Detalle de la norma RG-2639-2009-AFIP
Resolución General Nro. 2639 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2009
Asunto Cómputo de los plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social
Boletín Oficial
Fecha: 07/07/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución Gral. 2639

02/07/2009

Fecha:

07/07/2009

 

Dependencia:

RG-2639-2009-AFIP

Tema

OBLIGACIONES FISCALES

Asunto:

Procedimiento. Cómputo de los plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Resolución General Nº 1983, su modificatoria y sus complementarias. Norma complementaria.

 

VISTO: la Actuación SIGEA Nº 10072-111-2009 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución General Nº 1983, su modificatoria y sus complementarias, se estableció que durante determinados períodos del año —atendiendo a la feria judicial de invierno que se establezca cada año para el Poder Judicial de la Nación—, no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante esta Administración Federal, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.

Que atento a la existencia de una pandemia de gripe H1N1 con efectos en todo el Territorio Nacional, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado la Acordada Nº 21/09 disponiendo la feria judicial para el Poder Judicial de la Nación, desde el día 6 de julio de 2009 hasta el día 17 de julio de 2009, ambos inclusive.

Que en concordancia con ello, resulta aconsejable adoptar idéntico criterio en el ámbito de esta Administración Federal, a los fines indicados en el primer considerando de la presente.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios al Contribuyente y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 6º y 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjase entre los días 6 al 17 de julio de 2009, ambas fechas inclusive, el período a que se hace referencia en el inciso b) del Artículo 1º de la Resolución General Nº 1983, su modificatoria y sus complementarias.

Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.

 
 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-2647-2009-AFIP Modifica Art. 1° Cómputo plazos. Materia impositiva, aduanera y de los Rec. de la seguridad social
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RG-1983-2005-AFIP Cómputo de los plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social
Relaciona RE-4475-1980-ANA Cómputo de los plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social