Detalle de la norma DE-1001-1982-PEN-094
Decreto Nro. 1001 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 1982
Asunto Reglamentación de la Ley 22415
Reglamenta: Art. 832 del Código Aduanero
Detalle de la norma
Llave Operativa Aduanera

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Documento Fecha Doc Boletín/Of BO Nº
Decreto 1001/1982 PEN 02/05/1982    
Referencia: Reglamentación de la Ley 22415 - CODIGO ADUANERO
Art.  94: - (para el Art 832 del CA) Art 832 - CA
 

A los fines de lo previsto en el artículo 832 del Código Aduanero:

1.

Fíjase el plazo de TREINTA Y UN (31) días, contado a partir del día del registro de la destinación de exportación para consumo

2.

La Administración Nacional de Aduanas, cuando mediaren causas debidamente justificadas, podrá acordar una prórroga por un plazo no mayor al originario.

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