Detalle de la norma DC-7-2003-CMC
Decisión Nro. 7 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 2003
Asunto Aspectos Institucionales
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of 
Decisión Nº 7 17/06/2003 Fecha:  22/07/2003
 
Dependencia: DC-7-2003-CMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: APLICACION DIRECTA DE LA NORMATIVA MERCOSUR A LOS ORDENAMIENTOS JURIDICOS DE LOS ESTADOS PARTE
 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones N° 23/00 y 20/02 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

La necesidad de acompañar la etapa actual del MERCOSUR con desarrollos jurídicos que permitan la profundización del proceso de integración en beneficio de los Estados Parte y los particulares.

La importancia que reviste la pronta aplicación de la normativa aprobada por los órganos cuatripartitos en los Estados Parte y la conveniencia de que en el MERCOSUR se apruebe un mecanismo expedito para alcanzar ese objetivo.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE:

Art. 1 — Instruir al GMC para que por intermedio del SGT N° 2 "Aspectos Institucionales", con la participación de los delegados de la Reunión Técnica de Incorporación, elabore un análisis sobre la aplicación directa en los ordenamientos jurídicos nacionales de la normativa MERCOSUR que no requiera tratamiento legislativo en los Estados Parte.

Art. 2 — El GMC deberá elevar el análisis, en el que se incluirán todos los aspectos jurídicos vinculados al tema en cada Estado Parte, a la próxima Reunión del Consejo del Mercado Común.

Art. 3 — El SGT N° 2 para el desarrollo de sus trabajos mantendrá contactos periódicos con la CPC.

Art. 4 — Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXIV CMC - Asunción, 17/VI/03

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona LE-23981-1991-PLN Aspectos Institucionales