Detalle de la norma RE-903-2000-SAGPA
Resolución Nro. 903 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2000
Asunto Identificación de Plagas No Cuarentenarias
Boletín Oficial
Fecha: 19/12/2000
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 903

12/12/2000

Fecha:

19/12/2000

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Dependencia:

RE-903-2000-SAGPA

Tema LOA:

522

Tema:

SANIDAD VEGETAL

Asunto:

Adóptase la Resolución N° 74/99 Estandar Fitosanitario "Lineamientos para la identificación de Plagas No Cuarentenarias Reglamentadas (PNCR) y Establecimiento de sus Requisitos Fitosanitarios". Derógase parcialmente la Resolución N° 61/96 del ex Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VISTO: el Expediente 3169/2000 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) en su Artículo VI incorpora el concepto de Plagas No Cuarentenarias Reglamentadas (PNCR).

Que es necesario disponer de lineamientos para la identificación de Plagas No Cuarentenarias Reglamentarias (PNCR).

Que se requiere de Estándares que fijen el marco conceptual para establecer los requisitos fitosanitarios de las PNCR.

Que estos Estándares son elementos imprescindibles para avanzar en los pro cesos de armonización, que faciliten el intercambio comercial de semillas entre los estados partes y/o terceros países.

Que en la XXXVI Reunión MERCOSUR del Grupo Mercado Común, Montevideo 18/XI/99, se aprobó la Resolución GMC 74/99.

Que en la XXXVI Reunión MERCOSUR del Grupo Mercado Común, Montevideo 18/XI/99, se aprobó la Resolución GMC 75/99 que deroga el Estándar 7. 1. "Acreditación de Laboratorios de Diagnóstico Fitosanitario" aprobado por Resolución GMC 59/94.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para entender en la materia según lo dispuesto por el Decreto 2773 del 29 de diciembre de 1992 y sus modificatorios, y el artículo 8, inciso e) del Decreto 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION RESUELVE:

Artículo 1° — Adoptar la Resolución MERCOSUR/GRUPO MERCADO COMUN 74/99 ESTANDAR FITOSANITARIO "Lineamientos para la identificación de Plagas No Cuarentenarias Reglamentadas (PNCR) y Establecimiento de sus Requisitos Fitosanitarios", que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2° — Derogar parcialmente la Resolución N° 61 del 13 de febrero de 1996 del ex INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, en lo referente al Estándar 7. 1. "Acreditación de Laboratorios de Diagnóstico Fitosanitario", de acuerdo a la Resolución MERCOSUR/Grupo Mercado Común 75/99, que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4° — Comunicar a los Estados Partes del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la ORGANIZACION MUNDIAL DE COMERCIO (OMC).

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Antonio T. Berhongaray.

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-74-1999-GMC Identificación plagas no cuarentenarias
Complementa RE-75-1999-GMC Laboratorios para Diagnóstico fitosanitario
Modifica RE-61-1996-IASCAV Estandar 7.1 Diagnóstico fitosanitario