Detalle de la norma RG-2380-2007-AFIP
Resolución General Nro. 2380 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2007
Asunto Régimen de Servicios Extraordinarios.
Boletín Oficial
31310 Fecha: 24/12/2007
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución General N° 2380

21/12/2007

Fecha:

24/12/2007

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Dependencia:

RG-2380-2007-AFIP

Tema

0010

Tema:

ADUANAS

Asunto:

Régimen de Servicios Extraordinarios. Resolución General Nº 2275 (AFIP). Su prórroga.

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VISTO las presentes actuaciones identificadas como SIGEA Nº 12233-118/07, y

CONSIDERANDO:

Que a través de las mismas, la Dirección General de Aduanas solicita que se prorrogue hasta el día 1 de marzo de 2008, la entrada en vigencia de la Resolución General Nº 2275 (AFIP) de fecha 21 de junio de 2007, por la que se establecieron nuevos procedimientos para la habilitación de los servicios extraordinarios previstos en los artículos 773 y 774 del Código Aduanero y el cobro de la tasa respectiva.

Que en apoyo de esa gestión, informa que se han recibido varios pedidos en tal sentido, formulados por los diversos sectores del Comercio Exterior, particularmente en el seno del Consejo Consultivo Aduanero.

Que, asimismo, la Dirección General de Aduanas destaca que con la medida gestionada, se podrá lograr una adecuada difusión del nuevo aplicativo implementado para la habilitación de los servicios extraordinarios, como así también una correcta capacitación de sus usuarios, tanto externos como internos.

Que se estima pertinente dar curso favorable a la propuesta de que se trata, por lo que procede obrar en consecuencia.

Que la Subdirección General de Recusos Humanos, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 774 del Código Aduanero, por el artículo 2º del Decreto Nº 1409/99 y por el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

El ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrogar hasta el día 1 de marzo de 2008 la entrada en vigencia de la Resolución General Nº 2275 (AFIP) de fecha 21 de junio de 2007.

Art. 2º — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese.— Alberto R. Abad.

 

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-2568-2009-AFIP Deroga Régimen de Servicios Extraordinarios
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RG-2275-2007-AFIP Régimen de Servicios Extraordinarios.