DC-3-2002
ACUERDO SOBRE EL PROYECTO “FOMENTO DE GESTIÓN
AMBIENTAL Y PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA EN PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS”
VISTO:
El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 10/91
del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que en
el marco de la estrategia del relacionamiento externo del MERCOSUR, una de las
prioridades, ha sido la celebración de Acuerdos que incrementen los vínculos
económicos con otros países o agrupaciones de países;
Que la
experiencia de la República Federal de Alemania en procesos de gestión
ambiental resulta de interés al MERCOSUR;
Que
existe un concreto interés del MERCOSUR en fomentar la gestión empresarial
ecológica y los procesos de producción limpios en las pequeñas empresas.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 -
Aprobar la firma del Acuerdo por Canje de Notas del Proyecto “Fomento de
Gestión Ambiental y Producción más Limpia en Pequeñas y Medianas
Empresas", en las versiones en idiomas español y portugués, que consta
como Anexo y forma parte de la presente Decisión.
Art. 2 -
Delegar al Grupo Mercado Común la firma del Acuerdo por Canje de Notas indicado
en el Artículo 1 de la presente Decisión.
Art. 3 -
Esta Decisión no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos de los
Estados Partes por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del
MERCOSUR.
III CMC EXT - Buenos Aires, 18/II/02
Buenos
Aires, 18 de febrero de 2002.-
Sr.
Embajador:
Tenemos
el honor de dirigirnos a Vuestra Excelencia con relación a su nota del 5 de
febrero de 2002, referida a la propuesta de celebración del Acuerdo sobre el
Proyecto "Fomento de la Gestión Ambiental y de Producción Más Limpia en
Pequeñas y Medianas Empresas”, entre los Estados Partes del MERCOSUR y la
República Federal de Alemania, cuya versión en idioma español, textualmente
dice:
“Señores
Coordinadores Nacionales:
En base
a los acuerdos bilaterales sobre Cooperación Técnica mencionados en número 8 y
con referencia a la coordinación recíproca en la fase preparatoria tengo el
honor de proponerles, en nombre del Gobierno de la República Federal de
Alemania, el siguiente Acuerdo sobre el proyecto "Fomento de la Gestión Ambiental y de Producción Más Limpia en
Pequeñas y Medianas Empresas":
A S.E.
el Sr. Embajador
de la
República Federal de Alemania
Sr.
Jürgen KRIEGHOFF
MONTEVIDEO
1.
El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Mercado Común del
Sur (en adelante MERCOSUR), representado por el Grupo Mercado Común (GMC), que
actúa por autorización explícita del Consejo del Mercado Común promoverán
conjuntamente el proyecto "Fomento de la Gestión Ambiental y de Producción
Más Limpia en Pequeñas y Medianas Empresas".
2.
Objetivo del proyecto
El objetivo del proyecto
consiste en fomentar la gestión empresarial ecológica y los procesos de
producción limpios en las pequeñas y medianas empresas mediante la cooperación
entre las instituciones relevantes del sector público y privado de los Estados
Partes del MERCOSUR.
El presente proyecto se inscribe
en el área temática “Competitividad y Medio Ambiente” de la agenda del Subgrupo
de Trabajo No. 6 Medio Ambiente (SGT 6);
3.
Los Aportes del Gobierno de
la República Federal de Alemania consistirán en:
a)
Enviar
-
un experto en gestión
ambiental y protección ambiental urbano-industrial en función de coordinador
del aporte alemán por un periodo total de hasta 24 meses / experto;
-
expertos internacionales en
misión a corto plazo especializados en gestión ambiental a nivel empresarial,
procesos de producción más limpia, estándares ambientales y estrategias de
fomento en el marco de la política ambiental, por un total de hasta 6 meses /
experto;
-
en caso necesario, asistentes
u oyentes en el marco del programa de promoción de jóvenes expertos de la
Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, lo cual será
financiado por separado al presente Proyecto. Estos asistentes/oyentes
trabajarán en el proyecto a efectos de su formación y perfeccionamiento y
asumirán tareas especiales dentro del mismo.
b)
Poner a disposición in situ:
-
expertos locales en misión a
largo plazo especializados en procesos de producción más limpia, gestión de
proyectos e información y perfeccionamiento ambiental, por un total de hasta 56
meses / experto;
-
expertos locales en misión a
corto plazo especializados en gestión ambiental a nivel empresarial, derecho
ambiental y comunicación ambiental, por un total de hasta 6 meses / experto;
-
un empleado local para
trabajos de secretaria y tareas administrativas en el marco del proyecto, por
un total de hasta 24 meses / experto.
c)
Suministrar bienes materiales
para el proyecto, en particular
-
materiales para el
tratamiento electrónico de datos, comunicación, entrenamiento y relaciones
públicas;
-
un vehículo para el proyecto
por un valor total de hasta
91.009,- Euros (en letras: noventa y un mil nueve Euros).
Dichos bienes estarán enteramente a
disposición del proyecto y de los expertos enviados para el cumplimiento de sus
tareas durante toda la duración del proyecto.
d)
Asumir los gastos de
-
alojamiento de los expertos
enviados y de sus familiares;
-
los viajes de servicio de los
expertos enviados y contratados in situ, dentro y fuera de los países
involucrados en el proyecto;
-
transporte y seguro de los
bienes materiales especificados en el párrafo 3 letra (c), hasta el lugar del
proyecto;
-
mantenimiento del vehículo de
servicio.
e)
Conceder perfeccionamiento a
las contrapartes del MERCOSUR hasta un máximo de 12 meses/expertos en los
ámbitos de la gestión ambiental a nivel empresarial, procesos de producción más
limpia y consultoría ambiental a nivel empresarial.
4.
Los Aportes de los Estados
Partes del MERCOSUR consistirán en:
a)
Poner a disposición
-
en cada uno de los cuatro
países participantes, respectivamente, un experto a efectos de coordinar las
actividades del proyecto a nivel local e implementar las medidas que deban
adoptarse en el ámbito regional;
-
el personal necesario para la
realización de las actividades del proyecto en coordinación con los organismos
ejecutores;
-
locales de oficina,
equipamiento y logística para el experto enviado en misión a largo plazo y el
empleado local en Montevideo (República Oriental del Uruguay);
-
locales de oficina e
infraestructura de trabajo para los demás expertos en misión a corto y largo plazo en los cuatro países
participantes.
b) costear los gastos corrientes del
proyecto, en la medida que no sean asumidos por el Gobierno de la República
Federal de Alemania con arreglo a lo establecido en el párrafo 3, letra d;
c)
Velar para que
-
sean integradas organizaciones
ejecutoras idóneas para su realización en las actividades del proyecto;
-
el proyecto y las medidas se
coordinen entre los respectivos organismos estatales, instituciones del sector
privado y organizaciones ambientalistas así como con otros proyectos en los
países involucrados;
-
se garantice la coordinación
de las actividades del proyecto a nivel nacional y la inclusión de proyectos
con otros donantes.
d)
Asegurar
-
el apoyo a los expertos
locales, regionales e internacionales requerido en la ejecución de sus
funciones y la puesta a disposición de los documentos necesarios;
-
la planificación, gestión y
el control de la contrapartida del MERCOSUR al proyecto;
-
la participación de personal
en las actividades de capacitación.
5.
Tareas de los expertos enviados
de largo y corto plazo:
a)
Los expertos enviados por el
gobierno alemán, asesorarán y asistirán a sus homólogos del MERCOSUR en las
siguientes áreas:
-
desarrollo de lineamientos
para una estrategia regional de fomento en materia de gestión empresarial
ecológica y procesos de producción más limpia y eficiente;
-
fortalecimiento del diálogo
entre los países miembros del MERCOSUR y entre el sector público y el sector
privado con miras al fomento de la creación de redes regionales en el ámbito de
la gestión empresarial ecológica y de procesos de producción más limpia;
-
fomento de ofertas de
servicios adecuadas a las necesidades, a fin de asistir a las pequeñas y
medianas empresas en la implantación de métodos de gestión ecológicos y de
procesos de producción más limpia;
-
aplicación y difusión de
lineamientos e instrumentos de gestión empresarial ecológica y de procesos de
producción más limpia en pequeñas y medianas empresas de los sectores a ser
seleccionados.
b)
Funciones especiales del
experto enviado de largo plazo:
-
gerencia y coordinación del
aporte alemán;
-
asesoramiento al Subgrupo de
Trabajo del MERCOSUR y de los organismos ejecutores en la elaboración de
estrategias para el fomento de la producción más limpia en pequeñas y medianas
empresas, considerando experiencias internacionales, especialmente europeas y
alemanas;
-
establecer cooperación y
comunicación con otros proyectos relevantes incluyendo programas que sean
apoyados en el marco de la Cooperación Técnica Alemana;
-
consensuar todas las medidas
con los responsables del Subgrupo de Trabajo del MERCOSUR y garantizar la
transparencia del proyecto;
-
participar en el desarrollo
del concepto del proyecto al igual que la planificación operativa en
coordinación con las contrapartes así como preparar una evaluación a la mitad
y al final del proyecto, señalando los resultados logrados y
justificando eventual prorrogación del proyecto.
c)
Funciones especiales de los
expertos nacionales de largo plazo:
-
asesoramiento de las
instituciones contrapartes y ejecutoras en los cuatro países, el apoyo a las
mismas en la implementación de los correspondientes planos de acción así como
en la ejecución de las actividades nacionales considerando las organizaciones
relevantes del sector público y privado;
-
participación activa en el
intercambio de informaciones y experiencias entre los países involucrados así
como en la realización de actividades a nivel regional.
6.
Designación de los organismos
ejecutores:
a)
El Gobierno de la República
Federal de Alemania confía la realización de sus aportes a la Deutsche
Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, con sede en Eschborn;
b)
El MERCOSUR confía la
ejecución del proyecto al Subgrupo de Trabajo "Medio Ambiente" (SGT
6);
c)
Los organismos encargados
conforme a las letras a) y b) fijarán conjuntamente en un plan operativo o de
otra manera adecuada los detalles de la realización del proyecto y, en caso
necesario, los adaptarán al desarrollo del mismo; la base para eso es la matriz
de planificación del proyecto.
7.
El presente proyecto tendrá
una duración de 24 meses, con posibilidad de prolongación. Antes del término de
dicho plazo, se procederá a una evaluación conjunta de los resultados y
experiencias obtenidas. Sobre esta base, las Partes decidirán sobre la eventual
prolongación del proyecto.
8.
El presente proyecto se encuentra al amparo de las disposiciones de
los siguientes Acuerdos bilaterales de Cooperación Técnica vigentes entre cada
Estado Parte del MERCOSUR y la República Federal de Alemania, particularmente
en lo que se refiere a privilegios e inmunidades:
-
entre el Gobierno de la
República Federal de Alemania y la República Argentina, en vigor desde el 18 de
junio de 1976, (ley 21.796);
-
entre el Gobierno de la
República Federal de Alemania y el Gobierno de la República Federativa de
Brasil, en vigor desde el 17 de septiembre de 1996;
-
entre el Gobierno de la
República de Alemania y la República del Paraguay, en vigor desde el 21 de
noviembre de 1967, complementado el 10 de diciembre de 1971;
-
entre el Gobierno de la
República Federal de Alemania y el Gobierno de la República Oriental del
Uruguay, en vigor desde el 28 de agosto de 1974.
9.
El presente proyecto fue
concluido en los idiomas alemán, español y portugués, siendo todos los textos
igualmente auténticos.
En caso
de que los Coordinadores Nacionales del Grupo Mercado Común del MERCOSUR se
declaren conforme con las propuestas contenidas en los párrafos 1 a 9, esta
Nota y la Nota de respuesta en la que conste la conformidad del MERCOSUR
constituirán un Acuerdo entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y
el MERCOSUR que entrará en vigor en la fecha de su Nota de respuesta.
Aprovecho
la ocasión para reiterar a los señores del Grupo Mercado Común el testimonio de
mi más alta y distinguida consideración”.
Sobre ese particular, tenemos el agrado
de comunicar la conformidad del MERCOSUR con lo antes transcripto y convenir
que la presente Nota y la de Vuestra Excelencia constituyen un Acuerdo entre el
MERCOSUR y la República Federal de Alemania, el que entrará en vigor en el día
de la fecha.
Saludamos a Vuestra Excelencia con
nuestra más distinguida consideración.