Detalle de la norma RE-66-1999-GMC
Resolución Nro. 66 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1999
Asunto Métodos eficaces de clasificación y certificación de la documentación
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 66 29/09/1999 Fecha:  
 
Dependencia: RE-66-1999-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: ACTAS Y DOCUMENTOS EMANADOS DE LAS REUNIONES DEL MERCOSUR
 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones Nº 17/97 y 17/99 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

La necesidad de establecer métodos eficaces de clasificación y certificación de la documentación y de la normativa producida en el MERCOSUR.

Que la práctica adoptada en las reuniones ordinarias y extraordinarias de los órganos del MERCOSUR, ha sido la de firmar las actas en 5 originales rubricándose cada una de sus hojas y los anexos con la normativa aprobada.

EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:

Art. 1º- Encomendar a la Secretaría Administrativa del MERCOSUR la formulación y presentación, en la próxima Reunión del Grupo Mercado Común, de una propuesta de sistema de clasificación y numeración de la documentación del MERCOSUR, en base a la experiencia de otros foros multilaterales.

Art. 2º- Las Actas y sus respectivos anexos, inclusive la normativa, producidos en las reuniones de los órganos del MERCOSUR, continuarán, transitoriamente, siendo firmados y rubricados en un sólo ejemplar, el cual será depositado en la Secretaría Administrativa del MERCOSUR, por la delegación en ejercicio de la Presidencia Pro Tempore o por medio de la delegación de Uruguay que comparezca al evento.

Art. 3º- La Secretaría Administrativa del MERCOSUR confeccionará las copias fidedignas o certificadas que puedan ser solicitadas por los Estados Partes del MERCOSUR.

XXXV GMC – Montevideo, 29/IX/99

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
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