Detalle de la norma RE-426-2008-INS
Resolución Nro. 426 Instituto Nacional de la Semilla
Organismo Instituto Nacional de la Semilla
Año 2008
Asunto Creación fitogenética de raigras anual SELVA
Boletín Oficial
Fecha: 21/04/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 426

05/12/2008

Fecha:

21/04/2009

 

Dependencia:

RE-426-2008-INS

Tema:

MINISTERIO DE PRODUCCION INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Asunto:

Creación fitogenética de raigras anual SELVA

 

VISTO el Expediente Nº S01:0398503/2006 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO

Que la empresa GENTOS S.A., solicita la inscripción de la creación fitogenética de raigras anual SELVA, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por Ley Nº 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº 24.376 y el Artículo 26 del Decreto Nº 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley Nº 20.247, en su reunión de fecha 11 de noviembre de 2008, según Acta Nº 358 ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE:

ARTICULO 1º — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por Ley Nº 20.247, de la creación fitogenética de raigras anual SELVA, solicitada por la empresa GENTOS S.A.

ARTICULO 2º — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
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