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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 7 |
21/07/2007
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Fecha:
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02/10/2007
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Dependencia:
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RE-7-2007-GMC |
Tema:
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MERCOSUR
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Asunto:
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MODIFICACION DE
LA NOMENCLATURA COMUN
DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMUN
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
las Decisiones Nº 07/94, 22/94 y 31/04 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 70/06
del Grupo Mercado Común. |
CONSIDERANDO: |
Que
se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión
Aduanera. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
ARTICULO
1 — Aprobar la “Modificación de la Nomenclatura Común
del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común”, en sus versiones en
español y portugués, que figuran como Anexo y forman parte de la presente
Resolución. |
ARTICULO
2 — Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente Resolución,
tendrán vigencia a partir del 01/ VII/07, debiendo los Estados Partes
asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales
antes de esa fecha. |
XVIII
GMC – Asunción, 21/VI/07 |
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Presione aquí para ver Anexo RE-7-2007-GMC-001
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