Detalle de la norma RE-38-1995-GMC
Resolución Nro. 38 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1995
Asunto Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 38 20/12/1995 Fecha:  
 
Dependencia: RE-38-1995-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: PAUTAS NEGOCIADORAS DE LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC
 

VISTO El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, la Resolución Nº 20/95 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 20/95 GMC instruye a los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas para elaborar propuestas de pautas negociadoras indicando las tareas prioritarias definidas a la luz de las necesidades de la presente etapa del proceso de integración, el plazo razonable para su ejecución y los medios necesarios para su realización. 

Que deben continuarse los trabajos que profundicen los esquemas de integración del Mercosur y el perfeccionamiento de la Unión Aduanera y la conclusión de los objetivos del Tratado de Asunción.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar las Pautas Negociadoras de los Subgrupos de Trabajo,  Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc que constan como Anexos y forman parte de la presente Resolución.

Art. 2 - En el desarrollo de dichas pautas los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc tendrán en consideración las instrucciones generales y específicas que constan en los Anexos a la presente Resolución, además de las instrucciones ya impartidas por el GMC.

 

ANEXO A LA RES. Nº 38/95

 

SGT Nº 1 “COMUNICACIONES”

 

TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS

 

ACUERDO TV EN UHF

Definición: Establecimiento de procedimientos de coordinación para la utilización y operación de canales radioeléctricos atribuídos al servicio de radiodifusión en las bandas de frecuencias de UHF (512 - 806 Mhz.).

Justificación: Los países destinan dichas bandas a servicios de características diferentes, lo que obliga a su coordinación técnica y administrativa.

Permitir el acceso equitativo en zonas de frontera, al recurso escaso y limitado que representa el espectro radioeléctrico por parte de todos los países del MERCOSUR.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1.

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.

 

ACUERDO SOBRE DISTRIBUCION DE SEÑALES DE TV MULTIPUNTO MULTICANAL

Definición: Establecimiento de procedimientos de coordinación para la utilización y operación de canales radioeléctricos que operen en la modalidad de distribución multipunto de señales de televisión multicanales.

Justificación: Permitir el acceso equitativo en zonas de frontera, al recurso escaso y limitado que representa el espectro radioeléctrico por parte de todos los países del MERCOSUR.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1.

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año en Banda de 2,5 GHz.

 

ACUERDOS VIGENTES SOBRE TV VHF Y TELEFONIA MOVIL CELULAR

Definición: Relevamiento de situación y aplicación de los acuerdos vigentes referidos a TV VHF y Telefonía Móvil Celular.

Justificación: Tecnológicamente requieren un continuo seguimiento.

Cumplir los Art. 10 y 14 respectivamente, de los Acuerdos TV VHF y Telefonía Móvil Celular.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.

Plazo razonable para su realización: Ocho (8) meses.

 

S.C.P. (SISTEMAS DE COMUNICACIONES PERSONALES)

Definición: Armonizar el uso de las bandas destinadas a los sistemas de comunicaciones personales terrestres, estableciendo los procedimientos para su coordinación en áreas de frontera y compatibilización de los sistemas.

Justificación: compatibilizar los sistemas posibilitará que las estaciones móviles autorizadas en cualquiera de los Estados Partes puedan utilizar los sistemas a pesar de encontrarse en territorio de otro Estado Parte.

Simplificar los estudios de compatibilidad electromagnética de forma de evitar interferencias perjudiciales con otros servicios.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.

 

SISTEMAS TRONCALIZADOS

Definición: armonizar el uso de las bandas de frecuencias destinadas a los sistemas radioeléctricos troncalizados y establecer bases para la compatibilización de sistemas troncalizados de distintos Estados Partes.

Justificación: el uso de las mismas bandas de frecuencias para una misma aplicación contribuirá al mejor uso del espectro radioeléctrico. La compatibilización de los sistemas troncalizados agilitará el proceso de comunicación, contribuyendo a intensificar el comercio en el MERCOSUR.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.

Plazo razonable para su realización: 8 (ocho) meses.

 

RECONOCIMIENTO DE LICENCIAS PARA TRANSPORTISTAS

Definición: Reconocimiento por todas las partes de licencias/autorizaciones de estaciones radioeléctricas móviles emitidas por una de ellas, a los efectos de la autorización de su introducción y operación transitoria como parte de un vehículo de transporte.

Justificación: La necesidad de reglamentar la utilización temporaria de equipamientos radioeléctricos en el resto de los países del MERCOSUR por parte de empresas de transporte internacional de carga y pasajeros asignatarios de frecuencias autorizadas por alguno de los Estados Partes.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 6 (seis) meses.

 

RADIODIFUSION SONORA DIGITAL (DAB)

Definición: Armonizar los sistemas a emplear y establecer los procedimientos de coordinación de frecuencias.

Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el campo de las telecomunicaciones.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años.

 

TELEVISION DE ALTA DEFINICION (TVAD)

Definición: Armonizar los sistemas y bandas de frecuencias que se implementen

Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el área de las telecomunicaciones

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años.

 

ARMONIZACION DEL USO DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO

Definición: Identificación de las bandas del espectro radioeléctrico cuya armonización sea posible.

Justificación: Optimizar la utilización del espectro radioeléctrico en la región

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años.

 

RADIODIFUSION POR SATELITE INCLUYENDO DTH

Definición: Armonizar los criterios de operación de los sistemas transmisores y eventualmente receptores.

Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el área de las telecomunicaciones

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años.

 

ARMONIZAR PROCEDIMIENTOS DE CERTIFICACION/HOMOLOGACION DE EQUIPOS DE COMUNICACIONES

Definición: Armonizar los procedimientos para la certificación de productos que serán comercializados entre los Estado Partes.

Justificación: Evitar que cada Estado dicte sus propias reglas dificultando así, la certificación/homologación de sus productos en los demás Estados Partes

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1

Plazo razonable para su realización: Ocho (8) meses.

 

FUTUROS SERVICIOS MOVILES TERRESTRES (IMT 2000)

Definición: Armonizar el uso de las bandas destinadas a los futuros servicios móviles terrestres (IMT 2000), estableciendo los procedimientos para su coordinación en áreas de frontera y compatibilización de los sistemas.

Justificación: Compatibilizar los sistemas posibilitará que las estaciones móviles autorizadas en cualquiera de los Estados Partes puedan utilizar los mismo a pesar de encontrarse en territorio de otro Estado Parte.

Simplificar los estudios de compatibilidad electromagnética de forma de evitar interferencias perjudiciales con otros servicios.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años

 

SISTEMAS SATELITALES

Definición: Armonizar los criterios de operación de los sistemas transmisores y eventualmente receptores.

Justificación: Se fundamenta en el desarrollo tecnológico que se verifica en el área de las telecomunicaciones

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años.

 

FRECUENCIAS PARA ESTACIONES ITINERANTES

Definición: Armonizar el uso de frecuencias destinadas a usuarios que necesiten operar sistemas de radiocomunicaciones sin localización definitiva o cuya cambio de ubicación sea frecuente.

Justificación: El uso de las mismas frecuencias por los Estados Partes, además de evitar interferencias perjudiciales en áreas de frontera, permitirá la comercialización entre los Estados Partes, de los equipamientos fabricados para esta aplicación.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº. 1.

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.

 

PROCEDIMIENTO DE ACREDITACION DE LABORATORIOS PARA EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES EN EL MERCOSUR.

Definición: Acreditar laboratorios en los Estados Partes para la realización de pruebas de los productos que serán comercializados en el MERCOSUR.

Justificación: Los productos deberán cumplir con las normas técnicas aplicables en cada estado.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.

Plazo razonable para su realización: 18 (dieciocho) meses.

 

ACUERDO VIGENTE SOBRE TELEFONIA RURAL.

Definición: Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre telefonía rural.

Justificación: La existencia de acuerdos entre algunos de los Estados Partes y el avance tecnológico, exigen un estudio sobre los mismos.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.

 

ELABORACION DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA COORDINACION ENTRE ESTACIONES TERRENAS Y TERRESTRES.

Definición: Armonizar los procedimientos técnicos y administrativos a seguir cuando uno de los Estados Partes desee instalar y operar una estación terrena o terrestre.

Justificación: Evitar interferencia perjudicial entre estaciones terrenas y terrestres pertenecientes a estados distintos.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 8 (ocho) meses

 

PROYECTO DE SISTEMAS PARA ADMINISTRACION DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO EN EL AMBITO DEL MERCOSUR.

Definición: Desarrollo de un sistema, utilizando una base de datos relacional con lenguaje de alto nivel, que pueda funcionar en plataformas diferentes, sea micro, “Risc” o “Main-frame” que posea informaciones gerenciales, técnicas y administrativas, relativas a los usuarios de los varios servicios de comunicaciones con el objetivo de permitir la administración del espectro radioelectrico.

Justificación: Facilitar las actividades de administración del espectro radioelectrico, inclusive con aval técnico, automatizado, emisión de datos autorizados vía sistema, control de pagos, etc.

Permitir la interconexión entre las bases de datos de los Estados Partes, posibilitando una utilización más racional del espectro.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.

 

ACUERDOS VIGENTES SOBRE RADIODIFUSION EN AM

Definición: Revisión del RJ81 para la solución de controversias respecto a la coordinación de estaciones exclusivamente de los Estados Partes.

Justificación: Los criterios contenidos en el precitado Acuerdo han impedido la coordinación de estaciones que se encuentran en operación sin causar interferencias.

Medios Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año

 

ACUERDOS VIGENTES SOBRE RADIODIFUSION EN FM.

Definición: Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre radiodifusión en FM

Justificación: La existencia de acuerdos entre algunos de los Estados Partes y el avance tecnológico, exigen un estudio sobre los mismos.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº.1.

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.

 

COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNETICA

Definición: Establecer los procedimientos y criterios técnicos para evaluar la compatibilidad electromagnética entre equipos y sistemas.

Justificación: Optimizar la utilización del espectro radioeléctrico.

Medios Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.

Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) años

 

ACUERDO VIGENTE SOBRE FRECUENCIAS HF DEL SERVICIO MOVIL MARITIMO

Definición: Revisión de situación y aplicación de los acuerdos sobre frecuencias HF Servicio Móvil Marítimo.

Justificación: La existencias de acuerdos entre algunos de los Estados Partes y el avance tecnológico exigen un estudio sobre los mismos.

Medios Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año

 

COMPILACION DE LEGISLACIONES Y ESTRUCTURAS TARIFARIAS EN TELECOMUNICACIONES.

Definición: Consolidar el conjunto de normas legales y estructuras tarifarías en telecomunicaciones

Justificación: Contar con la información de todos los Estados Partes.

Medios Necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1

Plazo razonable para su realización: 6 (seis) meses

 

ASUNTOS ADUANEROS

Definición: Relevamiento de la problemática aduanera de los correos de los Estados Partes.

Justificación: Facilitar la libre circulación de los productos postales en el ámbito del MERCOSUR (encomiendas, pequeños paquetes, cartas, etc.).

Medios necesarios: Designar un especialista de la Comisión Temática Postal, quien trabajará conjuntamente con los técnicos aduaneros de cada Estado Parte.

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.

 

INTERCONEXION INFORMATICA DE CORREOS

Definición: Desarrollo de un sistema, utilizando una base de datos que contenga información gerencial, técnica y administrativa relativas a los usuarios de servicios postales con el objetivo de permitir el seguimiento de la correspondencia.

Justificación: Posibilitar el seguimiento y localización del envío procurando mayor seguridad y mejora en la calidad del servicio.

Medios necesarios: Integrar a la Comisión especialistas en informática de cada correo.

Plazo razonable para su realización: 15 (quince) meses.

 

TRANSPORTE DE ENCOMIENDAS

Definición: Establecer normas patrón para los procedimientos de captación, transporte y entrega de encomiendas.

Justificación: Aumentar las facilidades de los usuarios en el proceso de compra por correos, y crear las condiciones para mejorar el nivel de competencia con la iniciativa privada.

Propiciar el incremento de participación de los correos en el mercado de encomiendas.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año

 

ACUERDOS POSTALES VIGENTES

Definición: Relevamiento de la situación relativa a los acuerdos vigentes en materia postal entre los Estados Partes.

Justificación: Compatibilizar los acuerdos vigentes en materia postal con los objetivos y necesidades del MERCOSUR.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.

Plazo razonable para su realización: 4 (cuatro) meses.

 

REDES DE DISTRIBUCIÓN POSTAL

Definición: Estructurar redes de distribución postal entre los Estados Partes definiendo sedes operativas de subdistribución.

Justificación: Acelerar la distribución de la correspondencia teniendo en cuenta la gran extensión de la región.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.

Plazo razonable para su realización: 18 (dieciocho) meses.

 

RELACIONAMIENTO ENTRE CORREOS PUBLICOS Y PRIVADOS

Definición: Analizar la futura relación entre el correo público y los privados de los Estados Partes en el ámbito del MERCOSUR.

Justificación: Dado los procesos de desregulación postal existentes en algunos de los Estados Partes se requerirá su estudio e implementación.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del SGT Nº 1.

Plazo razonable para su realización: 1 (un) año.

 

SGT Nº 2 “MINERIA”

 

TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS

1. LEGISLACION:

A) Recopilar información tomándose como base lo trabajado hasta el presente en el marco de lo actuado en los encuentros Minero-Mineralúrgicos de Río y de Montevideo y enviando dicha información a las Comisiones Temáticas Ad-Hoc.

B) Realización de un estudio comparativo de las legislaciones nacionales que abarque los siguientes temas:

a) Legislación minera.

b) Legislación societaria.

c) Ley de inversiones.

d) Legislación tributaria.

e) Legislación laboral.

f) Medio ambiente.

g) Toda otra legislación que tenga incidencia en minería en forma directa.

 

Justificación:

En el ambiente competitivo de la minería la base legal es de fundamental importancia, sea en los aspectos relacionados al acceso al subsuelo, sea en los que se refiere a la producción y al comercio de los productos mineros.

La adecuación de la base legal constituye estímulo o barrera a las inversiones del sector. El objetivo de un estudio de esta naturaleza es identificar las diferencias en el tratamiento legal en el sector minero en los Estados Partes.

 

Medios necesarios para la ejecución:

Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación internacional.

 

Plazo:

12 meses a partir de la primera reunión del Subgrupo Nº 2.

 

2. INFORMACION:

Desarrollar y ampliar los Bancos de Datos y compatibilizarlos con los existentes en la región.

Para la ejecución de la tarea deberá tomarse como base el Banco de Datos MERCOSUR, desarrollado en el marco de las Actas de Río y de Montevideo.

 

Justificación:

Los diferentes avances de los sistemas de información de los Estados Partes no permiten la ejecución de estudios comparativos para la identificación de oportunidades de cooperación e intercambio comercial de productos de origen mineral. La falta de información sobre la disponibilidad de productos minerales en alguno de los países del Mercosur ha llevado a privilegiar la comercialización con otros mercados en detrimento de los Estados Partes.

 

Medios necesarios para la ejecución:

Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación internacional.

 

Plazo:

Para la etapa de implementación se propone 12 meses.

 

3. RECURSOS MINERALES

Realización de un estudio de complementación de las economías mineras de los países del MERCOSUR, abarcando la producción, consumo y comercialización de los minerales y sus productos intra y extra zona.

 

Justificación:

Buscar medios para la intensificación del intercambio y la integración de la producción minera procurando la incorporación del mayor valor agregado posible con vistas al comercio entre los Estados Partes y con el resto del mundo, identificando sinergías entre los recursos minerales de la industria de los Estados Partes.

 

Medios necesarios para la ejecución:

Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación internacional.

 

Plazo:

24 meses

 

4. GEOLOGIA Y MINERIA

A) Inventario de los servicios de apoyo al sector.

B) Intercambio para la formación y entrenamiento de los recursos humanos.

C) Definir proyectos específicos para la cooperación científico-técnica en geología y minería.

 

Justificación:

Desarrollar el intercambio científico y tecnológico, así como la identificación y ampliación de las oportunidades de prestación de servicios por las instituciones encargadas de los levantamientos geológicos y del desarrollo y adquisición de tecnología minera.

 

Medios necesarios para la ejecución:

Disponibilidad de equipos, personal y recursos financieros de los organismos de minería de cada Estado Parte, así como otra fuente de recursos de la cooperación internacional incluyendo el otorgamiento de becas.

 

Plazo:  24 meses

 

SGT Nº 3 “REGLAMENTOS TECNICOS”

 

TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS

 

TAREA GENERAL

Eliminación de los obstáculos técnicos al comercio para facilitar la libre circulación de los bienes y la integración regional entre los Estados Partes”.

 

PAUTAS DE ACCION

Armonizar los reglamentos técnicos identificados como obstáculos a los flujos de comercio intra-Mercosur.

Compatibilizar los Sistemas, Estructuras y Actividades Nacionales de evaluación de conformidad, adecuando sus procedimientos y asegurando el reconocimiento mutuo en la región.

Promover la integración de los Sistemas y Estructuras Nacionales de Metrología, asegurando formas de cooperación y complementariedad de acciones.

Definir el relacionamiento entre el SGT Nº 3 y el Comité Mercosur de Normalización.

Proponer procedimientos de organización de información referente a Reglamentos Técnicos, Normas Técnicas y evaluación de conformidad, de manera de permitir la deseada transparencia en los procesos de notificación intra-Mercosur e Internacional.

 

TAREAS DE LOS COORDINADORES NACIONALES

1 - Evaluar y definir las prioridades, metodologías de las distintas áreas y el seguimiento de sus actividades como así también el análisis de la incorporación de nuevos temas.

2 - Relacionamiento con los otros Subgrupos de Trabajo, Grupos Ad-Hoc, Comité de Cooperación Técnica, Reuniones Espeicalizadas del GMC y Comités Técnicos de la CCM.

3 - Relacionamiento con el Comité MERCOSUR de Normalización.

4 - Organización de los Sistemas de Información y Notificación.

5 - Analizar las posibilidades de compatibilización de los Sistemas y Estructuras de Evaluación de Conformidad.

6 - Relacionamiento con los Proyectos de Cooperación Técnica Internacional.

 

AREAS DE TRABAJO

1 - Alimentos

2 - Productos para la Salud

3 - Industria Automotriz

4 - Productos Veterinarios

5 - Metrología

Las Areas de Trabajo estarán bajo la conducción de un Responsable de Area e integradas por Unidades de Trabajo. Las Areas y Unidades no tendrán, en general, carácter permanente y se disolverán una vez concluído el análisis de los temas.

 

AREA DE ALIMENTOS

 

PLAZO ESTIMADO: 18 MESES

 

UNIDAD DE TRABAJO Y TEMAS

 

CONTROL DE ALIMENTOS

Buenas Prácticas

Sistemas de Inspección y Certificación

Programas de Control

Habilitación y Registro

Planes de Muestreo

Infracciones

Técnicas Analíticas y Laboratorios de Ensayo

Sistemas de Información

Programas Regionales y/o con apoyo de Terceros Países u Organismos.

Capacitación de Personal

 

ADITIVOS

 

PATRONES DE IDENTIDAD Y CALIDAD

Lácteos

Bebidas (cervezas,jugos y bebidas alcohólicas destiladas)

Productos de origen Animal (carne bovina, moluscos, anfibios, filetes de pescado congelado, carne de ave)

Productos de origen vegetal (arroz, manzana, pera, papa, citrus, pimiento, frutilla, ajo)

 

CONTAMINANTES

Inorgánicos y orgánicos

Residuos de Pesticidas

Residuos de Medicamentos Veterinarios en los alimentos

Micotoxinas

Patrones Microbiológicos

Microscopía

 

ROTULACION

Rotulación Nutricional

Declaración Nutricional (CLAIMS)

 

ALIMENTOS PARA DIETAS ESPECIALES (Incluídas bebidas dietéticas)

 

ENVASES Y MATERIALES EN CONTACTO CON ALIMENTOS

 

AREA DE PRODUCTOS PARA LA SALUD

 

PLAZO ESTIMADO: 18 MESES

 

UNIDAD DE TRABAJO Y TEMAS

 

CONTROL DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS

Buenas Prácticas:

transporte

almacenamiento

comercialización

distribución

 

Metodología y Procedimiento para Fiscalización e Inspección

- Autorización para el Funcionamiento de Empresas

Definición de actividades de los diferentes tipos de empresas

Requisitos y procedimientos para habilitación de establecimientos

Contratos con terceros

- Registro de Productos:

requisitos y procedimientos para el registro de productos nuevos

países de referencia

productos extra zona

modelo de prospectos

categoría de venta y uso

modificación, renovación y anulación de registro

 

- Investigación Clínica

 - Capacitación contínua de Inspectores. Fase II

 - Promoción y Propaganda

 - Sistema de Información

 - Laboratorios de Ensayo/Control de Calidad

 - Planes de Muestreo y Metodología Analítica

 - Embalaje

 - Envases

 - Aditivos

 - Productos Fitoterapéuticos

 - Productos Homeopáticos

 

SICOTROPICOS

Armonización gradual de la lista de sustancias estupefacientes y sicotrópicos de acuerdo a las normas internacionales.

Control de las sustancias de productos estupefacientes y sicotrópicos considerando principalmente las normas internacionales

 

SANGRE Y HEMODERIVADOS

- Reglamentación de las unidades de medicina transfusional

- Guía para la inspección de unidades de medicina transfusional

- Verificación de cumplimiento de buenas prácticas de fabricación y control de Hemoderivados: Albúmina, Inmunoglobulina y Factores de coagulación.

- Reglamento técnico para fabricación y control de factores de coagulación.

- Reglamento técnico para fabricación y control de sueros y vacunas.

- Elaboración de módulos para entrenamiento de inspectores para plantas de hemoderivados.

 

PRODUCTOS MEDICOS

- Verificación del cumplimiento de las BPF de productos para diagnóstico “in vitro”

- Registro de productos médicos

- Verificación del cumplimiento de las BPF de productos médicos

- Cronograma de implementación de Buenas Prácticas de fabricación.

- Reglamentos técnicos de productos médicos

- Autorización de empresas de productos médicos.

- Investigación clínica de productos médicos.

 

COSMÉTICOS

- Criterios de rotulado para productos de higiene personal, cosméticos y perfumes

 

PRODUCTOS DOMISANITARIOS

- Definir los criterios para la indicación del plazo de validez y componentes en los rótulos

- Guía de Inspección de Establecimientos, Clasificación de criterios de Evaluación, Guía de Buenas Prácticas de Elaboración para productos Domisanitarios.

- Complementar la armonización de los productos desinfectantes con acción antimicrobiana y soluciones de hipoclorito.

- Confección de listas negativas, restrictivas, y de excepción para productos domisanitarios.

- Completar la armonización de anexos para los productos desinfectantes.

- Revisión de la RN-GMC 121/94 - Registro de Establecimiento.

- Revisión de la RN-GMC 122/94 - Registro de productos domisanitarios.

- Armonización de la clasificación de productos domisanitarios.

- Armonización de los métodos de determinación de la biodegradabilidad para detergentes.

- Requisitos para la aplicación de productos de uso profesional.

 

AREA DE PRODUCTOS VETERINARIOS

PLAZO ESTIMADO: 18 MESES.

 

UNIDAD DE TRABAJO Y TEMAS

Reglamentación del MRPV

Reglamentación del Sistema de Convalidación

Aprobación de la ficha técnica de los productos veterinarios.

Denominación de un Centro de Referencia Analítica.

Normas de buenas prácticas de fabricación de productos veterinarios.

Normas y procedimientos para inspección de establecimientos elaboradores, importadores y que comercialicen productos veterinarios.

Creación de una guía regional de drogas y productos de uso veterinario, con vistas a su implementación.

Metodología de evaluación de nuevas drogas y productos para adopción de normas específicas.

 

AREA DE INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

PLAZO ESTIMADO: 18 MESES.

 

UNIDAD DE TRABAJO Y TEMAS

- Identificación Vehicular, Nro. VIN

- Omnibus y Micro Omnibus urbanos de media y larga distancia

- Emisión de vehículos equipados con motor Otto pesado y diesel con respecto a nivel máximo de contaminación

- Lavador de parabrisas.

- Mangueras de frenos.

- Vidrios energizados.

- Inflamabilidad de materiales.

- Bocinas.

- Salientes de ruedas y sus accesorios.

- Traba de capot de motor.

- Identificación de los controles de transmisión mecánica y automática.

- Extinguidores de incendio.

 

AREA DE METROLOGIA

A fin de promover la Integración de los Sistemas y Estructuras Nacionales de Metrología asegurando formas de cooperación y complementariedad de acciones, créase el Area de Metrología, la cual en un plazo de 6 meses presentará su plan de trabajo tendiente a dar cumplimiento al objetivo citado.

 

SGT Nº 4 “ASUNTOS FINANCIEROS”

 

TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS

 

PROGRAMA DE TAREAS POR SECTORES CONSIDERADOS HASTA DICIEMBRE 1996

SECTOR

TAREAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sistema

Financiero

1. Supervisión Bancaria Global Consolidada:

 

a. Formalización de convenios entre los Bancos Centrales.

b. temas a ser considerados para promover los avances en la cuestión :

 

            i. demostraciones financieras consolidadas;

            ii. perfeccionamiento técnico de los procesos de regulación prudencial y de fiscalización;

            iii. secreto bancario;

            iv. fiscalización compartida incluyendo entrenamiento de personal;

            v. las responsabilidades y el inter-relacionamiento de los organismos supervisores de los países;

 

2. Perfeccionamiento de los procedimientos para el intercambio de información sobre los sistemas financieros, especialmente sobre las situaciones que reciben mayor gravedad y riesgo, así como aquella relativa a los procesos de privatización.

 

3. Reducción de asimetrías y busca de armonización en:

 

            i. central de riesgo;

            ii. definición conceptual del patrimonio líquido;

            iii. provisiones

            iv. clasificación y sistema de evaluación de deudores ;

            v. límites operacionales ;

 

4. Tratamiento nacional para los bancos de los Estados Partes ;

 

5. Cooperación Técnica, inclusive con los recursos del FOMIN;

 

            i. derivados;

            ii. aplicación de la supervisión bancaria consolidada;

            iii. nuevas formas de instrumentos financieros para las PYMEs;

 

6. Lavado de dinero;

 

7. Operaciones con derivados;

 

 

SECTOR

TAREAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Seguros

y

Reaseguros

 

1. Armonización de las condiciones de ejercicio para seguros;

 

            a. exigencia de capital mínimo;

            b. solvencia-margen de solvencia, provisiones técnicas y fiscalización; items previamente acordados, sujetos a la ratificación y detalle:

 

            i. constitución de reservas técnicas en el país de operación del seguro, con los activos correspondientes;

            ii. provisiones técnicas de acuerdo con la legislación específica de cada país;

            iii. cambio obligatorio de informaciones sobre operaciones, con la padronización de conceptos;

            iv. obligatoriedad del cálculo de índices e indicadores de solvencia y cambio de resultados;

            v. verificación de las condiciones de solvencia, en el país y en el exterior, por los Estados Partes donde la empresa tenga sede social;

            vi. obligatoriedad del cálculo de margen de solvencia, de manera armonizada;

            vii. obligatoriedad de publicación de balances contables;

            viii. obligatoriedad de presentación periódica de documentación necesaria, inclusive demostraciones estadísticas;

            ix. estricta colaboración entre los Estados Partes;

            c. Constitución jurídica de las empresas.

 

2. Perfeccionamiento de los acuerdos alcanzados sobre seguros;

 

3. Seguros sobre transporte multimodal;

 

4. Cooperación Técnica:

 

            a. seminario sobre la experiencia europea en materia de integración del mercado de seguros;

 

5. Intercambio de información en materia de reglamentación

 

6. Intercambio de experiencias en temas de supervisión.

 

 

 

SECTOR

TAREAS

Mercado de Capitales

1.Operaciones con derivados

2.Seguimiento de acuerdos alcanzados

 

Promoción y Protección de Inversiones

1. Seguimiento de la lista de excepciones a los convenios existentes.

 

Indicadores Macroeconómicos

1.Revisión de la nómina, intercambio y difusión de indicadores macroeconómicos de los países.

2.Elaboración de un comentario que acompañe las estadísticas y sirva de introducción para el conocimiento de la coyuntura regional

Régimen Cambiario

1. Seguimiento del régimen cambiario y de las regulaciones relativas a los movimientos de capitales.

2. Convenio de créditos recíprocos

 

PROGRAMA DE TAREAS PARA LOS SECTORES MENCIONADOS

TAREAS PARA LARGO PLAZO (AÑO 2000)

SECTOR

TAREAS

Sistema

Financiero

1. Acceso a mercado.

2. Constitución jurídica de las empresas.

Seguros y

Reaseguros

1. Acceso a mercado.

2. Constitución jurídica de las empresas.

Movimiento de Capitales

1. Cooperación con relación al movimiento de capitales.

2. Estudio y seguimiento de los mecanismos de pago establecidos o que se establecen entre los Estados Partes.

 

SGT Nº 5 “TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA”

 

TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS

 

A) TRANSPORTE TERRESTRE

 

ANÁLISIS, SIMPLIFICACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LOS ACUERDOS Y REGLAMENTACIONES EXISTENTES EN EL ÁMBITO MERCOSUR/ALADI.

Definición  Relevamiento y análisis de los acuerdos existentes en el ámbito del MERCOSUR-ALADI.

Dentro de esta tarea, se identifican las normativas que serán objeto de estudio:

- A.T.I.T.

- C.R.T.

- Acuerdo sobre Transporte Multimodal

- Principios para el acceso a la profesión de transportista en el ámbito del MERCOSUR

- Acuerdo sobre Transporte de Cargas Peligrosas en el MERCOSUR

 

Justificación: Necesidad de consolidar y simplificar los acuerdos existentes, continuando los avances que respeten las condiciones de cada Estado Parte en la integración.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del Subgrupo de Trabajo Nº 5

Plazo razonable para su realización: 12 meses

 

ATENUACIÓN DE LAS ASIMETRÍAS VINCULADAS AL TRANSPORTE TERRESTRE

Definición: Identificación y eliminación de las Asimetrías vinculadas directamente al transporte terrestre, cuya consideración y eventual solución dependa directamente de las autoridades del sector.

Identificación de otras asimetrías para trasladar su consideración a los órganos competentes.

Justificación: Se fundamenta en la necesidad de identificar y eliminar aquellas condiciones que afectan con situaciones de desigualdad al transporte internacional terrestre, eliminando su influencia negativa.

Medios necesarios: Creación de una Comisión de Especialistas dentro del Subgrupo de Trabajo Nº 5.

Plazo razonable para su realización: 18 meses

 

SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE

Definición: Armonizar y coordinar una propuesta de estrategia conjunta sobre normas de seguridad, normas tecnológicas y técnicas, y sobre controles técnicos de habilitación y ejecución de la actividad, que permita implementar la moderna tecnología en el control de la seguridad en el transporte.

Justificación: Necesidad de coordinar y armonizar una estrategia común en la materia.

Medios necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5.

Plazo razonable para su realización: 12 meses

 

FACILITACION FRONTERIZA

Definición: Relevamiento de los procedimientos operativos de transporte actualmente vigentes en los pasos de frontera de cada Estado Parte y su relación con los diferentes Entes Fronterizos de Control. Aplicación de los Acuerdos vigentes referidos al sistema de control integrado de frontera.

Justificación: Los pasos de frontera deben poseer -tal como se ha acordado en MERCOSUR-, un sistema ágil y rápido para el tránsito del transporte internacional -de cargas o pasajeros-; y debe existir una comunicación fluida y constante con cada Organismo Nacional Competente de aplicación del ATIT.

Medios necesarios: Creación de una Comisión de seguimiento con el objeto de efectuar relevamientos permanentes del funcionamiento institucional y operativo de los Pasos de Frontera habilitados, con la obligación de presentar en cada reunión ordinaria del Subgrupo un informe detallado y soluciones a los problemas identificados.

Plazo razonable para su realización: 12 meses

 

B) TRANSPORTE DE CARGAS POR CARRETERA

 

PRINCIPIOS GENERALES DE ACCESO A LA PROFESIÓN DE TRANSPORTISTA Y SU EJERCICIO EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR:

Definición: Relevamiento de situación y puesta en práctica en forma inmediata del acuerdo vigente.

Justificación: Coordinación con aquellos Estados Parte que aun no lo han puesto en vigencia.

Medios necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5

Plazo razonable para su realización: 6 Meses

 

RELEVAMIENTO, COORDINACIÓN Y DEFINICIÓN DE INSTITUTOS DEL ATIT:

* Análisis de los procedimientos para el otorgamiento de permisos de transporte internacional de carga en el ámbito del MERCOSUR.

* Propiedad y/o leasing de los vehículos por parte de las empresas habilitadas (articulo 31º del ATIT).

* Transporte propio (artículo 35º del ATIT).

* Transporte ocasional (articulo 27º del ATIT)

* Capacidad para el acceso a la profesión de transportista internacional, a saber:

 

= capacidad financiera

= honorabilidad

= capacidad profesional

 

* Explorar los avances en la generalización de las habilitaciones para las empresas transportistas a través de la "Licencia Mercosur"

 

Definición: Necesidad de realizar un seguimiento continuo de los Principios Generales del Convenio ATIT y los principales institutos sobre los cuales el mismo se fundamenta.

Justificación: Permitir la revisión y simplificación del Convenio ATIT y sus principales institutos, facilitando su continua adaptación a las necesidades de los transportistas y usuarios.

Medios necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5.

Plazo razonable para su realización: 24 Meses

 

INSTRUMENTACIÓN Y APLICACIÓN DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL SOBRE TRANSPORTE TERRESTRE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR:

Definición: Necesidad de realizar un seguimiento sobre la instrumentación y aplicación del Acuerdo.

Justificación: Coordinar el grado de implementación del Acuerdo de Alcance Parcial, en cada uno de los Estados Parte y eliminar inconvenientes que puedan surgir en las primeras etapas de su puesta en vigencia.

Medios necesarios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5

Plazo razonable para su realización: 6 Meses

 

PERFECCIONAMIENTO DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL SOBRE TRANSPORTE TERRESTRE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS:

* Régimen contravencional por infracciones al Acuerdo.

* Funcionamiento de las Comisiones previstas en el artículo 11º del Acuerdo.

Definición: Necesidad de armonizar el régimen contravencional del Acuerdo y de instrumentar las Comisiones previstas en el mismo.

Justificación: Compatibilizar los distintos proyectos de regímenes de contravenciones, como así también poner en funcionamiento las Comisiones previstas en el Acuerdo a efectos de actualizar el contenido de sus Anexos en función de las últimas revisiones formuladas por el Comité de Expertos de la O.N.U.

Medios necesarios: Creación de un grupo de especialistas dentro del Subgrupo de Trabajo Nº 5

Plazo razonable para su realización: 12 Meses

 

DISPOSICIONES ESPECIFICAS SOBRE MATERIAL DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS:

* Normas sobre contenedores, vehículos cisternas y vagones tanque

* Normas sobre cisternas de uso múltiple

* Accesorios de vehículos y "kits" de seguridad

Definición: Establecer las prescripciones relativas a la construcción y utilización de contenedores cisterna, vehículos cisterna, cisternas de uso múltiple y vagones tanque, así como las pruebas que deben superar. Armonizar las normas referentes a equipamientos de protección individual, extintores, cajas de herramientas y botiquín de primeros auxilios.

Justificación: Garantizar que las cisternas y otros equipos de distribución sean los adecuados para transportar mercancías peligrosas y que cumplan con las pruebas, certificaciones y otras exigencias legales que se establezcan.  

Garantizar que el equipamiento de seguridad de los conductores sea el más idóneo para ser empleado en situaciones de emergencia.

Medios Necesarios: Grupo integrado por especialistas del Subgrupo de Trabajo Nº 5, con asistencia del Subgrupo de Trabano Nº 3.

Plazo razonable para su realización: 30 meses

 

INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR

Definición: Formulación de los criterios para la calificación de defectos y formas de actuación según el resultado de las inspecciones a ser realizadas a ómnibus y vehículos de carga. En particular deberían definirse los criterios de habilitación de vehículos.

Justificación: La inspección técnica es la vía reconocida internacionalmente para reducir los efectos negativos de la motorización en cuanto a seguridad en el tránsito y protección del medio ambiente. Por lo tanto es necesario armonizar entre todos los Estados Parte una norma básica sobre aptitud técnica de vehículos y validéz de los Certificados de Aptitud Técnica (CAT).

Medios necesarios: Grupo de especialistas pertenecientes al Subgrupo de Trabajo Nº 5 y al Subgrupo de Trabajo Nº 3.

Plazo razonable para su realización: 12 Meses

 

REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS PROFESIONALES DE CONDUCCION

* Armonización de los criterios generales de otorgamiento de las licencias profesionales de conducción.

* Determinación de las aptitudes psicofísicas que deben poseer los conductores de vehículos comerciales.

* Determinación de criterios de formación profesional.

Definición: Determinación de los procedimientos que permitan habilitar y formar profesionalmente a los conductores de vehículos de transporte.

Determinación de pruebas psicofísicas que permitan considerar a un conductor apto física y psicológicamente para la expedición de un permiso de conducir.

Justificación: La adquisición de una actitud y de un comportamiento que refleje un espíritu permanente de seguridad, debe ser el primer objetivo a conseguir en cualquier conductor de un vehículo de transporte.

Asimismo, razones de seguridad vial aconsejan dar igual preponderancia a las aptitudes físicas y psíquicas pues es evidente la influencia de estos factores en la conducción.

Medios necesarios: Grupo de especialistas a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5.

Plazo razonable para su realización: 24 Meses

 

C) TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA

 

RED BÁSICA DE SERVICIOS REGULARES Y DE TEMPORADA. BANCO DE DATOS BÁSICOS. LA OPERACIÓN ORIGEN - DESTINO

Definición: Estudio de la red básica de servicios regulares y de temporada para el transporte de pasajeros en el ámbito del MERCOSUR y la elaboración de un banco de datos que permita identificar nuevos mercados y demandas. El estudio de la operación origen-destino.

Justificación: Permitir contar con los elementos mínimos imprescindibles que permitan conocer la red de servicios regulares y por temporadas, la identificación de nuevos mercados y la realización de la operación origen-destino.

 

Medios necesarios:

Plazo razonable para su realización: 12 Meses

 

GLOSARIO DE TÉRMINOS A SER UTILIZADOS EN LAS NEGOCIACIONES SOBRE EL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE PERSONAS EN EL MERCOSUR

Definición: Armonización de los términos sustanciales para el establecimiento de normas comunes en el transporte internacional de personas entre los Estados Parte.

Justificación: Acordar los términos básicos a ser utilizados en la implementación de acuerdos por los Estados Parte, posibilitará una fluidez y exactitud sobre el objeto de las negociaciones en el transporte internacional de pasajeros en el MERCOSUR.

 

Medios necesarios:

Plazo razonable para su realización: 6 Meses

 

ACUERDO SOBRE TRANSPORTE DE ENCOMIENDAS Y CORRESPONDENCIA EN ÓMNIBUS DE LÍNEAS REGULARES

Definición: Implementación del Acuerdo sobre el Transporte de Encomiendas y Correspondencia en ómnibus de líneas regulares habilitados para viajes internacionales.

 

Justificación: Necesidad de instrumentar la Resolución No. 117/94 del Grupo Mercado Común

 

Medios necesarios:

Plazo razonable para su realización: 6 Meses

 

D) TRANSPORTE FERROVIARIO

 

ANÁLISIS DE LOS FLUJOS CAPACES DE SER CANALIZADOS POR FERROCARRIL Y DETERMINACIÓN DE LOS CORREDORES PRIORITARIOS; ELABORACIÓN DEL LISTADO DE OBRAS O REALIZACIONES A CONSIDERAR, PARA RACIONALIZAR LA CIRCULACION FERROVIARIA POR DICHOS CORREDORES A MEDIANO PLAZO.

 

Definición:

 

Justificación:

 

Medios necesarios: Cooperación internacional.

 

Plazo razonable para su realización: 24 meses

 

RECOPILACIÓN A MEDIANO PLAZO DE LAS REGLAMENTACIONES VIGENTES SOBRE HABILITACIÓN Y OPERACIÓN DE EMPRESAS OPERADORAS DE TRAFICO FERROVIARIO INTERNACIONAL, PROCEDIENDO A LA UNIFICACIÓN Y, DE SER FACTIBLE, A SU SIMPLIFICACIÓN.

 

Definición:

 

Justificación:

 

Medios necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5

 

Plazo razonable para su realización: 12 meses

 

ATENUACIÓN DE LAS ASIMETRÍAS VINCULADAS AL TRANSPORTE FERROVIARIO.

 

Definición:

 

Justificación:

 

Medios necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5

 

Plazo razonable para su realización: 18 meses

 

ESTUDIOS DESTINADOS A SUPERAR LIMITACIONES PROVOCADAS POR DIFERENCIAS DE TROCHAS U OTRAS CONDICIONES DE INFRAESTRUCTURA.

 

Definición:

 

Justificación:

 

Medios necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5

 

Plazo razonable para su realización: 18 meses

 

ESTUDIO TENDIENTE A LA UNIFICACIÓN DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD Y TÉCNICAS, QUE RIGEN LA CIRCULACIÓN FERROVIARIA DENTRO DE LAS REDES DE LOS ESTADOS PARTE.

 

Definición:

 

Justificación:

 

Medios necesarios: Subgrupo de Trabajo Nº 5

 

Plazo razonable para su realización: 18 meses.

 

TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTIMO

 

ACUERDO MULTILATERAL DEL TRANSPORTE DE CARGAS

Definición: Acuerdo donde se establecen las formas de acceso a las cargas dentro de la región y las condiciones para realizar los tráficos incluso con terceros países.

Esta tarea deberá tratar sobre:

a) Tráfico entre los Estados Parte. Acuerdo respecto a la autorización para este tipo de tráfico.

b) Tráfico entre Estados Parte y terceros países. Acuerdo respecto a la autorización para este tipo de tráfico y respecto al tratamiento de los convenios extrazona.

c) Acceso a las cargas. Acuerdo respecto al acceso a las cargas y a la participación de cada Estado Parte en el tráfico intra MERCOSUR.

d) Barreras para-arancelarias. Acuerdo respecto a la eliminación de obstáculos de indole burocrático que operen como barreras a la integración.

e) Derecho de establecimiento. Acuerdo respecto a requisitos de las empresas para participar en el transporte y para radicarse en otro Estado Parte.

f) Protección al usuario. Acuerdo respecto a la implementación de medidas que tiendan a la protección del usuario en la región.

g) Compatibilización con el Acuerdo sobre Transporte Multimodal y el Acuerdo de la Hidrovía Paraná-Paraguay.

Justificación: Se deben lograr condiciones adecuadas de competitividad entre los armadores de los Estados Partes y su plena participación en todos los tráficos intra y extraregionales, de manera de obtener la mayor eficiencia del sistema, con la consiguiente reducción de costos de fletes y aumento de eficiencia, con el fortalecimiento de las Marinas Mercantes.

Las bases para esa participación deberían estar  dadas por la aplicación de los principios de igualdad de condiciones operacionales, libre acceso a las cargas, no cuotificación y prevención de la competencia desleal.

Medios: Estudio técnico sobre transporte por agua en la región (ver anexo)

Plazo razonable para su implementación: 18 meses

 

REGISTRO DE EMBARCACIONES DEL MERCOSUR

Definición: Registro de buques de la región donde se unifican las condiciones operacionales de las embarcaciones.

Esta tarea debe contener el siguiente punto: 

Características y creación de un Registro Operativo en cada país.

Justificación: Se pretende que los países signatarios tengan una bandera conveniente. Este Registro permitirá uniformizar el tratamiento operativo de los buques de los Países Partes en el MERCOSUR.

Medios: Estudio técnico sobre transporte por agua en la región (ver anexo)

Plazo razonable para su implementación: 18 meses

 

FACILITACION. ACUERDO RESPECTO A LOS PROCESOS ADUANEROS Y ADMINISTRATIVOS.

Definición: Acuerdo de facilitación de tránsito de embarcaciones, bienes y personas entre los países de la región.

Justificación: La facilitación de los procesos aduaneros y administrativos relacionados al comercio exterior, debe ser analizada en sus vinculaciones con el área de transporte para dirigir las acciones recomendadas por el GMC.

Medios: Tratamiento a nivel del Subgrupo de Trabajo Nº 5

Plazo razonable para su implementación: 12 meses

 

TRATAMIENTO DE ASIMETRIAS ECONOMICO-TRIBUTARIAS.

Definición: Análisis y Estudio de  las asimetrías económico-tributarias detectadas que afectan al sector de transporte por agua en la región.

Justificación: A los efectos de lograr un adecuado grado de igualdad de competencia entre los armadores de los Estados Parte es necesario, entre otras, minimizar las asimetrías que los afectan.

Una vez identificadas las asimetrías mediante un estudio técnico, se podrá iniciar el proceso de negociación tendiente a su progresiva eliminación. Esta negociación podría llevarse a cabo además en otros subgrupos específicos.

Medios: La identificación de las asimetrías podrá lograrse mediante un estudio técnico en el cual se comparen las legislaciones tributarias e impositivas de los Estados Parte, teniendo presente las políticas económicas de la región.

Debería examinarse la posibilidad de que el estudio de las asimetrías económicas-impositivas en el transporte por agua del MERCOSUR sea efectuado por un organismo  de cooperación técnica internacional.

Plazo razonable para su realización: 18 meses

 

ANEXO: ESTUDIO TECNICO SOBRE TRANSPORTE POR AGUA EN LA REGION.

Definición: Estudio técnico para servir de base a la elaboración de un marco jurídico consensuado.

Esta tarea estará basada en los siguientes puntos:

a) Base para la elaboración de un marco jurídico consensuado.

b) Financiación en base a algún acuerdo con Organismos Internacionales como es el caso de la Unión Europea.

c) Términos de referencia a ser elaborados en base a los proyectos de acuerdo ya existentes.

d) Estudio y aplicación de los acuerdos bilaterales existentes.

e) Estudio y aplicación de la legislación vigente en cada país.

Justificación: Realizar un estudio de investigación sobre tráficos, participación de los países, movimiento de las cargas regionales y no regionales, estadísticas, etc. Para esto debería examinarse la posibilidad del financiamiento no reembolsable por parte de un organismo de cooperación técnica internacional efectúe el estudio.

 

INFRAESTRUCTURA

ENUNCIACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS BÁSICOS PARA LA INTEGRACIÓN FÍSICA DE LOS PAÍSES DEL MERCOSUR

Definición: Identificación de los objetivos sobre la infraestructura de la región.

Justificación: Es muy importante, en virtud del gran incremento que ha experimentado el tráfico comunitario, que tanto en la construcción de nuevas infraestructuras como en la conservación de las ya existentes los Estados Parte tengan en cuenta la coherencia de sus proyectos con la política de transporte o con otras políticas comunes.

Medios necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5

 

Plazo razonable para su realización: 12 Meses

 

REALIZACIÓN DE DIFERENTES ESTUDIOS Y SEGUIMIENTO DE LOS DISTINTOS ASPECTOS VINCULADOS CON LA INFRAESTRUCTURA DE LOS PAÍSES DEL MERCOSUR

Definición: En tal sentido y sin perjuicio del trabajo Permanente que implica una tarea como la identificada, en una primera instancia el Subgrupo se propone desarrollar su trabajo considerando los siguientes puntos:

 

A) Corredores de Transporte dentro del MERCOSUR y su interrelación con los existentes a nivel de América del Sur.

B) Seguimiento de las distintas acciones emprendidas por los países para propender al desarrollo de los corredores (estudios básicos, financiamientos, priorización de alternativas, etc).

C) Utilización multimodal de los diferentes corredores.

Justificación: Propender a que las evaluaciones de las infraestructuras que se efectúan a nivel de cada país se realicen también bajo la óptica de la integración comunitaria.

Dotar a la actividad económica de mayor dinamismo a través del desarrollo de nuevas tecnologías de transporte.

Coordinar acciones tendientes al desarrollo de infraestructuras que faciliten la atención en frontera.

Necesidad de evitar la duplicación de esfuerzos y tareas, y la consideración de un mismo tema en distintos foros de negociación.

Medios necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5

Plazo razonable para su realización: 24 Meses

 

RECOPILACIÓN Y COMPATIBILIZACION DE NORMAS DE DISEÑO PARA CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS

Definición: Se pretende uniformizar aquellas normas de diseño para la construcción de carreteras que permitan incrementar la seguridad vial en el ámbito del MERCOSUR y armonizar los proyectos y trazados de las diferentes obras viales.

Justificación: Dotar a las infraestructuras de transporte de interés comunitario, de características uniformes a partir de exigencias similares de diseño y seguridad para los usuarios.

Medios necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5

Plazo razonable para su realización: 24 Meses

 

MARCOS DE ACCION EN INFRAESTRUCTURA PORTUARIA

Definición: Desarrollar un intercambio de información, análisis y comparación de aquellas acciones efectuadas en materia de infraestructura portuaria por los Estados Parte.

Justificación: Se entiende trascendente la influencia de la infraestructura en el desarrollo de las operaciones en el Transporte Fluvial y Marítima y la importancia que posee el conocimiento mutuo por los Estados Parte en esa temática.

Medios necesarios: Realización en el ámbito del Subgrupo de Trabajo Nº 5

Plazo razonable para su realización: 24 meses

 

SGT Nº 6 “MEDIO AMBIENTE”

 

TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS

1) Restricciones no Arancelarias.

a) definición: analizar las restricciones y medidas no arancelarias que tengan relación con la temática ambiental y elaborar la propuesta de armonización o eliminación de tales medidas y restricciones. El proceso de armonización o eliminación abarca tanto la compatibilización como el mantenimiento de restricciones y medidas no arancelarias, cuando éstas resulten justificadas adecuadamente en tanto constituyen medidas y restricciones de protección al medio ambiente.

b) justificación: la consolidación de la unión aduanera implica el proceso de eliminación y/o armonización de las restricciones no arancelarias. Como parte de esas restricciones resultan de instrumentos jurídicos ambientales es fundamental que el SGT Nº 6 concluya la tarea de evaluación, iniciada por la Reunión Especialzada de Medio Ambiente (REMA) a fin de completar su análisis y elevar su propuesta terminada al GMC. Resulta asimismo necesario realizar un seguimiento de las tareas del Comité Técnico Nº 8, encargado de identificar nuevas restricciones no arancelarias.

c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas competentes del gobierno, así como recursos provenientes de la cooperación internacional.

d) plazo:

1) RNA ya identificadas en el Anexo de la Decisión Nº 3/94 CMC: Junio/96;

2) Acción permanente, conforme la dinámica del proceso de integración

 

2) Competitividad y Medio Ambiente

a) definición: contribuir para establecer en materia ambiental condiciones de adecuada competitividad entre los Estados Partes y entre éstos y terceros países y/o esquemas de integración regional. Promover estudios que atiendan la valoración e inclusión del costo ambiental en el costo total del proceso productivo, de modo que permita condiciones ecuánimes de protección ambiental y competitividad.

b) justificación: la tendencia mundial en materia ambiental, y sus resultados en términos de medidas de protección ambiental pueden afectar las ventajas comparativas de algunos países, creando barreras para el acceso en ciertos mercados o que alteran su competitividad por la elevación de los costos de producción. El principal impacto socio-económico resultante de un conjunto de restricciones ambientales es la posibilidad de incremento de los precios relativos de los productos. Así, han de inducirse cambios estructurales en los procesos productivos de los Estados Partes, que al mismo tiempo atienda las necesidades de control ambiental y aseguren la competitividad.

c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.

d) plazo: Diciembre /97

 

3) Normas Internacionales - ISO 14.000

a) definición: acompañar el proceso de elaboración, discusión, definición e implementación de la serie ISO 14.000 - Gestión Ambiental, y analizar los impactos de su posible aplicación como factor diferenciador de competitividad para productos originarios del MERCOSUR en el mercado internacional.

b) justificación: los cambios estructurales en curso en la economía mundial están dando lugar a la generación de nuevas formas regulatorias al flujo de bienes y factores de producción.  En este contexto, podrán ser establecidos requerimientos sin justificación posible o restricciones severas a productos y procesos influenciando la competitividad de empresas y países. Considerando que los países que enfrentarán los mayores problemas para ser acreditados son aquellos en desarrollo, se torna imprescindible y urgente la unión entre los Estados Partes del MERCOSUR en la defensa de los intereses comunes. La articulación entre los cuatro países frente a las propuestas de normas presentadas, paralelamente al mejoramiento de sus prácticas de gestión ambiental, podrán facilitar la certificación de sus productos y servicios ante las normas internacionales, no interfiriendo en la competitividad del MERCOSUR con terceros países.

c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas competente del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.

d) plazo: durante el proceso de negociación e implementación de la ISO 14.000 (Diciembre 97).

 

4) Temas Sectoriales

a) definición: promover la implementación de las propuestas que en materia ambiental fueron presentadas por los Subgrupos de Trabajo al término del período de transición.

b) justificación: varios subgrupos de trabajo, durante el período de transición, elaboraron propuestas específicas con respecto a la consideración de la temática ambiental en términos de necesidades, requisitos y costos sectoriales. (Ejemplo: energía, industria, agricultura, etc.). Como esas propuestas se originan en disposiciones consideradas entre los cuatro países y representan aspectos importantes al momento actual del proceso de integración, es necesario estudiarlas e investigar las posibilidades de su implementación.

c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.

d) plazo: 1) diciembre 96

             2) permanente

 

5) Proyecto de Instrumento Jurídico de Medio Ambiente en el MERCOSUR.

a) definición: la elaboración de un documento que tomará como referencia los ordenamientos legales nacionales, temas específicos de gestión ambiental, teniendo como objetivo la optimización de los niveles de calidad ambiental en los Estados Partes.

b) justificación: la propuesta se incluye en el contexto de las directrices trazadas para la dinámica de cooperación a ser observada en la actual fase del MERCOSUR, tendientes a incluir la optimización de los niveles de calidad ambiental mediante la efectiva aplicación de los mecanismos legales en cada una de los Estados Partes.

c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.

d) plazo: octubre/96.

 

6) Sistema Información Ambiental

a) definición: diseño, desarrollo y puesta en operación de un sistema de información ambiental sustantiva, a nivel de las máximas instituciones nacionales de los Estados Partes.

b) justificación: la evolución que el tratamiento de la temática ambiental va teniendo en cada uno de los Estados Partes y la consiguiente potencial incidencia que ésta tiene en el proceso de integración hace necesaria la conformación de un sistema de información en tiempo útil que sirva de sustento para la toma de decisiones y generación de iniciativas de coordinación y consenso; en suma para consolidar un accionar armónico en el enfoque de la temática.

c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.

d) plazo: diciembre 96

 

7) Sello verde Mercosur

a) definición: desarrollar un proceso tendiente a la definición y formalización de un sistema sello verde Mercosur.

b) justificación: como una actividad consistente con el desarrollo del comercio intra Mercosur y Mercosur y terceros países u otros procesos de integración y tomando como especial referencia la preferencia creciente del mercado por aquellos productos ambientalmente adecuados, se considera oportuno y conveniente desarrollar una propuesta que, considerando las instancias normativas y de fiscalización-auditoría propenda a la formalización de un Sello Verde Mercosur.

c) medios necesarios para su ejecución: Los Ministerios de Medio Ambiente y otras áreas competentes del gobierno, así como otra fuente de recursos de la Cooperación Internacional.

d) plazo: diciembre 97.

 

SUBGRUPO DE TRABAJO Nº 7 “INDUSTRIA”

 

TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS

Las tareas que se detallan a continuación a ser ejecutadas por el Subgrupo de Trabajo en el corto y mediano plazo, estimado en un período de 18 (dieciocho) meses desde la primera reunión ordinaria del SGT, constituyen la primera etapa del trabajo del Subgrupo.

 

CAPITULO 1:

 

COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL

 

1.1.-  REALIZACION DE DIAGNOSTICOS DE COMPETITIVIDAD DE SECTORES SENSIBLES PARA LA ECONOMIA DE LOS PAISES DEL MERCOSUR.

Definición: Dar continuidad a la realización de diagnósticos de competitividad de sectores sensibles de la industria de los países de la subregión, especialmente aquellos con mayor incidencia de pequeñas y medianas empresas.

Esos diagnósticos tienen por objetivo la homogeneización del conocimiento de esos sectores en los Estados Partes, evidenciando sus puntos débiles y fuertes, intra y extra MERCOSUR; identificando los principales factores que obstaculizan o favorecen su competitividad; las oportunidades de complementación industrial entre las industrias de la subregión, así como apuntar a la necesidad de reestructuración industrial en uno o más países.

El Subgrupo continuará promoviendo la realización de seminarios con la participación de representantes del sector productivo, para debatir los resultados de los estudios realizados.

El objetivo es contribuir con medios técnicos a las acciones gubernamentales, así como a las decisiones del sector productivo.

Medios necesarios para la ejecución: los diagnósticos de competitividad son realizados en el ámbito de la cooperación BID-MERCOSUR.

En este momento, se encuentran en proceso estudios sobre los sectores de Máquinas - herramientas,  Artículos de tocador, Madera y sus manufacturas y Cuero y artículos de cuero.

 

1.2 - IDENTIFICACION DE OPORTUNIDADES PARA REALIZAR ALIANZAS ESTRATEGICAS INTRAMERCOSUR.

Definición: Identificación de oportunidades para la promoción de alianzas estratégicas entre empresas de los países del MERCOSUR, que involucren, entre otros, incremento de los flujos de comercio, complementación industrial, formación de asociaciones diversas,  inversiones, transferencia de tecnología, investigación y desarrollo, abastecimiento de insumos, y acceso a canales de comercialización.

La idea del trabajo es, a partir de la identificación de oportunidades de realización de alianzas que concurran al perfeccionamiento de la competitividad de la industria de la subregión, promover encuentros reuniendo a los representantes de los sectores productivos específicos, así como instituciones gubernamentales y privadas afines a las áreas de interés en cuestión, para la presentación y debate acerca de las alternativas detectadas, de manera de estimular la realización de los acuerdos.

Justificación: aprovechar los mecanismos de la Unión Aduanera para avanzar en el proceso de integración y de especialización de las economías, mediante el interrelacionamiento de las empresas en el ámbito del MERCOSUR.

Medios necesarios para la ejecución: Identificar esas oportunidades a través de la realización, entre otros, de los diagnósticos de competitividad citados en el ítem 1.1, realizados en el ámbito de la cooperación BID/MERCOSUR.

Se espera contar, además con cooperación técnica en negociación con la Unión Europea.

 

1.3 - SISTEMA DE INDICADORES DE COMPETITIVIDAD

Definición: Formulación e implementación de un proyecto para constituir un sistema de indicadores de competitividad, teniendo como base parámetros utilizados por los países industrializados, destinado al seguimiento de la evolución de sectores industriales sensibles para las economías de los países de la subregión.

Este sistema estaría constituído por indicadores estadísticos que permitan monitorear el estado de desarrollo de las industrias del MERCOSUR, en relación a la práctica internacional.

La implementación del sistema de indicadores permitiría monitorear permanentemente el nivel de competitividad de esos sectores, así como acompañar los resultados de las políticas de reestructuración que se adopten, evidenciando la necesidad de corregir los rumbos, mostrando simultáneamente las tendencias de esos sectores en los países líderes.

Medios necesarios para la ejecución: El Subgrupo deberá continuar la realización de gestiones en el sentido de obtener cooperación técnica internacional para la formulación e implementación del proyecto, probablemente en el ámbito de la II Etapa de la Cooperación BID/MERCOSUR, o del Convenio en negociación con la Unión Europea.

 

1.4 - SISTEMA DE SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PROMOCION INDUSTRIAL ADOPTADAS POR LOS PAISES DEL MERCOSUR.

Definición: Montaje e implementación de mecanismos de seguimiento y divulgación de las medidas de promoción industrial, adoptadas por los países miembros de la Unión Aduanera.

Justificación: Contribuir para que los sectores gubernamentales cuenten con la información actualizada sobre las medidas de promoción industrial vigentes en los cuatro países, incluyendo entre otros la legislación sobre zonas francas, áreas aduaneras especiales y regímenes especiales de importación relacionados.

Medios necesarios para la ejecución: El Subgrupo ya realizó un relevamiento de las políticas de promoción industrial vigentes en los Estados Partes durante el período de transición. Deberá implementarse un mecanismo que permita la consolidación y actualización permanente de esos datos.

Se contemplará en la temática de este capítulo el análisis de los aspectos medioambientales y tecnológicos vinculados directamente a la industria, en tanto los mismos afectan la competitividad de las empresas.

Se detallan a continuación, a título de ejemplo, algunas de las acciones específicas a encarar para la concreción de los objetivos de este capítulo:

- promover en coordinación con la Reunión Especializada de Ciencia y Tecnología la realización de encuentros de vinculación entre empresarios, instituciones científico-tecnológicas, organismos promocionales e instituciones de financiamiento para promover la realización de proyectos de investigación conjunta con aplicación directa al proceso productivo.

- promoción de centros regionales destinados a asistir a nuevas empresas y emprendimientos innovadores de firmas existentes apoyando su proyección en el MERCOSUR.

- promover la realización, a través de instituciones de formación profesional, de programas de capacitación laboral referidos tanto a multifuncionalidad, incremento de la productividad, adaptación a nuevas condiciones tecnológicas, cooperación en la optimización y control de la calidad, como así también en el mejoramiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

- promoción de la difusión e intercambio de experiencias para el mejoramiento de las estructuras organizacionales y dirección de las empresas de la región incluyendo capacitación gerencial.

- promover la realización de programas tendientes a la reconversión y adecuación tecnológicas con vistas a la preservación de las condiciones ambientales dentro y fuera de las empresas.

 

Capítulo 2

 

PROGRAMA DE COOPERACION EN CALIDAD Y PRODUCTIVIDAD

 

Definición: Promover la cooperación entre los países del MERCOSUR por medio de estrategias y/o programas que permitan mejorar la calidad y la productividad industrial en la región.

Justificación: Los países del MERCOSUR deben adecuarse para enfrentar, de forma competitiva, el aumento de los flujos de comercio en el contexto de una economía cada vez más globalizada.

Medios necesarios para la ejecución: El Subgrupo deberá esforzarse en el sentido de obtener cooperación técnica dentro del Convenio en negociación con la Unión Europea, así como trabajar junto al Subgrupo 3 - Reglamentos Técnicos -  en el proyecto, en curso de Cooperación en Normas Técnicas con aquel bloque económico.

 

Capítulo 3

 

PROMOCION DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Y EMPRESAS DE ARTESANADO

 

3.1 - PROYECTO E IMPLEMENTACION  DE UNA RED DE INTEGRACION EMPRESARIAL QUE ABARQUE TODOS LOS PAISES DEL MERCOSUR - REDSUR

Definición: Continuar los trabajos de formulación e implementación de la REDSUR, con el objetivo de promover la dinamización de la integración empresarial de las micro, medianas y pequeñas empresas de la subregión, contribuyendo al mejoramiento de la competitividad de las mismas.

La implantación de la REDSUR permitirá a las empresas usuarias, entre otros: agilizar el flujo de informaciones y de comunicación intra-MERCOSUR; crear oportunidades contribuyendo al incremento del intercambio comercial; posibilitar transferencias de tecnología y de conocimientos técnicos.

Los servicios ofrecidos son apoyados por los sistemas nacional e internacional de telecomunicaciones que integran las diferentes tecnologías asociadas a los mismos. En el ámbito del MERCOSUR, ese apoyo será otorgado a través de los acuerdos operacionales celebrados entre EMBRATEL- Brasil, TELINTAR- Argentina, ANTELCO- Paraguay y ANTEL- Uruguay.

Medios necesarios para su ejecución: Se encuentra en fase de realización  en el ámbito de la cooperación BID/MERCOSUR, el proyecto orientado a la definición de dicha red.

 

3.2. ACCIONES COORDINADAS DE APOYO AL DESARROLLO DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DEL MERCOSUR- MPYME

Definición: Se encuentran en gestación o implementación en el ámbito del Subgrupo, diversas acciones de apoyo al fortalecimiento de las MPYMES de la subregión, entre las cuales cabe destacar:

a) Desarrollo y ampliación del documento aprobado por Resolución Nº 90/93, GMC “Políticas de apoyo a las MPYMES del MERCOSUR”.

Ese documento tiene como puntos principales la conceptualización de las MPYMEs en el MERCOSUR y la proposición de mecanismos e instrumentos de apoyo con la definición de proyectos de ejecución inmediata.

Considerando la dinámica del proceso de integración es importante que el referido documento sea complementado y desarrollado en función de la implementación y consolidación de la Unión Aduanera, evaluándose los resultados ya alcanzados y definiéndose nuevas estrategias y directrices de acción en el corto y mediano plazo

b) Promoción de la cooperación empresarial y de la mejora del acceso a los mercados para las MPYMES del MERCOSUR.

Diversas instituciones nacionales del MERCOSUR vienen promoviendo la realización de eventos involucrando a las MPYMEs, en realización de acuerdos comerciales, de subcontratación (tercerización) y transferencia de tecnología.

El objetivo del Subgrupo Nº 7 es actuar en estrecha articulación con las diversas instituciones públicas y privadas, que representan a las MPYMEs y servicios existentes en los Estados Partes, teniendo en cuenta entre otros:

El establecimiento de asociaciones que favorezcan la realización de eventos que cuenten  con la participación de entidades y representantes de sectores industriales de los cuatro Estados Partes;

. Fortalecer programas actualmente existentes de aproximación entre socios potenciales, en el ámbito del MERCOSUR y con terceros países y estimular la integración con empresas de mayor porte.

. Programa de intercambio institucional para estimular la integración entre instituciones públicas y privadas vinculadas a la promoción de las MPYMEs.

Programa de compras gubernamentales destinado a modificar procedimientos vigentes y sugerir acciones que permitan el mejor acceso de las MPYMEs.

- Programas de bolsas de negocios para diseminar mecanismos de integración entre empresas a través de la creación de redes de sub-contratación.

c) Estímulo a la formación, capacitación y reconversión de recursos humanos destinados a las MPYMEs.

Justificación: El papel de las MPYMEs en la producción industrial y generación de valor agregado en el producto tiene una importancia significativa como puede observarse en casi todos los países exitosos, los cuales desarrollan políticas específicas para estimular el sector como sucedió en Japón, USA y países conocidos como los Tigres Asiáticos, entre otros.

Medios para su ejecución: Además de contar con Cooperación Técnica dentro del convenio BID/MERCOSUR, el Subgrupo deberá actuar con otros Subgrupos y Reuniones Especializadas para el encauzamiento de temas relativos al sector industrial en cuestión.

 

3.3. ACCIONES COORDINADAS DE APOYO AL DESARROLLO DEL ARTESANADO DE LA REGION.

Definición: Formular y articular la implementación de estrategias conjuntas para el desarrollo del sector que contemplen directrices, acciones y prioridades claras y factibles, vinculadas a aspectos relativos a gestión, legislación, conceptualización del sector, divulgación de informaciones, realización de eventos, comercialización y cooperación.

Justificación: Varios países han concluido que el desarrollo del sector artesanal se identifica con las cuestiones insertas en la agenda internacional tales como preservación del medio ambiente, necesidad de disminuir la pobreza y las desigualdades, intensificación de intercambios comerciales y culturales, turismo, y vienen desarrollando actividades significativas para el sector y obteniendo una notable mejora en la calidad de su producción que se vierte en el ámbito de los mercados internos e internacionales, con consecuencias sociales y económicas positivas. Se resaltan en este contexto las experiencias de México, Colombia, Costa Rica, Guatemala, España y Portugal.

Medios necesarios para su ejecución: Buscar cooperación técnica de países como México, Colombia y los de la Unión Europea, en particular España, debido a su larga experiencia, con resultados significativos.

 

CAPITULO 4

ARMONIZACION DE LA LEGISLACION Y DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RELATIVOS A LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Definición: Trabajar en la implementación del acuerdo relativo a Marcas, Indicaciones de Procedencia y Denominación de Origen, aprobado por el CMC en su reunión  01/95.

Continuar avanzando en la negociación de Acuerdos relativos a otras materias relacionadas a la propiedad intelectual, como por ejemplo, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales, Derechos de Autor, Cultivares, Patentes, Topografía y Circuitos Integrados.

Continuar promoviendo reuniones de responsables de organismos de propiedad industrial de los Estados Partes, de forma de establecer asociaciones para la modernización de esas instituciones y la armonización de sus procedimientos.

Justificación: El aumento de la competitividad del conjunto de economías de la subregión, en el contexto de Unión Aduanera, implica la existencia y adopción de modernas reglas de protección a la propiedad intelectual, basadas en acuerdos internacionales existentes sobre la materia, que contribuyan a atraer inversiones y tecnología.

El Acuerdo sobre Marcas, Indicaciones de Procedencia y Denominación de Origen, así como los demás Acuerdos en discusión, tienen por objetivo el establecimiento de reglas y principios generales que sirvan para orientar la acción administrativa, legislativa y judicial de cada Estado Parte para el reconocimiento y aplicación de los derechos de propiedad intelectual.

En este sentido es fundamental la cooperación entre los órganos que tratan el tema en el MERCOSUR.

Medios para su ejecución: El Subgrupo continuará esforzándose para obtener cooperación técnica de organismos internacionales de reconocida experiencia en la materia.

 

SGT Nº 8 “AGRICULTURA”

 

TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS

 

Armonización sanitaria y fitosanitaria y compatibilización del Acuerdo Sanitario y Fitosanitario del MERCOSUR (ACSAFIM) con el Acuerdo sobre la aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC (Acuerdo SPS/OMC).

Seguimiento y análisis de las políticas agrícolas y agroindustriales nacionales

Articulación con el sector privado

Armonización de regulaciones referidas a:

a) Semillas

b) Fertilizantes, enmiendas e inoculantes

c) Vinos y derivados de la uva

f) Genética animal

g) Alimentos para animales

h) Productos de la agricultura orgánica

 

JUSTIFICACION

La justificación de las tareas 1 y 4 es facilitar la libre circulación de las mercaderías agropecuarias y agroindustriales en el MERCOSUR.

La justificación de la tarea 2 es la de sentar las bases para una coordinación a nivel regional de acciones e instrumentos de esas políticas

La justificación de la tarea 3 es la de mantener un ámbito donde el sector privado pueda expresar sus preocupaciones y sugerencias en relación con la marcha del proceso de integración agropecuaria y agroindustrial.

 

DETALLES DE TAREAS Y PLAZOS

 

PLAZO FINALIZACION TAREAS

1. Armonización Sanitaria y Fitosanitaria

 

 

a) Cuarentena Vegetal

 

Permanente

Programa de Trabajo 1995

31/12/95

 

 

b) Productos Fitosanitarios

Permanente

Programa de Trabajo 1995

31/12/95

 

 

c) Materiales de Propagación

Permanente

Programa de Trabajo 1995

31/12/95

 

 

d) Puntos de Ingreso

30/9/96

Programa de Trabajo 1995

31/12/95

 

 

e) Plagas de calidad

Programa de Trabajo 1995

Permanente

31/12/95

 

 

f)Cuarentena Animal (Consolidada los Grupos Regionalización Sanitaria y Análisis de Riesgo)

Permanente

 

 

g)Productos y Subproductos de Origen Animal

Permanente

 

 

h)Sanidad Apícola

31/12/95

 

 

i)Compatibilización ACSAFIM Acuerdo SPS/OMC

31/3/96

 

 

2.         Seguimiento y Análisis de las Políticas Agrícolas y Agroindustriales Nacionales

 

 

Permanente

 

 

 

            a) Realizar el Análisis de consistencia y seguimiento respecto a los cambios de Política Agrícola y Agroindustrial de cada Estado Parte ya sean horizontales, verticales y de ayuda interna a la agricultura

 

 

Permanente

 

            b) Implementar un sistema de seguimiento de información productivo y económico del sector así como de mantenimiento de información actualizada con respecto a las medidas de política adoptadas en cada Estado Parte.

 

 

 

30/09/96

 

 

3.         Articulación con el sector privado

Permanente

 

 

a) organizar seminarios con participación de los sectores privados de los cuatro países por cadena productiva

Uno por semestre

 

 

b) organizar seminarios con las organizaciones de pequeños productores para evaluar la articulación de la pequeña producción al proceso de integración

Uno por año

 

 

4.         Armonización de regulaciones

 

 

 


a) Semillas

 

- armonización de legislación referida a la producción, comercialización, registro, certificación y análisis de semillas

- armonización de la legislación sobre derechos de los obtentores de nuevos cultivares

 

 

 

Diciembre 96

 

 

 

Diciembre 96

b) Fertilizantes, enmiendas e inoculantes

 

- armonización de reglamentos técnicos de registro de establecimientos y productos

 

- armonización de normas de rótulos y muestreo

 

- armonización de normas sobre tolerancia o desvíos de análisis

 

- armonización de metodologías de análisis y designación de laboratorios de referencia

 

- armonización de reglamentos técnicos de fiscalización

 

Marzo 1997

 

 

Marzo 1997

 

 

Marzo 1997

 

 

Marzo 1997

 

 

Marzo 1997

 

 

Marzo 1997

 

 

c) Vinos y derivados de la uva

 

-  armonización de las regulaciones referidas a la producción y comercio de vinos y derivados

 

 

Diciembre 1996

 

 

f) Genética Animal

 

- armonización de las regulaciones

 

 

 

Diciembre 1996

 

 

g) Alimentos para animales

 

- armonización de reglamentos técnicos de registro de establecimientos y productos

 

- armonización de normas de rótulos y muestreo de raciones, concentrados, ingredientes, suplementos y aditivos

 

- armonización de normas sobre tolerancia o desvíos de análisis

 

- armonización de metodologías de análisis designación de  laboratorios de referencia

 

- armonización de reglamentos técnicos de fiscalización

 

 

 

Setiembre 1996

 

 

 

 

Setiembre 1996

 

 

 

Setiembre 1996

 

Setiembre 1996

 

 

Setiembre 1996

h) Agricultura Orgánica

 

- armonización de regulaciones

 

 

 

Setiembre 1996

 

SGT Nº 10 “ASUNTOS LABORALES, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL”

 

TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS

 

NORMAS SOBRE RELACIONES LABORALES

El Subgrupo continuará el análisis del tema, teniendo en cuenta los Convenios Internacionales del Trabajo pertinentes, de la O.I.T.

Las partes coinciden en que continúan dispuestos a discutir la propuesta de una Carta Social del MERCOSUR.

 

COSTOS LABORALES

Recibir y analizar el trabajo realizado por el Consultor contratado por el BID.

Se propone requerir, en forma inmediata, en un plazo de 30 días, el mencionado documento; analizarlo, redactar conclusiones con vistas a hacer propuestas de tareas futuras sobre el Tema.

 

SEGURIDAD SOCIAL

Celebrar un acuerdo multilateral de Seguridad Social.

Rever y perfeccionar la propuesta multilateral aprobada por la Comisión Nº 6 del SGT Nº 11 y su ajuste administrativo con vistas a finalizarlo e implantarlo por los 4 países del MERCOSUR (Plazo 12 meses).

 

HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Perfeccionar y completar el cuadro comparativo efectuado por la Comisión Nº 5 del SGT Nº 11 sobre Seguridad e Higiene en aquellas ramas de actividad de mayor influencia en el intercambio comercial.

En una primera etapa, proponer normas para el Transporte de sustancias químicas peligrosas, equivalencia en los etiquetados.

Fomentar un banco de datos común, de sustancias químicas, cancerígenas, radioactivas, etc.

Coordinar la actividad con los demás grupos que estén vinculados con el Tema (Plazo 18 meses).

 

FORMACION PROFESIONAL

Estructurar un sistema de certificación ocupacional que permita el reconocimiento de competencias formales e informales, asociado o no a la escolaridad, para fines del ejercicio ocupacional (Plazo 2 años).

Incrementar un sistema de Cooperación Técnica en los países miembros del MERCOSUR, en el campo de la educación profesional, comprendiendo la ejecución directa de cursos y entrenamientos, oferta de pasantías de estudios, formación de formadores, investigaciones, metodología de enseñanza, materiales didácticos, tecnología educacional en general (Plazo 6 meses).

Continuar los trabajos tendientes a implantar un sistema de información común sobre Institutos de formación y cursos de calificación y recalificación laboral (Plazo 12 meses).

 

MIGRACIONES LABORALES

Recibir y analizar los trabajos realizados por los Consultores contratados por el BID.

Se propone requerir, en forma inmediata, en el plazo de 30 días, los mencionados documentos; analizarlos y redactar conclusiones con vistas a hacer propuestas de tareas futuras sobre el Tema.

 

INSPECCION DEL TRABAJO

Convocar a un Seminario Tripartito sobre la Inspección del Trabajo con el objetivo de lograr una cooperación mutua con vistas a aumentar la eficacia del control y promover el estricto cumplimiento de las Normas Laborales.

Dicho Seminario se realizará en Brasilia en el 1er Semestre de 1996.

 

GRUPO AD-HOC SERVICIOS

 

TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS

I. Redacción de un proyecto de Acuerdo Marco sobre Servicios de conformidad con el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la OMC (GATS). Al respecto, se tendrán especialmente  presentes las disposiciones del Art. V del mencionado Acuerdo y  los trabajos realizados en la Comisión de Servicios del ex SGT Nº 10.

Los Capítulos del Acuerdo Marco en los que deberán acordarse disciplinas son:

1. Normas y principios generales:

1.1- Alcance y Definición

1.2- Obligaciones y Disciplinas Generales

1.3- Compromisos específicos

2. Mecanismo de liberalización de conformidad con el Art. V del GATS especialmente en lo relativo a la cobertura sustancial de sectores y  plazo razonable de instrumentación de los compromisos

3. Disposiciones Institucionales y Solución de Controversias

4. Análisis de normas complementarias atinentes a situaciones propias de sectores incluídos en los Anexos sectoriales del GATS, a fin de adaptarlas al comercio intrazona.

II. Relevamiento de acuerdos bilaterales o plurilaterales suscritos por los países del Mercosur con terceros Estados.

III. Continuación de la actualización del relevamiento de las reglamentaciones internas que regulan el comercio de los principales servicios.

IV. Identificación de áreas para solicitar Cooperación Técnica.

V. El plazo del programa fue fijado en setiembre de 1996.

 

REUNIÃO ESPECIALIZADA EM TURISMO

 

TAREFAS PRIORITÁRIAS E PRAZO

Homogeneização da classificação dos meios de hospedagem do MERCOSUL.

DEFINIÇÃO: Estabelecer uma base homogênea de classificação dos meios de hospedagem dos quatro países.

JUSTIFICATIVA: É necessária uma normativa comum aos estabelecimientos de hospedagem visando a divulgação, promoção e comercialização do produto MERCOSUL.

ATIVIDADES A REALIZAR:

- Elaboração de uma matriz de classificação dos meios de hospedagem do MERCOSUL - modalidade hotel, onde devem ser aplicadas as proposições de homogeneização de classificação aprovadas pela RET;

- Realização de um seminário entre os Estados Partes para analisar a relação de amostragem das proposições de homogeneização;

- Providênciar orçamento necessário para a implantação da matriz de classificação.

MEIOS NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios

 

PRAZO RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO:

- Prevê-se até o mês de março de 1996, a realização da amostragem das aplicações das proposições de homogeneização;

- Em maio de 1996 deverá ser realizado o seminário.

- No ano de 1997 inicia-se a aplicação da classificação.

Circulação de veículos de propiedade das empresas locadoras de automóveis (rent - a - car)

DEFINIÇÃO: Facilitação da circulação dos veículos de propiedade das locadoras entre os Estados Partes.

JUSTIFICATIVA: Através da mesma viabiliza-se a atuação das locadoras nacionais nos três demais Estados Partes e a redução das tarifas aplicadas, provocando o incremento do fluxo turístico e comercial intraregional.

ATIVIDADES A REALIZAR: Priorizar o tema junto à Comissão de Comércio do MERCOSUL.

MEIOS NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios

PRAZO RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: O prazo de duas reuniões, ou 120 dias, no âmbito da RET.

 

Ecoturismo

DEFINIÇÃO: Criar um destino mundial de apelo ecológico no âmbito do MERCOSUL através do desenvolvimento de estudos de pesquisas sócio-econômicas do turismo ecológico e a aplicação de ações de fomento e promoção.

JUSTIFICATIVA: Atualmente o ecoturismo é um dos segmentos mais atraentes e producentes da atividade turística, prevendo-se a movimentação, nos próximos cinco anos, de mais de 100 milhões de pessoas, gerando cerca de US$ 95 bilhões de gasto turístico.

 

ATIVIDADES A REALIZAR:

- Realizar reuniões conjuntas com o subgrupo de meio ambiente para o estabelecimento de programas de trabalho dos temas definidos, conjuntamente com a RET, como prioritários.

- Institução de uma cooperação técnica interna para o desenvolvimento do programa de capacitação ecoturística.

- Criação de um documento de base para a qualificação e categorização dos destinos ecoturísticos do MERCOSUL

MEIOS NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios e, eventualmente, de cooperação técnica

 

PRAZO RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO

- A conclusão do programa de trabalho depende da conclusão dos trabalhos com o subgrupo de meio ambiente.

- O programa de capacitação ecoturística do MERCOSUL deve ter seu início ainda este ano, dependendo da viabilização da cooperação técnica interna.

- O documento de categorização dos destinos ecoturísticos do MERCOSUL deve ser concluído no prazo máximo de um ano.

Polo turístico internacional do Iguaçú.

DEFINIÇÃO: Açoes específicas que possibilitem um maior aproveitamento do potencial turístico existente na região correspondente à área geográfica que engloba Puerto Iguazú - Argentina, Foz de Iguaçú - Brasil e Ciudad del Este - Paraguai, configurando-se em um produto turístico do MERCOSUL.

JUSTIFICATIVA: A união dos formidavéis atrativos turísticos reunidos na região do Iguaçú, significam a opção mais imediata de desenvolvimento integrado, tornando-se imprescindível a atuação a favor da maior facilitação possível para o transito de pessoas e veículos, assim como em relação à difusão do produto turístico a nível internacional.

 

ATIVIDADES A REALIZAR:

- Aplicação do projeto aduaneiro de afastamento das linhas limitrófes entre os Estados Partes;

- Aplicação do projeto de facilitação do transito de turistas de terceiros países na região geográfica do polo turístico internacional do Iguaçú;

- Constituir um comité técnico para revisar todas as ações desenvolvidas e prepara um termo de referência que possibilite obtermos uma cooperação técnica externa para auxiliar o alcançe dos objetivos previstos;

MEIOS NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Os requeridos pelas obras de afastamento das aduanas e cooperação técnica internacional.

 

PRAZO RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO:

- O projeto de afastamento das aduanas depende do aval das autoridades aduaneiras do MERCOSUL para a posterior aplicação das ações previstas, como o “portal do Iguaçú” em Foz do Iguaçú - Brasil;

- O projeto de facilitação de transito de turistas de terceiros países depende do aval das autoridades migratórias para aplicação imediata de suas ações;

- O Comitê Técnico deverá ser criado na próxima RET, tendo um prazo de 90 dias para a conclusão do termo de referência da cooperação técnica externa, desejada por um período aproximado de seis meses.

 

Risco Empresarial

DEFINIÇÃO: Celebração de un acordo privado entre os prestadores de serviços turísticos, de forma a regulamentar a solução dos problemas econômicos do setor turístico do MERCOSUL.

JUSTIFICATIVA: O incremento do fluxo turístico no MERCOSUL trouxe a ampliação de alguns problemas entre esses agentes, sejam o não cumprimento da prestação de serviços contratados, ou a falta de pagamentos.

Busca-se uma maior segurança ás operações comerciais turísticas entre os Estados Partes, e assegurar a defesa do consumidor (turista).

ATIVIDADES A REALIZAR: Promoção do encontro dos setores privados visando a concretização daquele acordo.

MEIOS NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios.

PRAZO RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: Prevê-se o período correspondente a seis RET’s para a conclusão da tarefa.

 

Regime de Turistas

DEFINIÇÃO: Texto ordenado que disponha sobre a documentação dos turistas do MERCOSUL, o trânsito destes, e os temas relativos à sua bagagem, dentre outros.

JUSTIFICATIVA: Transmitir aos turistas intraregionais o conhecimento das normas vigentes, permitindo-lhes o pleno exercício de seus direitos e obrigações.

ATIVIDADES A REALIZAR: Coletanea da informação e publicação de um “Manual de normas vigentes relativas ao turismo do MERCOSUL”.

MEIOS NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios

PRAZO RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: A consolidação poderia estar concluída em trinta dias, mas devido à dependência da ação de outros grupos de trabalho do MERCOSUL, estima-se sua conclusão em março de 1996, tendo a impressão e a publicação do Manual estimada para o mês de junho de 1996.

 

Transporte terrestre turístico.

DEFINIÇÃO: Ordenação e aplicação de um processo de facilitação dos transportes turísticos rodoviários no MERCOSUL

JUSTIFICATIVA: A facilitação do transito de ônibus turísticos entre os Estados Partes permitirá um maior fluxo turistico e a captação de novos segmentos potenciais.

ATIVIDADES A REALIZAR: Elaboração de uma proposta de regulamentação da facilitação do transporte terrestre

MEIOS NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios.

PRAZO RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: A proposta a ser apresentada à consideração do subgrupo de trabalho Nº 05 - Transporte e Infraestrutura - do MERCOSUL, deberá ser concluída no período necessário á realização de três RET’s.

 

Parques Temáticos.

DEFINIÇÃO: Facilitar a atividade deste tipo de empresa no MERCOSUL.

JUSTIFICATIVA: Os parques temáticos incentivam a extensão do período de permanência do turista em seu destino, reduzem a sazonalidade extendendo o fluxo turístico a todo o ano, incentivam o turista repetir sua visita ao destino fomentam o turismo interno e geram fluxos turísticos em localidades que não apresentem qualquer potencial ou atrativo turístico.

ATIVIDADES A REALIZAR: Encaminhar recomendações específicas ao tema através da diminuição dos impostos de importação, de frete e seguro incidentes sobre os equipamentos, além da isenção de taxas aduaneiras e eliminação de entraves administrativos na circulação dos equipamentos dessas empresas entre os Estados Partes.

MEIOS NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios.

PRAZO RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: Duas RET’s.

 

Ações de marketing.

DEFINIÇÃO: Estimular as iniciativas públicas e privadas ao desenvolvimento da atividade, possibilitar a promoção e divulgação do turismo do MERCOSUL, ampliando o ingresso e a circulação de fluxos turísticos, estimular a diversificação da oferta turística dos Estados Partes.

JUSTIFICATIVA: Acha-se necessária e conveniente a integração de produtos e esforços promocionais, visando ao desenvolvimento dos fluxos turísticos internos à regiao, e dos provenientes de outros mercados

 

ATIVIDADES A REALIZAR:

- Configurar novos produtos turísticos do MERCOSUL, como missões jesuíticas, polo turístico internacional do Iguaçu, corredor ecoturístico, mundo gaúcho, etc.

- Participação contígua em feiras internacionais de turismo.

- Constituir uma imagem coorporativa para o MERCOSUL.

 

MEIOS NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO:

- Cooperação técnica internacional para o desenvolvimento dos novos produtos.

- Orçamento específico para o tema da imagem coorporativa.

 

PRAZO RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO:

- Para configurar o produto missões jesuíticas serão necessárias tres RET’s para a conclusão do termo de referência que definirá as bases de uma cooperação técnica interna com duração de seis meses;

- Estima-se que até dezembro de 1995 será possível realizar o acompanhamento das ações, resultando na avaliação da participação contígua em feiras internacionais de turismo;

- No período de duas RET’s será encaminhada ao GMC uma nova recomendação que fundamente a importância de constituição de uma imagem coorporativa do MERCOSUL.

Formação e capacitação de recursos humanos.

DEFINIÇÃO: Realizar um diagnóstico sobre as deficiências existentes na formação dos recursos humanos no setor turístico do MERCOSUL e buscar ações para minimizá-las.

JUSTIFICATIVA: Há uma grande disparidade nos níveis de formação e capacitação de recursos humanos entre os Estados Partes. Esses níveis devem ser harmonizados de forma a podermos oferecer uma melhor qualidade nos serviços prestados.

ATIVIDADES A REALIZAR: Realização de um seminário (com a participação de autoridades de educação de cada um dos Estados Partes e empresários do setor de turismo do MERCOSUL) que deve produzir as bases de um programa de trabalho para o tema, a ser desenvolvido pela RET.

MEIOS NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios.

PRAZO RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO: A preparação do seminário demandará o período de duas RET’s, tendo a realização deste prevista para março ou abril de 1996.

 

Estudos Econômicos.

DEFINIÇÃO: Quantificar a importância econômica do setor de viagens e turismo, frente a outros segmentos econômicos.

JUSTIFICATIVA: É imprescindível avaliar a atual importância econômica que a indústria de viagens e turismo representa para o MERCOSUL.

 

ATIVIDADES A REALIZAR:

- Elaboração de um trabalho semelhante ao executado pela WTTC (Vide Anexo) através da obtenção de um patrocinador para a sua edição e distribuição;

- Elaboração das “Bases estatísticas comuns do MERCOSUL”.

 

MEIOS NECESSÁRIOS PARA A SUA EXECUÇÃO: Próprios.

 

PRAZO RAZOÁVEL PARA A SUA REALIZAÇÃO:

- Para a definição das bases estatísticas comuns do MERCOSUL serão necessárias duas RET’s.

- A elaboração do trabalho “Viagens e Turismo do MERCOSUL” deve ser concluida em 02 RET’s, sendo necessário um prazo semelhante para a sua edição e distribuição;

 

INSTRUCCIONES DE CARACTER GENERAL A LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC

Sin perjuicio de las instrucciones impartidas con anterioridad, el GMC instruye lo siguiente:

1. Participación del Sector Privado.

En lo que se refiere a la participación del Sector Privado, los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc, deberán ajustarse a lo dispuesto en el Capítulo VII de la Dec. Nº 4/91 CMC.

2. Número y permanencia de Comisiones.

Al definir su estructura organizativa, los Subgrupos de Trabajo y las Reuniones Especializadas mantendrán en un mínimo el número de Comisiones Permanentes. Podrán convocar Comisiones Ad-Hoc según resulte necesario, para la consideración de temas específicos a las competencias del órgano respectivo, que hagan al mejor funcionamiento de la Unión Aduanera.

3. Relaciones Externas.

Las iniciativas de las distintas instancias negociadoras vinculadas a las relaciones externas del MERCOSUR con terceros países, grupos de países u organizaciones internacionales, deben ser sometidas a la aprobación previa del GMC, que decidirá la manera más adecuada para instrumentar dichas iniciativas.

4. Cooperación Técnica.

Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc, la Comisión de Comercio del MERCOSUR y sus Comités Técnicos someterán a consideración del GMC todas las demandas y ofertas de Cooperación Técnica, las que deberán ser debidamente justificadas.

La gestión y seguimiento de las mismas es competencia del Comité de Cooperación Técnica.

5. Restricciones y Medidas No Arancelarias.

Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc y la Comisión de Comercio del MERCOSUR incorporarán como una de sus actividades prioritarias la eliminación o armonización de las restricciones y medidas no arancelarias distribuídas por la Res. Nº 32/95 GMC.  Asimismo, las nuevas restricciones y medidas no arancelarias que pudieran ser identificadas en el futuro, deberán ser objeto de tratamiento prioritario.

6. Interacción con otros Subgrupos, Grupos Ad-Hoc, Comités Técnicos y Reuniones Especializadas

Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc y Comités Técnicos, podrán solicitar informes técnicos entre sí, manteniendo informado de ello al GMC.

7. Reglamentos Técnicos

En la elaboración de Reglamentos Técnicos, los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas observarán cuando corresponda, las directrices que sobre la materia elabore el SGT Nº 3 y apruebe el GMC.

 

INSTRUCCIONES DE CARACTER ESPECIFICO A LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC

 

SGT Nº 1

Que indique los objetivos que pretende alcanzar, en el plazo de 24 meses, con relación a las siguientes tareas de pautas negociadoras:

- radiodifusión sonora digital;

- televisión de alta definición (TVAD);

- armonización del uso del espectro radioeléctrico;

- radiodifusión por satélite incluído DTH;

- futuro servicios móviles terrestres (IMT 2000);

- sistemas satelitales; y

- compatibilidad electromagnética.

Que se manifieste previamente sobre la viabilidad y necesidad de ejecución de las siguientes tareas, a la luz de la presente etapa del proceso de integración:

- compatibilización de las legislaciones vigentes en materia postal (“unificación de las normas que rigen en las actividades postales en la región”);

- políticas tarifarias de correos (“adopción de política tarifaria armonizada para correos”); y

- sello postal del MERCOSUR (creación de un sello postal del MERCOSUR).

Coordinar con el SGT Nº 5 (Transporte e Infraestructura) la ejecución de la tarea “Reconocimiento de licencia para transportistas” que figura en su propuesta de pauta negociadora.

Coordinar con el CT Nº 2 (Asuntos Aduaneros) la ejecución de la tarea “Asuntos Aduaneros” que figura en su propuesta de pauta negociadora.

Que aclare si lo que pretende armonizar son reglamentos técnicos obligatorios o normas técnicas voluntarias en la tarea interconexión de redes de telecomunicaciones.

 

SGT Nº 2

Que al realizar el estudio comparativo de las legislaciones nacionales, se atenga estrictamente a los aspectos atinentes a su sector.

 

SGT Nº 3

Se recuerda que, entre las tareas que le fueron encomendadas en el Acta Nº 3/95 GMC, debe otorgar urgente tratamiento a las que se mencionan a continuación:

- padrones de identidad y calidad de manzanas y peras consulta Nº 52/95 CCM;

- embalaje de manzanas y otras frutas consulta Nº 90/95 CCM;

- padrones de identidad y calidad y arroz consulta Nº 92/95 CCM; y

- emisión de contaminantes en vehículos automotores.

 

Que elabore un Reglamento Técnico destinado a diferenciar a los fines comerciales el agua mineral natural y el agua artificialmente mineralizada.

 

SGT Nº 4

Considerar en coordinación con el SGT Nº 5 el tema de seguro sobre Transporte Multimodal.

Que sin perjuicio del inicio de sus trabajos formule su propuesta de pauta negociadora adoptando el formato definido por la Res. Nº 20/95  GMC (Justificación y medios necesarios).

 

SGT Nº 5

Coordinar con el Comité Técnico Nº 2 (Asuntos Aduaneros) de la CCM la ejecución de las tareas “Facilitación Fronteriza” e “Facilitación:  Acuerdo sobre los Procesos Aduaneros y Administrativos”.

Coordinar con el SGT Nº 1 (Comunicaciones) y el CT Nº 2 (Asuntos Aduaneros) la ejecución de la tarea “Acuerdo sobre Transporte de Encomiendas y Correspondencia en ómnibus de Líneas Regulares”.

Coordinar con el CT Nº 7 (Defensa del Consumidor) y Nº 8 (Restricciones y Medidas No Arancelarias) de la CCM cuando el tratamiento de los ítems referentes a la defensa de usuario y barreras no arancelarias en la ejecución de tareas “Transporte Fluvial y Marítimo:  Acuerdo Multilateral de Transporte de Carga”.

Manifestar preliminarmente sobre la viabilidad y la necesidad de “Homogeneizar las condiciones laborales a bordo”, uno de los ítems que compone la tarea “Registro de Embarcaciones en el MERCOSUR” propuesta en el Subgrupo.

Aclarar el objetivo de la tarea “Tratamiento de las Asimetrías Economíco-Tributarias”

 

SGT Nº 6

Deberá buscar instancias de coordinación con el SGT Nº 3 y SGT Nº 8 para la consideración de la temática ambiental en la elaboración de reglamentos técnicos y reglamentos sanitarios y fitosanitarios.

 

SGT Nº 7

Que aclare el alcance y los objetivos de la tarea relativa al “Programa de compras gubernamentales”, incluidas en el punto b) del ítem 3.2. de su propuesta de pauta negociadora y que tenga en cuenta los trabajos que viene realizando el CT Nº 4 sobre este tema.

 

SGT Nº 8

Que en su primera reunión trate los temas priorizados en el punto seis (6) del Acta Nº 3/95 del GMC que se mencionan a continuación:

a) Armonización de normas sanitarias, en particular las de aquellos temas que fueron objeto de consultas en la CCM.

b) Análisis y resolución de las restricciones y medidas no arancelarias listadas en la Res. Nº 32/95 GMC.

 

SGT Nº 10

Que sin perjuicio del inicio de sus trabajos formule su propuesta de pauta negociadora adoptando el formato definido por la Res. Nº 20/95  GMC (Justificación y medios necesarios).

Esclarecer los objetivos de la tarea “Normas sobre relaciones laborales” e indicar con precisión las medidas necesarias para su ejecución.

 

REUNION ESPECIALIZADA DE TURISMO

Coordinar con el SGT Nº 6 “Medio Ambiente” la ejecución de la tarea “Ecoturismo”.

Aclarar los objetivos de la tarea “Parques Temáticos” así como indicar con precisión las medidas de naturaleza arancelaria y tributaria, necesarias para su ejecución.

El informe que presente sobre el tema será evaluado posteriormente por el GMC con el fin de identificar los niveles de coordinación necesarios para la implementación de la tarea.

Remitir al CT Nº 2 “Asuntos Aduaneros” a los efectos de su análisis la propuesta de tarea “Polo Turístico Internacional de Iguazú” a fin de que dicho comité analice la propuesta mencionada.

Coordinar con el CT Nº 2 “Asuntos Aduaneros” las siguientes tareas:

- circulación de vehículos de propiedad de empresas de alquiler de automóviles;

- guía informativa para turistas;

- transporte terrestre turístico.

 

REUNION DE COORDINACION INFORMATICA SAM-SECAD

Definir la instrumentación del Sistema de interconexión informático, elevando al GMC una propuesta sobre los Aspectos documentales y de equipamiento.  Dicha tarea deberá presentarse al GMC en su próxima Reunión.

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
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