MERCOSUR/GMC/RES. N°
19/06
SUB-ESTANDAR 3.7.2. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ALLIUM
SATIVUM (AJO) SEGÚN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTE DEL
MERCOSUR (DEROGACION DE LA RES. GMC N° 90/96)
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 06/96 y 20/02 del
Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 90/96, 57/01 y 52/02 del Grupo
Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC N°
90/96, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Allium sativum (ajo), a
ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Parte del MERCOSUR.
Que es necesario proceder
a la actualización de los requisitos antes indicados, teniendo en cuenta la
actual situación fitosanitaria de los Estados Parte.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el
"Sub Estándar 3.7.2. Requisitos Fitosanitarios para Allium sativum (ajo)
según País de Destino y Origen, para los Estados Parte del MERCOSUR", que
consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Organismos
Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina:
|
Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA
|
|
Servicio Nacional de
Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA
|
Brasil:
|
Ministério da
Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA
|
|
Secretaria de Defesa
Agropecuária - SDA
|
Paraguay:
|
Ministerio de
Agricultura y Ganadería - MAG
|
|
Servicio Nacional de
Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE
|
Uruguay:
|
Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP
|
|
Dirección General de
Servicios Agrícolas - DGSA
|
Art. 3 - Derógase la
Resolución GMC N° 90/96.
Art. 4 - Los Estados
Parte deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos
nacionales antes del 22/XII/2006.
LXIII GMC - Buenos Aires, 22/VI/06
SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCION III - MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.2. Requisitos Fitosanitarios
para Allium sativum (ajo) según País de Destino y Origen, para los Estados
Parte del MERCOSUR
I- INTRODUCCION
1.- AMBITO
Este Sub-estándar
presenta los requisitos fitosanitarios armonizados aplicados por las ONPFs de
los Estados Parte del MERCOSUR en el intercambio regional de Allium sativum
(ajo).
2.- REFERENCIAS
- Estándar 3.7 Requisitos
Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos
Vegetales, 2da revisión, Resolución GMC N° 52/02.
3.- DEFINICIONES Y
ABREVIATURAS
Las establecidas en el
Estándar 3.7.
4.- DESCRIPCION
Este Sub-estándar
presenta los requisitos fitosanitarios armonizados, aplicados por las ONPFs de
los Estados Parte del MERCOSUR, en el intercambio regional para Allium sativum
(ajo), en sus diferentes presentaciones y organizados por País de Destino y
Origen.
II. REQUISITOS
FITOSANITARIOS PARA Allium sativum, SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS
ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR
II.2 A. PAIS DE
DESTINO:
|
ARGENTINA
|
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA
Allium sativum
EXIGENCIAS
CUARENTENARIAS:
REQUISITOS SEGUN ORIGEN: