|
|
Documento y Nro
|
Fecha
|
Publicado en:
|
Boletín/Of |
Resolución n° 7 |
25/06/2004 |
Fecha: |
28/01/2005 |
|
|
Dependencia:
|
RE-7-2004-GMC |
Tema:
|
MERCOSUR |
Asunto:
|
REGIMEN DEL PERSONAL TEMPORARIO
CONTRATADO POR
LA SM PARA
OBRAS O SERVICIOS DETERMINADOS |
|
|
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
las Decisiones Nº 04/96 y 30/02 del Consejo del Mercado Común y las
Resoluciones Nº 01/03, 50/03 y 54/03 del Grupo Mercado Común. |
CONSIDERANDO: |
Que
el Protocolo de Ouro Preto estableció
la Secretaría
Administrativa del MERCOSUR como uno de los órganos de la
estructura institucional del MERCOSUR. |
Que
resulta conveniente que el Director pueda contratar, con carácter excepcional
y transitorio, asesores o consultores para el tratamiento de temas
específicos que no puedan ser abordados por los funcionarios de la SM. |
Que
la Resolución GMC
Nº 50/03, establece partidas especiales para la contratación de asesores o
consultores para realizar tareas especificas en
la Secretaría del
MERCOSUR. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art.
1-. Autorizar al Director a contratar, con carácter excepcional y
transitorio, para el cumplimiento de tareas prioritarias que no puedan ser
desarrolladas por el personal de
la
SM, personas bajo la modalidad de contrato de obra o de
servicios determinados. |
Estas
contrataciones se harán conforme a las previsiones presupuestales
correspondientes, según lo dispuesto en
la Res. GMC Nº 50/03. |
El
Director deberá informar previamente a los Coordinadores Nacionales del GMC
las contrataciones a que hace referencia este artículo. |
Art.
2 - Las personas contratadas bajo esta modalidad no podrán tener más de 65
años, salvo autorización expresa de los Estados Partes. |
Art.
3 - Los contratos de obra o de servicios no podrán tener una duración
superior a seis (6) meses. El Director podrá rescindir los contratos de las
personas a que hace referencia esta Resolución en cualquier momento, sin que
corresponda indemnización alguna. |
El
Director deberá informar previamente a los Coordinadores Nacionales del GMC
la prórroga de esos contratos, demostrando que se mantienen las
circunstancias excepcionales que justifican esa renovación. |
Art.
4 - Las personas contratadas para obras o servicios determinados no tendrán
el carácter de funcionarios de
la
SM y se regirán exclusivamente por lo previsto en los
contratos respectivos y en esta Resolución. |
Art.
5 - Todos los conflictos en materia administrativo-laboral que se susciten
entre
la Secretaría
y las personas contratadas para obras o servicios determinados en
la SM, serán resueltos, en lo
pertinente, por los procedimientos previstos en
la Res. GMC Nº 54/03, sus
reglamentaciones y eventuales modificaciones. |
Los
contratos de obras o servicios determinados se ajustarán al modelo que consta
como Anexo I y forma parte de la presente Resolución. |
Art.
6 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de
los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del
funcionamiento del MERCOSUR. |
LIV
GMC – Buenos Aires, 25/VI/04 |
|
ANEXO I |
|
MODELO DE CONTRATO DE OBRA O DE
SERVICIOS DETERMINADOS |
En
la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, a los...........días
del mes de.................del año........, se celebra el presente contrato
entre, por una parte
la Secretaría Administrativa del MERCOSUR (en
adelante SAM), con domicilio en Luis Piera 1992 piso 1, de esta ciudad,
representada por el Director, señor ......................, y por la otra
parte, el/la señor/a ..................... (en adelante el Contratado), de
nacionalidad................, con documento [tipo] número..................,
domiciliado en la calle................ de esta ciudad, y se acuerda lo
siguiente: |
PRIMERO: (OBJETO DEL CONTRATO) |
El
Contratado [ejecutará la obra] [prestará los servicios] en
la SAM, de acuerdo a los
Términos de Referencia que se adjuntan como Anexo a este contrato y que se
consideran parte integrante del mismo. |
SEGUNDO: (RETRIBUCION) |
Por
[la obra ejecutada] [los servicios prestados],
la SAM abonará al Contratado la
suma [total] [mensual] de ........................... (......................),
por todo concepto. Esa suma será pagadera ......... |
TERCERO: (DURACION DEL CONTRATO) |
Este
contrato regirá desde el ...........de ........de 200 hasta el...... de
.....................de 200 . |
CUARTO: (CONDICIONES DEL CONTRATO) |
El
presente contrato se rige exclusivamente por lo dispuesto en
la Resolución GMC Nº 54/03 y 06/ 04, sus reglamentaciones y eventuales modificaciones. |
QUINTO: (RESOLUCION DE CONFLICTOS) |
Las
partes en el presente contrato convienen que toda reclamación de índole
administrativo laboral que se suscite entre el Contratado y
la SAM, con motivo del presente
contrato, será dirimida en forma exclusiva y en lo pertinente de conformidad
con lo establecido en
la
Resolución GMC Nº 54/03, que aprueba la creación del
Tribunal Administrativo Laboral del MERCOSUR, sus reglamentaciones y
eventuales modificaciones. |
SEXTO: (DOMICILIOS ESPECIALES Y
NOTIFICACIONES) |
A
todos los efectos a que pudiera dar lugar este contrato, las partes fijan
como domicilios los indicados, acordando que el telegrama colacionado se
tendrá como medio válido y fehaciente para toda comunicación que haya de
efectuarse. |
Para
constancia de ambas partes, se otorgan y suscriben dos (2) ejemplares del
mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados |
|
|
|
|