RE-40-2002-GMC
RE-40-2002-GMC
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N°
7/94 Y 22/94 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 65/01 del Grupo
Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos
esenciales de la Unión
Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la "Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común", que figura
como Anexo y forma parte de la
presente Resolución.
Art. 2 - Al momento de incorporar la presente Resolución a sus respectivos
ordenamientos jurídicos nacionales, los Estados Partes
deberán observar lo dipuesto
en la Decisión CMC N° 15/97, modificada y prorrogada por
las Decisiones CMC N°
67/00 Y 06/01.
Art. 3 - Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente
Resolución
a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del
01/01/03.
XLVII GMC - Brasilia, 11/X102
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