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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Bol/Of |
Decreto n° 1194 |
08/10/1998 |
Fecha: |
15/10/1998 |
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Dependencia:
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DE-1194-1998-PEN |
Tema:
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IMPORTACIONES |
Asunto:
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Autorízase la importación de
vehículos destinados a determinadas entidades de bomberos voluntarios. |
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VISTO: el expediente N°
001-004778/97 y sus agregados sin acumular, los expedientes Nros. 061-001863/98
y 060-003009/98 todos del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que por el expediente del Registro
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 001-004778/97 del
CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE VILLA CARLOS PAZ, Provincia de CORDOBA,
solicita autorización para importar UN (1) vehículo usado, equipado para
rescate. |
Que por el expediente del
Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N°
061-001863/98
la
ASOCIACION BOMBEROS VOLUNTARIOS DE GALVEZ, Provincia de
SANTA FE solicita autorización para la importación de DOS (2) ambulancias. |
Que por el expediente del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 060-003009/98
la SOCIEDAD BOMBEROS
VOLUNTARIOS DE CORONEL MOLDES, Provincia de CORDOBA, solicita autorización
para importar UN (1) vehículo ambulancia. |
Que tales solicitudes se
efectúan en razón de la prohibición que para la importación de vehículos establece
el Régimen de
la
Industria Automotriz mediante su Decreto Reglamentario N° 2677 de fecha 20 de diciembre de 1991 y sus modificatorios. |
Que del análisis de las respectivas
solicitudes se ha concluido que las operaciones a que las mismas se refieren
no persiguen fines de lucro estando las unidades cuya importación se gestiona
destinadas a tareas de carácter humanitario. |
Que tales consideraciones han
hecho aconsejable el dictado de una medida de excepción que permita el
ingreso de las unidades a que se refieren las referidas solicitudes. |
Que
la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ha tomado la intervención que le compete. |
Que el presente Decreto se
dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1° de la CONSTITUCION
NACIONAL. |
Por ello, |
EL PRESIDENTE DE
LA
NACION ARGENTINA DECRETA: |
Artículo 1° - Autorízase al CUERPO
DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE VILLA CARLOS PAZ, Provincia de CORDOBA, a importar
UN (1) vehículo marca FORD EXPLORER, modelo año 1991, especialmente equipado
para rescate, tipo 4x4, multipropósito, usado. |
Art. 2° - Autorízase a
la ASOCIACION BOMBEROS
VOLUNTARIOS DE GALVEZ, Provincia de SANTA FE, a importar DOS (2) ambulancias
de emergencia marca FORD Econoline 350, modelo año 1997. |
Art. 3° - Autorízase a
la SOCIEDAD BOMBEROS
VOLUNTARIOS DE CORONEL MOLDES, Provincia de CORDOBA, a importar un vehículo -
ambulancia marca FORD, modelo año 1992, usado. |
Art. 4° -
La
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS procederá a otorgar los
correspondientes certificados para la importación de las unidades a las que
se refieren los precedentes artículos. |
Art. 5° - Comuníquese,
publíquese, dése a
la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -
MENEM. - Jorge A. Rodríguez. - Raúl E. Granillo Ocampo. |
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