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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 775 |
30/09/2009 |
Fecha: |
06/10/2009 |
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Dependencia: |
RE-775-2009-SAGPA |
Tema: |
PESCA |
Asunto: |
Modifícanse las
Resoluciones Nros. 65/07 y 30/08 en relación con
el porcentual de captura de la especie merluza. |
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VISTO el Expediente Nº S01:0174690/2009 del Registro del
MINISTERIO DE PRODUCCION,
la
Ley Nº 24.922, modificada por su similar Nº 25.470, el
Decreto Nº 189 de fecha 30 de diciembre de 1999, las Resoluciones Nros. 65 de fecha 28 de diciembre de 2007 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION y 30 de fecha 30 de diciembre de 2008 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
la Resolución Nº
65 de fecha 28 de diciembre de 2007 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION, estableció medidas de administración y conservación del recurso
merluza común a efectos de no discontinuar la actividad pesquera sobre dicho
recurso. |
Que
por la citada Resolución Nº 65/07 se otorgaron asignaciones de captura del
recurso merluza común. La metodología empleada consistió en determinar el
porcentual de captura que, sobre la captura máxima permisible del mencionado
recurso, podría efectuar cada buque. |
Que
los buques denominados "fresqueros" obtuvieron, mediante dicha
metodología, una asignación de captura anual y un complemento, a título
precario, en concepto de "Ajuste no Transferible". |
Que
para poder capturar dicho complemento, las embarcaciones beneficiarias con
aquel, primero debían agotar su asignación de captura anual. |
Que
por el Anexo I de la citada Resolución Nº 65/07 se le otorgó al buque
"JUPITER II", Matrícula Nº 0406, una "Asignación Anual"
para las operaciones de pesca del recurso merluza común, de CERO COMA
TRESCIENTOS VEINTIDOS POR CIENTO (0,322%), en concepto de "Asignación
Transferible", el Porcentual de CERO COMA CUATROCIENTOS DIEZ POR CIENTO
(0,410%), y en concepto de "Ajuste no Transferible" el porcentual
de CERO COMA QUINIENTOS NOVENTA POR CIENTO (0,590%). |
Que
por el Anexo VII de
la
Resolución Nº 65/07 se le asignó al buque "JUPITER
II", Matrícula Nº 0406, para el año 2008 en concepto de "Asignación
Transferible" la cantidad de TRESCIENTAS CINCUENTA Y SIETE CON DOS
TONELADAS (357,2 t.) y en concepto de "Ajuste no Transferible" la
cantidad de QUINIENTAS TRECE CON DOS TONELADAS (513,2 t.). |
Que
por
la Resolución Nº
30/08 se modificó la referida Resolución Nº 65/07 y se establecieron las
asignaciones del recurso merluza común para el año 2009. |
Que
por
la Resolución Nº
30/08 se le asignó al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406, para
el año 2009 en concepto de "Asignación Transferible" la cantidad de
TRESCIENTAS CINCUENTA Y UNA CON DOS TONELADAS (351,2 t.) y en concepto de
"Ajuste no Transferible" la cantidad de QUINIENTAS CINCO CON TRES
TONELADAS (505,3 t.). |
Que
a fojas 3 la firma VENUS PESQUERA S.R.L., solicitó
se corrija el cupo del recurso merluza común, asignado al buque "JUPITER
II", Matrícula Nº 0406, mediante
la Resolución Nº
30/08, señalando que "... Por error se han asignado 856,5 (AT: 351,2 TN
más ANT: 505,3 TN) toneladas cuando en el permiso de pesca otorgado con fecha
5/11/08, y aún en reconsideración por esa autoridad, se otorgan 1246 TN de la
misma especie". |
Que
la firma VENUS PESQUERA S.R.L., solicitó la
corrección del error a la brevedad, a fin de no afectar el desempeño de la
embarcación, según la tarea programada. |
Que a fojas 4/5
la Coordinación de
Gestión de Pesquerías de
la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera
dependiente de
la
SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION,
señaló con relación al recurso merluza común que "...el límite de
captura máxima para la especie (...) que consta en el permiso de pesca
vigente del buque es efectivamente de 1.246 toneladas, y ya no las 1.096 t
consideradas oportunamente. Esta modificación implica la necesidad de
corregir tanto las alícuotas otorgadas mediante Resolución SAGPyA Nº 65/07 como de las toneladas autorizadas
efectivamente mediante su norma complementaria
la Res. Nº 30/2008 (...) De
esta manera, el límite máximo de 1.246 toneladas aplicadas a las 340.000
toneladas de asignación del año 2007 da por resultado una alícuota total de
0,366% (Anexo 1 de
la Res.
65/2007) y la correspondiente modificación asociada de la participación de
la Asignación Transferible
(AT), que ahora es de 0,361, y del Ajuste No Transferible (ANT) con el
restante 0,639". |
Que
la citada Coordinación de Gestión de Pesquerías también señaló con relación
al recurso merluza común que "...Dado que
la AT del nuevo cálculo es
idéntica a las toneladas ya asignadas por
la Res. Nº 30/2008, la
corrección implica un incremento de
la
ANT en 117,6". |
Que
por ello, es procedente modificar el Anexo 1 de
la Resolución Nº 65/07
con relación al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406,
estableciendo una "Asignación Anual" teniendo en cuenta
la Captura Máxima
Permisible para el año 2007, para las operaciones de pesca del recurso
merluza común, del Porcentual del CERO COMA TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS POR
CIENTO (0,366%) y la correspondiente modificación asociada de la
participación de la "Asignación Transferible", en el Porcentual del
CERO COMA TRESCIENTOS SESENTA Y UNO POR CIENTO (0,361%) y del "Ajuste no
Transferible" del CERO COMA SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE POR CIENTO
(0,639%). |
Que
asimismo, con fundamento en lo expresado precedentemente, resulta adecuado
modificar las toneladas ya asignadas por
la Resolución Nº
30/08, con relación al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406,
correspondiendo efectuar un incremento de la asignación del "Ajuste no
Transferible" en CIENTO DIECISIETE CON SEIS TONELADAS (117,6 t), sumadas
a las QUINIENTAS CINCO CON TRES TONELADAS (505,3 t.) que ya tenía asignadas
por la mencionada norma, resultando un total de SEISCIENTAS VEINTIDOS CON
NUEVE TONELADAS (622,9 t.). |
Que
la solicitud se resolverá atendiendo a los criterios señalados por
la Coordinación de
Gestión de Pesquerías de
la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera
dependiente de
la
SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION quien
recomendó corregir para el buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406,
las alícuotas otorgadas mediante el Anexo I de la mencionada Resolución Nº
65/07, como así también la asignación efectuada en el marco de la mencionada
Resolución Nº 30/08. |
Que
la Dirección
de Legales del Area de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentos dependiente de
la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado
la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 11
del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido por el
Artículo 1º del Decreto Nº 98 de fecha 13 de febrero de 2009. |
Que
la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes de
la Ley Nº 24.922, modificada
por su similar Nº 25.470, del Artículo 1º del Decreto Nº 214 de fecha 23 de
febrero de 1998, del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008 y de la
mencionada Resolución Nº 65/07 y su similar modificatoria Nº 30/08. |
Por ello, |
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Sustitúyese en la parte pertinente del Anexo I
de
la Resolución Nº
65 de fecha 28 de diciembre de 2007 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, con relación al buque "JUPITER II", Matrícula Nº 0406,
estableciéndose una "Asignación Anual" teniendo en cuenta
la Captura Máxima
Permisible para el año 2007, para las operaciones de pesca del recurso
merluza común, del Porcentual de CERO COMA TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS POR
CIENTO (0,366%) y la correspondiente modificación asociada de la
participación de la "Asignación Transferible", en el Porcentual de
CERO COMA TRESCIENTOS SESENTA Y UNO POR CIENTO (0,361%) y del "Ajuste no
Transferible" de CERO COMA SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE POR CIENTO
(0,639%). |
Art.
2º — Sustitúyese en la parte pertinente de
la Resolución Nº 30 de
fecha 30 de diciembre de 2008 de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, con relación al buque "JUPITER
II", Matrícula Nº 0406, las toneladas asignadas por la misma,
estableciéndose un incremento de la asignación del "Ajuste no
Transferible" en CIENTO DIECISIETE CON SEIS TONELADAS (117,6 t), sumado
a las QUINIENTAS CINCO CON TRES TONELADAS (505,3 t.) que ya tenía asignadas
por la mencionada Resolución Nº 30/08, resultando un total de SEISCIENTAS
VEINTIDOS CON NUEVE TONELADAS (622,9 t.). |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi. |
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