Detalle de la norma NE-9-2005-AFIP
Nota Externa Nro. 9 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2005
Asunto Impuesto al Valor Agregado.
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Bol/Oficial
Nota Externa Nº 9 29/12/2005 Fecha: 03/01/2006
 
Dependencia: NE-9-2005-AFIP
Tema: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Asunto: Impuesto al Valor Agregado. Artículo 28, inciso e) de la ley del gravamen. Solicitudes de acreditación, devolución o transferencia del saldo a favor, por ventas de bienes de capital. Resolución General Nº 1168, su modificatoria y complementarias. Norma aclaratoria.
 

Con relación al procedimiento establecido por la Resolución General Nº 1168, su modificatoria y complementarias, para la acreditación, devolución o transferencia de los saldos a favor del impuesto al valor agregado, originados en la realización de los bienes incluidos en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR, detalladas en la planilla Anexa al inciso e) del artículo 28 de la ley del gravamen, corresponde aclarar que los sujetos comprendidos en dicho régimen deberán:

a) Cumplir con las obligaciones indicadas en el Apartado A) del Anexo III de la Resolución General Nº 1351, sus modificatorias y complementarias.

b) Utilizar el programa aplicativo denominado “IVA – SOLICITUD DE REINTEGRO POR VENTA DE BIENES DE CAPITAL – Versión 2.0 Release 1”, el cual podrá ser transferido desde la página “web” institucional de esta Administración Federal (http://www.afip.gov.ar).

c) Informar en el campo “Imp. IVA del documento de importación” del mencionado programa aplicativo, el importe total del impuesto al valor agregado correspondiente al mencionado documento.

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal.

 
 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
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