuar la actividad pesquera
Boletín Oficial
Fecha: 06/10/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Nº 775

30/09/2009

Fecha:

06/10/2009

 

Dependencia:

RE-775-2009-SAGPA

Tema:

PESCA

Asunto:

Modifícanse las Resoluciones Nros. 65/07 y 30/08 en relación con el porcentual de captura de la especie merluza.

 

VISTO el Expediente Nº S01:0174690/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, la Ley Nº 24.922, modificada por su similar Nº 25.470, el Decreto Nº 189 de fecha 30 de diciembre de 1999, las Resoluciones Nros. 65 de fecha 28 de diciembre de 2007 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 30 de fecha 30 de diciembre de 2008 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 65 de fecha 28 de diciembre de 2007 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, estableció medidas de administración y conservación del recurso merluza común a efectos de no discontinuar la actividad pesquera sobre dicho recurso.

Que por la citada Resolución Nº 65/07 se otorgaron asignaciones de captura del recurso merluza común. La metodología empleada consistió en determinar el porcentual de captura que, sobre la captura máxima permisible del mencionado recurso, podría efectuar cada buque.

Que los buques denominados "fresqueros" obtuvieron, mediante dicha metodología, una asignación de captura anual y un complemento, a título precario, en concepto de "Ajuste no Transferible".

Que para poder capturar dicho complemento, las embarcaciones beneficiarias con aquel, primero debían agotar su asignación de captura anual.

Que por el Anexo I de la citada Resolución Nº 65/07 se le otorgó al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406, una "Asignación Anual" para las operaciones de pesca del recurso merluza común, de CERO COMA TRESCIENTOS VEINTIDOS POR CIENTO (0,322%), en concepto de "Asignación Transferible", el Porcentual de CERO COMA CUATROCIENTOS DIEZ POR CIENTO (0,410%), y en concepto de "Ajuste no Transferible" el porcentual de CERO COMA QUINIENTOS NOVENTA POR CIENTO (0,590%).

Que por el Anexo VII de la Resolución Nº 65/07 se le asignó al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406, para el año 2008 en concepto de "Asignación Transferible" la cantidad de TRESCIENTAS CINCUENTA Y SIETE CON DOS TONELADAS (357,2 t.) y en concepto de "Ajuste no Transferible" la cantidad de QUINIENTAS TRECE CON DOS TONELADAS (513,2 t.).

Que por la Resolución Nº 30/08 se modificó la referida Resolución Nº 65/07 y se establecieron las asignaciones del recurso merluza común para el año 2009.

Que por la Resolución Nº 30/08 se le asignó al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406, para el año 2009 en concepto de "Asignación Transferible" la cantidad de TRESCIENTAS CINCUENTA Y UNA CON DOS TONELADAS (351,2 t.) y en concepto de "Ajuste no Transferible" la cantidad de QUINIENTAS CINCO CON TRES TONELADAS (505,3 t.).

Que a fojas 3 la firma VENUS PESQUERA S.R.L., solicitó se corrija el cupo del recurso merluza común, asignado al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406, mediante la Resolución Nº 30/08, señalando que "... Por error se han asignado 856,5 (AT: 351,2 TN más ANT: 505,3 TN) toneladas cuando en el permiso de pesca otorgado con fecha 5/11/08, y aún en reconsideración por esa autoridad, se otorgan 1246 TN de la misma especie".

Que la firma VENUS PESQUERA S.R.L., solicitó la corrección del error a la brevedad, a fin de no afectar el desempeño de la embarcación, según la tarea programada.

Que a fojas 4/5 la Coordinación de Gestión de Pesquerías de la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera dependiente de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, señaló con relación al recurso merluza común que "...el límite de captura máxima para la especie (...) que consta en el permiso de pesca vigente del buque es efectivamente de 1.246 toneladas, y ya no las 1.096 t consideradas oportunamente. Esta modificación implica la necesidad de corregir tanto las alícuotas otorgadas mediante Resolución SAGPyA Nº 65/07 como de las toneladas autorizadas efectivamente mediante su norma complementaria la Res. Nº 30/2008 (...) De esta manera, el límite máximo de 1.246 toneladas aplicadas a las 340.000 toneladas de asignación del año 2007 da por resultado una alícuota total de 0,366% (Anexo 1 de la Res. 65/2007) y la correspondiente modificación asociada de la participación de la Asignación Transferible (AT), que ahora es de 0,361, y del Ajuste No Transferible (ANT) con el restante 0,639".

Que la citada Coordinación de Gestión de Pesquerías también señaló con relación al recurso merluza común que "...Dado que la AT del nuevo cálculo es idéntica a las toneladas ya asignadas por la Res. Nº 30/2008, la corrección implica un incremento de la ANT en 117,6".

Que por ello, es procedente modificar el Anexo 1 de la Resolución Nº 65/07 con relación al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406, estableciendo una "Asignación Anual" teniendo en cuenta la Captura Máxima Permisible para el año 2007, para las operaciones de pesca del recurso merluza común, del Porcentual del CERO COMA TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS POR CIENTO (0,366%) y la correspondiente modificación asociada de la participación de la "Asignación Transferible", en el Porcentual del CERO COMA TRESCIENTOS SESENTA Y UNO POR CIENTO (0,361%) y del "Ajuste no Transferible" del CERO COMA SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE POR CIENTO (0,639%).

Que asimismo, con fundamento en lo expresado precedentemente, resulta adecuado modificar las toneladas ya asignadas por la Resolución Nº 30/08, con relación al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406, correspondiendo efectuar un incremento de la asignación del "Ajuste no Transferible" en CIENTO DIECISIETE CON SEIS TONELADAS (117,6 t), sumadas a las QUINIENTAS CINCO CON TRES TONELADAS (505,3 t.) que ya tenía asignadas por la mencionada norma, resultando un total de SEISCIENTAS VEINTIDOS CON NUEVE TONELADAS (622,9 t.).

Que la solicitud se resolverá atendiendo a los criterios señalados por la Coordinación de Gestión de Pesquerías de la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera dependiente de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION quien recomendó corregir para el buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406, las alícuotas otorgadas mediante el Anexo I de la mencionada Resolución Nº 65/07, como así también la asignación efectuada en el marco de la mencionada Resolución Nº 30/08.

Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido por el Artículo 1º del Decreto Nº 98 de fecha 13 de febrero de 2009.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes de la Ley Nº 24.922, modificada por su similar Nº 25.470, del Artículo 1º del Decreto Nº 214 de fecha 23 de febrero de 1998, del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008 y de la mencionada Resolución Nº 65/07 y su similar modificatoria Nº 30/08.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyese en la parte pertinente del Anexo I de la Resolución Nº 65 de fecha 28 de diciembre de 2007 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con relación al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406, estableciéndose una "Asignación Anual" teniendo en cuenta la Captura Máxima Permisible para el año 2007, para las operaciones de pesca del recurso merluza común, del Porcentual de CERO COMA TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS POR CIENTO (0,366%) y la correspondiente modificación asociada de la participación de la "Asignación Transferible", en el Porcentual de CERO COMA TRESCIENTOS SESENTA Y UNO POR CIENTO (0,361%) y del "Ajuste no Transferible" de CERO COMA SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE POR CIENTO (0,639%).

Art. 2º — Sustitúyese en la parte pertinente de la Resolución Nº 30 de fecha 30 de diciembre de 2008 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, con relación al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406, las toneladas asignadas por la misma, estableciéndose un incremento de la asignación del "Ajuste no Transferible" en CIENTO DIECISIETE CON SEIS TONELADAS (117,6 t), sumado a las QUINIENTAS CINCO CON TRES TONELADAS (505,3 t.) que ya tenía asignadas por la mencionada Resolución Nº 30/08, resultando un total de SEISCIENTAS VEINTIDOS CON NUEVE TONELADAS (622,9 t.).

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi.

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-30-2008-SAGPA Recurso merluza común a efectos de no discontinuar la actividad pesquera
Modifica RE-65-2007-SAGPA Recurso merluza común a efectos de no discontinuar la actividad pesquera