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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Bol/Oficial |
Nota Externa Nº 7 |
17/04/2006 |
Fecha: |
19/04/2006 |
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Dependencia:
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NE-Nº 7-2005-SDGLTA |
Tema:
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SUBDIRECCION GENERAL DE TECNICO LEGAL ADUANERA |
Asunto:
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Prórroga de Importaciones Temporales
en el marco del Artículo 31, Apartado 1, Inciso a) del Decreto Nº 1001/82. |
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VISTO
la Instrucción
General Nº 80 (SDG LTA) del 6 de octubre de 1999, por la
cual se implementó la intervención de
la Dirección Nacional
de Industria en las autorizaciones de importaciones temporales y sus
prórrogas, efectuadas en el marco del Articulo 31, Apartado 1, Inciso a) del
Decreto Nº 1001 del 21 de mayo de 1982. |
Que
a la fecha, y teniendo en cuenta la experiencia recogida desde la
implementación de la citada medida, particularmente en lo que respecta a las
prórrogas de importaciones temporales, se destaca la gran dilación que se
produce desde la solicitud del peticionante de un trámite de prórroga hasta
el dictamen final que emite el citado Organismo, superando dicho lapso
ampliamente los plazos establecidos en el Artículo 266 del Código Aduanero. |
Por
ello, y en uso de las facultades conferidas por el Punto 2, Artículo 31 del
Decreto Nº 1001 del 21 de mayo de 1982, se deja sin efecto la intervención de
la Dirección
Nacional de Industria únicamente en lo que respecta a las
solicitudes de prórroga de importaciones temporales en el marco antes citado,
subsistiendo la intervención inicial que otorgue
la Dirección Nacional
de Industria al momento de conceder la solicitud de importación temporal,
resguardando de esta manera la no afectación a la actividad
económica sectorial, quedando en cabeza de las Aduanas de Registro la
potestad de conceder dichas prórrogas, siempre que a su criterio, los motivos
resultaren suficientes y razonables, analizándose cuidadosamente los mismos a
fin de evitar la desnaturalización de este Instituto. |
Regístrese,
publíquese, dése a
la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr.
JORGE ROBERTO DE CICCO, Subdirector General, Técnico Legal Aduanera,
Dirección General de Aduanas. |
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