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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución General n° 1630
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26/01/2004
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Fecha:
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29/01/2004
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Dependencia:
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RG-1630-2004-AFIP
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Tema
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Tema:
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Aduanas.
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Asunto:
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Ampliación de zona primaria aduanera.
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Buenos
Aires, 26 de enero de 2004-
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VISTO - la Resolución General
Nº 355/99 (AFIP) por la cual se establecen los criterios y normas de
procedimiento administrativo a los efectos de la delimitación de las Zonas
Primarias Aduaneras en las Aduanas del interior, como así también en el
ámbito Metropolitano según Dictamen Nº 786/03 (DALA), y-
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CONSIDERANDO:-
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Que
la firma TERMINALES PORTUARIAS ARGENTINAS S.A. a través de la presentación
obrante a fs. 657 de las actuaciones PFAA Nº 097/94, solicita autorización
para adicionar a la
Zona Primaria Aduanera del actual predio habilitado a su
favor, el espacio que estaba afectado como playón de estacionamiento de la
antigua Terminal de Pasajeros ubicado frente al Depósito B5 de la Dársena B, Sección
5ta, como así también la planta alta del mencionado depósito.
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Que
el predio que se pretende incorporar integra el sector portuario adjudicado originariamente
a la peticionante, el cual fuera desafectado oportunamente de la Zona Primaria
Aduanera mediante Resolución General Nº 194/98 (AFIP).-
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Que
a raíz del traslado de la ex Terminal de Pasajeros a las instalaciones que antiguamente
ocupaba la ex empresa ELMA S.A., dispuesto por Resolución Nº 0044/2002 (DGA),
el sector en cuestión ha quedado desafectado de la misma y en condiciones de
ser utilizado por el peticionante.-
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Que
se entiende que el espacio en trato, al ser habilitado oportunamente como
Zona Primaria Aduanera y posteriormente desafectado como tal, reúne los
requisitos en cuanto a su operatoria, para su definición como Zona Primaria
Aduanera en los términos del artículo 5º, punto 2, inciso a) de la Ley Nº 22.415.-
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Que
las referencias a tener en cuenta fueron establecidas de acuerdo con lo
estipulado en el Anexo I, Punto II, inciso c) de la Resolución General
mencionada en el visto, según plano adjunto, en el que se identifican las
instalaciones habilitadas para realizar operaciones aduaneras.-
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Que
la nueva delimitación importará que la Zona Primaria
Aduanera de la
Terminal TERMINALES PORTUARIAS ARGENTINAS S.A. se amplíe en
OCHO MIL TRESCIENTOS CINCO (8.305) metros cuadrados.-
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Que
consultadas las instancias pertinentes, manifestaron no tener objeciones que formular,
destacando que implicará una mejora en la operativa y en el control aduanero.-
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Que
han tomado la intervención que le compete el servicio jurídico, la Subdirección General
de Legal y Técnica Aduanera y la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras Metropolitanas de la Dirección General
de Aduanas.-
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Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 7 del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.-
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Por
ello,-
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EL
ADMINISTRADOR FEDERALDE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS RESUELVE:
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Artículo
1º.- Dejar sin efecto el artículo
2º de la
Resolución General Nº 194/98 (AFIP).-
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Art.
2º.- Aprobar la incorporación como
Zona Primaria Aduanera de la Terminal TERMINALES PORTUARIAS ARGENTINAS S.A.
el predio identificado en el plano adjunto como Sector "A", que
comprende el espacio que fuera destinado a playa de estacionamiento de la
antigua Terminal de Pasajeros, ubicado entre el frente de fachada del
Depósito B5, al oeste; el cerco que se extiende por el norte, desde el
pabellón hasta la salida y el similar que se extiende, por el sur, entre esta
y el portalón que demarca la zona primaria por el lado de la ribera, como así
también el primer piso del Depósito aludido.-
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Art.
3º.- Regístrese y comuníquese. Dése
a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación y
publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido,
archívese. - Alberto R. Abad.-
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Nota de L.O.A.: La Res. Gral. Nº 1630/04 AFIP que antecede fue publicada en el Boletín
Oficial del 29/01/2004.-
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