Detalle de la norma RE-3194-1988-ANA
Resolución Nro. 3194 Administración Nacional de Aduanas
Organismo Administración Nacional de Aduanas
Año 1988
Asunto Liquidación de beneficios a la exportación.
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 3194

02/11/1988

Fecha:

 

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Dependencia:

RE-3194-1988-ANA

Tema LOA:

0015 

Tema:

Devolución de tributos a la exportación

Asunto:

Liquidación de beneficios a la exportación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VISTO lo solicitado por la Sub-Secretaría de Política y Administración Tributaria en notas Nros. 347/88 y 351/88, para que se discrimine el monto de la devolución de tributos a la exportación según el régimen de promoción que aplique, y

CONSIDERANDO: Que para alcanzar el objetivo propiciado es necesario dictar las normas a los exportadores para que sean tenidas en cuenta al realizar la liquidación del beneficio y establecer una tabla codificadora para identificar correctamente aplicado.

Que en tal caso es conveniente ampliar la resolución vigente sobre devolución de tributos, incorporando a la misma la tabla codificadora y un ejemplo de registración de este dato en el Permiso de Embarque.

Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 23, inciso i) de la Ley N° 22.415.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar el Indice Temático que se agrega como Anexo I "B" de la presente que reemplazará de la presente al Anexo I de la Resolución RGEXTIE N° 2334/86.

ARTICULO 2°.- Aprobar la "Tabla Codificadora de Regímenes Promocionales" que se agrega como Anexo II de la presente, el que pasará a integrarse como Anexo XVI de la Resolución citada en el artículo 1°.

ARTICULO 3°.- Los exportadores deberán realizar la liquidación del beneficio en los ejemplos 0-8 y 9 del Permiso de Embarque OM-700/A conforme a las "Instrucciones Complementarias Para el Ordenamiento de la liquidación de Tributos Discriminada según el Régimen de Promoción Aplicado" que se agregan como Anexo III, el que se incorporará como Anexo XVII de la mencionada norma.

ARTICULO 4°.- La presente entrará en vigencia para los Permisos de Embarque que se oficialicen a partir del día 15 de Noviembre de 1988.

ARTICULO 5°.- Derogar el Anexo I de la Resolución Nro. 2334/86(B.A.N.A. N° 184/86).

ARTICULO 6°.- De forma.

 

ANEXO I "B"

INDICE TEMATICO

 

ANEXO II

Normas Generales

ANEXO III

Devolución de Tributos exportaciones temporarias que se convierten en exportaciones para consumo.

ANEXO IV

Devolución de Tributos exportación en consignaciones que se convierten en exportaciones para consumo.

ANEXO V

Devolución de Tributos mercaderías importadas temporariamente régimen Decreto N° 1554/86 y tramitación para las del Decreto N° 2076/83.

ANEXO VI "A"

La liquidación del 5% adicional previsto por la Resolución M.E. N° 906/83, modificada por la Resolución N° 976/88 vigencia 11-8-88 hasta el 17-6-90.

ANEXO VI Bis

Nómina de productos comprendidos en la Resolución M.E. N° 906/83.

ANEXO Vil

Liquidación del beneficio adicional previsto por la Ley N° 23.018 (promoción puertos Sur Río Colorado).

ANEXO VII Bis

Modelo de certificado de origen (Ley N° 23.018).

ANEXO VII Ter

Buques y empresas alcanzadas por el beneficio sobre flete (Ley N° 23.018).

ANEXO VIII "C"

Devolución de Tributos por exportaciones bajo régimen Ley N° 19.640.

ANEXO IX

Devolución de Tributos por venta de automotores a funcionarios argentinos en misión oficial en el interior y a diplomáticos extranjeros (Ley N° 19.486).

ANEXO X

Devolución de Tributos para contratos de promoción industrial Ley N° 21.608 y Decreto N°

 

 

2541/77, 2332/83 y 2.333/83.

ANEXO XI

Devolución de Tributos exportaciones plantas llave en mano - Decreto N° 525/85.

ANEXO XII

Normas a cumplir por Instituciones bancarias.

ANEXO XIII

Disposición interna.

ANEXO XIV

Disposiciones transitorias.

ANEXO XV

Devolución de Tributos por exportaciones que revistan el carácter de "Integración Industrial Interna".

ANEXO XVI

Tabla de Códigos de regímenes promocionales.

ANEXO XVII

Instrucciones complementarias para el ordenamiento de la liquidación de tributos discriminada según el régimen de promoción aplicado.

 

Nota:

El original del presente Anexo fue aprobado por Resolución N° 2334/86.

La primera modificación fue aprobada por Resolución N° 2678/86.

Esta es la segunda modificación aprobada por Resolución N° 3194/88.

 

ANEXO XVI

 

ANEXO II

TABLA DE CODIGOS DE REGIMENES PROMOCIONALES

 

CODIGO

DESCRIPCION

01

Decreto N° 1555/86.

02

Ley N° 23.018.

03

Ley N° 19.640 Ventas del Territorio Nacional Continental al Area Aduanera Especial. Decreto N° 1555/86, 738/88 y 1139/88 Art. 11.

04

Ley N° 19.640 Ventas del Area Aduanera Especial 10% Decreto N° 1139/88 Art. 10.

05

Decreto N° 525/85.

06

Decreto N° 526/85.

07

Ley N° 19.486, Decreto N° 5529/72.

08

Resolución M.E. N° 994/87.

09

Decreto N° 2332/83 y Anteriores de Promoción Industrial Patagónica.

10

Resolución M.E. N° 716/88.

11

Resolución M.E. N° 906/83.

99

Otros.

 

ANEXO XVII

 

ANEXO III

INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA EL ORDENAMIENTO DE LA LIQUIDACION DE DEVOLUCIÓN DE TRIBUTOS DISCRIMINADA SEGUN EL REGIMEN DE PROMOCION APLICADO.

Los exportadores deberán realizar la integración del sector para liquidación de regímenes promocionales de la hoja continuación del OM-700/A - ejemplares 0-8 y 9 con la liquidación de devolución de tributos discriminada según el porcentual por cada uno de los diferentes regímenes que componen el beneficio.

La liquidación así desglosada deberá expresarse a nivel de cada ítem involucrado en el beneficio, identificando cada régimen con el código pertinente de la tabla del Anexo XVI y conforme se indica en el siguiente modelo:

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-2334-1986-ANA Anexo I e incorpora XVI y XVII Liquidación de beneficios a la exportación