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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 11 |
12/06/2003 |
Fecha:
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22/07/2003 |
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Dependencia:
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RE-11-2003-GMC |
Tema:
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MERCOSUR |
Asunto:
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CONFERENCIA REGIONAL DE EMPLEO |
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VISTO El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro
Preto. |
CONSIDERANDO: |
El análisis efectuado por
la Comisión Sociolaboral
de las memorias ofrecidas por los Estados Parte respecto al cumplimiento del
referido artículo en su XII Reunión Regional en la ciudad de Asunción. |
Que como resultado del
antedicho análisis se constata el agravamiento del nivel de desempleo en la
región, así como un deterioro en la calidad del empleo y el incremento del trabajo
no registrado y del subempleo, que tienden a aumentar los desequilibrios
sociales y regionales. |
Que la consolidación y
profundización del proceso de integración del MERCOSUR debe ser un factor de promoción
y creación del empleo |
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE: |
Art. 1 — Instruir
expresamente a los órganos auxiliares del GMC a mantener la cuestión del empleo
con carácter prioritario en todas las instancias institucionales, cuyas
decisiones tengan implicancias con esta temática. |
Art. 2 — Autorizar a
la Comisión Sociolaboral
a que realice una "Conferencia Regional de Empleo", en la que
participen los órganos sociolaborales y todas las instituciones del MERCOSUR
que tengan implicancia con el empleo, a realizarse entre los días 15 y 16 de
abril de 2004 en oportunidad del 13° aniversario del Tratado de Asunción, en
el entendido que esto no implique ningún costo para el MERCOSUR. (Fecha
sustituida por art .1° de
la Resolución
N° 41/2003 del Grupo Mercado Común B.O. 10/5/2004). |
Art. 3 — Instruir a
la Comisión Sociolaboral
del MERCOSUR a que elabore el Programa y contenido y organice dicha
conferencia, y a que a tal efecto solicite apoyo a
la OIT para su realización. Los
términos de referencia de la mencionada conferencia deberán ser aprobados por
la Comisión
Sociolaboral en su próxima reunión a realizarse en el mes
de Octubre de 2003 en la ciudad de Montevideo. |
Art. 4 — Esta Resolución no
necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte
reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR. |
L GMC - Asunción, 12/VI/03 |
MARIA CRISTINA BOLDORINI,
Ministro, Directora de Asuntos Institucionales del Mercosur. |
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