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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Resolución n° 35 |
10/10/2001
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Fecha:
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Dependencia:
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RE-35-2001-GMC |
Tema:
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MERCOSUR
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Asunto:
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REUNIÓN ESPECIALIZADA DE COOPERATIVAS
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VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto, y las
Decisiones N° 4/91 y 59/00 del Consejo del Mercado
Común. |
CONSIDERANDO: |
La
conveniencia de establecer un Foro destinado al análisis y al desarrollo de
las Cooperativas en el ámbito del MERCOSUR. |
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE: |
Art.
1.- Crear la “Reunión Especializada de Cooperativas”, con la finalidad de
analizar y desarrollar proyectos en esta área, especialmente en lo referente
a la armonización de aspectos legislativos; la complementación de actividades
productivas y/o de servicios; la armonización de políticas públicas del
Sector Cooperativo, y la promoción de la libertad de circulación e
instalación de las Cooperativas en la región. |
Art.
2.- La Reunión
Especializada de Cooperativas será integrada por
representantes gubernamentales de los cuatro Estados Partes y la coordinación
de las respectivas Secciones Nacionales será ejercida por los órganos
nacionales que cada Estado Parte determine, y por las Entidades Privadas del
Sector Cooperativo de cada Estado Parte que sean de representación nacional. |
En
el desarrollo de sus actividades, la Reunión Especializada
de Cooperativas podrá contar con el asesoramiento de las Entidades
Representativas del Sector Cooperativo de cada Estado Parte, reconocidas
legalmente. |
Art.
3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de
los Estados Partes, por regular aspectos de organización interna y de
funcionamiento del MERCOSUR. |
XLIII
GMC - Montevideo, 10/X/01 |
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