Detalle de la norma RE-6-2000-GMC
Resolución Nro. 6 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2000
Asunto Glosario de terminologia de vigilancia Epidemiológica
Detalle de la norma
RE-6-2000-GMC

RE-6-2000-GMC

FE DE ERRATAS DE LA RES. GMC Nº 53/99

"GLOSARIO DE TERMINOLOGIA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA-MERCOSUR"

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 91/93 y 53/99 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 13/98 del SGT Nº 11 "Salud".

CONSIDERANDO:

La instrucción impartida por la XXXVII Reunión del Grupo Mercado Común de que se efectúe una Fe de Erratas a la Res. GMC Nº 53/99.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1. — Efectuar la siguiente corrección del artículo 2º de la Resolución GMC Nº 53/99, donde dice "Argentina: Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)" debe decir "Argentina: Ministerio de Salud".

Art. 2. — Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución, a través de los siguientes organismos:

ARGENTINA: Ministerio de Salud

BRASIL: Ministério da Saúde

PARAGUAY: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

URUGUAY: Ministerio de Salud Pública.

Art. 3. — Los Estados Parte del MERCOSUR deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del día 5/VII/00.

XXXVII GMC - Buenos Aires, 5/VII/00

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-33-2005-GMC Deroga Deroga
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-53-1999-GMC Art 2°.
Relaciona LE-23981-1991-PLN Glosario de terminologia de vigilancia Epidemiológica