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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución General n° 418 |
23/02/1999 |
Fecha: |
25/02/1999 |
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Dependencia: |
RG-418-1999-AFIP |
Tema: |
IMPUESTOS |
Asunto: |
Procedimiento. Domicilio constituido
a los efectos fiscales. Contribuyentes y responsables inscriptos ante
la Dirección de Grandes
Contribuyentes Nacionales. Resolución General N° 301. Norma complementaria. |
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VISTO el artículo 3° de
la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y su modificación, y
la Resolución General N° 301, y |
CONSIDERANDO: |
Que
razones de administración tributaria aconsejan prever la constitución de un
domicilio a los efectos fiscales con el fin de facilitar las notificaciones,
tanto judiciales como administrativas, que deban cursarse a determinados
contribuyentes y responsables que se encuentren inscriptos ante
la Dirección de Grandes
Contribuyentes Nacionales. |
Que
ello tiene su fundamento en la necesidad de mejorar la relación
fisco-contribuyente, posibilitando que estos últimos, por cuestiones de
organización administrativa y practicidad, puedan constituir un domicilio en
el radio metropolitano donde tiene su sede la referida Dirección. |
Que
dicha constitución tiene carácter optativo razón por la cual los interesados
podrán constituir un domicilio a los efectos mencionados, dentro del radio de
jurisdicción de las Regiones Nros.
1 a 10 de
la Dirección General
Impositiva. |
Que
lo establecido precedentemente encuentra sustento en lo dispuesto en el
primer párrafo del artículo 3° de
la
Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y su modificación. |
Que
han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de
Asesoría Legal y de Grandes Contribuyentes Nacionales. |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio
de 1997. |
Por ello, |
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE
LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE: |
ARTICULO
1°.- Sin perjuicio del domicilio fiscal establecido en el artículo 3° de
la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y su modificación, los
contribuyentes y responsables que se encuentren inscriptos ante
la Dirección de Grandes
Contribuyentes Nacionales podrán constituir en forma optativa un domicilio, a
todos los efectos fiscales, dentro del radio de jurisdicción de las Regiones Nros.
1 a
10 de
la Dirección
General Impositiva. |
Que
lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación para aquellos
sujetos cuyo domicilio fiscal ya se encuentre fijado en dicho ámbito,
conforme a lo previsto en
la Resolución General N° 301. |
ARTICULO
2°.- El domicilio constituido a todos los efectos fiscales indicado en
el artículo anterior, será válido para notificar todas las citaciones,
intimaciones de pago y cualquier otro acto administrativo o comunicación que
deba dirigir este Organismo a los sujetos mencionados en el artículo 1°, así
como las resoluciones de carácter judicial, con los alcances previstos en el
último párrafo del artículo 3° de
la
Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y su modificación. |
ARTICULO 3°.- La
constitución del domicilio deberá efectuarse, para quienes se encuentren
inscriptos ante
la
Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales, hasta el 31
de marzo de 1999 inclusive o, en caso de tratarse de contribuyentes y
responsables que sean incorporados a la misma, dentro de los DIEZ (10) días
de notificada su inclusión, mediante nota que deberán presentar ante la
referida Dirección, acreditando personería y poder suficiente para hacerlo,
con firma certificada por autoridad competente, cuyo modelo se aprueba como
Anexo y forma parte integrante de la presente Resolución General. |
ARTICULO
4°- Regístrese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese.- Carlos Silvani. |
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ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 418 |
MODELO
DE NOTA - DOMICILIO CONSTITUIDO A LOS EFECTOS FISCALES |
Lugar
y fecha |
ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS |
DIRECCION
DE GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES |
Presente |
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De
mi consideración: |
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El
que suscribe (1) ................................. en su carácter de (2)
.................................. a los fines dispuestos en el artículo 1°
de
la Resolución
General N°418 constituye
domicilio a los efectos fiscales en (3)
......................................, adonde se considerarán válidamente notificadas
tanto las actuaciones de carácter judicial como las administrativas. |
Sin
otro particular saludo a ustedes atentamente. |
FIRMA
Y ACLARACION |
(1) Apellido
y nombres. |
(2) Responsable
o persona debidamente autorizada. |
(3) Calle,
número, piso, departamento, localidad. |
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