Detalle de la norma RE-22-2001-GMC
Resolución Nro. 22 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2001
Asunto Pauta Negociadora del SGT Nº 8 Agricultura
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 22 13/06/2001 Fecha:  
 
Dependencia: RE-22-2001-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: PAUTA NEGOCIADORA DEL SGT Nº 8 “AGRICULTURA”
 

(DEROGACIÓN DE LA RES. GMC Nº 8/98)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 147/96, Nº 22/97, Nº 8/98 y Nº 75/98  del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución GMC Nº 20/95 instruye a los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas a elaborar propuestas de Pautas Negociadoras indicando las tareas prioritarias definidas a la luz de las necesidades de la presente etapa del proceso de integración, el plazo razonable para su ejecución y los medios necesarios para su realización.

Que los Estados Partes acordaron evaluar el estado de cumplimiento de los objetivos establecidos para los Subgrupos de Trabajo, a fin de adecuar sus Pautas al proceso de Relanzamiento del MERCOSUR.

Que en virtud de lo expuesto, se estima oportuno aprobar la Pauta Negociadora elevada por el SGT Nº 8, en su Acta Nº 1/01 Extraordinaria de Coordinadores (Anexo III)

EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar la “Pauta Negociadora del SGT Nº 8 Agricultura”, que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 – Derógase la RES. GMC Nº 8/98.

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.

XLII GMC- Asunción, 13/VI/01

 

ANEXO

 

PAUTA NEGOCIADORA DEL SGT Nº 8 “AGRICULTURA”

 

I.- Coordinadores

1. Realizar intercambio de informaciones y discutir sobre la coordinación  de  políticas agrícolas en lo que se refiere al acompañamiento de la zafra y comercialización.  (Acta 4/00 XL Reunión GMC)  

2. Seguimiento de los trabajos de las Comisiones

3. Tratamiento de las RNA.

4. Coordinación de posiciones en foros Internacionales.

 

II.- Comisión de Sanidad Animal

1. Manual de procedimientos Zoosanitarios en fronteras terrestres, puertos y aeropuertos

2. Requisitos y certificados zoosanitarios para el intercambio de productos apícolas y materiales destinados a los colmenares entre los Estados Partes del MERCOSUR.

3. Situación sanitaria de la región a fin de avanzar en la fijación de los requisitos sanitarios para la importación de animales, semen, embriones y huevos fértiles de países extrazona

4. Formulario para consulta previa sobre importación de animales, semen, embriones y huevos fértiles de aves de un país o zona donde se registran enfermedades exóticas al MERCOSUR.

5. Revisión de Normativa MERCOSUR.

a) 65/94: Intercambio de caprinos. Normas sanitarias.

b) 66/94: Intercambio de ovinos. Normas sanitarias.

c) 69/94: Intercambio de equinos. Normas sanitarias.

d) 50/96: Intercambio de bovinos y bubalinos. Normas sanitarias.

e) 68/94: Requisitos sanitarios para la habilitación de recolección y procesamiento de semen bovino y bubalino y certificado zoosanitario único para el intercambio de semen de estas especies entre los Estados partes del Mercosur

f) 7/96: Pasaporte Sanitario Equino.

g) 8/96: Normas sanitarias para el tránsito vecinal fronterizo equino.

 

III.- GTP de Cuarentena Animal

1. Finalizar el proyecto de Resolución referida a “Bases para la regionalización sanitaria de la enfermedad de Newcastle

2. Revisión de la normativa MERCOSUR

a) 3/96: formulario para consulta de importación de país / región con enfermedades exóticas

b) 19/97: disposicones sanitarias y certificado zoosanitario único de suinos para el intercambio entre los Estados Partes de MERCOSUR

c) 67/94: Normas Sanitarias para la habilitación de centros de producción de embriones de bovinos y bubalinos.

 

IV.- Comisión de semillas

1. Seguimiento de la implementación del Protocolo de Cooperación y Facilitación sobre Protección de las Obtenciones Vegetales en los Estados Partes del MERCOSUR, una vez aprobados por el GMC

2. Certificación no definitiva

3. Acreditación para la certificación de semillas

 

V.- Comisión sanidad vegetal

1. Revisión de la normativa MERCOSUR

2. 59/94 – Adecuación de padrones fitosanitarios (solo estandar 3.1: directrices para el análisis de riesgo de plagas)

3. 62/94 – Padrones fitosanitarios.

4. 88/96 – Estándar 3.7: armonización de medidas fitosanitarias por vía ingreso producto. Subestandar 3.7.A: intensidad de las medidas fitosanitarias por tipo de plaga. Subestandar 3.7.B: tratamiento de cuarentena.

5. Reunión conjunta con la Comisión de Semilla

 

VI.- GTP de Cuarentena Vegetal

1 Actualización de los requisitos cuarentenarios ya aprobados, cuando sea necesario

2 Armonización de los requisitos cuarentenarios de los productos pendientes priorizando aquellos de mayor volumen comercial (ver recomendación sobre el subestandar el 3.7.33: MUSA)

Se convocará a reunión de este GTP cuando se considere necesario

 

VII.- GTP de Certificación de Materiales de Propagación y Multiplicación Vegetal

1 Tratamiento de la problemática de las semillas nocivas/malezas

2 Armonización de los requisitos fitosanitarios aplicados a las plagas no cuarentenarias reglamentadas para los cultivos en la siguiente prioridad:

a) Papa

b) Algodón, citrus, arroz y vid

c) Soja, maíz y raygrass

 

VIII.- Comisión Ad-Hoc Vitivinícola

1. Posición de los Estados Partes en cuanto al tratamiento a otorgar en futuras negociaciones a:

a) Denominaciones de Origen extranjeras que pudieran ser conflictivas con designaciones en uso en el Estado Parte.

b) Expresiones Tradicionales.

2. Evaluar el impacto sobre el comercio intra-MERCOSUR de productos vitivinícolas, de eventuales negociaciones de acuerdos birregionales o bilaterales en la materia.

3. Foro de países Productores de Vino del Nuevo Mundo. Realizar las siguientes acciones:

a) Proveer las informaciones relativa a antecedentes sobre su funcionamiento y progresos a los Estados Partes del MERCOSUR.

b) Evaluar la conveniecia de actuar cada Estado Parte individualmente o como bloque.

4. Actualizar información relativa al estado de situación de la normativa vitivinícola acordada en el MERCOSUR.

5. Relevamiento informativo acerca de las condiciones de desarrollo del comercio intra-MERCOSUR.

6. Necesidad de ajustes de algunos items del Reglamento vitivinícola del MERCOSUR.

 

IX.- Comisión Ad-Hoc de Productos Fitosanitarios

1. Finalizar los trabajos de armonización de los sistemas de registro de productos fitosanitarios de los Estados Partes.

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga RE-8-1998-GMC Pauta Negociadora del SGT Nº 8 Agricultura
Relaciona LE-23981-1991-PLN Pauta Negociadora del SGT Nº 8 Agricultura