RE-49-2003-GMC
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de
Integración Cultural del MERCOSUR, el Protocolo de Montevideo sobre Comercio de
Servicios y las Decisiones Nº 4/91, 9/91 y 59/00 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
La conveniencia de establecer un foro
destinado al análisis y desarrollo de mecanismos de promoción e intercambio de
la producción y distribución de los bienes, servicios y personal técnico y
artístico relacionados con la industria cinematográfica y audiovisual en el
ámbito del MERCOSUR.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 - Crear la "Reunión Especializada
de Autoridades Cinematográficas y Audiovisuales", con la finalidad de
analizar, desarrollar e implementar mecanismos destinados a promover la
complementación e integración de dichas industrias en la región, la
armonización de políticas públicas del sector, la promoción de la libre circulación
de bienes y servicios cinematográficos en la región y la armonización de los
aspectos legislativos.
Art. 2 - La Reunión Especializada de Autoridades Cinematográficas y Audiovisuales del MERCOSUR estará
integrada por los representantes gubernamentales del sector de los cuatro
Estados Parte, y la coordinación de las respectivas Secciones Nacionales será
ejercida por los órganos nacionales que cada Estado Parte determine, e
integrada con las entidades representativas del Sector Privado.
Art. 3 - En el desarrollo de sus actividades,
la Reunión Especializada podrá contar con el asesoramiento de las asociaciones
regionales sin fines de lucro, reconocidas legalmente, que tengan por objeto
temas relacionados con la industria cinematográfica y audiovisual en áreas relativas
a los objetivos y principios del MERCOSUR.
Art. 4 - La Reunión Especializada podrá sesionar con la presencia de Chile y Bolivia en aquellos temas de
interés común, de acuerdo a las Decisiones CMC Nº 14/96 y 12/97.
Art. 5 - Esta Resolución no necesita ser
incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte por reglamentar
aspectos de organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LII
GMC - Montevideo, 10/XII/03