Detalle de la norma RE-132-1996-GMC
Resolución Nro. 132 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1996
Asunto Registro de Productos Farmaceuticos de los Estados-Parte Receptor
Detalle de la norma
RE-132-1996

RE-132-1996

 

MODIFICACIONES DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS SOLICITANTES DE REGISTRO DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS EN EL ESTADO PARTE RECEPTOR.

 

            VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 3/94 del Consejo del Mercado Común; las Resoluciones N° 91/93 y 23/95 del Grupo Mercado Común, y las Recomendaciones N° 3/95 y N° 52/96 del SGT N° 3 "Reglamentos Técnicos",

 

CONSIDERANDO:

 

Que, en la Reunión ordinaria de la Comisión de Productos para la Salud (Sub Grupo de Trabajo N° 3 - Reglamentos Técnicos) realizada en Rio de Janeiro los días 25 a 29 de noviembre de 1996, se aprobó el documento "Modificaciones de Autorización de funcionamiento de las Empresas Solicitantes de Registro de Productos Farmacéuticos en el Estado Parte Receptor".

 

Que, la armonización del operativo para el Registro de Productos Farmacéuticos en los Estados Partes se encuentra listado en los ANEXOS de la decisión n° 3/94 del GMC, Restricciones no arancelarias, como medida a ser armonizada.

 

Que el documento aprobado oportunamente por la Resolución GMC N° 51/96, constituye una parte del Reglamento del Registro de Productos Farmacéuticos.

 

Que, es necesario el dictado de normas complementarias para la operatividad de la Resolución citada.

 

Que las partes hayan tomado debido conocimiento y dado conformidad al tratamiento de los temas mencionados.

 

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 – Se aprueba el documento denominado "Modificaciones de la Autorización de funcionamiento de las Empresas Solicitantes del Registro de Productos Farmacéuticos en el Estado Parte Receptor"; que figura como Anexo 1 y forma parte de la presente Resolución.

 

Art. 2 - Los Estados Partes, deberán tener en vigencia las Disposiciones Legislativas, Reglamentarias y Administrativas, que sean necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los organismos descritos en el Artículo 3° de la presente Resolución.

 

Art 3 - Las Autoridades competentes de los Estados Partes encargadas de la complementación de la presente Resolución serán:

 

ARGENTINA: ANMAT (Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y  Tecnología Médica). Ministerio de Salud y Acción Social.

 

BRASIL:           Secretaria de Vigilância Sanitária do Ministério da Saúde.

 

PARAGUAY:      Dirección de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

 

URUGUAY:       Ministerio de Salud Pública.

 

Artículo 4° - La presente Resolución entrará en vigencia el 1/3/97.

 

 

 

 

 

XXIV GMC - Fortaleza, 13/12/96


ANEXO I

 

MODIFICACIONES DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS SOLICITANTES DE REGISTRO DE PRODUCTO FARMACEUTICO EN EL ESTADO PARTE RECEPTOR

 

MOTIVO

ENUNCIADO NO LIMITANTE

TIPO PROCEDIMIENTO

 ADM .     TEC .   JUR.

DOCUMENTACION

 NECESARIA

PLAZOS/

EXIGENCIAS

1) Cambio de Razón Social.

 

 

2) Fusión y/o Incorporación de Empresa.

 

3) Cesión de Empresa.

 

4) Ampliación o Reducción:

·       tipo de productos

tipo de actividades

 

 

 

X

 

 

 

 

 

 

 

X

 

 

 

-Formulario/solicitud de modificación de autorización de funcionamiento con el objeto que motivó la alteración.

-Copia del contrato Social que contemple la modificación solicitada.

-Copia autenticada que acredite el carácter vinculante entre la(s)  empresa(s)  solicitante(s)  de registro de producto farmacéutico en el Estado-Parte receptor y la(s) titular(es) en el Estado-Parte Productor.

-Tasa

 

60 días

 

90 días por transcurrido el plazo

Modificación de domicilio Legal

X

 

 

-Comunicación de la modificación de acuerdo con las Normas Legales vigentes  de cada País.

Comunicación


 

MOTIVO

ENUNCIADO NO LIMITANTE

TIPO PROCEDIMIENTO

 ADM .     TEC .      JUR.

DOCUMENTACION

NECESARIA

PLAZOS/

EXIGENCIAS

Modificación de locales (almacén/depósito, laboratorio de control de calidad)

 

X

 

X

 

X

-Formulario/Solicitud de modificación  de la autorización de funcionamiento con el objeto que motivó la alteración.

-Permiso de funcionamiento/Habilitación municipal

-Copia del contrato con terceros, cuando corresponda

-Tasa

 

 

90 días

 

120 días por decurso de plazo

 

 

Cambio de Farmacéutico Responsable /Director Técnico/ /Regente

X

 

X

-Formulario/Solicitud de modificación de autorización de funcionamiento con el objeto que motivó la alteración.

-Inscripción del profesional debidamente habilitado cuando corresponda comprobante de libre regencia.

-Firma reconocida/Registro de Firma

-Declaración de la empresa solicitante localizada en el Estado-Parte Receptor comprobando la responsabilidad técnica del Farmacéutico Responsable/Director Técnico/Regente

Comunicación

Cambio de Representante Legal

X

 

X

-Formulario/Solicitud de la modificación de modificación de autorización de funcionamiento con el objeto que motivó la alteración.

-Copia autenticada del documento que acredite al responsable legal designado por la empresa solicitante (localizado en el Estado-Parte Receptor), frente a la Autoridad Sanitaria.

-Firma reconocida/Registro de Firma

Comunicación


 

MOTIVO

ENUNCIADO NO LIMITANTE

TIPO PROCEDIMIENTO

 ADM .     TEC .      JUR.

DOCUMENTACION

NECESARIA

PLAZOS/

EXIGENCIAS

Suspensión temporaria de actividad por solicitud del interesado.

X

 

 

-Formulario/Comunicación indicando el plazo de la suspensión.

Comunicación

Cancelación de la Autorización de 
funcionamiento por solicitud del  interesado

X

 

 

-Formulario/Comunicación de la cancelación de funcionamiento.

-Comunicación indicando nombre, nº de lotes y vencimientos de los productos que se encuentran en comercialización.

Comunicación

MODIFICACION EN LA EMPRESA  REPRESENTADA:

- Razón social

- Domicilio legal

- Farmacéutico responsable/Director

Técnico/Regente

- Responsable legal/Representante              legal/Apoderado

- Lugar de fabricación

 

 

X

 

 

- Formulario/Comunicación de la  Alteración

- Copia de contrato social que contemple la modificación

- Relación de los productos con nueva razón social (para la vinculación fabricante- representante)

- Copia del nuevo certificado de cumplimiento de BPF y C

Comunicación

 

 

 

 

 

 

 

 

OBS.: Cuando se trate de cambio de CUIT / CGC / RUC de la Empresa deberá ser solicitada nueva Autorización 

de Funcionamiento.

 

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DI-3476-2005-ANMAT Complementa Productos Farmaceuticos Registro de empresas
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona LE-23981-1991-PLN Registro de Productos Farmaceuticos de los Estados-Parte Receptor