MERCOSUR/CMC/P
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 01/06
FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN DEL RESULTADO DE LAS CONSULTAS PREVISTAS EN LA DEC. CMC N° 20/02
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 23/00 y 20/02 del
Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que los artículos 1 y 2 de la Decisión CMC N° 20/02 establecen que los proyectos de normas deben ser sometidos a consultas
internas en los Estados Partes a los efectos de determinar su conveniencia
técnica y jurídica.
Que en el proceso de incorporación
resulta necesario que esas consultas se encuentren concluidas antes de que los
proyectos de normas a que se refieren, sean elevados a la consideración de los
órganos decisorios.
Que es conveniente instrumentar
mecanismos que faciliten el cumplimiento de las tareas que corresponden a los
foros dependientes de conformidad con la Decisión CMC N° 20/02.
Que la utilización de estos mecanismos
contribuirá a otorgar mayor agilidad y previsibilidad al proceso de
incorporación de la normativa MERCOSUR.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1.- Aprobar el Formulario para la
presentación de los resultados de las consultas internas previstas en los
artículos 1 y 2 de la Decisión CMC N° 20/02 que figura en el anexo y forma
parte de la presente.
Art. 2.- Instruir a los órganos y
foros que conforman la estructura institucional del MERCOSUR a incluir los
resultados de las consultas internas en el citado formulario, el que deberá
acompañar los proyectos de normas que se eleven a los órganos decisorios.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita
ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes por reglamentar
aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LXIII
GMC – Buenos Aires, 22/VI/06
FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN DEL RESULTADO DE LAS CONSULTAS PREVISTAS EN LA DEC. CMC N° 20/02 art. 2
Proyecto de (Decisión, Resolución, Directiva)
Título:
Foro Negociador:
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Argentina
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Brasil
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Paraguay
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Uruguay
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1.- Acto necesario para incorporar la norma al
ordenamiento nacional.
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2.-Plazo necesario para la incorporación de la norma en los
respectivos ordenamientos jurídicos.
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3.- Órgano/s Interno/s responsable/s de la incorporación.
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