Detalle de la norma RE-460-2009-SENASA
Resolución Nro. 460 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Organismo Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Año 2009
Asunto Régimen Transitorio de excepción para Pequeños y Medianos Productores de Peras y Manzanas
Boletín Oficial
Fecha: 03/07/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 460

01/07/2009

Fecha:

03/07/2009

 

Dependencia:

RE-460-2009-SENASA

Tema:

FRUTICULTURA

Asunto:

Régimen Transitorio de excepción para Pequeños y Medianos Productores de Peras y Manzanas. Acondicionamiento y envasado de productos. Prórroga de vencimiento establecido en la Resolución Nº 109/2009.

 

VISTO el Expediente Nº S01:0195501/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, la Resolución Nº 109 de fecha 12 de febrero de 2009 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, y

CONSIDERANDO

Que la Resolución Nº 109 de fecha 12 de febrero de 2009 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, creó el Régimen Transitorio de excepción para Pequeños y Medianos Productores de Peras y Manzanas de los Valles irrigados de los Ríos Negro, Neuquén, Limay y Colorado que acondicionen esas frutas con destino al mercado interno.

Que la Federación Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén, ha efectuado una propuesta de prórroga del vencimiento de la citada Resolución Nº 109/2009, referente a las prácticas de empaque de fruta en forma artesanal.

Que el Centro Regional Patagonia Norte del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA ha informado por Nota del 27 de mayo de 2009, que la implementación de la mentada Resolución Nº 109/2009 se ha desarrollado sin inconvenientes.

Que el citado Centro Regional menciona que si bien se ha comercializado la mayoría de la fruta bajo este régimen de excepción, aún queda fruta en stock para acondicionar.

Que por lo expuesto, la Coordinación Temática de Protección Vegetal del Centro Regional Patagonia Norte de este Organismo, propone postergar el vencimiento de la resolución de que se trata por un lapso de NOVENTA (90) días.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 8º, inciso f) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 237 de fecha 26 de marzo de 2009.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrógase en todos sus términos hasta el 31 de agosto de 2009, la Resolución Nº 109 de fecha 12 de febrero de 2009 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS que establece el Régimen Transitorio de excepción para Pequeños y Medianos Productores de Peras y Manzanas de los Valles irrigados de los Ríos Negro, Neuquén, Limay y Colorado que acondicionen esas frutas con destino al mercado interno.

Art. 2º — La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.

 
 
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