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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 38 |
20/12/1995
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Fecha: |
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Dependencia:
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RE-38-1995-GMC |
Tema:
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MERCOSUR
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Asunto:
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PAUTAS NEGOCIADORAS DE LOS SUBGRUPOS
DE TRABAJO, REUNIONES ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC
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VISTO El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro
Preto, la Decisión
Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, la Resolución Nº
20/95 del Grupo Mercado Común. |
CONSIDERANDO: |
Que
la Resolución Nº
20/95 GMC instruye a los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas para
elaborar propuestas de pautas negociadoras indicando las tareas prioritarias
definidas a la luz de las necesidades de la presente etapa del proceso de
integración, el plazo razonable para su ejecución y los medios necesarios
para su realización. |
Que
deben continuarse los trabajos que profundicen los esquemas de integración
del Mercosur y el perfeccionamiento de la Unión Aduanera
y la conclusión de los objetivos del Tratado de Asunción. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art.
1 - Aprobar las Pautas Negociadoras de los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc
que constan como Anexos y forman parte de la presente Resolución. |
Art.
2 - En el desarrollo de dichas pautas los Subgrupos de Trabajo, Reuniones
Especializadas y Grupos Ad-Hoc tendrán en consideración las instrucciones
generales y específicas que constan en los Anexos a la presente Resolución,
además de las instrucciones ya impartidas por el GMC. |
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ANEXO A LA
RES. Nº 38/95 |
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SGT Nº 1
“COMUNICACIONES” |
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TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS |
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ACUERDO TV
EN UHF |
Definición:
Establecimiento de procedimientos de coordinación para la utilización y
operación de canales radioeléctricos atribuídos al servicio de radiodifusión
en las bandas de frecuencias de UHF (512 - 806 Mhz.). |
Justificación:
Los países destinan dichas bandas a servicios de características diferentes, lo
que obliga a su coordinación técnica y administrativa. |
Permitir
el acceso equitativo en zonas de frontera, al recurso escaso y limitado que
representa el espectro radioeléctrico por parte de todos los países del
MERCOSUR. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1. |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. |
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ACUERDO
SOBRE DISTRIBUCION DE SEÑALES DE TV MULTIPUNTO MULTICANAL |
Definición:
Establecimiento de procedimientos de coordinación para la utilización y
operación de canales radioeléctricos que operen en la modalidad de
distribución multipunto de señales de televisión multicanales. |
Justificación:
Permitir el acceso equitativo en zonas de frontera, al recurso escaso y
limitado que representa el espectro radioeléctrico por parte de todos los
países del MERCOSUR. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1. |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año en Banda de 2,5 GHz. |
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ACUERDOS
VIGENTES SOBRE TV VHF Y TELEFONIA MOVIL CELULAR |
Definición:
Relevamiento de situación y aplicación de los acuerdos vigentes referidos a TV
VHF y Telefonía Móvil Celular. |
Justificación:
Tecnológicamente requieren un continuo seguimiento. |
Cumplir
los Art. 10 y 14 respectivamente, de los Acuerdos TV VHF y Telefonía Móvil
Celular. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. |
Plazo
razonable para su realización: Ocho (8) meses. |
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S.C.P.
(SISTEMAS DE COMUNICACIONES PERSONALES) |
Definición:
Armonizar el uso de las bandas destinadas a los sistemas de comunicaciones
personales terrestres, estableciendo los procedimientos para su coordinación
en áreas de frontera y compatibilización de los sistemas. |
Justificación:
compatibilizar los sistemas posibilitará que las estaciones móviles
autorizadas en cualquiera de los Estados Partes puedan utilizar los sistemas
a pesar de encontrarse en territorio de otro Estado Parte. |
Simplificar
los estudios de compatibilidad electromagnética de forma de evitar
interferencias perjudiciales con otros servicios. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. |
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SISTEMAS
TRONCALIZADOS |
Definición:
armonizar el uso de las bandas de frecuencias destinadas a los sistemas
radioeléctricos troncalizados y establecer bases para la compatibilización de
sistemas troncalizados de distintos Estados Partes. |
Justificación:
el uso de las mismas bandas de frecuencias para una misma aplicación
contribuirá al mejor uso del espectro radioeléctrico. La compatibilización de
los sistemas troncalizados agilitará el proceso de comunicación,
contribuyendo a intensificar el comercio en el MERCOSUR. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. |
Plazo
razonable para su realización: 8 (ocho) meses. |
|
RECONOCIMIENTO
DE LICENCIAS PARA TRANSPORTISTAS |
Definición:
Reconocimiento por todas las partes de licencias/autorizaciones de estaciones
radioeléctricas móviles emitidas por una de ellas, a los efectos de la
autorización de su introducción y operación transitoria como parte de un
vehículo de transporte. |
Justificación:
La necesidad de reglamentar la utilización temporaria de equipamientos
radioeléctricos en el resto de los países del MERCOSUR por parte de empresas
de transporte internacional de carga y pasajeros asignatarios de frecuencias
autorizadas por alguno de los Estados Partes. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 6 (seis) meses. |
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RADIODIFUSION
SONORA DIGITAL (DAB) |
Definición:
Armonizar los sistemas a emplear y establecer los procedimientos de
coordinación de frecuencias. |
Justificación:
Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el campo de las
telecomunicaciones. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años. |
|
TELEVISION
DE ALTA DEFINICION (TVAD) |
Definición:
Armonizar los sistemas y bandas de frecuencias que se implementen |
Justificación:
Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el área de las
telecomunicaciones |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años. |
|
ARMONIZACION
DEL USO DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO |
Definición:
Identificación de las bandas del espectro radioeléctrico cuya armonización
sea posible. |
Justificación:
Optimizar la utilización del espectro radioeléctrico en la región |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años. |
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RADIODIFUSION
POR SATELITE INCLUYENDO DTH |
Definición:
Armonizar los criterios de operación de los sistemas transmisores y
eventualmente receptores. |
Justificación:
Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el área de las
telecomunicaciones |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años. |
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ARMONIZAR
PROCEDIMIENTOS DE CERTIFICACION/HOMOLOGACION DE EQUIPOS DE COMUNICACIONES |
Definición:
Armonizar los procedimientos para la certificación de productos que serán comercializados
entre los Estado Partes. |
Justificación:
Evitar que cada Estado dicte sus propias reglas dificultando así, la
certificación/homologación de sus productos en los demás Estados Partes |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1 |
Plazo
razonable para su realización: Ocho (8) meses. |
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FUTUROS
SERVICIOS MOVILES TERRESTRES (IMT 2000) |
Definición:
Armonizar el uso de las bandas destinadas a los futuros servicios móviles terrestres
(IMT 2000), estableciendo los procedimientos para su coordinación en áreas de
frontera y compatibilización de los sistemas. |
Justificación:
Compatibilizar los sistemas posibilitará que las estaciones móviles
autorizadas en cualquiera de los Estados Partes puedan utilizar los mismo a
pesar de encontrarse en territorio de otro Estado Parte. |
Simplificar
los estudios de compatibilidad electromagnética de forma de evitar
interferencias perjudiciales con otros servicios. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años |
|
SISTEMAS
SATELITALES |
Definición:
Armonizar los criterios de operación de los sistemas transmisores y
eventualmente receptores. |
Justificación:
Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el área de las
telecomunicaciones |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años. |
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FRECUENCIAS
PARA ESTACIONES ITINERANTES |
Definición:
Armonizar el uso de frecuencias destinadas a usuarios que necesiten operar
sistemas de radiocomunicaciones sin localización definitiva o cuya cambio de
ubicación sea frecuente. |
Justificación:
El uso de las mismas frecuencias por los Estados Partes, además de evitar
interferencias perjudiciales en áreas de frontera, permitirá la
comercialización entre los Estados Partes, de los equipamientos fabricados
para esta aplicación. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº. 1. |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. |
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PROCEDIMIENTO
DE ACREDITACION DE LABORATORIOS PARA EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES EN EL
MERCOSUR. |
Definición:
Acreditar laboratorios en los Estados Partes para la realización de pruebas
de los productos que serán comercializados en el MERCOSUR. |
Justificación:
Los productos deberán cumplir con las normas técnicas aplicables en cada
estado. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. |
Plazo
razonable para su realización: 18 (dieciocho) meses. |
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ACUERDO
VIGENTE SOBRE TELEFONIA RURAL. |
Definición:
Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre telefonía rural. |
Justificación:
La existencia de acuerdos entre algunos de los Estados Partes y el avance
tecnológico, exigen un estudio sobre los mismos. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. |
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ELABORACION
DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA COORDINACION ENTRE ESTACIONES TERRENAS Y
TERRESTRES. |
Definición:
Armonizar los procedimientos técnicos y administrativos a seguir cuando uno
de los Estados Partes desee instalar y operar una estación terrena o
terrestre. |
Justificación:
Evitar interferencia perjudicial entre estaciones terrenas y terrestres
pertenecientes a estados distintos. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 8 (ocho) meses |
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PROYECTO
DE SISTEMAS PARA ADMINISTRACION DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO EN EL AMBITO DEL
MERCOSUR. |
Definición:
Desarrollo de un sistema, utilizando una base de datos relacional con
lenguaje de alto nivel, que pueda funcionar en plataformas diferentes, sea
micro, “Risc” o “Main-frame” que posea informaciones gerenciales, técnicas y
administrativas, relativas a los usuarios de los varios servicios de
comunicaciones con el objetivo de permitir la administración del espectro
radioelectrico. |
Justificación:
Facilitar las actividades de administración del espectro radioelectrico,
inclusive con aval técnico, automatizado, emisión de datos autorizados vía
sistema, control de pagos, etc. |
Permitir
la interconexión entre las bases de datos de los Estados Partes,
posibilitando una utilización más racional del espectro. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. |
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ACUERDOS
VIGENTES SOBRE RADIODIFUSION EN AM |
Definición:
Revisión del RJ81 para la solución de controversias respecto a la
coordinación de estaciones exclusivamente de los Estados Partes. |
Justificación:
Los criterios contenidos en el precitado Acuerdo han impedido la coordinación
de estaciones que se encuentran en operación sin causar interferencias. |
Medios
Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año |
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ACUERDOS
VIGENTES SOBRE RADIODIFUSION EN FM. |
Definición:
Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre radiodifusión en FM |
Justificación:
La existencia de acuerdos entre algunos de los Estados Partes y el avance
tecnológico, exigen un estudio sobre los mismos. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1. |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. |
|
COMPATIBILIDAD
ELECTROMAGNETICA |
Definición:
Establecer los procedimientos y criterios técnicos para evaluar la
compatibilidad electromagnética entre equipos y sistemas. |
Justificación:
Optimizar la utilización del espectro radioeléctrico. |
Medios
Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. |
Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) años |
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ACUERDO
VIGENTE SOBRE FRECUENCIAS HF DEL SERVICIO MOVIL MARITIMO |
Definición:
Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre frecuencias HF
Servicio Móvil Marítimo. |
Justificación:
La existencias de acuerdos entre algunos de los Estados Partes y el avance
tecnológico exigen un estudio sobre los mismos. |
Medios
Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año |
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COMPILACION
DE LEGISLACIONES Y ESTRUCTURAS TARIFARIAS EN TELECOMUNICACIONES. |
Definición:
Consolidar el conjunto de normas legales y estructuras tarifarías en
telecomunicaciones |
Justificación:
Contar con la información de todos los Estados Partes. |
Medios
Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1 |
Plazo
razonable para su realización: 6 (seis) meses |
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ASUNTOS
ADUANEROS |
Definición:
Relevamiento de la problemática aduanera de los correos de los Estados
Partes. |
Justificación:
Facilitar la libre circulación de los productos postales en el ámbito del MERCOSUR
(encomiendas, pequeños paquetes, cartas, etc.). |
Medios
necesarios: Designar un especialista de la Comisión Temática
Postal, quien trabajará conjuntamente con los técnicos aduaneros de cada
Estado Parte. |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. |
|
INTERCONEXION
INFORMATICA DE CORREOS |
Definición:
Desarrollo de un sistema, utilizando una base de datos que contenga
información gerencial, técnica y administrativa relativas a los usuarios de
servicios postales con el objetivo de permitir el seguimiento de la
correspondencia. |
Justificación:
Posibilitar el seguimiento y localización del envío procurando mayor
seguridad y mejora en la calidad del servicio. |
Medios
necesarios: Integrar a la
Comisión especialistas en informática de cada correo. |
Plazo
razonable para su realización: 15 (quince) meses. |
|
TRANSPORTE
DE ENCOMIENDAS |
Definición:
Establecer normas patrón para los procedimientos de captación, transporte y
entrega de encomiendas. |
Justificación:
Aumentar las facilidades de los usuarios en el proceso de compra por correos,
y crear las condiciones para mejorar el nivel de competencia con la
iniciativa privada. |
Propiciar
el incremento de participación de los correos en el mercado de encomiendas. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año |
|
ACUERDOS
POSTALES VIGENTES |
Definición:
Relevamiento de la situación relativa a los acuerdos vigentes en materia
postal entre los Estados Partes. |
Justificación:
Compatibilizar los acuerdos vigentes en materia postal con los objetivos y necesidades
del MERCOSUR. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. |
Plazo
razonable para su realización: 4 (cuatro) meses. |
|
REDES DE
DISTRIBUCIÓN POSTAL |
Definición:
Estructurar redes de distribución postal entre los Estados Partes definiendo sedes
operativas de subdistribución. |
Justificación:
Acelerar la distribución de la correspondencia teniendo en cuenta la gran
extensión de la región. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. |
Plazo
razonable para su realización: 18 (dieciocho) meses. |
|
RELACIONAMIENTO
ENTRE CORREOS PUBLICOS Y PRIVADOS |
Definición:
Analizar la futura relación entre el correo público y los privados de los
Estados Partes en el ámbito del MERCOSUR. |
Justificación:
Dado los procesos de desregulación postal existentes en algunos de los
Estados Partes se requerirá su estudio e implementación. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1. |
Plazo
razonable para su realización: 1 (un) año. |
|
SGT Nº 2
“MINERIA” |
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TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS |
1. LEGISLACION: |
A)
Recopilar información tomándose como base lo trabajado hasta el presente en
el marco de lo actuado en los encuentros Minero-Mineralúrgicos de Río y de Montevideo
y enviando dicha información a las Comisiones Temáticas Ad-Hoc. |
B)
Realización de un estudio comparativo de las legislaciones nacionales que
abarque los siguientes temas: |
a)
Legislación minera. |
b)
Legislación societaria. |
c)
Ley de inversiones. |
d)
Legislación tributaria. |
e)
Legislación laboral. |
f)
Medio ambiente. |
g)
Toda otra legislación que tenga incidencia en minería en forma directa. |
|
Justificación: |
En
el ambiente competitivo de la minería la base legal es de fundamental
importancia, sea en los aspectos relacionados al acceso al subsuelo, sea en
los que se refiere a la producción y al comercio de los productos mineros. |
La
adecuación de la base legal constituye estímulo o barrera a las inversiones
del sector. El objetivo de un estudio de esta naturaleza es identificar las diferencias
en el tratamiento legal en el sector minero en los Estados Partes. |
|
Medios
necesarios para la ejecución: |
Disponibilidad
de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de
cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación
internacional. |
|
Plazo: |
12
meses a partir de la primera reunión del Subgrupo Nº 2. |
|
2. INFORMACION: |
Desarrollar
y ampliar los Bancos de Datos y compatibilizarlos con los existentes en la
región. |
Para
la ejecución de la tarea deberá tomarse como base el Banco de Datos MERCOSUR,
desarrollado en el marco de las Actas de Río y de Montevideo. |
|
Justificación: |
Los
diferentes avances de los sistemas de información de los Estados Partes no
permiten la ejecución de estudios comparativos para la identificación de
oportunidades de cooperación e intercambio comercial de productos de origen
mineral. La falta de información sobre la disponibilidad de productos
minerales en alguno de los países del Mercosur ha llevado a privilegiar la
comercialización con otros mercados en detrimento de los Estados Partes. |
|
Medios
necesarios para la ejecución: |
Disponibilidad
de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de
cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación
internacional. |
|
Plazo: |
Para
la etapa de implementación se propone 12 meses. |
|
3. RECURSOS MINERALES |
Realización
de un estudio de complementación de las economías mineras de los países del
MERCOSUR, abarcando la producción, consumo y comercialización de los
minerales y sus productos intra y extra zona. |
|
Justificación: |
Buscar
medios para la intensificación del intercambio y la integración de la
producción minera procurando la incorporación del mayor valor agregado
posible con vistas al comercio entre los Estados Partes y con el resto del
mundo, identificando sinergías entre los recursos minerales de la industria
de los Estados Partes. |
|
Medios
necesarios para la ejecución: |
Disponibilidad
de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de
cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación
internacional. |
|
Plazo: |
24
meses |
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4. GEOLOGIA Y MINERIA |
A)
Inventario de los servicios de apoyo al sector. |
B)
Intercambio para la formación y entrenamiento de los recursos humanos. |
C)
Definir proyectos específicos para la cooperación científico-técnica en
geología y minería. |
|
Justificación: |
Desarrollar
el intercambio científico y tecnológico, así como la identificación y
ampliación de las oportunidades de prestación de servicios por las
instituciones encargadas de los levantamientos geológicos y del desarrollo y
adquisición de tecnología minera. |
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Medios
necesarios para la ejecución: |
Disponibilidad
de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de cada
Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación
internacional incluyendo el otorgamiento de becas. |
|
Plazo: 24 meses |
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SGT Nº 3
“REGLAMENTOS TECNICOS” |
|
TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS |
|
TAREA
GENERAL |
Eliminación
de los obstáculos técnicos al comercio para facilitar la libre circulación de
los bienes y la integración regional entre los Estados Partes”. |
|
PAUTAS DE ACCION |
Armonizar
los reglamentos técnicos identificados como obstáculos a los flujos de
comercio intra-Mercosur. |
Compatibilizar
los Sistemas, Estructuras y Actividades Nacionales de evaluación de conformidad,
adecuando sus procedimientos y asegurando el reconocimiento mutuo en la
región. |
Promover
la integración de los Sistemas y Estructuras Nacionales de Metrología, asegurando
formas de cooperación y complementariedad de acciones. |
Definir
el relacionamiento entre el SGT Nº 3 y el Comité Mercosur de Normalización. |
Proponer
procedimientos de organización de información referente a Reglamentos
Técnicos, Normas Técnicas y evaluación de conformidad, de manera de permitir
la deseada transparencia en los procesos de notificación intra-Mercosur e
Internacional. |
|
TAREAS DE LOS COORDINADORES NACIONALES |
1
- Evaluar y definir las prioridades, metodologías de las distintas áreas y el
seguimiento de sus actividades como así también el análisis de la
incorporación de nuevos temas. |
2
- Relacionamiento con los otros Subgrupos de Trabajo, Grupos Ad-Hoc, Comité de
Cooperación Técnica, Reuniones Espeicalizadas del GMC y Comités Técnicos de
la CCM. |
3
- Relacionamiento con el Comité MERCOSUR de Normalización. |
4
- Organización de los Sistemas de Información y Notificación. |
5
- Analizar las posibilidades de compatibilización de los Sistemas y
Estructuras de Evaluación de Conformidad. |
6
- Relacionamiento con los Proyectos de Cooperación Técnica Internacional. |
|
AREAS DE TRABAJO |
1
- Alimentos |
2
- Productos para la Salud |
3
- Industria Automotriz |
4
- Productos Veterinarios |
5
- Metrología |
Las
Areas de Trabajo estarán bajo la conducción de un Responsable de Area e integradas
por Unidades de Trabajo. Las Areas y Unidades no tendrán, en general,
carácter permanente y se disolverán una vez concluído el análisis de los
temas. |
|
AREA DE ALIMENTOS |
|
PLAZO
ESTIMADO: 18 MESES |
|
UNIDAD
DE TRABAJO Y TEMAS |
|
CONTROL DE ALIMENTOS |
Buenas
Prácticas |
Sistemas
de Inspección y Certificación |
Programas
de Control |
Habilitación
y Registro |
Planes
de Muestreo |
Infracciones |
Técnicas
Analíticas y Laboratorios de Ensayo |
Sistemas
de Información |
Programas
Regionales y/o con apoyo de Terceros Países u Organismos. |
Capacitación
de Personal |
|
|
ADITIVOS |
|
PATRONES DE IDENTIDAD Y CALIDAD |
Lácteos |
Bebidas
(cervezas,jugos y bebidas alcohólicas destiladas) |
Productos
de origen Animal (carne bovina, moluscos, anfibios, filetes de pescado
congelado, carne de ave) |
Productos
de origen vegetal (arroz, manzana, pera, papa, citrus, pimiento, frutilla,
ajo) |
|
|
CONTAMINANTES |
Inorgánicos
y orgánicos |
Residuos
de Pesticidas |
Residuos
de Medicamentos Veterinarios en los alimentos |
Micotoxinas |
Patrones
Microbiológicos |
Microscopía |
|
|
ROTULACION |
Rotulación
Nutricional |
Declaración
Nutricional (CLAIMS) |
|
ALIMENTOS
PARA DIETAS ESPECIALES (Incluídas bebidas dietéticas) |
|
ENVASES
Y MATERIALES EN CONTACTO CON ALIMENTOS |
|
AREA
DE PRODUCTOS PARA LA SALUD |
|
PLAZO
ESTIMADO: 18 MESES |
|
UNIDAD
DE TRABAJO Y TEMAS |
|
CONTROL DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS |
Buenas
Prácticas: |
transporte |
almacenamiento |
comercialización |
distribución |
|
|
Metodología
y Procedimiento para Fiscalización e Inspección |
-
Autorización para el Funcionamiento de Empresas |
Definición
de actividades de los diferentes tipos de empresas |
Requisitos
y procedimientos para habilitación de establecimientos |
Contratos
con terceros |
-
Registro de Productos: |
requisitos
y procedimientos para el registro de productos nuevos |
países
de referencia |
productos
extra zona |
modelo
de prospectos |
categoría
de venta y uso |
modificación,
renovación y anulación de registro |
|
|
-
Investigación Clínica |
- Capacitación contínua de Inspectores.
Fase II |
- Promoción y Propaganda |
- Sistema de Información |
- Laboratorios de Ensayo/Control de
Calidad |
- Planes de Muestreo y Metodología
Analítica |
- Embalaje |
- Envases |
- Aditivos |
- Productos Fitoterapéuticos |
- Productos Homeopáticos |
|
|
SICOTROPICOS |
Armonización
gradual de la lista de sustancias estupefacientes y sicotrópicos de acuerdo a
las normas internacionales. |
Control
de las sustancias de productos estupefacientes y sicotrópicos considerando
principalmente las normas internacionales |
|
SANGRE Y
HEMODERIVADOS |
-
Reglamentación de las unidades de medicina transfusional |
-
Guía para la inspección de unidades de medicina transfusional |
-
Verificación de cumplimiento de buenas prácticas de fabricación y control de
Hemoderivados: Albúmina, Inmunoglobulina y Factores de coagulación. |
-
Reglamento técnico para fabricación y control de factores de coagulación. |
-
Reglamento técnico para fabricación y control de sueros y vacunas. |
-
Elaboración de módulos para entrenamiento de inspectores para plantas de
hemoderivados. |
|
PRODUCTOS
MEDICOS |
-
Verificación del cumplimiento de las BPF de productos para diagnóstico “in
vitro” |
-
Registro de productos médicos |
-
Verificación del cumplimiento de las BPF de productos médicos |
-
Cronograma de implementación de Buenas Prácticas de fabricación. |
-
Reglamentos técnicos de productos médicos |
-
Autorización de empresas de productos médicos. |
-
Investigación clínica de productos médicos. |
|
COSMÉTICOS |
-
Criterios de rotulado para productos de higiene personal, cosméticos y
perfumes |
|
PRODUCTOS
DOMISANITARIOS |
-
Definir los criterios para la indicación del plazo de validez y componentes
en los rótulos |
-
Guía de Inspección de Establecimientos, Clasificación de criterios de
Evaluación, Guía de Buenas Prácticas de Elaboración para productos
Domisanitarios. |
-
Complementar la armonización de los productos desinfectantes con acción
antimicrobiana y soluciones de hipoclorito. |
-
Confección de listas negativas, restrictivas, y de excepción para productos
domisanitarios. |
-
Completar la armonización de anexos para los productos desinfectantes. |
-
Revisión de la RN-GMC
121/94 - Registro de Establecimiento. |
-
Revisión de la RN-GMC
122/94 - Registro de productos domisanitarios. |
-
Armonización de la clasificación de productos domisanitarios. |
-
Armonización de los métodos de determinación de la biodegradabilidad para
detergentes. |
-
Requisitos para la aplicación de productos de uso profesional. |
|
AREA DE
PRODUCTOS VETERINARIOS |
PLAZO
ESTIMADO: 18 MESES. |
|
UNIDAD DE
TRABAJO Y TEMAS |
Reglamentación
del MRPV |
Reglamentación
del Sistema de Convalidación |
Aprobación
de la ficha técnica de los productos veterinarios. |
Denominación
de un Centro de Referencia Analítica. |
Normas
de buenas prácticas de fabricación de productos veterinarios. |
Normas
y procedimientos para inspección de establecimientos elaboradores,
importadores y que comercialicen productos veterinarios. |
Creación
de una guía regional de drogas y productos de uso veterinario, con vistas a
su implementación. |
Metodología
de evaluación de nuevas drogas y productos para adopción de normas
específicas. |
|
AREA DE
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ |
PLAZO
ESTIMADO: 18 MESES. |
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UNIDAD DE TRABAJO Y TEMAS |
-
Identificación Vehicular, Nro. VIN |
-
Omnibus y Micro Omnibus urbanos de media y larga distancia |
-
Emisión de vehículos equipados con motor Otto pesado y diesel con respecto
a nivel máximo de contaminación |
-
Lavador de parabrisas. |
-
Mangueras de frenos. |
-
Vidrios energizados. |
-
Inflamabilidad de materiales. |
-
Bocinas. |
-
Salientes de ruedas y sus accesorios. |
-
Traba de capot de motor. |
-
Identificación de los controles de transmisión mecánica y automática. |
-
Extinguidores de incendio. |
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AREA DE
METROLOGIA |
A
fin de promover la
Integración de los Sistemas y Estructuras Nacionales de
Metrología asegurando formas de cooperación y complementariedad de acciones,
créase el Area de Metrología, la cual en un plazo de 6 meses presentará su
plan de trabajo tendiente a dar cumplimiento al objetivo citado. |
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SGT Nº 4
“ASUNTOS FINANCIEROS” |
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TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS |
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PROGRAMA DE TAREAS POR SECTORES
CONSIDERADOS HASTA DICIEMBRE 1996 |
SECTOR |
TAREAS |
Sistema
Financiero |
1.
Supervisión Bancaria Global Consolidada:
a.
Formalización de convenios entre los Bancos Centrales.
b.
temas a ser considerados para promover los avances en la cuestión :
i. demostraciones financieras
consolidadas;
ii. perfeccionamiento técnico de
los procesos de regulación prudencial y de fiscalización;
iii. secreto bancario;
iv. fiscalización compartida
incluyendo entrenamiento de personal;
v. las responsabilidades y el
inter-relacionamiento de los organismos supervisores de los países;
2.
Perfeccionamiento de los procedimientos para el intercambio de información
sobre los sistemas financieros, especialmente sobre las situaciones que
reciben mayor gravedad y riesgo, así como aquella relativa a los procesos
de privatización.
3.
Reducción de asimetrías y busca de armonización en:
i. central de riesgo;
ii. definición conceptual del
patrimonio líquido;
iii. provisiones
iv. clasificación y sistema de
evaluación de deudores ;
v. límites operacionales ;
4.
Tratamiento nacional para los bancos de los Estados Partes ;
5.
Cooperación Técnica, inclusive con los recursos del FOMIN;
i. derivados;
ii. aplicación de la supervisión
bancaria consolidada;
iii. nuevas formas de
instrumentos financieros para las PYMEs;
6.
Lavado de dinero;
7.
Operaciones con derivados;
|
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SECTOR |
TAREAS |
Seguros
y
Reaseguros |
1.
Armonización de las condiciones de ejercicio para seguros;
a. exigencia de capital mínimo;
b. solvencia-margen de
solvencia, provisiones técnicas y fiscalización; items previamente
acordados, sujetos a la ratificación y detalle:
i. constitución de reservas
técnicas en el país de operación del seguro, con los activos
correspondientes;
ii. provisiones técnicas de
acuerdo con la legislación específica de cada país;
iii. cambio obligatorio de
informaciones sobre operaciones, con la padronización de conceptos;
iv. obligatoriedad del cálculo
de índices e indicadores de solvencia y cambio de resultados;
v. verificación de las
condiciones de solvencia, en el país y en el exterior, por los Estados
Partes donde la empresa tenga sede social;
vi. obligatoriedad del cálculo
de margen de solvencia, de manera armonizada;
vii. obligatoriedad de
publicación de balances contables;
viii. obligatoriedad de
presentación periódica de documentación necesaria, inclusive demostraciones
estadísticas;
ix. estricta colaboración entre
los Estados Partes;
c. Constitución jurídica de las
empresas.
2.
Perfeccionamiento de los acuerdos alcanzados sobre seguros;
3.
Seguros sobre transporte multimodal;
4.
Cooperación Técnica:
a. seminario sobre la
experiencia europea en materia de integración del mercado de seguros;
5.
Intercambio de información en materia de reglamentación
6.
Intercambio de experiencias en temas de supervisión.
|
|
|
SECTOR |
TAREAS |
Mercado
de Capitales |
1.Operaciones
con derivados
2.Seguimiento
de acuerdos alcanzados
|
Promoción
y Protección de Inversiones |
1.
Seguimiento de la lista de excepciones a los convenios existentes.
|
Indicadores
Macroeconómicos |
1.Revisión
de la nómina, intercambio y difusión de indicadores macroeconómicos de los
países.
2.Elaboración
de un comentario que acompañe las estadísticas y sirva de introducción para
el conocimiento de la coyuntura regional |
Régimen
Cambiario |
1.
Seguimiento del régimen cambiario y de las regulaciones relativas a los
movimientos de capitales.
2.
Convenio de créditos recíprocos |
|
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PROGRAMA DE TAREAS PARA LOS SECTORES
MENCIONADOS
TAREAS PARA LARGO PLAZO (AÑO 2000) |
SECTOR |
TAREAS |
Sistema
Financiero |
1.
Acceso a mercado.
2.
Constitución jurídica de las empresas. |
Seguros
y
Reaseguros |
1.
Acceso a mercado.
2.
Constitución jurídica de las empresas. |
Movimiento
de Capitales |
1.
Cooperación con relación al movimiento de capitales.
2.
Estudio y seguimiento de los mecanismos de pago establecidos o que se establecen
entre los Estados Partes. |
|
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SGT Nº 5
“TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA” |
|
TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS |
|
A)
TRANSPORTE TERRESTRE |
|
ANÁLISIS, SIMPLIFICACIÓN,
IMPLEMENTACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LOS ACUERDOS Y REGLAMENTACIONES EXISTENTES
EN EL ÁMBITO MERCOSUR/ALADI. |
Definición Relevamiento y análisis de los acuerdos existentes
en el ámbito del MERCOSUR-ALADI. |
Dentro
de esta tarea, se identifican las normativas que serán objeto de estudio: |
-
A.T.I.T. |
-
C.R.T. |
-
Acuerdo sobre Transporte Multimodal |
-
Principios para el acceso a la profesión de transportista en el ámbito del
MERCOSUR |
-
Acuerdo sobre Transporte de Cargas Peligrosas en el MERCOSUR |
|
|
Justificación:
Necesidad de consolidar y simplificar los acuerdos existentes, continuando
los avances que respeten las condiciones de cada Estado Parte en la
integración. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del Subgrupo de
Trabajo Nº 5 |
Plazo
razonable para su realización: 12 meses |
|
ATENUACIÓN
DE LAS ASIMETRÍAS VINCULADAS AL TRANSPORTE TERRESTRE |
Definición:
Identificación y eliminación de las Asimetrías vinculadas directamente al
transporte terrestre, cuya consideración y eventual solución dependa
directamente de las autoridades del sector. |
Identificación
de otras asimetrías para trasladar su consideración a los órganos
competentes. |
Justificación:
Se fundamenta en la necesidad de identificar y eliminar aquellas condiciones
que afectan con situaciones de desigualdad al transporte internacional
terrestre, eliminando su influencia negativa. |
Medios
necesarios: Creación de una Comisión de Especialistas dentro del Subgrupo de
Trabajo Nº 5. |
Plazo
razonable para su realización: 18 meses |
|
SEGURIDAD
EN EL TRANSPORTE |
Definición:
Armonizar y coordinar una propuesta de estrategia conjunta sobre normas de
seguridad, normas tecnológicas y técnicas, y sobre controles técnicos de
habilitación y ejecución de la actividad, que permita implementar la moderna
tecnología en el control de la seguridad en el transporte. |
Justificación:
Necesidad de coordinar y armonizar una estrategia común en la materia. |
Medios
necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5. |
Plazo
razonable para su realización: 12 meses |
|
FACILITACION
FRONTERIZA |
Definición:
Relevamiento de los procedimientos operativos de transporte actualmente
vigentes en los pasos de frontera de cada Estado Parte y su relación con los
diferentes Entes Fronterizos de Control. Aplicación de los Acuerdos vigentes
referidos al sistema de control integrado de frontera. |
Justificación:
Los pasos de frontera deben poseer -tal como se ha acordado en MERCOSUR-, un
sistema ágil y rápido para el tránsito del transporte internacional -de
cargas o pasajeros-; y debe existir una comunicación fluida y constante con
cada Organismo Nacional Competente de aplicación del ATIT. |
Medios
necesarios: Creación de una Comisión de seguimiento con el objeto de efectuar
relevamientos permanentes del funcionamiento institucional y operativo de los
Pasos de Frontera habilitados, con la obligación de presentar en cada reunión
ordinaria del Subgrupo un informe detallado y soluciones a los problemas
identificados. |
Plazo
razonable para su realización: 12 meses |
|
B)
TRANSPORTE DE CARGAS POR CARRETERA |
|
PRINCIPIOS
GENERALES DE ACCESO A LA PROFESIÓN DE TRANSPORTISTA Y SU EJERCICIO EN EL
ÁMBITO DEL MERCOSUR: |
Definición:
Relevamiento de situación y puesta en práctica en forma inmediata del acuerdo
vigente. |
Justificación:
Coordinación con aquellos Estados Parte que aun no lo han puesto en vigencia. |
Medios
necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5 |
Plazo
razonable para su realización: 6 Meses |
|
RELEVAMIENTO,
COORDINACIÓN Y DEFINICIÓN DE INSTITUTOS DEL ATIT: |
*
Análisis de los procedimientos para el otorgamiento de permisos de transporte
internacional de carga en el ámbito del MERCOSUR. |
*
Propiedad y/o leasing de los vehículos por parte de las empresas habilitadas
(articulo 31º del ATIT). |
*
Transporte propio (artículo 35º del ATIT). |
*
Transporte ocasional (articulo 27º del ATIT) |
*
Capacidad para el acceso a la profesión de transportista internacional, a
saber: |
|
=
capacidad financiera |
=
honorabilidad |
=
capacidad profesional |
|
*
Explorar los avances en la generalización de las habilitaciones para las
empresas transportistas a través de la "Licencia Mercosur" |
|
Definición:
Necesidad de realizar un seguimiento continuo de los Principios Generales del
Convenio ATIT y los principales institutos sobre los cuales el mismo se
fundamenta. |
Justificación:
Permitir la revisión y simplificación del Convenio ATIT y sus principales
institutos, facilitando su continua adaptación a las necesidades de los
transportistas y usuarios. |
Medios
necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5. |
Plazo
razonable para su realización: 24 Meses |
|
INSTRUMENTACIÓN
Y APLICACIÓN DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL SOBRE TRANSPORTE TERRESTRE DE
MERCANCÍAS PELIGROSAS EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR: |
Definición:
Necesidad de realizar un seguimiento sobre la instrumentación y aplicación
del Acuerdo. |
Justificación:
Coordinar el grado de implementación del Acuerdo de Alcance Parcial, en cada uno
de los Estados Parte y eliminar inconvenientes que puedan surgir en las
primeras etapas de su puesta en vigencia. |
Medios
necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5 |
Plazo
razonable para su realización: 6 Meses |
|
PERFECCIONAMIENTO
DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL SOBRE TRANSPORTE TERRESTRE DE MERCANCÍAS
PELIGROSAS: |
*
Régimen contravencional por infracciones al Acuerdo. |
*
Funcionamiento de las Comisiones previstas en el artículo 11º del Acuerdo. |
Definición:
Necesidad de armonizar el régimen contravencional del Acuerdo y de
instrumentar las Comisiones previstas en el mismo. |
Justificación:
Compatibilizar los distintos proyectos de regímenes de contravenciones, como
así también poner en funcionamiento las Comisiones previstas en el Acuerdo a
efectos de actualizar el contenido de sus Anexos en función de las últimas
revisiones formuladas por el Comité de Expertos de la O.N.U. |
Medios
necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del Subgrupo de Trabajo
Nº 5 |
Plazo
razonable para su realización: 12 Meses |
|
DISPOSICIONES
ESPECIFICAS SOBRE MATERIAL DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS: |
*
Normas sobre contenedores, vehículos cisternas y vagones tanque |
*
Normas sobre cisternas de uso múltiple |
*
Accesorios de vehículos y "kits" de seguridad |
Definición:
Establecer las prescripciones relativas a la construcción y utilización de
contenedores cisterna, vehículos cisterna, cisternas de uso múltiple y
vagones tanque, así como las pruebas que deben superar. Armonizar las normas
referentes a equipamientos de protección individual, extintores, cajas de
herramientas y botiquín de primeros auxilios. |
Justificación:
Garantizar que las cisternas y otros equipos de distribución sean los
adecuados para transportar mercancías peligrosas y que cumplan con las
pruebas, certificaciones y otras exigencias legales que se establezcan. |
Garantizar
que el equipamiento de seguridad de los conductores sea el más idóneo para
ser empleado en situaciones de emergencia. |
Medios
Necesarios: Grupo integrado por especialistas del Subgrupo de Trabajo Nº 5,
con asistencia del Subgrupo de Trabano Nº 3. |
Plazo
razonable para su realización: 30 meses |
|
INSPECCIÓN
TÉCNICA VEHICULAR |
Definición:
Formulación de los criterios para la calificación de defectos y formas de
actuación según el resultado de las inspecciones a ser realizadas a ómnibus y
vehículos de carga. En particular deberían definirse los criterios de
habilitación de vehículos. |
Justificación:
La inspección técnica es la vía reconocida internacionalmente para reducir
los efectos negativos de la motorización en cuanto a seguridad en el tránsito
y protección del medio ambiente. Por lo tanto es necesario armonizar entre
todos los Estados Parte una norma básica sobre aptitud técnica de vehículos y
validéz de los Certificados de Aptitud Técnica (CAT). |
Medios
necesarios: Grupo de especialistas pertenecientes al Subgrupo de Trabajo Nº 5
y al Subgrupo de Trabajo Nº 3. |
Plazo
razonable para su realización: 12 Meses |
|
REQUISITOS
PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS PROFESIONALES DE CONDUCCION |
*
Armonización de los criterios generales de otorgamiento de las licencias
profesionales de conducción. |
*
Determinación de las aptitudes psicofísicas que deben poseer los conductores
de vehículos comerciales. |
*
Determinación de criterios de formación profesional. |
Definición:
Determinación de los procedimientos que permitan habilitar y formar
profesionalmente a los conductores de vehículos de transporte. |
Determinación
de pruebas psicofísicas que permitan considerar a un conductor apto física y
psicológicamente para la expedición de un permiso de conducir. |
Justificación:
La adquisición de una actitud y de un comportamiento que refleje un espíritu
permanente de seguridad, debe ser el primer objetivo a conseguir en cualquier
conductor de un vehículo de transporte. |
Asimismo,
razones de seguridad vial aconsejan dar igual preponderancia a las aptitudes
físicas y psíquicas pues es evidente la influencia de estos factores en la
conducción. |
Medios
necesarios: Grupo de especialistas a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5. |
Plazo
razonable para su realización: 24 Meses |
|
C)
TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA |
|
RED BÁSICA
DE SERVICIOS REGULARES Y DE TEMPORADA. BANCO DE DATOS BÁSICOS. LA OPERACIÓN ORIGEN
- DESTINO |
Definición:
Estudio de la red básica de servicios regulares y de temporada para el
transporte de pasajeros en el ámbito del MERCOSUR y la elaboración de un
banco de datos que permita identificar nuevos mercados y demandas. El estudio
de la operación origen-destino. |
Justificación:
Permitir contar con los elementos mínimos imprescindibles que permitan conocer
la red de servicios regulares y por temporadas, la identificación de nuevos
mercados y la realización de la operación origen-destino. |
|
Medios
necesarios: |
Plazo
razonable para su realización: 12 Meses |
|
GLOSARIO
DE TÉRMINOS A SER UTILIZADOS EN LAS NEGOCIACIONES SOBRE EL TRANSPORTE INTERNACIONAL
DE PERSONAS EN EL MERCOSUR |
Definición:
Armonización de los términos sustanciales para el establecimiento de normas
comunes en el transporte internacional de personas entre los Estados Parte. |
Justificación:
Acordar los términos básicos a ser utilizados en la implementación de
acuerdos por los Estados Parte, posibilitará una fluidez y exactitud sobre el
objeto de las negociaciones en el transporte internacional de pasajeros en el
MERCOSUR. |
|
Medios
necesarios: |
Plazo
razonable para su realización: 6 Meses |
|
ACUERDO
SOBRE TRANSPORTE DE ENCOMIENDAS Y CORRESPONDENCIA EN ÓMNIBUS DE LÍNEAS
REGULARES |
Definición:
Implementación del Acuerdo sobre el Transporte de Encomiendas y
Correspondencia en ómnibus de líneas regulares habilitados para viajes
internacionales. |
|
Justificación:
Necesidad de instrumentar la Resolución No. 117/94 del Grupo Mercado Común |
|
Medios
necesarios: |
Plazo
razonable para su realización: 6 Meses |
|
D)
TRANSPORTE FERROVIARIO |
|
ANÁLISIS
DE LOS FLUJOS CAPACES DE SER CANALIZADOS POR FERROCARRIL Y DETERMINACIÓN DE
LOS CORREDORES PRIORITARIOS; ELABORACIÓN DEL LISTADO DE OBRAS O REALIZACIONES
A CONSIDERAR, PARA RACIONALIZAR LA CIRCULACION FERROVIARIA
POR DICHOS CORREDORES A MEDIANO PLAZO. |
|
Definición: |
|
Justificación: |
|
Medios
necesarios: Cooperación internacional. |
|
Plazo
razonable para su realización: 24 meses |
|
RECOPILACIÓN
A MEDIANO PLAZO DE LAS REGLAMENTACIONES VIGENTES SOBRE HABILITACIÓN Y
OPERACIÓN DE EMPRESAS OPERADORAS DE TRAFICO FERROVIARIO INTERNACIONAL,
PROCEDIENDO A LA
UNIFICACIÓN Y, DE SER FACTIBLE, A SU SIMPLIFICACIÓN. |
|
Definición: |
|
Justificación: |
|
Medios
necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5 |
|
Plazo
razonable para su realización: 12 meses |
|
ATENUACIÓN
DE LAS ASIMETRÍAS VINCULADAS AL TRANSPORTE FERROVIARIO. |
|
Definición: |
|
Justificación: |
|
Medios
necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5 |
|
Plazo
razonable para su realización: 18 meses |
|
ESTUDIOS
DESTINADOS A SUPERAR LIMITACIONES PROVOCADAS POR DIFERENCIAS DE TROCHAS U
OTRAS CONDICIONES DE INFRAESTRUCTURA. |
|
Definición: |
|
Justificación: |
|
Medios
necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5 |
|
Plazo
razonable para su realización: 18 meses |
|
ESTUDIO
TENDIENTE A LA
UNIFICACIÓN DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD Y TÉCNICAS, QUE
RIGEN LA
CIRCULACIÓN FERROVIARIA DENTRO DE LAS REDES DE LOS ESTADOS
PARTE. |
|
Definición: |
|
Justificación: |
|
Medios
necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5 |
|
Plazo
razonable para su realización: 18 meses. |
|
TRANSPORTE
FLUVIAL Y MARÍTIMO |
|
ACUERDO
MULTILATERAL DEL TRANSPORTE DE CARGAS |
Definición:
Acuerdo donde se establecen las formas de acceso a las cargas dentro de la
región y las condiciones para realizar los tráficos incluso con terceros
países. |
Esta
tarea deberá tratar sobre: |
a)
Tráfico entre los Estados Parte. Acuerdo respecto a la autorización para este
tipo de tráfico. |
b)
Tráfico entre Estados Parte y terceros países. Acuerdo respecto a la
autorización para este tipo de tráfico y respecto al tratamiento de los
convenios extrazona. |
c)
Acceso a las cargas. Acuerdo respecto al acceso a las cargas y a la participación
de cada Estado Parte en el tráfico intra MERCOSUR. |
d)
Barreras para-arancelarias. Acuerdo respecto a la eliminación de obstáculos
de indole burocrático que operen como barreras a la integración. |
e)
Derecho de establecimiento. Acuerdo respecto a requisitos de las empresas
para participar en el transporte y para radicarse en otro Estado Parte. |
f)
Protección al usuario. Acuerdo respecto a la implementación de medidas que
tiendan a la protección del usuario en la región. |
g)
Compatibilización con el Acuerdo sobre Transporte Multimodal y el Acuerdo de la Hidrovía
Paraná-Paraguay. |
Justificación:
Se deben lograr condiciones adecuadas de competitividad entre los armadores
de los Estados Partes y su plena participación en todos los tráficos intra y extraregionales,
de manera de obtener la mayor eficiencia del sistema, con la consiguiente
reducción de costos de fletes y aumento de eficiencia, con el fortalecimiento
de las Marinas Mercantes. |
Las
bases para esa participación deberían estar
dadas por la aplicación de los principios de igualdad de condiciones
operacionales, libre acceso a las cargas, no cuotificación y prevención de la
competencia desleal. |
Medios:
Estudio técnico sobre transporte por agua en la región (ver anexo) |
Plazo
razonable para su implementación: 18 meses |
|
REGISTRO
DE EMBARCACIONES DEL MERCOSUR |
Definición:
Registro de buques de la región donde se unifican las condiciones
operacionales de las embarcaciones. |
Esta
tarea debe contener el siguiente punto:
|
Características
y creación de un Registro Operativo en cada país. |
Justificación:
Se pretende que los países signatarios tengan una bandera conveniente. Este
Registro permitirá uniformizar el tratamiento operativo de los buques de los
Países Partes en el MERCOSUR. |
Medios:
Estudio técnico sobre transporte por agua en la región (ver anexo) |
Plazo
razonable para su implementación: 18 meses |
|
FACILITACION.
ACUERDO RESPECTO A LOS PROCESOS ADUANEROS Y ADMINISTRATIVOS. |
Definición:
Acuerdo de facilitación de tránsito de embarcaciones, bienes y personas entre
los países de la región. |
Justificación:
La facilitación de los procesos aduaneros y administrativos relacionados al
comercio exterior, debe ser analizada en sus vinculaciones con el área de
transporte para dirigir las acciones recomendadas por el GMC. |
Medios:
Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5 |
Plazo
razonable para su implementación: 12 meses |
|
TRATAMIENTO
DE ASIMETRIAS ECONOMICO-TRIBUTARIAS. |
Definición:
Análisis y Estudio de las asimetrías
económico-tributarias detectadas que afectan al sector de transporte por agua
en la región. |
Justificación:
A los efectos de lograr un adecuado grado de igualdad de competencia entre
los armadores de los Estados Parte es necesario, entre otras, minimizar las
asimetrías que los afectan. |
Una
vez identificadas las asimetrías mediante un estudio técnico, se podrá
iniciar el proceso de negociación tendiente a su progresiva eliminación. Esta
negociación podría llevarse a cabo además en otros subgrupos específicos. |
Medios:
La identificación de las asimetrías podrá lograrse mediante un estudio
técnico en el cual se comparen las legislaciones tributarias e impositivas de
los Estados Parte, teniendo presente las políticas económicas de la región. |
Debería
examinarse la posibilidad de que el estudio de las asimetrías
económicas-impositivas en el transporte por agua del MERCOSUR sea efectuado
por un organismo de cooperación
técnica internacional. |
Plazo
razonable para su realización: 18 meses |
|
ANEXO:
ESTUDIO TECNICO SOBRE TRANSPORTE POR AGUA EN LA REGION. |
Definición:
Estudio técnico para servir de base a la elaboración de un marco jurídico
consensuado. |
Esta
tarea estará basada en los siguientes puntos: |
a)
Base para la elaboración de un marco jurídico consensuado. |
b)
Financiación en base a algún acuerdo con Organismos Internacionales como es
el caso de la Unión Europea. |
c)
Términos de referencia a ser elaborados en base a los proyectos de acuerdo ya
existentes. |
d)
Estudio y aplicación de los acuerdos bilaterales existentes. |
e)
Estudio y aplicación de la legislación vigente en cada país. |
Justificación:
Realizar un estudio de investigación sobre tráficos, participación de los
países, movimiento de las cargas regionales y no regionales, estadísticas,
etc. Para esto debería examinarse la posibilidad del financiamiento no
reembolsable por parte de un organismo de cooperación técnica internacional
efectúe el estudio. |
|
INFRAESTRUCTURA |
ENUNCIACIÓN
DE LOS LINEAMIENTOS BÁSICOS PARA LA INTEGRACIÓN
FÍSICA DE LOS PAÍSES DEL MERCOSUR |
Definición:
Identificación de los objetivos sobre la infraestructura de la región. |
Justificación:
Es muy importante, en virtud del gran incremento que ha experimentado el
tráfico comunitario, que tanto en la construcción de nuevas infraestructuras
como en la conservación de las ya existentes los Estados Parte tengan en
cuenta la coherencia de sus proyectos con la política de transporte o con
otras políticas comunes. |
Medios
necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5 |
|
Plazo
razonable para su realización: 12 Meses |
|
REALIZACIÓN
DE DIFERENTES ESTUDIOS Y SEGUIMIENTO DE LOS DISTINTOS ASPECTOS VINCULADOS CON
LA INFRAESTRUCTURA DE LOS PAÍSES DEL MERCOSUR |
Definición:
En tal sentido y sin perjuicio del trabajo Permanente que implica una tarea
como la identificada, en una primera instancia el Subgrupo se propone
desarrollar su trabajo considerando los siguientes puntos: |
|
A)
Corredores de Transporte dentro del MERCOSUR y su interrelación con los
existentes a nivel de América del Sur. |
B)
Seguimiento de las distintas acciones emprendidas por los países para
propender al desarrollo de los corredores (estudios básicos, financiamientos,
priorización de alternativas, etc). |
C)
Utilización multimodal de los diferentes corredores. |
Justificación:
Propender a que las evaluaciones de las infraestructuras que se efectúan a
nivel de cada país se realicen también bajo la óptica de la integración
comunitaria. |
Dotar
a la actividad económica de mayor dinamismo a través del desarrollo de nuevas
tecnologías de transporte. |
Coordinar
acciones tendientes al desarrollo de infraestructuras que faciliten la
atención en frontera. |
Necesidad
de evitar la duplicación de esfuerzos y tareas, y la consideración de un
mismo tema en distintos foros de negociación. |
Medios
necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5 |
Plazo
razonable para su realización: 24 Meses |
|
RECOPILACIÓN
Y COMPATIBILIZACION DE NORMAS DE DISEÑO PARA CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS |
Definición:
Se pretende uniformizar aquellas normas de diseño para la construcción de
carreteras que permitan incrementar la seguridad vial en el ámbito del
MERCOSUR y armonizar los proyectos y trazados de las diferentes obras viales. |
Justificación:
Dotar a las infraestructuras de transporte de interés comunitario, de
características uniformes a partir de exigencias similares de diseño y
seguridad para los usuarios. |
Medios
necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5 |
Plazo
razonable para su realización: 24 Meses |
|
MARCOS DE
ACCION EN INFRAESTRUCTURA PORTUARIA |
Definición:
Desarrollar un intercambio de información, análisis y comparación de aquellas
acciones efectuadas en materia de infraestructura portuaria por los Estados
Parte. |
Justificación:
Se entiende trascendente la influencia de la infraestructura en el desarrollo
de las operaciones en el Transporte Fluvial y Marítima y la importancia que
posee el conocimiento mutuo por los Estados Parte en esa temática. |
Medios
necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5 |
Plazo
razonable para su realización: 24 meses |
|
SGT Nº 6
“MEDIO AMBIENTE” |
|
TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS |
1)
Restricciones no Arancelarias. |
a)
definición: analizar las restricciones y medidas no arancelarias que tengan
relación con la temática ambiental y elaborar la propuesta de armonización o
eliminación de tales medidas y restricciones. El proceso de armonización o
eliminación abarca tanto la compatibilización como el mantenimiento de
restricciones y medidas no arancelarias, cuando éstas resulten justificadas
adecuadamente en tanto constituyen medidas y restricciones de protección al
medio ambiente. |
b)
justificación: la consolidación de la unión aduanera implica el proceso de
eliminación y/o armonización de las restricciones no arancelarias. Como parte
de esas restricciones resultan de instrumentos jurídicos ambientales es
fundamental que el SGT Nº 6 concluya la tarea de evaluación, iniciada por la Reunión Especialzada
de Medio Ambiente (REMA) a fin de completar su análisis y elevar su propuesta
terminada al GMC. Resulta asimismo necesario realizar un seguimiento de las
tareas del Comité Técnico Nº 8, encargado de identificar nuevas restricciones
no arancelarias. |
c)
medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y
otras áreas competentes del gobierno, así como recursos provenientes de la cooperación
internacional. |
d)
plazo: |
1)
RNA ya identificadas en el Anexo de la Decisión Nº 3/94 CMC: Junio/96; |
2)
Acción permanente, conforme la dinámica del proceso de integración |
|
2)
Competitividad y Medio Ambiente |
a)
definición: contribuir para establecer en materia ambiental condiciones de
adecuada competitividad entre los Estados Partes y entre éstos y terceros
países y/o esquemas de integración regional. Promover estudios que atiendan
la valoración e inclusión del costo ambiental en el costo total del proceso
productivo, de modo que permita condiciones ecuánimes de protección ambiental
y competitividad. |
b)
justificación: la tendencia mundial en materia ambiental, y sus resultados en
términos de medidas de protección ambiental pueden afectar las ventajas
comparativas de algunos países, creando barreras para el acceso en ciertos
mercados o que alteran su competitividad por la elevación de los costos de
producción. El principal impacto socio-económico resultante de un conjunto de
restricciones ambientales es la posibilidad de incremento de los precios
relativos de los productos. Así, han de inducirse cambios estructurales en
los procesos productivos de los Estados Partes, que al mismo tiempo atienda
las necesidades de control ambiental y aseguren la competitividad. |
c)
medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y
otras áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la
Cooperación Internacional. |
d)
plazo: Diciembre /97 |
|
3)
Normas Internacionales - ISO 14.000 |
a)
definición: acompañar el proceso de elaboración, discusión, definición e
implementación de la serie ISO 14.000 - Gestión Ambiental, y analizar los
impactos de su posible aplicación como factor diferenciador de competitividad
para productos originarios del MERCOSUR en el mercado internacional. |
b)
justificación: los cambios estructurales en curso en la economía mundial
están dando lugar a la generación de nuevas formas regulatorias al flujo de
bienes y factores de producción. En
este contexto, podrán ser establecidos requerimientos sin justificación
posible o restricciones severas a productos y procesos influenciando la
competitividad de empresas y países. Considerando que los países que
enfrentarán los mayores problemas para ser acreditados son aquellos en
desarrollo, se torna imprescindible y urgente la unión entre los Estados
Partes del MERCOSUR en la defensa de los intereses comunes. La articulación
entre los cuatro países frente a las propuestas de normas presentadas,
paralelamente al mejoramiento de sus prácticas de gestión ambiental, podrán facilitar
la certificación de sus productos y servicios ante las normas
internacionales, no interfiriendo en la competitividad del MERCOSUR con
terceros países. |
c)
medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y
otras áreas competente del gobierno, así como otra fuente de recursos de la
Cooperación Internacional. |
d)
plazo: durante el proceso de negociación e implementación de la ISO 14.000 (Diciembre 97). |
|
4)
Temas Sectoriales |
a)
definición: promover la implementación de las propuestas que en materia
ambiental fueron presentadas por los Subgrupos de Trabajo al término del
período de transición. |
b)
justificación: varios subgrupos de trabajo, durante el período de transición,
elaboraron propuestas específicas con respecto a la consideración de la
temática ambiental en términos de necesidades, requisitos y costos
sectoriales. (Ejemplo: energía, industria, agricultura, etc.). Como esas
propuestas se originan en disposiciones consideradas entre los cuatro países
y representan aspectos importantes al momento actual del proceso de
integración, es necesario estudiarlas e investigar las posibilidades de su implementación. |
c)
medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y
otras áreas del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación
Internacional. |
d)
plazo: 1) diciembre 96 |
2) permanente |
|
5)
Proyecto de Instrumento Jurídico de Medio Ambiente en el MERCOSUR. |
a)
definición: la elaboración de un documento que tomará como referencia los
ordenamientos legales nacionales, temas específicos de gestión ambiental,
teniendo como objetivo la optimización de los niveles de calidad ambiental en
los Estados Partes. |
b)
justificación: la propuesta se incluye en el contexto de las directrices
trazadas para la dinámica de cooperación a ser observada en la actual fase
del MERCOSUR, tendientes a incluir la optimización de los niveles de calidad
ambiental mediante la efectiva aplicación de los mecanismos legales en cada
una de los Estados Partes. |
c)
medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y
otras áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la
Cooperación Internacional. |
d)
plazo: octubre/96. |
|
6)
Sistema Información Ambiental |
a)
definición: diseño, desarrollo y puesta en operación de un sistema de
información ambiental sustantiva, a nivel de las máximas instituciones
nacionales de los Estados Partes. |
b)
justificación: la evolución que el tratamiento de la temática ambiental va
teniendo en cada uno de los Estados Partes y la consiguiente potencial
incidencia que ésta tiene en el proceso de integración hace necesaria la
conformación de un sistema de información en tiempo útil que sirva de
sustento para la toma de decisiones y generación de iniciativas de
coordinación y consenso; en suma para consolidar un accionar armónico en el
enfoque de la temática. |
c)
medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y
otras áreas del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación
Internacional. |
d)
plazo: diciembre 96 |
|
7)
Sello verde Mercosur |
a)
definición: desarrollar un proceso tendiente a la definición y formalización
de un sistema sello verde Mercosur. |
b)
justificación: como una actividad consistente con el desarrollo del comercio intra
Mercosur y Mercosur y terceros países u otros procesos de integración y
tomando como especial referencia la preferencia creciente del mercado por
aquellos productos ambientalmente adecuados, se considera oportuno y
conveniente desarrollar una propuesta que, considerando las instancias
normativas y de fiscalización-auditoría propenda a la formalización de un
Sello Verde Mercosur. |
c)
medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y
otras áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la
Cooperación Internacional. |
d)
plazo: diciembre 97. |
|
SUBGRUPO
DE TRABAJO Nº 7 “INDUSTRIA” |
|
TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS |
Las
tareas que se detallan a continuación a ser ejecutadas por el Subgrupo de
Trabajo en el corto y mediano plazo, estimado en un período de 18 (dieciocho)
meses desde la primera reunión ordinaria del SGT, constituyen la primera
etapa del trabajo del Subgrupo. |
|
CAPITULO
1: |
|
COMPETITIVIDAD
INDUSTRIAL |
|
1.1.- REALIZACION DE DIAGNOSTICOS DE
COMPETITIVIDAD DE SECTORES SENSIBLES PARA LA ECONOMIA DE LOS
PAISES DEL MERCOSUR. |
Definición:
Dar continuidad a la realización de diagnósticos de competitividad de
sectores sensibles de la industria de los países de la subregión,
especialmente aquellos con mayor incidencia de pequeñas y medianas empresas. |
Esos
diagnósticos tienen por objetivo la homogeneización del conocimiento de esos
sectores en los Estados Partes, evidenciando sus puntos débiles y fuertes,
intra y extra MERCOSUR; identificando los principales factores que
obstaculizan o favorecen su competitividad; las oportunidades de
complementación industrial entre las industrias de la subregión, así como
apuntar a la necesidad de reestructuración industrial en uno o más países. |
El
Subgrupo continuará promoviendo la realización de seminarios con la
participación de representantes del sector productivo, para debatir los
resultados de los estudios realizados. |
El
objetivo es contribuir con medios técnicos a las acciones gubernamentales,
así como a las decisiones del sector productivo. |
Medios
necesarios para la ejecución: los diagnósticos de competitividad son
realizados en el ámbito de la cooperación BID-MERCOSUR. |
En
este momento, se encuentran en proceso estudios sobre los sectores de
Máquinas - herramientas, Artículos de
tocador, Madera y sus manufacturas y Cuero y artículos de cuero. |
|
1.2 -
IDENTIFICACION DE OPORTUNIDADES PARA REALIZAR ALIANZAS ESTRATEGICAS
INTRAMERCOSUR. |
Definición:
Identificación de oportunidades para la promoción de alianzas estratégicas
entre empresas de los países del MERCOSUR, que involucren, entre otros,
incremento de los flujos de comercio, complementación industrial, formación
de asociaciones diversas, inversiones,
transferencia de tecnología, investigación y desarrollo, abastecimiento de
insumos, y acceso a canales de comercialización. |
La
idea del trabajo es, a partir de la identificación de oportunidades de
realización de alianzas que concurran al perfeccionamiento de la
competitividad de la industria de la subregión, promover encuentros reuniendo
a los representantes de los sectores productivos específicos, así como
instituciones gubernamentales y privadas afines a las áreas de interés en
cuestión, para la presentación y debate acerca de las alternativas
detectadas, de manera de estimular la realización de los acuerdos. |
Justificación:
aprovechar los mecanismos de la Unión Aduanera para avanzar en el proceso de
integración y de especialización de las economías, mediante el
interrelacionamiento de las empresas en el ámbito del MERCOSUR. |
Medios
necesarios para la ejecución: Identificar esas oportunidades a través de la
realización, entre otros, de los diagnósticos de competitividad citados en el
ítem 1.1, realizados en el ámbito de la cooperación BID/MERCOSUR. |
Se
espera contar, además con cooperación técnica en negociación con la Unión
Europea. |
|
1.3 -
SISTEMA DE INDICADORES DE COMPETITIVIDAD |
Definición:
Formulación e implementación de un proyecto para constituir un sistema de indicadores
de competitividad, teniendo como base parámetros utilizados por los países
industrializados, destinado al seguimiento de la evolución de sectores
industriales sensibles para las economías de los países de la subregión. |
Este
sistema estaría constituído por indicadores estadísticos que permitan
monitorear el estado de desarrollo de las industrias del MERCOSUR, en
relación a la práctica internacional. |
La
implementación del sistema de indicadores permitiría monitorear
permanentemente el nivel de competitividad de esos sectores, así como
acompañar los resultados de las políticas de reestructuración que se adopten,
evidenciando la necesidad de corregir los rumbos, mostrando simultáneamente
las tendencias de esos sectores en los países líderes. |
Medios
necesarios para la ejecución: El Subgrupo deberá continuar la realización de gestiones
en el sentido de obtener cooperación técnica internacional para la
formulación e implementación del proyecto, probablemente en el ámbito de la II Etapa de la Cooperación BID/MERCOSUR,
o del Convenio en negociación con la Unión Europea. |
|
1.4 -
SISTEMA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PROMOCION INDUSTRIAL ADOPTADAS POR
LOS PAISES DEL MERCOSUR. |
Definición:
Montaje e implementación de mecanismos de seguimiento y divulgación de las
medidas de promoción industrial, adoptadas por los países miembros de la
Unión Aduanera. |
Justificación:
Contribuir para que los sectores gubernamentales cuenten con la información
actualizada sobre las medidas de promoción industrial vigentes en los cuatro
países, incluyendo entre otros la legislación sobre zonas francas, áreas
aduaneras especiales y regímenes especiales de importación relacionados. |
Medios
necesarios para la ejecución: El Subgrupo ya realizó un relevamiento de las
políticas de promoción industrial vigentes en los Estados Partes durante el período
de transición. Deberá implementarse un mecanismo que permita la consolidación
y actualización permanente de esos datos. |
Se
contemplará en la temática de este capítulo el análisis de los aspectos
medioambientales y tecnológicos vinculados directamente a la industria, en
tanto los mismos afectan la competitividad de las empresas. |
Se
detallan a continuación, a título de ejemplo, algunas de las acciones
específicas a encarar para la concreción de los objetivos de este capítulo: |
-
promover en coordinación con la Reunión Especializada de Ciencia y Tecnología
la realización de encuentros de vinculación entre empresarios, instituciones
científico-tecnológicas, organismos promocionales e instituciones de
financiamiento para promover la realización de proyectos de investigación
conjunta con aplicación directa al proceso productivo. |
-
promoción de centros regionales destinados a asistir a nuevas empresas y
emprendimientos innovadores de firmas existentes apoyando su proyección en el
MERCOSUR. |
-
promover la realización, a través de instituciones de formación profesional,
de programas de capacitación laboral referidos tanto a multifuncionalidad,
incremento de la productividad, adaptación a nuevas condiciones tecnológicas,
cooperación en la optimización y control de la calidad, como así también en
el mejoramiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. |
-
promoción de la difusión e intercambio de experiencias para el mejoramiento
de las estructuras organizacionales y dirección de las empresas de la región
incluyendo capacitación gerencial. |
-
promover la realización de programas tendientes a la reconversión y
adecuación tecnológicas con vistas a la preservación de las condiciones
ambientales dentro y fuera de las empresas. |
|
Capítulo 2 |
|
PROGRAMA
DE COOPERACION EN CALIDAD Y PRODUCTIVIDAD |
|
Definición:
Promover la cooperación entre los países del MERCOSUR por medio de
estrategias y/o programas que permitan mejorar la calidad y la productividad
industrial en la región. |
Justificación:
Los países del MERCOSUR deben adecuarse para enfrentar, de forma competitiva,
el aumento de los flujos de comercio en el contexto de una economía cada vez
más globalizada. |
Medios
necesarios para la ejecución: El Subgrupo deberá esforzarse en el sentido de
obtener cooperación técnica dentro del Convenio en negociación con la Unión Europea, así
como trabajar junto al Subgrupo 3 - Reglamentos Técnicos - en el proyecto, en curso de Cooperación en
Normas Técnicas con aquel bloque económico. |
|
Capítulo 3 |
|
PROMOCION
DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Y EMPRESAS DE ARTESANADO |
|
3.1 -
PROYECTO E IMPLEMENTACION DE UNA RED
DE INTEGRACION EMPRESARIAL QUE ABARQUE TODOS LOS PAISES DEL MERCOSUR - REDSUR |
Definición:
Continuar los trabajos de formulación e implementación de la REDSUR, con el objetivo
de promover la dinamización de la integración empresarial de las micro,
medianas y pequeñas empresas de la subregión, contribuyendo al mejoramiento
de la competitividad de las mismas. |
La
implantación de la REDSUR
permitirá a las empresas usuarias, entre otros: agilizar el flujo de
informaciones y de comunicación intra-MERCOSUR; crear oportunidades
contribuyendo al incremento del intercambio comercial; posibilitar
transferencias de tecnología y de conocimientos técnicos. |
Los
servicios ofrecidos son apoyados por los sistemas nacional e internacional de
telecomunicaciones que integran las diferentes tecnologías asociadas a los
mismos. En el ámbito del MERCOSUR, ese apoyo será otorgado a través de los
acuerdos operacionales celebrados entre EMBRATEL- Brasil, TELINTAR-
Argentina, ANTELCO- Paraguay y ANTEL- Uruguay. |
Medios
necesarios para su ejecución: Se encuentra en fase de realización en el ámbito de la cooperación
BID/MERCOSUR, el proyecto orientado a la definición de dicha red. |
|
3.2.
ACCIONES COORDINADAS DE APOYO AL DESARROLLO DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS DEL MERCOSUR- MPYME |
Definición:
Se encuentran en gestación o implementación en el ámbito del Subgrupo,
diversas acciones de apoyo al fortalecimiento de las MPYMES de la subregión,
entre las cuales cabe destacar: |
a)
Desarrollo y ampliación del documento aprobado por Resolución Nº 90/93, GMC
“Políticas de apoyo a las MPYMES del MERCOSUR”. |
Ese
documento tiene como puntos principales la conceptualización de las MPYMEs en
el MERCOSUR y la proposición de mecanismos e instrumentos de apoyo con la definición
de proyectos de ejecución inmediata. |
Considerando
la dinámica del proceso de integración es importante que el referido
documento sea complementado y desarrollado en función de la implementación y consolidación
de la Unión
Aduanera, evaluándose los resultados ya alcanzados y
definiéndose nuevas estrategias y directrices de acción en el corto y mediano
plazo |
b)
Promoción de la cooperación empresarial y de la mejora del acceso a los
mercados para las MPYMES del MERCOSUR. |
Diversas
instituciones nacionales del MERCOSUR vienen promoviendo la realización de eventos
involucrando a las MPYMEs, en realización de acuerdos comerciales, de
subcontratación (tercerización) y transferencia de tecnología. |
El
objetivo del Subgrupo Nº 7 es actuar en estrecha articulación con las diversas
instituciones públicas y privadas, que representan a las MPYMEs y servicios
existentes en los Estados Partes, teniendo en cuenta entre otros: |
El
establecimiento de asociaciones que favorezcan la realización de eventos que
cuenten con la participación de
entidades y representantes de sectores industriales de los cuatro Estados
Partes; |
. Fortalecer programas actualmente existentes de
aproximación entre socios potenciales, en el ámbito del MERCOSUR y con
terceros países y estimular la integración con empresas de mayor porte. |
. Programa de intercambio institucional para
estimular la integración entre instituciones públicas y privadas vinculadas a
la promoción de las MPYMEs. |
Programa
de compras gubernamentales destinado a modificar procedimientos vigentes y
sugerir acciones que permitan el mejor acceso de las MPYMEs. |
-
Programas de bolsas de negocios para diseminar mecanismos de integración
entre empresas a través de la creación de redes de sub-contratación. |
c)
Estímulo a la formación, capacitación y reconversión de recursos humanos
destinados a las MPYMEs. |
Justificación:
El papel de las MPYMEs en la producción industrial y generación de valor agregado
en el producto tiene una importancia significativa como puede observarse en
casi todos los países exitosos, los cuales desarrollan políticas específicas
para estimular el sector como sucedió en Japón, USA y países conocidos como
los Tigres Asiáticos, entre otros. |
Medios
para su ejecución: Además de contar con Cooperación Técnica dentro del
convenio BID/MERCOSUR, el Subgrupo deberá actuar con otros Subgrupos y
Reuniones Especializadas para el encauzamiento de temas relativos al sector
industrial en cuestión. |
|
3.3.
ACCIONES COORDINADAS DE APOYO AL DESARROLLO DEL ARTESANADO DE LA REGION. |
Definición:
Formular y articular la implementación de estrategias conjuntas para el
desarrollo del sector que contemplen directrices, acciones y prioridades
claras y factibles, vinculadas a aspectos relativos a gestión, legislación,
conceptualización del sector, divulgación de informaciones, realización de
eventos, comercialización y cooperación. |
Justificación:
Varios países han concluido que el desarrollo del sector artesanal se
identifica con las cuestiones insertas en la agenda internacional tales como
preservación del medio ambiente, necesidad de disminuir la pobreza y las
desigualdades, intensificación de intercambios comerciales y culturales,
turismo, y vienen desarrollando actividades significativas para el sector y
obteniendo una notable mejora en la calidad de su producción que se vierte en
el ámbito de los mercados internos e internacionales, con consecuencias
sociales y económicas positivas. Se resaltan en este contexto las
experiencias de México, Colombia, Costa Rica, Guatemala, España y Portugal. |
Medios
necesarios para su ejecución: Buscar cooperación técnica de países como
México, Colombia y los de la Unión Europea, en particular España, debido a
su larga experiencia, con resultados significativos. |
|
CAPITULO 4 |
ARMONIZACION
DE LA LEGISLACION Y
DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RELATIVOS A LA PROTECCION DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL |
Definición:
Trabajar en la implementación del acuerdo relativo a Marcas, Indicaciones de
Procedencia y Denominación de Origen, aprobado por el CMC en su reunión 01/95. |
Continuar
avanzando en la negociación de Acuerdos relativos a otras materias
relacionadas a la propiedad intelectual, como por ejemplo, Modelos de
Utilidad y Diseños Industriales, Derechos de Autor, Cultivares, Patentes,
Topografía y Circuitos Integrados. |
Continuar
promoviendo reuniones de responsables de organismos de propiedad industrial
de los Estados Partes, de forma de establecer asociaciones para la
modernización de esas instituciones y la armonización de sus procedimientos. |
Justificación:
El aumento de la competitividad del conjunto de economías de la subregión, en
el contexto de Unión Aduanera, implica la existencia y adopción de modernas
reglas de protección a la propiedad intelectual, basadas en acuerdos
internacionales existentes sobre la materia, que contribuyan a atraer
inversiones y tecnología. |
El
Acuerdo sobre Marcas, Indicaciones de Procedencia y Denominación de Origen,
así como los demás Acuerdos en discusión, tienen por objetivo el
establecimiento de reglas y principios generales que sirvan para orientar la
acción administrativa, legislativa y judicial de cada Estado Parte para el
reconocimiento y aplicación de los derechos de propiedad intelectual. |
En
este sentido es fundamental la cooperación entre los órganos que tratan el
tema en el MERCOSUR. |
Medios
para su ejecución: El Subgrupo continuará esforzándose para obtener
cooperación técnica de organismos internacionales de reconocida experiencia
en la materia. |
|
SGT Nº 8
“AGRICULTURA” |
|
TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS |
|
Armonización
sanitaria y fitosanitaria y compatibilización del Acuerdo Sanitario y Fitosanitario
del MERCOSUR (ACSAFIM) con el Acuerdo sobre la aplicación de Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias de la
OMC (Acuerdo SPS/OMC). |
Seguimiento
y análisis de las políticas agrícolas y agroindustriales nacionales |
Articulación
con el sector privado |
Armonización
de regulaciones referidas a: |
a)
Semillas |
b)
Fertilizantes, enmiendas e inoculantes |
c)
Vinos y derivados de la uva |
f)
Genética animal |
g)
Alimentos para animales |
h)
Productos de la agricultura orgánica |
|
JUSTIFICACION |
La
justificación de las tareas 1 y 4 es facilitar la libre circulación de las
mercaderías agropecuarias y agroindustriales en el MERCOSUR. |
La
justificación de la tarea 2 es la de sentar las bases para una coordinación a
nivel regional de acciones e instrumentos de esas políticas |
La
justificación de la tarea 3 es la de mantener un ámbito donde el sector
privado pueda expresar sus preocupaciones y sugerencias en relación con la
marcha del proceso de integración agropecuaria y agroindustrial. |
|
DETALLES DE TAREAS Y PLAZOS |
|
PLAZO
FINALIZACION TAREAS |
1.
Armonización Sanitaria y Fitosanitaria |
|
a)
Cuarentena Vegetal |
Permanente |
Programa
de Trabajo 1995 |
31/12/95 |
|
|
b)
Productos Fitosanitarios |
Permanente |
Programa
de Trabajo 1995 |
31/12/95 |
|
|
c)
Materiales de Propagación |
Permanente |
Programa
de Trabajo 1995 |
31/12/95 |
|
|
d)
Puntos de Ingreso |
30/9/96 |
Programa
de Trabajo 1995 |
31/12/95 |
|
|
e)
Plagas de calidad
Programa
de Trabajo 1995 |
Permanente
31/12/95 |
|
|
f)Cuarentena
Animal (Consolidada los Grupos Regionalización Sanitaria y Análisis de
Riesgo) |
Permanente |
|
|
g)Productos
y Subproductos de Origen Animal |
Permanente |
|
|
h)Sanidad
Apícola |
31/12/95 |
|
|
i)Compatibilización
ACSAFIM Acuerdo SPS/OMC |
31/3/96 |
|
|
2. Seguimiento y Análisis de las
Políticas Agrícolas y Agroindustriales Nacionales
|
Permanente |
|
|
a) Realizar el Análisis de
consistencia y seguimiento respecto a los cambios de Política Agrícola y
Agroindustrial de cada Estado Parte ya sean horizontales, verticales y de
ayuda interna a la agricultura
|
Permanente |
b) Implementar un sistema de
seguimiento de información productivo y económico del sector así como de
mantenimiento de información actualizada con respecto a las medidas de
política adoptadas en cada Estado Parte.
|
30/09/96 |
|
|
3. Articulación con el sector privado |
Permanente |
|
|
a)
organizar seminarios con participación de los sectores privados de los
cuatro países por cadena productiva |
Uno
por semestre |
|
|
b)
organizar seminarios con las organizaciones de pequeños productores para
evaluar la articulación de la pequeña producción al proceso de integración |
Uno
por año |
|
|
4. Armonización de regulaciones |
|
|
|
a)
Semillas
-
armonización de legislación referida a la producción, comercialización,
registro, certificación y análisis de semillas
-
armonización de la legislación sobre derechos de los obtentores de nuevos
cultivares
|
Diciembre
96
Diciembre
96 |
b)
Fertilizantes, enmiendas e inoculantes
-
armonización de reglamentos técnicos de registro de establecimientos y
productos
-
armonización de normas de rótulos y muestreo
-
armonización de normas sobre tolerancia o desvíos de análisis
-
armonización de metodologías de análisis y designación de laboratorios de
referencia
-
armonización de reglamentos técnicos de fiscalización
|
Marzo
1997
Marzo
1997
Marzo
1997
Marzo
1997
Marzo
1997
Marzo
1997 |
|
|
c)
Vinos y derivados de la uva
- armonización de las regulaciones
referidas a la producción y comercio de vinos y derivados |
Diciembre
1996 |
|
|
f)
Genética Animal
-
armonización de las regulaciones
|
Diciembre
1996 |
|
|
g)
Alimentos para animales
-
armonización de reglamentos técnicos de registro de establecimientos y
productos
-
armonización de normas de rótulos y muestreo de raciones, concentrados,
ingredientes, suplementos y aditivos
-
armonización de normas sobre tolerancia o desvíos de análisis
-
armonización de metodologías de análisis designación de laboratorios de referencia
-
armonización de reglamentos técnicos de fiscalización
|
Setiembre
1996
Setiembre
1996
Setiembre
1996
Setiembre
1996
Setiembre
1996 |
h)
Agricultura Orgánica
-
armonización de regulaciones
|
Setiembre
1996 |
|
|
SGT Nº 10
“ASUNTOS LABORALES, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL” |
|
TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS |
|
NORMAS
SOBRE RELACIONES LABORALES |
El
Subgrupo continuará el análisis del tema, teniendo en cuenta los Convenios
Internacionales del Trabajo pertinentes, de la O.I.T. |
Las
partes coinciden en que continúan dispuestos a discutir la propuesta de una
Carta Social del MERCOSUR. |
|
COSTOS LABORALES |
Recibir
y analizar el trabajo realizado por el Consultor contratado por el BID. |
Se
propone requerir, en forma inmediata, en un plazo de 30 días, el mencionado
documento; analizarlo, redactar conclusiones con vistas a hacer propuestas de
tareas futuras sobre el Tema. |
|
SEGURIDAD
SOCIAL |
Celebrar
un acuerdo multilateral de Seguridad Social. |
Rever
y perfeccionar la propuesta multilateral aprobada por la Comisión Nº
6 del SGT Nº 11 y su ajuste administrativo con vistas a finalizarlo e
implantarlo por los 4 países del MERCOSUR (Plazo 12 meses). |
|
HIGIENE Y
SEGURIDAD EN EL TRABAJO |
Perfeccionar
y completar el cuadro comparativo efectuado por la Comisión Nº 5
del SGT Nº 11 sobre Seguridad e Higiene en aquellas ramas de actividad de
mayor influencia en el intercambio comercial. |
En
una primera etapa, proponer normas para el Transporte de sustancias químicas
peligrosas, equivalencia en los etiquetados. |
Fomentar
un banco de datos común, de sustancias químicas, cancerígenas, radioactivas,
etc. |
Coordinar
la actividad con los demás grupos que estén vinculados con el Tema (Plazo 18
meses). |
|
FORMACION
PROFESIONAL |
Estructurar
un sistema de certificación ocupacional que permita el reconocimiento de
competencias formales e informales, asociado o no a la escolaridad, para
fines del ejercicio ocupacional (Plazo 2 años). |
Incrementar
un sistema de Cooperación Técnica en los países miembros del MERCOSUR, en el
campo de la educación profesional, comprendiendo la ejecución directa de
cursos y entrenamientos, oferta de pasantías de estudios, formación de
formadores, investigaciones, metodología de enseñanza, materiales didácticos,
tecnología educacional en general (Plazo 6 meses). |
Continuar
los trabajos tendientes a implantar un sistema de información común sobre
Institutos de formación y cursos de calificación y recalificación laboral
(Plazo 12 meses). |
|
MIGRACIONES
LABORALES |
Recibir
y analizar los trabajos realizados por los Consultores contratados por el
BID. |
Se
propone requerir, en forma inmediata, en el plazo de 30 días, los mencionados
documentos; analizarlos y redactar conclusiones con vistas a hacer propuestas
de tareas futuras sobre el Tema. |
|
INSPECCION
DEL TRABAJO |
Convocar
a un Seminario Tripartito sobre la Inspección del Trabajo con el objetivo de
lograr una cooperación mutua con vistas a aumentar la eficacia del control y
promover el estricto cumplimiento de las Normas Laborales. |
Dicho
Seminario se realizará en Brasilia en el 1er Semestre de 1996. |
|
GRUPO
AD-HOC SERVICIOS |
|
TAREAS
PRIORITARIAS Y PLAZOS |
I.
Redacción de un proyecto de Acuerdo Marco sobre Servicios de conformidad con
el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la OMC (GATS). Al respecto, se
tendrán especialmente presentes las
disposiciones del Art. V del mencionado Acuerdo y los trabajos realizados en la Comisión de
Servicios del ex SGT Nº 10. |
Los
Capítulos del Acuerdo Marco en los que deberán acordarse disciplinas son: |
1.
Normas y principios generales: |
1.1-
Alcance y Definición |
1.2-
Obligaciones y Disciplinas Generales |
1.3-
Compromisos específicos |
2.
Mecanismo de liberalización de conformidad con el Art. V del GATS
especialmente en lo relativo a la cobertura sustancial de sectores y plazo razonable de instrumentación de los
compromisos |
3.
Disposiciones Institucionales y Solución de Controversias |
4.
Análisis de normas complementarias atinentes a situaciones propias de
sectores incluídos en los Anexos sectoriales del GATS, a fin de adaptarlas al
comercio intrazona. |
II.
Relevamiento de acuerdos bilaterales o plurilaterales suscritos por los
países del Mercosur con terceros Estados. |
III.
Continuación de la actualización del relevamiento de las reglamentaciones internas
que regulan el comercio de los principales servicios. |
IV.
Identificación de áreas para solicitar Cooperación Técnica. |
V.
El plazo del programa fue fijado en setiembre de 1996. |
|
REUNIÃO
ESPECIALIZADA EM TURISMO |
|
TAREFAS
PRIORITÁRIAS E PRAZO |
Homogeneização
da classificação dos meios de hospedagem do MERCOSUL. |
DEFINIÇÃO:
Estabelecer uma base homogênea de classificação dos meios de hospedagem dos
quatro países. |
JUSTIFICATIVA:
É necessária uma normativa comum aos estabelecimientos de hospedagem visando a
divulgação, promoção e comercialização do produto MERCOSUL. |
ATIVIDADES
A REALIZAR: |
-
Elaboração de uma matriz de classificação dos meios de hospedagem do MERCOSUL
- modalidade hotel, onde devem ser aplicadas as proposições de homogeneização
de classificação aprovadas pela RET; |
-
Realização de um seminário entre os Estados Partes para analisar a relação de
amostragem das proposições de homogeneização; |
-
Providênciar orçamento necessário para a implantação da matriz de
classificação. |
MEIOS
NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios |
|
PRAZO
RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: |
-
Prevê-se até o mês de março de 1996, a realização da amostragem das
aplicações das proposições de homogeneização; |
-
Em maio de 1996 deverá ser realizado o seminário. |
-
No ano de 1997 inicia-se a aplicação da classificação. |
Circulação
de veículos de propiedade das empresas locadoras de automóveis (rent - a -
car) |
DEFINIÇÃO:
Facilitação da circulação dos veículos de propiedade das locadoras entre os
Estados Partes. |
JUSTIFICATIVA:
Através da mesma viabiliza-se a atuação das locadoras nacionais nos três demais
Estados Partes e a redução das tarifas aplicadas, provocando o incremento do
fluxo turístico e comercial intraregional. |
ATIVIDADES
A REALIZAR: Priorizar o tema junto à Comissão de Comércio do MERCOSUL. |
MEIOS
NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios |
PRAZO
RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: O prazo de duas reuniões, ou 120 dias, no
âmbito da RET. |
|
Ecoturismo |
DEFINIÇÃO:
Criar um destino mundial de apelo ecológico no âmbito do MERCOSUL através do desenvolvimento
de estudos de pesquisas sócio-econômicas do turismo ecológico e a aplicação
de ações de fomento e promoção. |
JUSTIFICATIVA:
Atualmente o ecoturismo é um dos segmentos mais atraentes e producentes da atividade
turística, prevendo-se a movimentação, nos próximos cinco anos, de mais de
100 milhões de pessoas, gerando cerca de US$ 95 bilhões de gasto turístico. |
|
ATIVIDADES
A REALIZAR: |
-
Realizar reuniões conjuntas com o subgrupo de meio ambiente para o
estabelecimento de programas de trabalho dos temas definidos, conjuntamente
com a RET, como prioritários. |
-
Institução de uma cooperação técnica interna para o desenvolvimento do
programa de capacitação ecoturística. |
-
Criação de um documento de base para a qualificação e categorização dos
destinos ecoturísticos do MERCOSUL |
MEIOS
NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios e, eventualmente, de cooperação
técnica |
|
PRAZO
RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO |
-
A conclusão do programa de trabalho depende da conclusão dos trabalhos com o subgrupo
de meio ambiente. |
-
O programa de capacitação ecoturística do MERCOSUL deve ter seu início ainda
este ano, dependendo da viabilização da cooperação técnica interna. |
-
O documento de categorização dos destinos ecoturísticos do MERCOSUL deve ser
concluído no prazo máximo de um ano. |
Polo
turístico internacional do Iguaçú. |
DEFINIÇÃO:
Açoes específicas que possibilitem um maior aproveitamento do potencial
turístico existente na região correspondente à área geográfica que engloba Puerto
Iguazú - Argentina, Foz de Iguaçú - Brasil e Ciudad del Este - Paraguai,
configurando-se em um produto turístico do MERCOSUL. |
JUSTIFICATIVA:
A união dos formidavéis atrativos turísticos reunidos na região do Iguaçú,
significam a opção mais imediata de desenvolvimento integrado, tornando-se
imprescindível a atuação a favor da maior facilitação possível para o
transito de pessoas e veículos, assim como em relação à difusão do produto
turístico a nível internacional. |
|
ATIVIDADES
A REALIZAR: |
-
Aplicação do projeto aduaneiro de afastamento das linhas limitrófes entre os
Estados Partes; |
-
Aplicação do projeto de facilitação do transito de turistas de terceiros países
na região geográfica do polo turístico internacional do Iguaçú; |
-
Constituir um comité técnico para revisar todas as ações desenvolvidas e prepara
um termo de referência que possibilite obtermos uma cooperação técnica
externa para auxiliar o alcançe dos objetivos previstos; |
MEIOS
NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Os requeridos pelas obras de afastamento das
aduanas e cooperação técnica internacional. |
|
PRAZO
RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: |
-
O projeto de afastamento das aduanas depende do aval das autoridades
aduaneiras do MERCOSUL para a posterior aplicação das ações previstas, como o
“portal do Iguaçú” em Foz do Iguaçú - Brasil; |
-
O projeto de facilitação de transito de turistas de terceiros países depende
do aval das autoridades migratórias para aplicação imediata de suas ações; |
-
O Comitê Técnico deverá ser criado na próxima RET, tendo um prazo de 90 dias
para a conclusão do termo de referência da cooperação técnica externa,
desejada por um período aproximado de seis meses. |
|
Risco
Empresarial |
DEFINIÇÃO:
Celebração de un acordo privado entre os prestadores de serviços turísticos, de
forma a regulamentar a solução dos problemas econômicos do setor turístico do
MERCOSUL. |
JUSTIFICATIVA:
O incremento do fluxo turístico no MERCOSUL trouxe a ampliação de alguns problemas
entre esses agentes, sejam o não cumprimento da prestação de serviços
contratados, ou a falta de pagamentos. |
Busca-se
uma maior segurança ás operações comerciais turísticas entre os Estados Partes,
e assegurar a defesa do consumidor (turista). |
ATIVIDADES
A REALIZAR: Promoção do encontro dos setores privados visando a concretização
daquele acordo. |
MEIOS
NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios. |
PRAZO
RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: Prevê-se o período correspondente a seis
RET’s para a conclusão da tarefa. |
|
Regime
de Turistas |
DEFINIÇÃO:
Texto ordenado que disponha sobre a documentação dos turistas do MERCOSUL, o
trânsito destes, e os temas relativos à sua bagagem, dentre outros. |
JUSTIFICATIVA:
Transmitir aos turistas intraregionais o conhecimento das normas vigentes,
permitindo-lhes o pleno exercício de seus direitos e obrigações. |
ATIVIDADES
A REALIZAR: Coletanea da informação e publicação de um “Manual de normas
vigentes relativas ao turismo do MERCOSUL”. |
MEIOS
NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios |
PRAZO
RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: A consolidação poderia estar concluída em
trinta dias, mas devido à dependência da ação de outros grupos de trabalho do
MERCOSUL, estima-se sua conclusão em março de 1996, tendo a impressão e a
publicação do Manual estimada para o mês de junho de 1996. |
|
Transporte
terrestre turístico. |
DEFINIÇÃO:
Ordenação e aplicação de um processo de facilitação dos transportes
turísticos rodoviários no MERCOSUL |
JUSTIFICATIVA:
A facilitação do transito de ônibus turísticos entre os Estados Partes permitirá
um maior fluxo turistico e a captação de novos segmentos potenciais. |
ATIVIDADES
A REALIZAR: Elaboração de uma proposta de regulamentação da facilitação do
transporte terrestre |
MEIOS
NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios. |
PRAZO
RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: A proposta a ser apresentada à consideração do
subgrupo de trabalho Nº 05 - Transporte e Infraestrutura - do MERCOSUL,
deberá ser concluída no período necessário á realização de três RET’s. |
|
Parques
Temáticos. |
DEFINIÇÃO:
Facilitar a atividade deste tipo de empresa no MERCOSUL. |
JUSTIFICATIVA:
Os parques temáticos incentivam a extensão do período de permanência do turista
em seu destino, reduzem a sazonalidade extendendo o fluxo turístico a todo o
ano, incentivam o turista repetir sua visita ao destino fomentam o turismo
interno e geram fluxos turísticos em localidades que não apresentem qualquer
potencial ou atrativo turístico. |
ATIVIDADES
A REALIZAR: Encaminhar recomendações específicas ao tema através da
diminuição dos impostos de importação, de frete e seguro incidentes sobre os equipamentos,
além da isenção de taxas aduaneiras e eliminação de entraves administrativos
na circulação dos equipamentos dessas empresas entre os Estados Partes. |
MEIOS
NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios. |
PRAZO
RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: Duas RET’s. |
|
Ações
de marketing. |
DEFINIÇÃO:
Estimular as iniciativas públicas e privadas ao desenvolvimento da atividade,
possibilitar a promoção e divulgação do turismo do MERCOSUL, ampliando o
ingresso e a circulação de fluxos turísticos, estimular a diversificação da
oferta turística dos Estados Partes. |
JUSTIFICATIVA:
Acha-se necessária e conveniente a integração de produtos e esforços
promocionais, visando ao desenvolvimento dos fluxos turísticos internos à
regiao, e dos provenientes de outros mercados |
|
ATIVIDADES
A REALIZAR: |
-
Configurar novos produtos turísticos do MERCOSUL, como missões jesuíticas, polo
turístico internacional do Iguaçu, corredor ecoturístico, mundo gaúcho, etc. |
-
Participação contígua em feiras internacionais de turismo. |
-
Constituir uma imagem coorporativa para o MERCOSUL. |
|
MEIOS
NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: |
-
Cooperação técnica internacional para o desenvolvimento dos novos produtos. |
-
Orçamento específico para o tema da imagem coorporativa. |
|
PRAZO
RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: |
-
Para configurar o produto missões jesuíticas serão necessárias tres RET’s para
a conclusão do termo de referência que definirá as bases de uma cooperação
técnica interna com duração de seis meses; |
-
Estima-se que até dezembro de 1995 será possível realizar o acompanhamento das
ações, resultando na avaliação da participação contígua em feiras
internacionais de turismo; |
-
No período de duas RET’s será encaminhada ao GMC uma nova recomendação que fundamente
a importância de constituição de uma imagem coorporativa do MERCOSUL. |
Formação
e capacitação de recursos humanos. |
DEFINIÇÃO:
Realizar um diagnóstico sobre as deficiências existentes na formação dos
recursos humanos no setor turístico do MERCOSUL e buscar ações para
minimizá-las. |
JUSTIFICATIVA:
Há uma grande disparidade nos níveis de formação e capacitação de recursos
humanos entre os Estados Partes. Esses níveis devem ser harmonizados de forma
a podermos oferecer uma melhor qualidade nos serviços prestados. |
ATIVIDADES
A REALIZAR: Realização de um seminário (com a participação de autoridades de
educação de cada um dos Estados Partes e empresários do setor de turismo do
MERCOSUL) que deve produzir as bases de um programa de trabalho para o tema, a
ser desenvolvido pela RET. |
MEIOS
NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios. |
PRAZO
RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: A preparação do seminário demandará o período
de duas RET’s, tendo a realização deste prevista para março ou abril de 1996. |
|
Estudos Econômicos. |
DEFINIÇÃO:
Quantificar a importância econômica do setor de viagens e turismo, frente a
outros segmentos econômicos. |
JUSTIFICATIVA:
É imprescindível avaliar a atual importância econômica que a indústria de viagens
e turismo representa para o MERCOSUL. |
|
ATIVIDADES
A REALIZAR: |
-
Elaboração de um trabalho semelhante ao executado pela WTTC (Vide Anexo)
através da obtenção de um patrocinador para a sua edição e distribuição; |
-
Elaboração das “Bases estatísticas comuns do MERCOSUL”. |
|
MEIOS
NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios. |
|
PRAZO
RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: |
-
Para a definição das bases estatísticas comuns do MERCOSUL serão necessárias
duas RET’s. |
-
A elaboração do trabalho “Viagens e Turismo do MERCOSUL” deve ser concluida em
02 RET’s, sendo necessário um prazo semelhante para a sua edição e
distribuição; |
|
INSTRUCCIONES
DE CARACTER GENERAL A LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES ESPECIALIZADAS Y
GRUPOS AD-HOC |
Sin
perjuicio de las instrucciones impartidas con anterioridad, el GMC instruye
lo siguiente: |
1.
Participación del Sector Privado. |
En
lo que se refiere a la participación del Sector Privado, los Subgrupos de Trabajo,
Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc, deberán ajustarse a lo dispuesto en
el Capítulo VII de la Dec. Nº
4/91 CMC. |
2.
Número y permanencia de Comisiones. |
Al
definir su estructura organizativa, los Subgrupos de Trabajo y las Reuniones
Especializadas mantendrán en un mínimo el número de Comisiones Permanentes.
Podrán convocar Comisiones Ad-Hoc según resulte necesario, para la
consideración de temas específicos a las competencias del órgano respectivo,
que hagan al mejor funcionamiento de la Unión Aduanera. |
3.
Relaciones Externas. |
Las
iniciativas de las distintas instancias negociadoras vinculadas a las
relaciones externas del MERCOSUR con terceros países, grupos de países u
organizaciones internacionales, deben ser sometidas a la aprobación previa
del GMC, que decidirá la manera más adecuada para instrumentar dichas
iniciativas. |
4.
Cooperación Técnica. |
Los
Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc, la Comisión de Comercio
del MERCOSUR y sus Comités Técnicos someterán a consideración del GMC todas
las demandas y ofertas de Cooperación Técnica, las que deberán ser
debidamente justificadas. |
La
gestión y seguimiento de las mismas es competencia del Comité de Cooperación
Técnica. |
5.
Restricciones y Medidas No Arancelarias. |
Los
Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc y la Comisión de
Comercio del MERCOSUR incorporarán como una de sus actividades prioritarias
la eliminación o armonización de las restricciones y medidas no arancelarias
distribuídas por la Res. Nº
32/95 GMC. Asimismo, las nuevas
restricciones y medidas no arancelarias que pudieran ser identificadas en el
futuro, deberán ser objeto de tratamiento prioritario. |
6.
Interacción con otros Subgrupos, Grupos Ad-Hoc, Comités Técnicos y Reuniones
Especializadas |
Los
Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc y Comités Técnicos,
podrán solicitar informes técnicos entre sí, manteniendo informado de ello al
GMC. |
7.
Reglamentos Técnicos |
En
la elaboración de Reglamentos Técnicos, los Subgrupos de Trabajo y Reuniones
Especializadas observarán cuando corresponda, las directrices que sobre la
materia elabore el SGT Nº 3 y apruebe el GMC. |
|
INSTRUCCIONES
DE CARACTER ESPECIFICO A LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES ESPECIALIZADAS Y
GRUPOS AD-HOC |
|
SGT Nº 1 |
Que
indique los objetivos que pretende alcanzar, en el plazo de 24 meses, con
relación a las siguientes tareas de pautas negociadoras: |
-
radiodifusión sonora digital; |
-
televisión de alta definición (TVAD); |
-
armonización del uso del espectro radioeléctrico; |
-
radiodifusión por satélite incluído DTH; |
-
futuro servicios móviles terrestres (IMT 2000); |
-
sistemas satelitales; y |
-
compatibilidad electromagnética. |
|
Que
se manifieste previamente sobre la viabilidad y necesidad de ejecución de las
siguientes tareas, a la luz de la presente etapa del proceso de integración: |
-
compatibilización de las legislaciones vigentes en materia postal
(“unificación de las normas que rigen en las actividades postales en la
región”); |
-
políticas tarifarias de correos (“adopción de política tarifaria armonizada
para correos”); y |
-
sello postal del MERCOSUR (creación de un sello postal del MERCOSUR). |
Coordinar
con el SGT Nº 5 (Transporte e Infraestructura) la ejecución de la tarea
“Reconocimiento de licencia para transportistas” que figura en su propuesta
de pauta negociadora. |
Coordinar
con el CT Nº 2 (Asuntos Aduaneros) la ejecución de la tarea “Asuntos
Aduaneros” que figura en su propuesta de pauta negociadora. |
Que
aclare si lo que pretende armonizar son reglamentos técnicos obligatorios o normas
técnicas voluntarias en la tarea interconexión de redes de
telecomunicaciones. |
|
SGT Nº 2 |
Que
al realizar el estudio comparativo de las legislaciones nacionales, se atenga
estrictamente a los aspectos atinentes a su sector. |
|
SGT Nº 3 |
Se
recuerda que, entre las tareas que le fueron encomendadas en el Acta Nº 3/95
GMC, debe otorgar urgente tratamiento a las que se mencionan a continuación: |
-
padrones de identidad y calidad de manzanas y peras consulta Nº 52/95 CCM; |
-
embalaje de manzanas y otras frutas consulta Nº 90/95 CCM; |
-
padrones de identidad y calidad y arroz consulta Nº 92/95 CCM; y |
-
emisión de contaminantes en vehículos automotores. |
|
|
Que
elabore un Reglamento Técnico destinado a diferenciar a los fines comerciales
el agua mineral natural y el agua artificialmente mineralizada. |
|
SGT Nº 4 |
Considerar
en coordinación con el SGT Nº 5 el tema de seguro sobre Transporte
Multimodal. |
Que
sin perjuicio del inicio de sus trabajos formule su propuesta de pauta
negociadora adoptando el formato definido por la Res. Nº 20/95 GMC (Justificación y medios necesarios). |
|
SGT Nº 5 |
Coordinar
con el Comité Técnico Nº 2 (Asuntos Aduaneros) de la CCM la ejecución de las
tareas “Facilitación Fronteriza” e “Facilitación: Acuerdo sobre los Procesos Aduaneros y
Administrativos”. |
Coordinar
con el SGT Nº 1 (Comunicaciones) y el CT Nº 2 (Asuntos Aduaneros) la
ejecución de la tarea “Acuerdo sobre Transporte de Encomiendas y
Correspondencia en ómnibus de Líneas Regulares”. |
Coordinar
con el CT Nº 7 (Defensa del Consumidor) y Nº 8 (Restricciones y Medidas No
Arancelarias) de la CCM
cuando el tratamiento de los ítems referentes a la defensa de usuario y
barreras no arancelarias en la ejecución de tareas “Transporte Fluvial y
Marítimo: Acuerdo Multilateral de
Transporte de Carga”. |
Manifestar
preliminarmente sobre la viabilidad y la necesidad de “Homogeneizar las
condiciones laborales a bordo”, uno de los ítems que compone la tarea “Registro
de Embarcaciones en el MERCOSUR” propuesta en el Subgrupo. |
Aclarar
el objetivo de la tarea “Tratamiento de las Asimetrías Economíco-Tributarias”
|
|
SGT Nº 6 |
Deberá
buscar instancias de coordinación con el SGT Nº 3 y SGT Nº 8 para la
consideración de la temática ambiental en la elaboración de reglamentos técnicos
y reglamentos sanitarios y fitosanitarios. |
|
SGT Nº 7 |
Que
aclare el alcance y los objetivos de la tarea relativa al “Programa de
compras gubernamentales”, incluidas en el punto b) del ítem 3.2. de su
propuesta de pauta negociadora y que tenga en cuenta los trabajos que viene
realizando el CT Nº 4 sobre este tema. |
|
SGT Nº 8 |
Que
en su primera reunión trate los temas priorizados en el punto seis (6) del Acta
Nº 3/95 del GMC que se mencionan a continuación: |
a)
Armonización de normas sanitarias, en particular las de aquellos temas que
fueron objeto de consultas en la CCM. |
b)
Análisis y resolución de las restricciones y medidas no arancelarias listadas
en la Res. Nº
32/95 GMC. |
|
SGT Nº 10 |
Que
sin perjuicio del inicio de sus trabajos formule su propuesta de pauta
negociadora adoptando el formato definido por la Res. Nº 20/95 GMC (Justificación y medios necesarios). |
Esclarecer
los objetivos de la tarea “Normas sobre relaciones laborales” e indicar con
precisión las medidas necesarias para su ejecución. |
|
REUNION
ESPECIALIZADA DE TURISMO |
Coordinar
con el SGT Nº 6 “Medio Ambiente” la ejecución de la tarea “Ecoturismo”. |
Aclarar
los objetivos de la tarea “Parques Temáticos” así como indicar con precisión
las medidas de naturaleza arancelaria y tributaria, necesarias para su
ejecución. |
El
informe que presente sobre el tema será evaluado posteriormente por el GMC
con el fin de identificar los niveles de coordinación necesarios para la
implementación de la tarea. |
Remitir
al CT Nº 2 “Asuntos Aduaneros” a los efectos de su análisis la propuesta de
tarea “Polo Turístico Internacional de Iguazú” a fin de que dicho comité
analice la propuesta mencionada. |
Coordinar
con el CT Nº 2 “Asuntos Aduaneros” las siguientes tareas: |
-
circulación de vehículos de propiedad de empresas de alquiler de
automóviles; |
-
guía informativa para turistas; |
-
transporte terrestre turístico. |
|
|
REUNION DE
COORDINACION INFORMATICA SAM-SECAD |
Definir
la instrumentación del Sistema de interconexión informático, elevando al GMC
una propuesta sobre los Aspectos documentales y de equipamiento. Dicha tarea deberá presentarse al GMC en su
próxima Reunión. |
|
|