Detalle de la norma RE-106-1996-GMC
Resolución Nro. 106 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1996
Asunto Requisitos Fitosanitarios del Melon
Detalle de la norma

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Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 106 11/10/1996 Fecha: 02/10/1996
 
Dependencia: RE-106-1996-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: SUBSTANDARD 3.7.22 – REQUISITOS FITOSANITARIOS GENERALES Y ESPECIFICOS PARA CUCUMIS MELO (MELON, MELÃO)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 6/93 y la Recomendación Nº 27/96 del Subgrupo de Trabajo Nº 8 "Agricultura".

CONSIDERANDO:

Que es necesario disponer de requerimientos de cuarentena armonizados para aplicar al intercambio de productos de origen vegetal entre los Estados Partes y con terceros Estados.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art. 1 – Aprobar el Substandard 3.7.22 - Requisitos Fitosanitarios Generales y Específicos para Cucumis melo (melon, melão) según el país de destino y de origen, que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 – Las Organizaciones de Protección Fitosanitaria, que se enumeran seguidamente, deberán adoptar las disposiciones internas pertinentes para dar cumplimiento a la presente Resolución.

ARGENTINA: Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación (SAPyA).

BRASIL: Departamento de Defesa e Inspeção Vegetal (DDIV) – Ministério da Agricultura e do Abastecimento (MA).

PARAGUAY: Dirección de Defensa Vegetal (DDV) – Ministerio de Agricultura y Ganadería.

URUGUAY – Dirección de Servicios de Protección Agrícola – Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Art. 3 – La presente Resolución entrará en vigencia el 10/12/96.

XXIII GMC, Brasilia 11/10/96

 

SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSUR

 

SECCION III - MEDIDAS FITOSANITARIAS

3.7.22. Requisitos Fitosanitarios Generales y Específicos para

Cucumis melo

(melón, melào)

según País de Destino y Origen.

COMITE DE SANIDAD DEL MERCOSUR

1996

CONTENIDO

Revisión

Aprobación

Registro de modificaciones

Distribución

I.

Introducción:

Ambito

Referencias

Definiciones y Abreviaturas

Descripción

 

II.

Requisitos Fitosanitarios Generales y Específicos para Cucumis melo (melón, melào), según País de Destino y de Origen

 

REVISION

Este Sub-estándar Fitosanitario del CSM está sujeto a revisiones y modificaciones periódicas y aperiódicas en función del status de las plagas en los territorios de los Estados Parte del MERCOSUR.

La fecha de la próxima revisión periódica es:

APROBACION

La aprobación de este Sub-estándar Fitosanitario fue recomendada por la Reunión del Sub-Comité de Sanidad Vegetal del MERCOSUR efectuada en en de 1996, sobre la base de la Recomendación realizada por el GTP-Cuarentena Vegetal en su Reunión efectuada en Montevideo del 1 al 5 de julio de 1996.

Este Sub-estándar fue aprobado por el COMITE de SANIDAD DEL MERCOSUR en su Reunión de de 1996, por la Reunión del SGT-8 y adoptado en la Reunión del GMC por Resolución Nº de fecha.

REGISTRO DE MODIFICACIONES

Las modificaciones a este Sub-estándar serán numeradas y datadas correlativamente.

Los poseedores del Sub-estándar deben asegurarse que todas las modificaciones serán insertadas y las páginas obsoletas serán removidas.

DISTRIBUCION

Como establecida en el Estándar Fitosanitario 3.7.

I- INTRODUCCION

1.- AMBITO

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, generales y específicos aplicados por las ONPFs de los Estados Parte del MERCOSUR para la regulación fitosanitaria de Cucumis melo (melón, melào), según su codificación en el Nomenclator Cuarentenario y de acuerdo con su país de origen.

2.- REFERENCIAS

- Estándar 3.5. Nomenclator cuarentenario MERCOSUR, CSM/EST 3.5 Setiembre 1994.

- Estándar 3.7.a. Intensidad de las Medidas Fitosanitarias por Tipo de Plaga. CSM/EST 3.7.a. Diciembre de 1995.

- Estandar 3.7 Armonización de las medidas Fitosanitarias por Producto. CSM/EST 3.7. Mayo 1996.

3.- DEFINICIONES Y ABREVIATURAS.

Las establecidas en el Estándar 3.7.

4.- DESCRIPCION

Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados, generales y específicos utilizados por las ONPFs de los Estados Parte del MERCOSUR, para la regulación fitosanitaria del intercambio de Cucumis melo (melón, melào), en sus diferentes presentaciones, según el código de producto que consta en el Nomenclator Cuarentenario del MERCOSUR, organizados por país de destino y origen.

 

Presione aquí para ver Anexo RE-106-1996-GMC-001

Presione aquí para ver Anexo RE-106-1996-GMC-002

Presione aquí para ver Anexo RE-106-1996-GMC-003

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-41-2008-GMC Deroga Melón Sub-Standard 3.7.22 Requisitos Fitosanitarios
RE-585-2006-SAGPA Complementa Incorporación al Ordenamiento jurídico nacional. Fitosanitarios
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
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