RE-59-2005
RE-59-2005
MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN
VISTO: El Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nros. 7/94,22/94 y 31/04 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nro. 65/01 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos
esenciales de la Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 – Aprobar la “Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común”, en sus versiones
en español y portugués, que figuran como Anexo y forman parte de la presente
Resolución.
Art. 2 – Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la
presente Resolución, tendrán vigencia a partir del 1/VII/06, debiendo los
Estados Partes asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos
jurídicos nacionales antes de esa fecha.
LXI GMC – Montevideo, 25/XI/05
ANEXO
SITUACIÓN ACTUAL
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MODIFICACIÓN
APROBADA
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NCM
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DESCRIPCIÓN
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AEC
%
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NCM
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DESCRIPCIÓN
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AEC
%
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3402.11.90
5402.49.90
7212.40.20
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3402.11.40
3402.11.90
5402.49.20
5402.49.90
7212.40.2
7212.40.21
7212.40.29
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Mezcla
de ácidos alquilbenceno_ sulfónicos
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