Detalle de la norma RG-934-2000-AFIP
Resolución General Nro. 934 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2000
Asunto Delimitación de Zona Primaria Aduanera. Puerto Buenos Aires
Boletín Oficial
Fecha: 05/12/2000
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución General n° 934

30/11/2000

Fecha:

05/12/2000

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Dependencia:

RG-934-2000-AFIP

Tema

0069

0086

Tema:

Aduanas

Asunto:

Delimitación de Zonas Primarias Aduaneras. Puerto Sur de Buenos Aires.

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VISTO la Disposición N° 54 de fecha 10 de marzo de 1998, emanada de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, mediante la que se crea una Comisión para delimitar zonas primarias en jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 769 del 19 de abril de 1993, reglamentario de la Ley N° 24.093 de actividades portuarias, mediante la Resolución ex ANA N° 2184 del 3 de setiembre de 1993 se estableció como Zona Primaria Aduanera todo el ámbito de PUERTO SUR.

Que de acuerdo con la actividad operativa que actualmente se desarrolla es necesario delimitar dicha Zona Primaria Aduanera.

Que el área sugerida por los integrantes de la comisión referida en el VISTO de esta Resolución cuenta con la aprobación del Departamento ADUANA DE BUENOS AIRES.

Que han tomado intervención las Subdirecciones Generales de Legal y Técnica Aduanera y de Operaciones Aduaneras Metropolitanas de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS y la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS -PUERTO DE BUENOS AIRES- en el Expediente N° 2636/00.

Que el presente acto administrativo se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7o del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1o - Determinar las ZONAS PRIMARIAS ADUANERAS del PUERTO SUR del PUERTO DE BUENOS AIRES, en jurisdicción del Departamento ADUANA DE BUENOS AIRES de acuerdo a las siguientes referencias, que se reflejan en plano que se acompaña como Anexo I de la presente.

RIBERA NOR/ESTE:

Sector 78

Depósito Fiscal TEFASA

Sector 86

Terminal FERRY LINEAS ARGENTINA S.A.

Sector 90

Plazoleta FAST-FERRY S.A.

Sector 95

DEPOSITO FRANCO PARAGUAYO.

Sector 97

Depósito Fiscal FERROPORT S.A.

Sector 267

Astillero TANDANOR SUR.

 

RIBERA SUD/OESTE:

Sector cercado, hasta la intersección de Avda. Don Pedro DE MENDOZA con Wenceslao VILLAFAÑE:

Sector 84

Plazoleta y Terminal BUQUEBUS. (Ríos-Ar S.A.)

Sector 106

Terminal FAST-FERRY S.A.

Sector 258

Muelle y Depósito A.R.A. TRANSPORTES NAVALES.

 

RIBERA SUD/OESTE:

Sector abierto, la continuación de Avda. Don Pedro DE MENDOZA, hasta la intersección con calle Comandante F.

CARBONARI.

 

Art. 2o - Modifícase el Artículo 2o de la Resolución ex ANA 2184/93.

Art. 3o- Deforma.

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-2184-1993-ANA Artículo 2 Zona Primaria Aduanera - Puerto de Buenos Aires