Detalle de la norma RE-278-2002-MS
Resolución Nro. 278 Ministerio de Salud
Organismo Ministerio de Salud
Año 2002
Asunto Planillas de Notificación Obligatoria de Enfermedades Epidemiológico
Boletín Oficial
Fecha: 27/05/2002
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Nº 278

17/05/2002

Fecha:

 

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Dependencia:

RE-278-2002-MS

Tema

561

Tema:

SALUD PUBLICA

Asunto:

Apruébase el documento "Planillas de Notificación Obligatoria de Enfermedades entre los Estados Parte del Mercosur".

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VISTO: el Expediente N° 2002-12919/00-1 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 50/99, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha Resolución se resolvió aprobar el documento "Planillas de Notificación Obligatoria de Enfermedades entre los Estados Parte del MERCOSUR".

Que de sus considerandos surge que es necesario contar con un instrumento en el ámbito del MERCOSUR para la definición de las Enfermedades de Interés Epidemiológico.

Que la Resolución fue previamente discutida y armonizada con la participación de representantes de la REPUBLICA ARGENTINA, y fue recomendada al Grupo Mercado Común por la Comisión de Vigilancia Epidemiológica y Control Sanitario de Puertos, Aeropuertos, Terminales y pasos Fronterizos y la Comisión de Coordinadores Nacionales del SGT N° 11- Salud del MERCOSUR.

Que en virtud del artículo 38 del Protocolo de Ouro Preto, signado por nuestro país, nace el compromiso de adoptar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR y, en consecuencia, deben incorporarse las resoluciones GMC/MERCOSUR a la normativa jurídica nacional.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el documento "Planillas de Notificación Obligatoria de Enfermedades entre los Estados Parte del MERCOSUR" que forma parte integrante de la presente como Anexo I, en el cual se transcribe literalmente la versión en castellano de la Resolución GMC N° 50/99, quedando incorporado a la normativa jurídica nacional vigente.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ginés M. González García.

 

NOTA LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER RE-50-1999-GMC

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-50-1999-GMC Planillas de Notificación Obligatoria de Enfermedades Epidemiológico
Relaciona LE-23981-1991-PLN Planillas de Notificación Obligatoria de Enfermedades Epidemiológico