RE-1-2003
ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA
SECRETARÍA DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 04/96, 24/00, 1/02, 16/02 y 30/02
del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 67/96, 42/97 y 74/98 del
Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la implementación del Sector de Asesoría Técnica, en
el marco del proceso de transformación de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR en una Secretaría Técnica, implica modificaciones en
la actual estructura y funcionamiento de la Secretaría.
Que a fin de dinamizar el apoyo prestado por la Secretaría a los demás órganos del MERCOSUR se hace necesario adecuar la política de personal
de la Secretaría.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art.1 - Aprobar la nueva “Estructura Organizativa de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR”, que consta como Anexo I y las “Normas para Selección
y Contratación de Personal” con las atribuciones que le corresponden, que
figuran en el Anexo II y forman parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Aprobar la “Estructura Salarial” que figura en
Anexo III y forma parte de la presente Resolución.
Art. 3 - Instruir a la Secretaría, la elaboración, para consideración del próximo GMC, del proyecto de resolución
adecuando las Resoluciones GMC Nº 67/96, 42/97 y 74/98 a las modificaciones
introducidas por la presente Resolución. Deróganse las disposiciones de las
referidas Resoluciones que se opongan con el tenor de la presente Resolución.
Art. 4 - Derogar las Resoluciones GMC Nº 94/00 y 15/02.
Art. 5 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al
ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de
organización y funcionamiento del MERCOSUR.
XLIX GMC – Asunción, 04/IV/03
ANEXO I
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA
SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL
MERCOSUR
Sector de
Asesoría Técnica
|
Sector de Normativa y
Documentación
|
Sector de
Administración y Apoyo
|
4
Consultores Técnicos
|
2
Técnicos en Normativa
|
2 Técnicos en Administración
|
2
Técnicos
|
1
Técnico en Documentación
|
1
Técnico en Informática
|
|
1
Técnico en Divulgación
|
|
La Secretaría contará también con 9 Asistentes Técnicos y 3
funcionarios de apoyo que serán asignados en los distintos sectores por el
Director según las necesidades de servicio.
1- El Director de la Secretaría es responsable por el adecuado cumplimiento del conjunto de tareas atribuidas a la Secretaría y por la gestión administrativa, financiera y patrimonial de la misma.
2- En ese contexto, compete al Director de la Secretaría:
- coordinar los trabajos de las áreas que integran la Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en cada caso. Para auxiliarlo en esa tarea, el
Director podrá designar, después de consultar a los Estados Partes, un
funcionario técnico de los sectores de Normativa y Documentación o del
Sector de Administración y Apoyo para ejercer la función de coordinación
de estos sectores. El funcionario designado actuará bajo la orientación
del Director y tendrá derecho a una gratificación adicional sobre el
salario con un valor máximo U$S 300 (trescientos dólares estadounidenses).
- coordinar la relación de la Secretaría con los demás órganos de la estructura del MERCOSUR.
- coordinar los trabajos del Sector de Asesoría Técnica
con los órganos decisorios del MERCOSUR.
- decidir, en consulta con los Coordinadores del Grupo
Mercado Común, las prioridades y plazos de realización de los trabajos de la Secretaría, en función de la disponibilidad de recursos humanos y materiales.
- organizar la participación del personal de la Secretaría en cursos, seminarios y demás eventos sobre temas relevantes para su actuación,
respetando las limitaciones presupuestarias. Los funcionarios que
participen de estos eventos no podrán emitir opiniones en nombre del
MERCOSUR.
- organizar el apoyo logístico a las reuniones del
MERCOSUR. El número y el perfil de los funcionarios que integran los
equipos de apoyo de la Secretaría en cada reunión deberá ser definido por la Presidencia Pro Tempore, correspondiendo al Director en base de esos
parámetros, y respetando las limitaciones presupuestarias, formar el
equipo de apoyo. Con vistas a asegurar el adecuado cumplimiento de esa
tarea, los funcionarios serán especialmente entrenados para atender las
necesidades corrientes de las reuniones negociadoras, en especial en lo
que se refiere a los servicios del secretariado, reproducción de
documentos y organización del Acta y de la documentación emanada de la
reunión. El equipo que prestará apoyo logístico a las reuniones, estará
bajo la responsabilidad de un Jefe de equipo, designado por el Director
para facilitar la coordinación con la Presidencia Pro Tempore.
- designar su sustituto en caso de ausencia
temporaria. Salvo impedimento, el funcionario designado para las tareas
de coordinación mencionada en la letra (a) de este literal sustituirá al
Director en esos casos.
Sector
de Asesoría Técnica
El funcionamiento y las atribuciones del Sector de
Asesoría Técnica-SAT se regirán por lo dispuesto en la Decisión CMC Nº 30/02.
Sector de Normativa y
Documentación
El Sector de Normativa y Documentación-SND- ejerce sus
actividades bajo la supervisión del Director de la Secretaría y tiene las siguientes atribuciones:
a) Apoyo al proceso de elaboración
e implementación de normas en el MERCOSUR.
- Analizar los aspectos formales de los proyectos y
propuestas de normas elevados por los foros técnicos a la consideración de
los órganos decisorios del MERCOSUR.
- Proceder a la revisión de las versiones en idiomas
español y portugués de los proyectos de normas y asegurar la efectiva
correspondencia de los textos en los dos idiomas, antes de su remisión a
la consideración de los órganos decisorios.
- Realizar, en coordinación con los Estados Partes, las
traducciones auténticas a los idiomas español y portugués de todos los
proyectos de normas y normas adoptadas por los órganos de la estructura
institucional del MERCOSUR.
b) Incorporación de las normas del MERCOSUR al
ordenamiento jurídico de los Estados Partes:
- Registrar las notificaciones de los Estados Partes
relativas a la incorporación de las normas del MERCOSUR a los
ordenamientos jurídicos nacionales;
- Archivar las normas nacionales por medio de las
cuales los Estados Partes hayan incorporado a sus respectivos
ordenamientos jurídicos, las normas del MERCOSUR;
- Comunicar a los Estados Partes la conclusión del
proceso de incorporación de las normas del MERCOSUR, al ordenamiento
jurídico de los cuatro países;
- Mantener actualizadas las listas con el estado de
incorporación de las normas del MERCOSUR en los Estados Partes.
c) Asistencia en los procedimientos de Solución de
Controversias vigentes en el MERCOSUR.
·
Registrar las
listas de árbitros y expertos, previstas en los procedimientos de Solución de
Controversias y Reclamaciones del MERCOSUR, así como las previstas en los
acuerdos firmados por el MERCOSUR con terceros países, grupos de países y
organismos internacionales.
·
Realizar otras
tareas previstas en los procedimientos de Solución de Controversias y
Reclamaciones del MERCOSUR, así como en los procedimientos de resolución de
conflictos acordados entre el MERCOSUR y terceros países o grupos de países.
d) Organización del archivo.
·
Organizar y
mantener actualizado el archivo oficial del MERCOSUR, el cual deberá estar
conformado por toda la documentación emanada de los órganos de la estructura
institucional del MERCOSUR, así como por todos los instrumentos firmados por el
MERCOSUR con terceros países, grupos de países u organismos internacionales.
·
Mantener
actualizada la Base de Datos de la Secretaría, la cual deberá estar estructurada de manera de viabilizar consultas por tema, órgano emisor o tipo de norma.
·
Cotejar las
versiones en medio físico y magnético de las actas y de los anexos y, en caso
de discrepancias entre las mismas, proceder a la corrección pertinente en la
versión en medio magnético.
·
Mantener
actualizada la lista de Decisiones, Resoluciones y Directivas, así como de
proyectos de normas elevados por los foros técnicos a la consideración de los
órganos decisorios del MERCOSUR.
e) Divulgación de la normativa
MERCOSUR.
·
Elaborar y
divulgar el Boletín Oficial del MERCOSUR.
·
Mantener
actualizada la lista de destinatarios del Boletín Oficial del MERCOSUR y
responsabilizarse por la divulgación y distribución del mismo.
·
Seleccionar y
encaminar al Sector de Administración y Apoyo, para su incorporación en la
página WEB, toda la documentación de carácter público emanada de los órganos de
la estructura institucional del MERCOSUR.
·
Velar, en los
casos pertinentes, por la confidencialidad de la documentación del MERCOSUR.
·
Atender las
consultas internas y externas sobre la documentación emanada del proceso
negociador y las normas adoptadas en el ámbito del MERCOSUR.
Sector
de Administración y Apoyo
El Sector de Administración y Apoyo-SAA es responsable por
todas las actividades relativas a la administración financiera, patrimonial y
de los recursos humanos de la Secretaría y por los servicios relacionados con el sistema de informática y con el mantenimiento de la Secretaría, ejerciendo sus actividades bajo la supervisión del Director.
Son atribuciones del SAA:
a) Administración financiera y
patrimonial
·
Elaborar el
proyecto de presupuesto de la Secretaría, a ser aprobado por el Grupo Mercado Común;
·
Practicar
todos los actos necesarios para la correcta ejecución del presupuesto de la Secretaría y mantener los registros contables correspondientes;
·
Preparar la Rendición de Cuentas Anual de la Secretaría, a ser aprobada por el Grupo Mercado Común;
·
Asistir al
Director de la Secretaría en el establecimiento del Plan Anual de Compras e
Inversiones de la Secretaría;
·
Ejecutar los
actos de compra y enajenación de bienes y contratación de servicios para la Secretaría, de conformidad con las normas y procedimientos establecidos;
·
Efectuar pagos
a los acreedores, registrar y controlar la liquidación de créditos y débitos,
emitir documentos de pagos y recibos, hacer transferencias y responsabilizarse
por la custodia de los fondos y valores de la Secretaría;
·
Mantener
actualizado, correctamente evaluado e identificado el inventario de bienes de la Secretaría;
·
Mantener el
sistema de registro y control de proveedores.
b) Administración de recursos humanos
·
Preparar la
documentación para la contratación de personal
·
Planear e
implementar, en coordinación con los demás sectores de la Secretaría, planes de capacitación del personal de la Secretaría;
·
Asegurar el
adecuado registro de contrataciones, asistencias, ausencias y alejamiento del
personal de la Secretaría;
·
Asistir al
Director en la aplicación del régimen disciplinario de los funcionarios de la Secretaría;
c) Sistema de informática
·
Prestar
asistencia informática a todos los sectores de la Secretaría,
·
Asegurar el
perfeccionamiento y seguridad de la base de datos y del sistema informático del
MERCOSUR; y
·
Mantener actualizada
la página WEB del MERCOSUR
d) Organización de los servicios
de apoyo y mantenimiento de la Secretaría
·
Supervisar los
trabajos de fotocopiado, mensajería, limpieza, mantenimiento y seguridad de la Secretaría;
·
Prestar
asistencia en cuestiones de protocolos;
·
Administrar la
recepción, distribución y expedición de las comunicaciones.
ANEXO II
NORMAS PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DEL PERSONAL
En el proceso de selección y
contratación del personal para la Secretaría, deberán ser observados los requisitos establecidos en la presente Resolución, respetando el principio general de
equilibrio en la representación de las nacionalidades en la Secretaría.
DIRECTOR
El cargo de Director será cubierto
de acuerdo con el procedimiento establecido por el Artículo 33 del Protocolo de
Ouro Preto.
A fin de orientar la
elección del Director, el GMC podrá definir las condiciones adicionales que
deberán reunir los pre-candidatos al cargo de los cuales se exigirá, como
requisito mínimo, título universitario y amplio conocimiento sobre el MERCOSUR.
CONSULTORES
TECNICOS
Los cargos de Consultores Técnicos
serán cubiertos de acuerdo a lo dispuesto en la Decisión CMC N° 30/02
TÉCNICOS Y DEMÁS FUNCIONARIOS
Los cargos de los funcionarios del
cuadro del personal de la Secretaría serán cubiertos por nacionales de los
Estados Partes, mediante selección en base a antecedentes y pruebas entre los
candidatos indicados por los Estados Partes pertinentes, respetando los
requisitos mínimos establecidos para cada cargo, mencionados seguidamente:
El proceso de selección estará a
cargo de una comisión integrada por un representante designado por cada Estado
Parte y por el Director de la Secretaría.
El criterio de selección previsto
en este ítem regirá solamente para los casos de nuevas contrataciones, no
aplicándose a eventuales renovaciones de contratos. Excepcionalmente, estos
criterios también podrán ser dispensados en el caso de reubicación en otros
cargos de los funcionarios que ya conforman el cuadro de personal de la Secretaría.
Requisitos exigidos para cada
cargo
Técnico (SAT)
Título universitario en las áreas
de derecho, economía, o relaciones internacionales.
Conocimientos sobre el
funcionamiento del MERCOSUR.
Dominio del procesador de texto y
otros programas utilizados por la Secretaría.
Técnico en Administración.
Título universitario relacionado
con administración y/o contabilidad.
Experiencia laboral en el área de
administración.
Conocimientos generales sobre el
MERCOSUR.
Dominio de procesador de texto y
otros programas utilizados por la Secretaría.
Técnico en Normativa.
Título universitario en las áreas
de derecho y/o relaciones internacionales.
Conocimiento sobre el proceso
normativo del MERCOSUR.
Dominio de procesador de texto.
Técnico en Documentación
Título universitario relacionado
con el archivo y clasificación de documentos.
Conocimiento sobre el proceso
negociador del MERCOSUR.
Dominio del procesador de texto.
Técnico en Divulgación
Título universitario relacionado
con actividades de divulgación.
Conocimiento sobre el proceso
negociador del MERCOSUR.
Dominio del procesador de texto.
Técnico en Informática
Título universitario en
informática.
Experiencia Laboral en el área de
informática.
Conocimiento sobre el proceso
negociador del MERCOSUR.
Asistente Técnico
Estudios secundarios completos.
Dominio del procesador de texto.
Conocimiento sobre el proceso
negociador del MERCOSUR.
Personal de Apoyo
Estudios primarios completos.
Conocimiento básico sobre el
MERCOSUR.
Los contratos de trabajo de los técnicos y demás
funcionarios de la Secretaría serán firmados por un plazo de dos años y podrán
ser renovados por períodos iguales o por una fracción de ese período.
DISPOSICIONES GENERALES
El conocimiento operativo de los dos idiomas oficiales y
de trabajo del MERCOSUR será condición obligatoria para la designación en todos
los cargos de la Secretaría, sujeta a certificación en ocasión de la firma de
nuevos contratos o su renovación, excepto en lo que se refiere a los cargos de
apoyo para los cuales se requiere conocimiento elemental de los dos idiomas.
Además del cuadro de personal contratado, la Secretaría podrá valerse, para la ejecución de tareas específicas que le hayan sido
atribuidas, de la cesión por un plazo determinado de recursos humanos
especializados por los Estados Partes del MERCOSUR.
Las tareas a las cuales se refiere el párrafo anterior
serán acordadas por los Estados Partes en consulta con el Director de la Secretaría.
Los Estados Partes podrán, además, designar a su criterio
funcionarios gubernamentales para que realicen pasantías en los diferentes
sectores de la Secretaría, los cuales ejercerán sus funciones de acuerdo con
las reglamentaciones establecidas para ese fin por el Director, en consulta con
los Coordinadores Nacionales del GMC.
ANEXO III
ESTRUCTURA SALARIAL
Las siguientes remuneraciones serán establecidas en los
contratos a ser suscriptos con los funcionarios de la Secretaría del MERCOSUR a partir del 30/4/2003:
(a)
Consultores Técnicos (4 cargos )
|
-
|
Salario 3.000 Dólares estadounidenses
|
|
|
|
(b) Técnicos (9 cargos )
|
-
|
Salario 1.750 Dólares estadounidenses
|
|
|
|
(c) Asistentes Técnicos (9 cargos )
|
-
|
Salario 1.050 Dólares estadounidenses
|
|
|
|
(d) Personal de Apoyo (3 cargos )
|
-
|
Salario 600 Dólares estadounidenses
|