Detalle de la norma RG-1931-2005-AFIP
Resolución General Nro. 1931 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2005
Asunto Arancel Integrado Aduanero
Boletín Oficial
30738 Fecha: 14/09/2005
Detalle de la norma

 

 

Documento y Nro Fecha Publicado en: B/Of: 30738
Resolución Gral N 1931 30/08/2005 Fecha: 14/09/2005

 

Dependencia: RG- 1 93 1 -2005-AFIP Tema: 0119
Tema: COMERCIO EXTERIOR
Asunto: Arancel Integrado Aduanero.

 

VISTO: la ACTUACION SIGEA AFIP Nº 12115 - 40/2005 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y la Resolución General Nº 33, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Actuación citada en el VISTO se tramita la actualización de la Resolución General Nº 33.

Que por la Resolución citada en el considerando anterior se adecuó el ARANCEL INTEGRADO ADUANERO basado en la NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR, de conformidad a las diversas normas que incorporaron modificaciones en materia de percepción de tributos, liquidación de beneficios a la exportación, intervenciones previas o autorizaciones de organismos extra aduaneros y control de las prohibiciones.

Que mediante Resolución Nº 65 del 19 de diciembre de 2001 del GRUPO MERCADO COMUN, se aprobó el Arancel Externo Común basado en la NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR ajustada a la tercera enmienda al SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS.

Que mediante Decreto Nº 690 del 2 de mayo de 2002 se incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Resolución citada en el considerando anterior, por lo que se efectuaron los pertinentes ajustes al ARANCEL INTEGRADO ADUANERO.

Que a su vez se han incorporado las distintas modificaciones que en materia de percepción de tributos, liquidación de beneficios a la exportación, intervenciones previas o autorizaciones de organismos extra aduaneros y control de las prohibiciones, se han generado mediante un destacado número de normativas publicadas.

Que en orden a lo expuesto procede la formal actualización del ARANCEL INTEGRADO ADUANERO convalidando la carga informática operada en el Sistema Informático MARIA.

Que han tomado la intervención que les compete el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, la Dirección de Técnica y la Subdirección General Técnico Legal Aduanera.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de Julio de 1997.

Por ello:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º — Se adecua el ARANCEL INTEGRADO ADUANERO basado en la NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR, que obra como anexo de la presente.

Art. 2º — El instrumento aprobado por el Artículo 1º será mantenido permanentemente actualizado atendiendo a las modificaciones que se produzcan en la NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR, así como las que afecten a los regímenes de Importación y Exportación cuyo control sea encomendado al Servicio Aduanero.

Art. 3º — La presente Resolución General convalida la carga informática del desarrollo operativo producido en el Sistema Informático MARIA conforme la vigencia de la normativa que le dio origen.

Art. 4º — Déjase sin efecto la Resolución General Nº 33.

Art. 5º — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS (INDEC), a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR —Sección Nacional—, a la SECRETARIA GENERAL DE LA ALADI (ROU) y a la SECRETARIA DEL CONVENIO DE COOPERACION DE ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANA DE AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL. Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad.

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-2132-2006-AFIP Complementa Sufijos de valor
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
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