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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución n° 2437
|
16/07/1996
|
Fecha:
|
24/07/1996
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Dependencia:
|
RE-2437-1996-ANA
|
Temas Loa
|
0009
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0026
|
0028
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0029
|
0031
|
0033
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Tema:
|
SIM – Documentación
|
Asunto:
|
Destinaciones de Importación y Exportación
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- VISTO - la Res.ANA 2708/93 y sus modificaciones (Res.ANA 596/94, 2738/94
1575/96), y
|
CONSIDERANDO: Que resulta
conveniente recopilar en una sola norma todo lo referente al diseño y datos
contenidos en los formularios para documentar Destinaciones de Importación y
Exportación, sean éstas Definitivas para Consumo o Suspensivas.
|
Que la misma se encuentra enmarcada
dentro del plan de adecuación de la declaración del Sistema Informático
MARIA.
|
Que la presente se dicta de conformidad
con las facultades conferidas por el artículo 23º inc.i) de la Ley 22415
|
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:
|
Art.1º - Aprobar el
Indice Temático que se agrega como Anexo I a la presente.
|
Art.2º - Aprobar el
Formulario Unico OM-1993-A SIM y OM-1993-A STM Hoja Continuación, que se
agrega como Anexo II de la presente.
|
Art.3º - Aprobar las
Características del Formulario Unico OM- 1993-A SIM y OM- 1993-A SIM Hoja
Continuación, que se detalla en el Anexo III de la presente.
|
Art.4º - Mantener la
vigencia de los Requerimientos Mínimos para Impresoras Láser, que se agregan
como Anexo IV a la presente.
|
Art.5º - Aprobar los
Datos del Formulario Unico OM- 1993 -A SIM y OM-1993 -A SIM Hoja
Continuación, que se agregan como Anexo IV a la presente.
|
Art.6º - Mantener la
vigencia del Formulario OM-2133 SIM sobre Contenedor que se agrega como Anexo
VI a la presente.
|
Art.7º - Mantener la
vigencia de las Características del Sobre Contenedor OM-2133 SIM y de las
Normas de Integración del Sobre Contenedor OM-2133 SIM.
|
Que se agregan como Anexos VII y VIII.
respectivamente, a la presente.
|
Art.8º - Derogar las
Res.ANA 2708/93, Res.ANA 596/94 Res.ANA 2738/94 y Res.ANA 1575/96
|
Art.9º - La presente
Resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación
en Boletín Oficial quedando la
Coordinación Técnica del SIM, facultada a su puesta en funcionamiento una vez
operativa la versión 11 del Sistema Informático Maria.
|
Art.10. - Regístrese. Publíquese
en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Remítase copia
a la
Subsecretaria de Ingresos Públicos, a la
Secretaría Administrativa del MERCOSUR - Sección Nacional - , a la
Secretaría Administrativa de la ALADI (R.O.U.), a la Secretaría del Convenio de Cooperación y Asistencia Mutua entre las
Direcciones Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal
(México D.F.). Cumplido, archívese.
|
INDICE TEMATICO
|
ANEXO II
|
FORMULARIO UNICO OM-A SIM Y OM-1993-A SIM HOJA CONTINUACION
|
ANEXO III
|
CARACTERISTICAS DEL FORMULARIO UNICO OM-1993-A SIM Y OM-1993-A HOJA
CONTINUACION
|
ANEXO IV
|
REQUERIMIENTOS MINIMOS PARA IMPRESORAS LASER
|
ANEXO V
|
DATOS DEL
FORMULARIO UNICO OM-1993-A SIM Y OM-1993-A HOJA CONTINUACION
|
ANEXO VI
|
SOBRE
CONTENEDOR OM-2133 SIM
|
ANEXO VII
|
CARACTERISTICAS DEL SOBRE CONTENEDOR OM-2133 SIM
|
ANEXO VIII
|
NORMAS
DE INTEGRACION DEL SOBRE CONTENEDOR OM-2133 SIM
|
|
CARACTERISTICA DEL FORMULARIO UNICO OM-
1993-A SIM Y OM-1993-A SIM HOJA CONTINUACION
|
1. MATERIAL
|
Papel obra blanco continuo o carta.
|
2. GRAMAJE:
|
Papel continuo:
|
ler. ejemplar: 57 g/m2
|
Resto de copias: 47 g/m2
|
Papel carta:
|
70 a 90 g/m2.
|
3. MEDIDAS:
|
Papel contínuo:
|
Troquelado: 22 cm. x 30.6 cm. (12 pulgadas)
|
Caja de impresión 21,1 cm. x 29,3 cm.
|
Papel carta:
|
Tamaño: 8.5 x 11 pulgadas o 21,59 x 27,94 cm.
|
Caja de Impresión: 10 x 7,875
pulgadas.
|
4. IMPRESION:
|
4.1 - COLOR
|
El frente y el dorso tendrán las líneas
y escritura impresos en tinta negra.
|
4.2. - ORIENTACION DEL FORMULARIO
|
Papel carta: vertical (portrait)
|
Papel continuo
|
4.3. - DISEÑO
|
FRENTE
|
Todos los ejemplares tendrán idéntico
diseño.
|
DORSO
|
Todos los ejemplares tendrán idéntico
diseño a excepción del formulario Hoja
Continuación el cual es opcional. pudiendo encontrarse en blanco.
|
5. CANTIDAD DE COPIAS:
|
5.1. - Para los formularios continuos
se seguirán empleando 4 copias (igual que en la actualidad) .
|
5.2. - Para los formularios no
continuos la cantidad mínima de copias a imprimir se ajustará según el tipo
de operación. de la siguiente forma:
|
|
- Importación a Consumo: copias l y 2.
|
|
- Importación Temporaria: copias 1. 2 y
3.
|
|
- Tránsitos de Importación: copias l,
2, 3. y 4.
|
|
- Exportación a Consumo: (*): copias l,
2 y 3.
|
|
- Exportación Temporaria: (*): copias l.
2 y 3.
|
|
- Otras operaciones: copias en número a
determinar.
|
(*) De tratarse de operaciones de
transito se deberá imprimir la copia 4. Ante circunstancias propias de su
operatoria. las Aduanas de Registro podrán aumentar la exigencia de copias.
|
6. NUMERACION
|
La numeración de las copias se
encontrara impresa en el casillero superior derecho del formulario y además
deberá aparecer sombreada según modelo Anexo II.
|
ANEXO IV
|
REQUERIMIENTOS MINIMOS PARA IMPRESORAS
LASER
|
- Depósito de no menos de 100 hojas
|
- Interfaz paralela (serie opcional)
|
- Lenguaje de impresión: PCL
|
- Versión mínima soportada: 5 del lenguaje PCL
|
- Resolución 300 x 300 puntos por pulgada
|
- Memoria RAM: 2Mb para PCL
|
ACLARACION:
|
Deberá tenerse en cuenta que frente a
la amplia oferta de marcas y modelos de impresoras que cumplen con los
requisitos antes mencionados, no es posible garantizar que en todos los casos
la impresión de los despachos generados a través del KIT del sistema MARIA se
impriman - velocidad nominal de dichas impresoras, debido a la complejidad de
los despachos.
|
Por lo cual se recomienda a los señores
despachantes, que realicen pruebas de rendimiento antes de adquirir una
impresora para ser utilizada con el sistema MARIA y así asegurarse que la
velocidad real de impresión coincide con la velocidad nominal de la
impresora.
|
ANEXO V
|
DATOS DEL FORMULARIO UNICO OM-1993-A Y
OM 1993-A HOJA CONTINUACION
|
CAMPOS DATOS REGISTRADOS
|
SUBREGIMEN: Literalmente el nombre de
la destinación que se documenta.
|
(Anexo II 'A' Res.ANA 2707/93).
|
ADUANA: Aquella por la que se registra
la operación.
|
OFICIALIZACION: Fecha de oficialización
|
IDENTIFICADOR: Año / Ad. / Tipo / Nº
Rg. / Dc.
|
1 2 3 4 5
|
1. De registro de la operación
|
2. Código de Aduana de registro (nexo
XX Res.ANA 2707/93).
|
3. Código de Subregimen.
|
4. Número de Registro definitivo de la
operación.
|
5. Dígito de control asignado por el
Sistema.
|
FOJAS: Numero de fojas y cantidad total
de fojas que componen el documento único.
|
IMPORTADOR/EXPORTADOR: Nombre o razón
social tal como figura registrado en Aduana.
|
CUIT: Numero completo de la CUIT del Importador/Exportador.
|
DESPACHANTE: Nombre o razón social tal como
figura registrado en Aduana
|
CUIT: Numero completo de la CUIT del Despachante.
|
AGENTE DE TRANSPORTE ADUANERO: Nombre o
razón social tal como figura registrado en Aduana.
|
CUIT: Numero completo de la CUIT del Agente de Transporte.
|
VENDEDOR: Nombre o razón social
vendedor en el extranjero.
|
VIA: La utilizada para transportar la
mercadería. (Anexo XXIV 'A' Res.ANA 2707/93).
|
DOCUMENTACION DE TRANSPORTE : Numero
del documento que ampara la mercadería que podrá ser:
|
PARA VIA AEREA:
|
- Para compañías inscriptas en IATA:
|
1 = Código de compañía
|
2 = Numero de guía
|
- Para las guías desconsolidadas:
|
1 = XXX
|
2 = Número de guía desconsolidada
|
- Para compañías no inscriptas en IATA:
|
1 = DDD
|
2 = Numero de guía
|
|
1 = Código Puerto de Embarque
|
2 = Número de conocimiento
|
|
1 = Código de Aduana Registro del
Manifiesto
|
2 = Numero de conocimiento
|
IDENTIFICADOR DEL MANIFIESTO: Estará
compuesto por:
|
1 2 3 4 5
|
1 = Año
|
2 = Aduana (Anexo XX 'A' Res.ANA
2707/93).
|
3 = TIPO DE DECLARACION (MANI)
|
4 = NUMERO
|
5 = LETRA CLAVE
|
NOMBRE DEL TRANSPORTE: Según el medio
de transporte empleado.
|
AEREO: Matrícula del avión o indeterminado
para exportación
|
BUQUE: Nombre.
|
FERROCARRIL: Numero de vagón o
indeterminado para exportación.
|
CAMION: Matricula de camión/semi o
indeterminado para exportación.
|
BANDERA: Bandera del país de
matriculación del medio transportador (Anexo XXI 'A' Res.ANA 2707/93).
|
PUERTO DE EMBARQUE: Nombre del puerto
en donde se embarca la mercadería.
|
MARCAS Y NUMEROS: Identifican a cada
envase. Si todos tienen la misma marca, ésta se pondrá una sola vez y si los
números que identifican a cada bulto son correlativos se asentará el primero
y el último de la serie. Separados por una barra
|
EMBALAJE: Descripción del embalaje en
el cual se ha acondicionado la mercadería. Anexo XXV Res.ANA 2707/93
|
TOTAL BULTOS: Cantidad de bultos a
destinar de acuerdo al embalaje declarado.
|
PESO BRUTO: Total de la mercadería que;
ampara la operación.
|
DEPOSITO: Nombre o Razón Social del
deposito donde se almacena la mercadería previa a su destino.
|
VENCIMIENTO EMBARQUE: Para exportación
fecha hasta la cual se autoriza el embarque de la mercadería.
|
PLAZO: Corresponde al plazo del
vencimiento en una operación de importación o de exportación de carácter
suspensiva. Envíos Escalonados y otros.
|
MOTIVO/Nº AUTORIZACION: De tratarse de
una destinación que corresponda autorización previa deberá registrarse el
motivo y Nº de Expediente/año de Autorización correspondiente.
|
ADUANA DESTINO/SALIDA: Nombre de la
aduana de destino o salida de la mercadería.
|
Si se tratare de una importación se
registrara la descripción literal de la aduana a la cual se consigna la
operación. (Anexo XX A Res.ANA 2707/93).
|
CONDICION DE VENTA: En forma literal la
sigla correspondiente a la condición de venta. (Anexo XVIII Res.ANA 2707/93).
|
FOB TOTAL DIVISA: Importe del valor FOB
TOTAL en divisa.
|
FLETE TOTAL: Importe total del flete en
divisa.
|
DIVISA: Descripción literal de la
divisa del valor FOB. (Anexo XVII Res.ANA 2707/93).
|
SEGURO TOTAL: Importe total del Seguro
en divisa.
|
DIVISA: Descripción literal de la
divisa del valor FOB. (Anexo XVII Res.ANA 2707/93).
|
GARANTIAS: Se indicarán los Nros. de
Garantías afectadas a la operación.
|
INFORMACION COMPLEMENTARIA: A la
declaración General de la operación.
|
Nº ITEM: El que corresponda en orden
correlativo.
|
1. ITEM: Es la agrupación de
mercaderías que con idéntica posición SIM, tengan el mismo tratamiento
tributario y normativo, para igual tipo de ítem, origen, procedencia y estado
de la mercadería.
|
TRATAMIENTO TRIBUTARIO: Imposiciones o
desgravaciones que afectan a la mercadería (ejemplo: derechos de importación
ad-valorem y específicos).
|
TRATAMIENTO NORMATIVO: Normas que
exigen el cumplimiento de requisitos particulares para cada mercadería.
|
2. SUBITEM: Es la desagregación de
mercaderías que cumpliendo las condiciones de un ITEM posean al menos una de
las siguientes características distintas:
|
|
a. Marca, Modelo y/o Versión.
|
|
b. Valores Unitarios.
|
|
c. Sufijos de Valor
|
TIPO N = Normal
|
POSICION SIM: La que
corresponda a la clasificación de la mercadería en el Arancel Integrado
Aduanero basado en la NCM (Res.ANA 982/96).
|
DC: Letra de control de la Posición arancelaria SIM.
|
NALADISA/GATT: Posición
NALADISA correspondiente a la posición SIM o posición NADI - GATT
correspondiente a la posición SIM.
|
LISTA: Lista de
Acuerdo; solicitado (MERCOSUR ALADI GATT) (Anexo XIII Res.ANA 2707/93).
|
ESTADO: El de la
mercadería. (Anexo XIX Res.ANA 2707/93).
|
TOTAL KG. NETO: El peso neto
de la mercadería del ítem.
|
ORIGEN PAIS/ PROVINCIA: Nombre del país
del cual resultara originariamente la mercadería (Anexo XXI 'A' Res.ANA
2707/93). Para mercadería de origen Argentino se indicara la provincia y/o
partido en casos de corresponder.
|
PAIS DE PROCEDENCIA/DESTINO: País donde fue
expedida la mercadería, con destino final al país. Para exportación de
destino final de la mercadería.
|
INFORMACION ADICIONAL: Datos
adicionales del ítem, declarados oportunamente por el documentante o exigidos
por el arancel informático.
|
UNIDAD ESTADISTICA: Unidad de
cantidad de estadística exigida por el sistema a través de la Posición SIM Res.ANA 2537/931
|
CANTIDAD UNIDAD ESTADISTICAS: Que
correspondan a la mercadería que se declara.
|
DECLARACION DE LA MERCADERÍA: Posición SIM
|
1. El declarante seleccionará la
posición SIM. El Sistema MARIA imprimirá el texto de la misma, al sólo y
único efecto que de su simple lectura pueda identificarse - como mínimo el
genero de las mercaderías a importar/exportar, con las siguientes
alternativas:
|
2. Si la posición SIM se basa en una
partida armonizada no desdoblada:
|
Texto de la posición SIM
|
Si la posición SIM se basa en una
subpartida armonizada no desdoblada:
|
Texto de la posición SIM
|
Texto de la partida armonizada
|
3. Si la posición SIM se basa en
desdoblamientos de partidas y/o subpartidas armonizadas y/o posiciones NCM:
|
Texto de la posición SIM.
|
Texto desarrollo SIM de 1º y 2º nivel
de corresponder.
|
Texto apertura regional de 1º nivel de
corresponder.
|
Texto posición NCM de corresponder.
|
Textos subpartidas y partidas del
Sistema armonizado.
|
- El sistema truncara el texto de
excederse el limite prefijado, dejando constancia de tal situación.
|
Sufijos de valor y estadística:
Declaración complementaria a la posición SIM, que brinda las características
técnicas de la mercadería o facilita su identificación dentro de la posición,
compuestos por: Sufijos de capitulo (C), sufijos de partida (P), Sufijos de
subpartida (S), sufijos de posición (N), acorde al nivel de arancel; al cual
esta asociado el sufijo. Estos sufijos son elegidos por el declarante y se
imprime el/los elegidos. De no elegirse ninguno, el sistema imprime 'ninguno'
por defecto.
|
Sufijos de unidades: (Z) Son aquellos
en los cuales el declarante introduce como respuesta una determinada cantidad
de dígitos. Se refieren a características extensivas de las mercaderías tales
como 'Gramaje en Gr/m2' o 'Numero de pares de una fibra óptica',
etc.
|
El sistema decide acorde a la longitud
de los sufijos, si imprime todos los códigos con su descripción o todos los
códigos únicamente
|
OPCIONES: Declaración complementaria a Posición SIM para
la determinación del tratamiento aduanero, que resume en códigos los textos a
validar únicos o por opciones que presenta el sistema. Toda referencia al
termino sufijos en otras normas deberá entenderse
|
VENTAJAS: Declaración complementaria a la Posición SIM
mediante la cual: el documentante establece la correspondencia de un
tratamiento aduanero mas ventajoso que el general o de excepción. (Anexo XXI
'A' Res.ANA
2707/93).
|
VALOR MERCADERÍA UNITARIO, EN DIVISA: Valor
unitario de la mercadería expresado en divisa.
|
UNIDAD: Unidad de venta de la mercadería, según tabla
basada en el SIMELA (Anexo XV UB' Res.ANA 2707/93).
|
CANTIDAD UNIDADES: Unidades totales del
ítem.
|
FOB TOTAL EN DIVISA: Fob total del ítem en
divisa.
|
FOB TOTAL EN DOLAR: Fob total del ítem
expresado en dólar.
|
PRECIO OF UNIT/DER ESPECIFICO: Valor unitario en dólar,
del Precio Oficial o Derecho Específico que corresponda a la posición
arancelaria declarada.
|
UNIDAD: Tipo de medida del Precio Oficial o Derecho
Especifico.
|
COEF. /CANT. UNIDADES:
|
1. Coeficiente: De estar incluido en el
valor de venta los derechos y demás tributos correspondientes a la
exportación se declara el coeficiente de deducción obtenido en la tabla E de la Res.ANA 4820/82
|
2. Cantidad de Unidades: Del Precio
oficial o Derecho Específico que amparan la operación.
|
DOCUMENTOS A PRESENTAR: Documentación
complementaria que debe acompañar a la Declaración. (Anexo XVI Res.ANA 2707/93)
|
VALOR EN ADUANA
|
AJUSTE A INCLUIR EN DIVISA: Importe total
de los ajustes a incluir al valor de venta, según los términos que
correspondan, en divisa correspondiente al ítem.
|
AJUSTE A DEDUCIR EN DIVISA: Importe total
de los ajustes a deducir al valor de venta en divisa correspondiente al ítem.;
|
VALOR EN ADUANA EN DIVISA: Valor en
Aduana para la importación o exportación de acuerdo a normas en vigencia.
|
VALOR EN ADUANA EN DOLAR: Corresponde al
Valor en Aduana de la mercadería expresada en dólar.
|
BASE IVA/GANANCIAS EN DOLAR: El valor de la Base-Imponible
IVA de acuerdo a normas en
vigencia.
|
BASE IMPUESTOS INTERNOS EN DOLAR: Base Imponible
para la liquidación de impuestos internos expresada en dólar de acuerdo a
normas en vigencia.
|
INSUMOS IMPORTADOS TEMPORALMENTE EN
DOLAR: Valor en Aduana total de insumos importados temporariamente del
ítem expresados en dólar.
|
INSUMOS IMPORTADOS A CONSUMO EN DOLAR: Valor en
Aduana total de los insumos importados a consumo en forma directa por el
exportador del ítem expresados en dólar
|
VALOR PARA REINTEGROS EN DOLAR: Base para el
calculo de los reintegros en dólar de acuerdo a normas en vivencia.
|
LIQUIDACION: Porc. =
Porcentaje de los Derechos. Tributos y Estímulos correspondientes a la
liquidación del ítem.
|
P/G/C: Indicadores
correspondientes a:
|
P = Pagado (Derechos y Tributos)
|
G = Garantizado (Derechos y Tributos)
|
C = A cobrar (Estímulos a la
exportación)
|
IMPORTE: Importe que
resulte de aplicar e} algoritmo correspondiente sobre la base de cálculo.
|
PAGADO: Sumatoria de
los derechos pagados del ítem.
|
GARANTIZADOS: Sumatoria de
los derechos garantizados del ítem.
|
A COBRAR: Sumatoria de
los derechos a cobrar del ítem.
|
CONCEPTOS: Descripción
literal del gravamen, tributo o Estimulo aplicado. (Anexo XXIII Res.ANA
2707/93).
|
P/G/C: Indicadores correspondientes los
totales.
|
P = Pagado
|
G = Garantizado
|
C = A cobrar.
|
IMPORTE: Importe que
resulta de la sumatoria de los conceptos aplicados a todos los ítems de la
destinación.
|
PAGADO: Sumatoria de
los derechos/tributos pagados.
|
GARANTIZADO: Sumatoria de
los derechos/tributos garantizados.
|
A COBRAR: Sumatoria de
los estímulos a cobrar.
|
CANAL ASIGNADO: Canal asignado para la
destinación.
|
UTVV: Nº de Legajo de la UTVV interviniente.
|
ANEXO VI
|
FORMULARIO SOBRE CONTENEDOR OM-2133-SIM
|
ANEXO VII
|
CARACTERISTICAS DEL SOBRE CONTENEDOR
DEL FORMULARIO UNICO FORMULARIO OM-2133 SIM
|
1. MATERIAL: Cartulina blanca
|
2. GRAMAJE: 142 g/m2
|
3. MEDIDAS: 24 cm. x 32 cm.
|
1+ 1 cm - de solapa de cada lado e interior)
|
4. IMPRESION: En tinta color intenso.
|
IMPORTACION: Bordes y
tinta color naranja.
|
EXPORTACION: Bordes y tinta
color verde.
|
NORMAS DE INTEGRACION DEL SOBRE
CONTENEDOR OM-2l33 SIM
|
ADUANA: Aduana de
registro de la operación.
|
DESTINACION Nº: Identificador
de la Declaración Detallada.
|
CANAL SELECTIVO: El asignado
por el sistema.
|
DATOS DEL DOCUMENTANTE
|
IMPORTADOR/EXPORTADOR Y DESPACHANTE: Completarán
todos los datos personales tal como figuren en el registro aduanero
|
Nº O NOMBRE DEL MEDIO: El que
corresponda según sea la vía.
|
FECHA DE ENTRADA: Del medio
transportador.
|
REGISTRO: No
identificador del manifiesto.
|
GIRO: Dársena o plazoleta, según sea,
marítimo o terrestre.
|
ELEMENTOS INTEGRANTES DE LA CARPETA: Se seleccionará con una 'x' la
documentación complementaria que acompaña a la Declaración en el sobre. También seleccionará el ramo según la mercadería
declarada de corresponder y la UTVV
al recibir el sobre intervendrá el mismo como constancia de recepción.
|
Luego de completar los datos del documentante
firmara el sobre contenedor haciéndose responsable de los datos declarados.
|
En lo que resta del sobre se realizaran
todas las intervenciones aduaneras correspondientes.
|
|
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|
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