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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decisión Nº 4 |
20/07/2006
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Fecha: |
04/10/2006 |
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Dependencia: |
DC-4-2006-CMC
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Tema: |
MERCOSUR
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Asunto: |
ESTRATEGIA MERCOSUR DE CRECIMIENTO DEL
EMPLEO
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 46/04 y 35/05 del Consejo del Mercado Común. |
CONSIDERANDO: Que la Decisión CMC N° 46/04
estableció un Grupo de Alto Nivel para elaborar una "Estrategia MERCOSUR
de Crecimiento del Empleo", teniendo como referencia la Declaración
de Ministros de Trabajo del MERCOSUR, emanada de la Conferencia Regional
de Empleo. |
Que
la temática del empleo ha sido materia de permanente preocupación de este
Consejo Mercado Común tal como surge de la Recomendación N° 02/03, por
la que se exhortó a los Estados Partes a mantener la cuestión de la
generación de empleo de calidad en todas las instancias institucionales cuyas
decisiones tengan implicancia con esta materia. |
Que
el GANEMPLE, con la integración de los Ministerios responsables por las
políticas económicas, industriales, laborales y sociales de los Estados
Partes ha trabajado desde su creación en la elaboración de las bases
conceptuales, metodológicas y operativas para la implementación de la
mencionada estrategia. |
Que
a tales efectos ha contado con la participación de las organizaciones
económicas y sociales que integran las secciones nacionales del Foro
Consultivo Económico y Social y de la Comisión de Seguimiento de la Declaración
Sociolaboral del MERCOSUR. |
Que
la instrumentación de la Estrategia MERCOSUR de Crecimiento del Empleo
nos permite avanzar en la articulación de las políticas económicas,
productivas, laborales y sociales y sus consecuencias, colocando al empleo en
el centro de las mismas. |
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE: |
Art. 1 - Aprobar la "Propuesta para la Estrategia MERCOSUR
de Crecimiento del Empleo", que figura como Anexo y forma parte de la
presente Decisión. |
Art. 2 - Instruir al Grupo Mercado Común y a sus órganos
auxiliares, para que en el desarrollo de sus acciones, se otorgue prioridad a
la articulación de las políticas económicas, sociales y laborales con la
finalidad de generar trabajo decente y empleo de calidad. |
Art. 3 - Instruir al Grupo Mercado Común para que aquellos
órganos del MERCOSUR con competencia en temas de política económica, productiva,
laboral y social realicen los esfuerzos necesarios para el relevamiento de información sobre el impacto que dichas
políticas tendrán en la generación de condiciones para la creación de trabajo
decente y empleo de calidad. |
Art. 4 - Instruir al Grupo de Alto Nivel de Empleo a
realizar las tareas de seguimiento de las Decisiones emanadas del Consejo
Mercado Común en lo atinente a la implementación de la Estrategia MERCOSUR
de Crecimiento de Empleo, en función de las etapas planificadas en la
Propuesta. |
Art. 5 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al
ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR. |
XXX CMC - Córdoba, 20/VI/06 |
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PROPUESTA PARA LA ESTRATEGIA MERCOSUR
DE CRECIMIENTO DEL EMPLEO |
En
cumplimiento de la
Decisión Nº 46/04 que crea el Grupo de Alto Nivel para
elaborar la
Estrategia MERCOSUR de Crecimiento del Empleo y en función
de los acuerdos alcanzados por este órgano, expresados en el Documento de
Síntesis, Anexo III del Acta de la 2º reunión del GANEMPLE, y teniendo en
cuenta los compromisos asumidos por los países miembros en: |
a)
La Declaración
de Ministros del Trabajo del MERCOSUR (abril 2004) suscripta en el marco de la Conferencia Regional
de Empleo del MERCOSUR (CREM), como guía del GANEMPLE según lo señala la
decisión del CMC N° 46/04. |
b)
La Declaración
y Plan de Acción de México de la XIV Conferencia Interamericana de Ministros de
Trabajo (sep. 2005) que tienen como meta promover el empleo digno y la
persona como centro de actividad. |
c)
La Declaración
y Plan de de Acción de la
IV Cumbre de las Américas
(diciembre 2005) Mar del Plata. |
d)
La Plataforma
Laboral de las Américas,
presentada por el movimiento sindical de las Américas
y la recomendación 17/05 de la Comisión
Parlamentaria del Mercosur la
cual recomienda su adhesión como estrategia regional para la generación de
Empleo. |
e)
El Programa Global de Empleo de la
OIT, así como las Convenciones y Recomendaciones referentes
a la generación de empleo. |
f)
La XVI Reunión
Regional de OIT realizada en Brasilia, entre el 2 y el 5 de mayo de 2006. |
Asimismo,
han sido considerados los trabajos realizados y presentados en las reuniones
regionales del GANEMPLE, que constan en los anexos de las actas respectivas,
y actúan como antecedentes de la presente propuesta. |
La
presente propuesta del EMCE retoma los acuerdos asumidos y los amplía desde
la perspectiva de nuestro bloque regional. Se presenta a continuación las
bases conceptuales, metodológicas y operativas para la implementación de la Estrategia MERCOSUR
para el Crecimiento del Empleo. |
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1. BASES CONCEPTUALES |
La
Estrategia MERCOSUR
de Crecimiento del Empleo se desarrolla a partir dos bases conceptuales, a
saber: 1) la articulación de políticas macro-meso y
microeconómicas con las laborales, sociales y
educativas, con el objetivo de generar condiciones de creación de empresas y
de empleo digno, y 2) el respeto y cumplimiento de los principios y derechos
del trabajo. |
1-
La Generación
de Empleo como centro de la articulación de las políticas económicas,
sociales, laborales y educativas |
Colocar
al empleo de calidad en el centro de las estrategias de desarrollo para el
MERCOSUR implica incluir los objetivos relacionados con las políticas
destinadas a la creación de demanda de trabajo digno; empleo de calidad y a
la mejora de la oferta de trabajo; abordando aquellos problemas asociados con
la capacidad de generación de empleo de los procesos de desarrollo de los
países, e impulsando una estrategia de desarrollo basada en sectores
generadores de empleo. Para la consecución de estos objetivos, las medidas
económicas integradas –a nivel macro, meso y micro– preverán el impacto en el empleo productivo. |
Resulta
necesaria la conjunción de políticas macroeconómicas, de inversión, de
innovación tecnológica, de infraestructura, de uso racional de los recursos
naturales y medio ambiente, comercial, productiva, migratoria, educativa, de
previsión social, con el fin de orientarlas a la generación de trabajo digno
y empleo de calidad. |
La
promoción de la competitividad de las economías bajo el concepto del
enunciado de esta estrategia: “generación de empleo como eje central del
desarrollo”, impactará favorablemente sobre la demanda de trabajo, a través
de la aplicación de instrumentos macroeconómicos de naturaleza fiscal,
monetaria, de precios e ingresos, así como por las políticas mesoeconómicas como los programas de desarrollo regional,
de desarrollo tecnológico, de incentivos a las microempresas y pequeñas
empresas, cooperativas, etc. |
Las
medidas que inciden en la distribución del ingreso en la región; tales como
el volumen y la orientación de la inversión pública; los instrumentos
utilizados para alentar y orientar la inversión privada; los programas de
fortalecimiento de las micro y PYMES, las políticas de promoción sectorial y
de desarrollo de tramas productivas locales, son centrales para promover y
para evaluar la capacidad de generación de empleo. |
El
MERCOSUR implementará un conjunto integrado de políticas en los niveles
nacional, regional y local: |
−
El fomento de la inversión pública y privada en proyectos y sectores
productivos que impliquen el uso intensivo de mano de obra. Los gobiernos
además de impulsar un conjunto de políticas que fomenten la inversión
privada, asumen un rol activo en la formulación de proyectos públicos en
áreas o sectores donde la iniciativa privada no es llevada a cabo. Los
mecanismos para el fomento de la inversión supone: |
a)
La identificación de oportunidades de inversión que permitan ampliar las
fronteras productivas favoreciendo el desarrollo de iniciativas privadas que
fomenten el empleo, mejoren el nivel de vida de la población y sienten las
bases para futuros desarrollos productivos. |
b)
La Promoción,
la identificación y el desarrollo de proyectos de inversión que tiendan a
fortalecer la integración entre los países, en especial el desarrollo de
proyectos conjuntos de infraestructura o de proyectos cuyos impactos
trasciendan las fronteras del país. |
c)
El fomento de la inversión en infraestructura (con fuerte impacto en el
empleo). |
−
El desarrollo y potenciación del mercado interno como plataforma de inserción
en el mercado mundial, mejorando el acceso de la población a bienes y
servicios, y la promoción de la exportación con mayor valor agregado. |
−
El impulso de una política de desarrollo que fortalezca al sector industrial
y la innovación tecnológica. |
−
La articulación de políticas de fomento a la productividad y desarrollo de
las micro, pequeñas y medianas empresas (MYPYMES) |
−
Impulso y promoción de programas de economía social solidaria y cooperativa. |
−
El desarrollo del sector rural, con especial atención a la mejora de los
niveles de productividad de los pequeños productores y de la agricultura
familiar, la promoción del sector agroforestal y de la agroindustria. |
−
La promoción del desarrollo local, fortaleciendo espacios de cooperación
entre los actores públicos y privados en el territorio y de redes o tramas
productivas de base territorial o sectorial, especialmente en zonas
fronterizas. |
2-
Respeto y Cumplimiento de los principios y derechos del trabajo. |
El
cumplimiento de las normas sobre derechos laborales y, muy especialmente,
sobre los principios y derechos fundamentales en el trabajo contenidos en la Declaración
Sociolaboral del MERCOSUR y en la Declaración
de Principios y Derechos Fundamentales de la OIT, constituyen un objetivo central de toda
política de generación de trabajo digno y empleo de calidad. Por tanto, el
MERCOSUR estimulará a sus Estados Miembros a ratificar aquellos convenios
fundamentales que aún no han sido ratificados y al pleno cumplimiento de los
mismos. |
La
generación de mayores oportunidades de trabajo para hombres y mujeres es un
objetivo que en la región tiene la máxima prioridad, así como políticas
regionales de formalización de empresas y registración
de trabajadores/as por lo cual en el marco del acuerdo regional se
priorizará: |
La
promoción de la perspectiva de género en todas las políticas, programas y
acciones de generación de empleo, esto supone tanto los aspectos de la
producción como los de la reproducción y el cuidado de la vida, son
considerados mecanismos para la superación de las desigualdades entre hombres
y mujeres. |
Las
instituciones y proyectos, las políticas, las leyes, tratados y decisiones,
nacionales, subregionales y regionales, incluirán
la perspectiva de género, garantizando la participación activa de las mujeres
y el respeto de sus derechos como trabajadoras, la consideración de alguna
forma especial de medición del trabajo no remunerado en el hogar, la
prevención de la violencia contra la mujer, el respeto de los derechos
sexuales y reproductivos, y la promoción y el reconocimiento del valor
económico del trabajo no remunerado en el hogar. |
La
baja calidad de los empleos existentes en la región se expresa en la magnitud
del trabajo informal y no registrado, por lo que se impone como prioridad de
política para los países, mejorar sus niveles de trabajo decente, a través de
un decidido combate al trabajo no registrado. La informalidad ha sido objeto
de un intenso debate en la región por más de tres décadas, existiendo
divergencias de enfoque en su definición; no obstante ello, en todos los
casos remite a un sector de la economía que se caracteriza por generar
trabajos precarios. Por ello, se incentivará la inclusión al circuito formal
de la economía de quienes desarrollan actividades económicas al margen del
ordenamiento jurídico vigente, brindando protección social adecuada a todos
los trabajadores. |
Los
regímenes de seguridad social, tanto en el campo de la salud, asistencia
social, como en el de las jubilaciones y las pensiones observan una baja
cobertura y adolecen en muchos casos de problemas de gestión. El MERCOSUR
desarrollará e implementará un sistema de seguridad social más abarcativo para los ciudadanos del MERCOSUR, sobre la
base de los acuerdos existentes en la materia. |
La
promoción del diálogo social y el fortalecimiento de las organizaciones de
los actores sociales que en él intervienen, constituyen unos de los objetivos
centrales de una Estrategia MERCOSUR de Crecimiento del Empleo. Para el logro
de estos objetivos, el MERCOSUR fortalecerá la libre constitución y
funcionamiento de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, y
desarrollará la institucionalidad que el propio diálogo social requiere. |
Los
ejes fundamentales de esta estrategia son: |
−
El cumplimiento de las Normas sobre derechos laborales de cada uno de los
países y los convenios de la OIT
ratificados por cada uno de ellos, así como también, los principios y
derechos del trabajo contenidos en la Declaración
Sociolaboral del MERCOSUR. |
−
Propiciar la ratificación de los países de los Convenios de la OIT. |
−
Fortalecimiento del diálogo social en sus múltiples formas y niveles, desde
la cooperación y las consultas tripartitas regionales, nacionales hasta la
negociación colectiva; tal como lo expresa la OIT: “los interlocutores sociales fortalecen la
gobernabilidad democrática, las estrategias de desarrollo y de lucha contra
la pobreza, las políticas para enfrentar el desempleo; la nueva
institucionalidad laboral; el respeto de los principios y derechos
fundamentales en el trabajo; la promoción de la igualdad de oportunidades en
materia de género y de etnia; la revisión de las normas que dan lugar a la
desprotección de los trabajadores y la de aquellas que pudieran dificultar la
reducción del desempleo y de la informalidad; la extensión de la cobertura de
la protección social; la progresiva formalización de la economía informal; la
protección de quienes se encuentran en la economía informal; y los problemas
relativos a los trabajadores migrantes”1. |
−
Implementación efectiva y financiamiento del Plan Regional de Erradicación
del Trabajo Infantil que garantice la asistencia de los niños y las niñas al
sistema escolar público y gratuito. |
−
Diseño e implementación de instrumentos normativos que promuevan las
políticas de igualdad de trato y oportunidades para combatir formas de
discriminación en relación al empleo, el trabajo y la formación. |
−
Elaboración de un Plan Regional que incida en las relaciones de género, para
lograr un tratamiento equitativo entre hombres y mujeres. |
−
Los diseños de política contemplarán la reducción de barreras existentes para
la incorporación de grupos en situación de desventaja/ discriminación o
exclusión social, favoreciendo su inclusión en condiciones de igualdad al
mercado laboral. En esta línea, los principios de la “no discriminación”
resultan ejes transversales en las instituciones y políticas del mercado de
trabajo, a la vez que se promoverán programas específicos a favor de la empleabilidad de estos colectivos vulnerables. |
−
La implementación de Políticas de Empleo que pueden ser pasivas –aquellas
destinadas a paliar situaciones de pobreza asociadas a la condición de
desempleo – o activas, interviniendo en la demanda u oferta de trabajo o a
través de la intermediación laboral que facilite el encuentro de trabajadores
y puestos laborales. Del lado de la oferta, se analizará las tendencias
demográficas a mediano y largo plazo en el bloque regional. En este ámbito,
las políticas gubernamentales en materia de educación y formación profesional,
salud y protección social, constituyen dimensiones esenciales. |
−
La ejecución de una política de formalización progresiva de aquellos sectores
y unidades productivas de la economía informal, en los cuales el denominador
común es la precariedad del trabajo, respetando las especificidades que
adopten al interior de los países. La agenda de los planes nacionales
incluye, por una parte, una intervención integral de políticas públicas
orientadas a mejorar los niveles de productividad e ingresos del sector, a la
vez que la identificación de las dificultades persistentes para su desarrollo
(obstáculos a la capacidad emprendedora, acceso a nuevas tecnologías y
fuentes de financiamiento). |
−
El fortalecimiento de las administraciones del trabajo y de los sistemas de
inspección del trabajo, y la incorporación en las políticas de inversión
pública y de fomento productivo de salvaguardas y condicionalidades
relativas a la registración laboral. |
1
Memoria para la 87ª Reunión de la Conferencia
Internacional del Trabajo (1999) y TRABAJO DECENTE EN LAS
AMERICAS: UNA AGENDA HEMISFERICA, 2006-2015. Conferencia Regional de OIT
Brasilia, Mayo 2006 |
−
El fortalecimiento del diálogo social promoviendo la adopción de
comportamientos responsables, tanto de empresarios como de trabajadores y del
propio Estado, contribuyendo a la buena gestión y mejor percepción de los
riesgos que origina el incumplimiento normativo. |
−
La conformación de instancias de diálogo social con las organizaciones de
empleadores y trabajadores, utilizando instrumentos como la Recomendación
número 195 de la OIT,
la Resolución
59/01 del GMC y el Repertorio de Recomendaciones Prácticas de Formación
Profesional (CMC 1/03), entre otras. |
−
El fortalecimiento y modernización de los servicios públicos de empleo para
aumentar su eficiencia con la finalidad de a) orientar laboralmente y asistir
en la búsqueda de empleo a toda la población, b) establecer vínculos
permanentes con los sistemas productivos locales para generar alianzas que
permitan identificar las tendencias de los mercados de trabajo y satisfacer
las demandas de empleo planteadas por los empleadores; c) diseñar y poner en
marcha sistemas de información sobre los mercados de trabajo locales, que
constituyan insumos para la elaboración de políticas activas de empleo en
cada territorio; y d) desarrollar redes institucionales locales (servicios de
empleo, instituciones de formación profesional, organismos públicos de apoyo
a emprendedores, áreas municipales y organizaciones sociales, etc.). |
|
2. BASES METODOLÓGICAS |
2.1 FUNCIONAMIENTO DEL GANEMPLE. |
El
Grupo de Alto Nivel de Empleo constituye el órgano encargado de elaborar la
estrategia regional de empleo, su seguimiento de las metas y resultados. El
Grupo de Alto Nivel de Empleo se reunirá regionalmente por lo menos una vez
por semestre, y cada sección nacional deberá reunirse con una regularidad
trimestral. |
-
El GANEMPLE estará integrado por los Ministerios responsables de las
políticas económicas, industriales, laborales y sociales de los Estados
Partes, con la más amplia participación de las organizaciones económicas y
sociales que integran las secciones nacionales del Foro Consultivo Económico
y Social y de la Comisión Socio-Laboral del MERCOSUR. (Art. 2 ) |
-
En cada país se crearán secciones nacionales del GANEMPLE. |
-
Serán los Ministerios de Trabajo quienes coordinen ambas instancias.
(Regional-Nacional) |
-
El GANEMPLE en sus dos instancias (Regional – Nacional) tendrán el siguiente
funcionamiento: |
- Primera parte
“deliberativa”: los representantes de las organizaciones económicas y
sociales tendrán intervención plena en la elaboración de las propuestas
|
- Segunda Parte
“decisoria”: en la que los miembros gubernamentales adoptarán las
decisiones correspondientes sobre las propuestas realizadas.
|
- Tercera Parte
“Plenaria”: Los miembros gubernamentales informarán a todos los actores intervinientes, fundamentando las decisiones
tomadas. En la misma, los actores sociales podrán manifestar sus
opiniones. En caso de observación a las decisiones, estas deberán ser
ratificadas o en su defecto modificadas.
|
- Se elaborarán
actas de las tres instancias, en las cuales constarán los consensos y
divergencias.
|
-
El GANEMPLE podrá valerse de las contribuciones de organismos internacionales.
(Art. 2 D. 46/04 y Declaración de Ministros de Trabajo). |
ASISTENCIA
TÉCNICA AL GANEMPLE. |
El
organismo técnico asesor del GANEMPLE para el cumplimiento de sus funciones
será – en una primera etapa – el Observatorio del Mercado de Trabajo del MERCOSUR
(OMTM), debiéndose considerar la creación de un instituto regional, ampliando
las actuales funciones del Observatorio, centrados en la “producción,
recolección, análisis y difusión de información sobre el mercado de trabajo
en el MERCOSUR”, previendo el asesoramiento a los países en la formulación de
planes, la identificación de indicadores nacionales de monitoreo, el
desarrollo de mecanismos de seguimiento. |
También
operará como ente asesor interviniendo técnicamente en los mecanismos de
seguimiento y evaluación regionales que se definan, y en la producción de
información cuali-cuantitativa comparada a los
efectos de posibilitar la revisión de las directrices regionales. Este
lineamiento se deriva del consenso emanado de los Ministros del MERCOSUR en la CREM, relativo al
fortalecimiento del OMTM con el objetivo de promover la coordinación de
políticas de empleo en la región. |
2.2
DIRECTRICES REGIONALES. |
El
Grupo de Alto Nivel elevará al CMC por vía del GMC proyectos de directrices
regionales que en el marco de la presente EMCE promuevan las condiciones
necesarias para crear trabajo digno y empleo decente, comprendiendo objetivos
estratégicos comunes, metas y plazos a cumplir, relacionando e integrando las
políticas económicas, comerciales, migratorias, educativas y de previsión
social con la creación de empleo de calidad. |
El
Grupo de Alto Nivel de Empleo formulará las directrices regionales. Los
Planes Nacionales se elaborarán en concordancia con dichas directrices. |
Las
directrices tienen las siguientes características: |
1.
Se definen a partir de problemas cuya resolución requiere del esfuerzo
planificado y coordinado de distintas áreas y niveles del MERCOSUR. |
2.
Requieren de la participación institucionalizada de empresarios, trabajadores
y otros actores sociales del mundo del trabajo. |
3.
Conducen a la formulación de objetivos de política e indicadores de
resultados que permiten medir logros y dificultades en las estrategias
comprometidas en los Estados miembros. |
4.
Suponen la asignación de recursos presupuestarios de las distintas áreas y
niveles. |
El
Grupo de Alto Nivel de Empleo podrá además -en concordancia con las
directrices regionales acordadas- proponer la realización de experiencias
prácticas, que posibiliten la coordinación de las políticas de empleo, en el
espacio territorial o sectorial que se defina. |
La
formulación de las directrices no es un acto único y definitivo sino el
producto, siempre perfectible, de un proceso de aprendizaje que crece en
información, experiencia y capacidad de lectura de los problemas de empleo
que las sociedades enfrentan a lo largo del tiempo. Deberán, por tanto, ser
revisadas periódicamente en los plazos y a través de los mecanismos
institucionales previstos. |
En
el marco de la
Estrategia Regional de Empleo es conveniente compartir
información, intercambiar experiencias observadas en cada ámbito de
actuación, el aprendizaje de políticas sobre las que se van llegando a
acuerdos y posiciones comunes. |
2.3
PLANES DE EMPLEO DE LOS ESTADOS DEL MERCOSUR. |
1.
Los Estados Partes se comprometen a elaborar Planes de Empleo, en
concordancia con la propuesta de las directrices regionales. Estos contendrán
objetivos y metas de política concretas de alcance bi-anual.
|
2.
Los Planes de Empleo deberán elaborarse con la participación de las áreas de
gobierno involucradas en las políticas económicas, laborales, educativas y
sociales. La coordinación estará a cargo de los Ministerios de Trabajo de
cada país. La participación de las áreas de gobierno descentralizadas (nivel
regional, provincial, local) se incorporan en la
formulación de los Planes de Empleo de acuerdo a los mecanismos que cada país
defina. |
3.
Los Planes de Empleo deberán elaborarse teniendo en cuenta: |
•
Las directrices regionales y las metas y objetivos que de aquellas deriven. |
•
El diagnóstico de los problemas críticos de la estructura ocupacional de cada
país y las diferencias regionales, a fin de establecer las metas prioritarias
de intervención. |
•
Las asimetrías regionales. |
•
Las metas de desarrollo definidas por los gobiernos nacionales. |
•
Se promoverá la más amplia participación en las instancias de diálogo social
nacionales, fortaleciendo sus representaciones. |
4.
Los Planes de Empleo deberán adoptar el formato que los gobiernos de los
países acuerden. No obstante lo cual, deberán incluir: |
•
Marco general de referencia de las directrices regionales. |
•
Diagnóstico de la situación del empleo del país. |
•
Metas de desarrollo del país para el bienio. |
•
Elementos de continuidad de política de empleo (institucionales, normativos,
planes nacionales, regionales, etc.). |
•
Elementos de innovación introducidos por el plan de acuerdo a prioridades de
política para el bienio. |
•
Adaptación de cada directriz a las situaciones nacionales: Estado de
situación respecto del tema, metas para el bienio, indicadores para
evaluación de cumplimiento. |
•
Descripción de las estrategias y acciones para el logro de las metas
definidas por el Plan. |
•
Recursos presupuestarios asignados al cumplimiento de las metas fijadas para
el bienio, especificando las fuentes de financiamiento (organismos
internacionales de crédito, tesoro nacional, aportes privados, etc.). |
•
Los países se comprometen a establecer mecanismos tripartitos para el
monitoreo y evaluación de los Planes Nacionales, y la elaboración de
recomendaciones para su mejor cumplimiento. |
|
3. BASES OPERATIVAS |
El
GANEMPLE solicita al Consejo del Mercado Común se instruya a los diferentes órganos
del MERCOSUR, dentro de sus respectivos mandatos y competencias a: |
1.
Incorporar la temática de la generación del empleo decente, incluyendo metas
y plazos del mismo, en la planificación, elaboración, implementación y
evaluación de sus actividades, políticas y programas. |
2.
Priorizar la articulación de las políticas económicas, sociales y laborales
con la finalidad de generar trabajo digno y empleo decente. |
3.
En el caso de aquellos órganos del MERCOSUR con competencia en temas de
política económica, industrial, laboral y social, a realizar los esfuerzos
necesarios para el relevamiento de información
sobre el impacto que dichas políticas tendrán en la generación de condiciones
para la creación de trabajo decente y empleo de calidad. |
4.
Incorporar el cumplimiento de las Normas Socio-Laborales aprobadas en el
MERCOSUR e instar al diálogo social. |
3.1
IMPLEMENTACIÓN DE LA
ESTRATEGIA MERCOSUR PARA EL CRECIMIENTO DEL EMPLEO (EMCE). |
La
instrumentación de la EMCE
contempla su ejecución en tres etapas iniciales para el período 2006-2008, a saber: |
1º
ETAPA. Elaboración de las directrices regionales y Fortalecimiento y
Reformulación del Observatorio del Mercado de Trabajo del MERCOSUR |
Período:
Segundo Semestre 2006. |
A)
ELABORACIÓN DEL DIRECTRICES REGIONALES. |
Plan
de Acción: |
Aprobada
la EMCE por el
Consejo del Mercado Común, se inicia el proceso de elaboración y validación
de directrices Regionales. El GANEMPLE elevará al CMC -diciembre del 2006-
las primeras directrices regionales. Cabe destacar que los integrantes del
GANEMPLE en sus secciones nacionales ya han comenzado a diseñar modelos de
directrices –Anexo III Reunión de Montevideo-, las cuales serán tomadas como
insumos y aportes articulados con los estudios ya elaborados por el OMTM. |
B)
FORTALECIMIENTO Y REFORMULACIÓN DEL OBSERVATORIO DEL MERCADO DE TRABAJO DEL
MERCOSUR |
Plan
de Acción: |
La
implementación de la
Estrategia Regional de Creación de Empleo, se instrumentará
a través del fortalecimiento y reformulación del Observatorio del Mercado de
Trabajo del MERCOSUR bajo la coordinación de las áreas pertinentes de los
Ministerios de Trabajo. A tal efecto se deberá jerarquizar el OMTM, lo que
implica otorgarle un rol más activo en las políticas de empleo en la región.
Ello implica su transformación, en el futuro, en un instituto regional,
ampliando sus actuales objetivos de “producción, recolección, análisis y
difusión de información sobre el mercado de trabajo en el MERCOSUR”, con los
de asesoramiento a los países en la formulación de planes y en la
identificación de indicadores nacionales de monitoreo y seguimiento. |
Para
tales fines hasta diciembre de 2006, los Ministerios de Trabajo realizarán
una propuesta de trabajo que será presentada en el ámbito del Consejo Gestor
conteniendo pautas para facilitar la reformulación de la naturaleza y
funciones del OMTM para la implementación de la Estrategia. |
1.
Proponer nueva estructura de funcionamiento: el cual deberá estar compuesto
por las secciones nacionales de carácter tripartito y un cuerpo permanente de
especialistas, sin perjuicio de contar con el asesoramiento de otros
especialistas en problemáticas específicas (septiembre de 2006.) |
2.
Proponer opciones de Financiamiento del OMTM: la cual deberá corresponderse
con el rol estratégico que cumplirá este órgano, el MERCOSUR deberá
garantizar el financiamiento de este órgano (noviembre de 2006.) |
3.
El OMTM tendrá en esta etapa el objetivo de producir la siguiente
información, de acuerdo a la disponibilidad de datos y de estudios en los
países miembros (diciembre de 2006) |
i.
Un análisis en relación a la situación de empleo al año 2005 |
ii.
Dinámica demográfica al 2010. |
iii.
Estudios sobre el mercado de trabajo y su impacto en el sistema de previsión
social. |
iv.
Identificación de las acciones a nivel regional que podrían contribuir a
fortalecer sus estrategias de desarrollo centralizadas en el empleo. |
v.
Sectores considerados estratégicos y sobre los cuales se hayan diseñado
políticas públicas para favorecer su desarrollo. Entre otros, regímenes
legales especiales y políticas para las PYMES. |
2º
ETAPA. Instrumentación de las directrices regionales mediante la elaboración
de Planes de Empleo Nacionales y la realización de experiencias prácticas
conjuntas. |
Período:
2007 |
Plan
de Acción: |
Los
Planes de Empleo Nacionales contendrán objetivos y metas de política
concretas de alcance bianual, que se encuadren en las directrices regionales
acordadas. |
Los
Estados miembros elaborarán sus Planes de Empleo Nacionales en concordancia
con las directrices regionales y armonizarán –en caso necesario- aquellas
políticas en curso que no se encuadren en la misma. En cuanto al seguimiento
y evaluación de los avances registrados por los países a través de sus Planes,
el ámbito coordinador (con el soporte técnico del OMTM) formulará
recomendaciones a los estados parte. La evaluación no tiene poder sancionatorio, se traduce en pautas o recomendaciones a
los estados, que se hacen públicas. |
Los
Estados Miembros ejecutarán en forma coordinada las experiencias prácticas
(locales o sectoriales) acordadas. |
3º
ETAPA. Monitoreo y Seguimiento. Elaboración de las Directrices 2009-2010 |
Período:
2008 |
Plan
de Acción: |
En
todas las etapas, el GANEMPLE realizará evaluaciones del cumplimiento de los
objetivos y directrices de la
EMCE, formulando observaciones o modificaciones si fuera
necesario y promoviendo propuestas de recomendaciones para su ajuste o
revisión. |
La
responsabilidad del monitoreo, evaluación y elaboración de recomendaciones a
los países estará a cargo del GANEMPLE con el apoyo y asesoramiento técnico
del OMTM. |
En
esta etapa, se elaborarán las próximas directrices para el período 2009-2010.
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