Detalle de la norma NE-67-2006-DGA
Nota Externa Nro. 67 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2006
Asunto Importación Temporal para reparación. Perfeccionamiento Industrial
Boletín Oficial
31041 Fecha: 27/11/2006
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of 
Nota Externa Nº 67 23/11/2006 Fecha: 27/11/2006
 
Dependencia: NE-67-2006-DGA
Tema: DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Asunto: Aplicación del Decreto Nº 1001/82 art. 313 - Importación temporal para reparación.
 

VISTO el régimen de importación temporaria para perfeccionamiento industrial previsto en el Decreto Nº 1330/04, el cual incorpora a través de su Artículo 2º el proceso de reparación dentro del citado marco normativo.

Que la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial ha puesto de manifiesto mediante Actuación Nº 12048-1184-2006 la necesidad que, en función a lo normado en el artículo 32 del Decreto Nº 1330/04 se apliquen las disposiciones del Código Aduanero, específicamente en lo atinente al Artículo 31, Apartado 3, del Decreto Nº 1001/82 hasta tanto se concluya en el ámbito de esa Subsecretaria con el desarrollo de un mecanismo ágil y dinámico a otorgarse a las mercaderías que ingresan para esta finalidad, en atención al corto período de tiempo que involucra dicho proceso industrial y la inmediata reexportación del bien reparado.

Que a fin de no entorpecer la operatoria del comercio exterior, teniendo en cuenta el grado de desarrollo que han adquirido en nuestro país las prestaciones de servicio inherentes a este proceso, como así también la envergadura que los mismos suponen en la realidad económica nacional, en la inmediatez de la emergencia corresponde que esta Dirección General asuma la autorización de tales destinaciones al amparo del citado Artículo 31, Apartado 3, del Decreto Nº1001/82

Por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9, Apartado 2, Inciso a), del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997, se instrumenta a dichos fines el siguiente procedimiento:

El interesado deberá formalizar presentación requiriendo autorización al servicio aduanero con carácter previo a la solicitud de destinación suspensiva de importación temporal, debiendo indicar la naturaleza del trabajo a realizar, descripción de la mercadería a importar, y plazo de permanencia en el país.

A efectos de la exportación de la mercadería reparada, el interesado deberá gestionar ante el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), el Certificado de pérdidas y mermas por reparación en forma previa a la oficialización de cada solicitud de exportación, debiendo incluir en su declaración el identificador del informe emitido por dicho Instituto, adjuntándose el mismo como documentación complementaria de la citada destinación de exportación para consumo.

A los fines de la liberación de la garantía oportunamente constituida, el citado Certificado deberá encontrarse disponible en el sitio web de la AFIP, www.afip.gov.ar, en el enlace “Usuarios aduaneros”, bajo el título “Consultas en línea” con el nombre “Certificados emitidos por el INTI”, de acuerdo al procedimiento de publicación establecido en la Nota Externa Nº 54/06 (DGA), el cual será cotejado por el servicio aduanero para proceder en consecuencia.

El procedimiento que se establece tendrá carácter temporal hasta tanto la citada Subsecretaria de Política y Gestión Comercial notifique que se encuentra en condiciones de llevar a cabo dicha tarea, momento a partir del cual se dejará sin efecto el mecanismo implementado a través de la presente.

Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese. Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General De Aduanas.

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa NE-54-2006-DGA Importación temporal para reparación
Complementa RG-2147-2006-AFIP Importación temporal para reparación
Relaciona DE-1330-2004-PEN Importación Temporal para reparación. Perfeccionamiento Industrial