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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 54 |
28/11/2002 |
Fecha |
28/02/2003 |
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Dependencia: |
RE-54-2002-GMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA
EMPRESAS ESPECIALIZADAS EN
LA PRESTACION DE SERVICIOS DE DESINFESTACION,
DESINFECCION, HIGIENIZACION Y LIMPIEZA |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto
y las Resoluciones Nº 91/93, 152/96 y 38/98 del Grupo Mercado Común. |
CONSIDERANDO: Que es necesario establecer los requisitos para la
aplicación de productos domisanitarios de uso profesional; |
Que
es necesario definir las directrices para el desarrollo de esta actividad. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
ARTICULO 1 — Aprobar el "Reglamento Técnico MERCOSUR para Empresas
Especializadas en
la
Prestación de Servicios de Desinfestación, Desinfección,
Higienización y Limpieza", que figura como Anexo y forma parte de la
presente Resolución. |
ARTICULO 2 — Los Estados Partes pondrán en vigencia las
disposiciones legislativas reglamentarias y administrativas necesarias para
dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes
organismos: |
Argentina:
Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica - ANMAT |
Brasil:
Agencia Nacional de Vigilancia Sanitária do Ministério da Saúde (ANVISA) |
Paraguay:
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social |
Uruguay:
Ministerio de Salud Pública |
ARTICULO 3 — La presente Resolución se aplicará en el territorio
de los Estados Partes, al comercio entre ellos y a las importaciones
extrazona. |
ARTICULO 4 — Los Estados Partes del MERCOSUR deberán
incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales
antes del 31/05/03. |
LVIII GMC, Brasilia, 28/XI/02 |
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