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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución n° 4091
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28/12/1983
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Fecha:
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Dependencia:
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RE-4091-1983-ANA
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Tema
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Tema:
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Sumarios contenciosos y administrativos.
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Asunto:
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Feria Administrativa.
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VISTO la Resolución
N° 4475/80 referida a los sumarios contenciosos y
administrativos, y
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CONSIDERANDO:
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Que
es necesario adecuar su Anexo VII en relación a la Feria Administrativa.
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Por
ello, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso i) de la Ley N° 22.415.
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EL
ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS RESUELVE:
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ARTICULO
1°.- Aprobar las normas con respecto a la Feria Administrativa
que se detallan en el Anexo "A" de la presente Resolución y que
reemplazará al Anexo VII de la Resolución N° 4475/80.
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ARTICULO 2°.- Derogar el Anexo VII de la Resolución N°
4475/80 (BANA N° 209/80).
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ARTICULO
3°.- De forma.
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ANEXO
VII "A"
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FERIA
ADMINISTRATIVA
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1.-
Establécese el mes de Enero de cada año como Feria para los procedimientos
sumariales contenciosos y administrativos como así también, para los
establecidos por la Ley N°
11.683 (t.o. 1978) y sus modificaciones por la Ley N° 22.415 Sección XIV, quedando suspendido durante ese mes los plazos previstos para tales procedimientos.
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2.-
La Feria
establecida precedentemente se habilitará cuando razones de urgencia lo
requiera, quedando facultades para habilitar la misma los Jefes de los Departamentos
Asuntos Jurídicos, Operacional Capital, Contencioso Capital, la División Fiscalización
y los Administradores de Aduanas, o quienes los reemplacen.
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3.-
Los mismos funcionarios arbitrarán los medios necesarios para que el personal
a sus órdenes dedicado a la atención de los expedientes haga uso de la
licencia anual durante el mes de Enero de cada año, dejando en cada
dependencia una guardia mínima destinada al asesoramiento de cuestiones
generales y a los casos de habilitación de la Feria.
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4.-
En los casos en que el personal gozare de una licencia menor a los treinta (30)
días, el tiempo que cumpla servicios será destinado al ordenamiento
administrativo y puesta al día de la dependencia en la que presta servicios.
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NOTA:
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El
original Anexo VII fue aprobado por la Resolución N°
4475/80.
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Esta
es la primera modificación aprobada por la Resolución N°
4.091/83.
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BANA 246/1983
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