Detalle de la norma DC-17-2002-CMC
Decisión Nro. 17 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 2002
Asunto Simbolos del MERCOSUR
Detalle de la norma
DC-17-2002

DC-17-2002

SIMBOLOS DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 01/98 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 25/97 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que una más amplia divulgación del nombre, sigla, emblema y bandera del MERCOSUR contribuye para consolidar la identidad y la imagen del proceso de integración;

Que se hace necesario asegurar la debida protección al nombre, sigla, emblema y bandera del MERCOSUR;

Que el nombre Mercado Común del Sur, la sigla MERCOSUR y el emblema del MERCOSUR, en los idiomas español y portugués, fueron debidamente comunicados en los términos del artículo 6 de la Convención de París para la Protección de la Propiedad Industrial a los demás miembros de esa Convención.

EL CONSEJO DEL MERCADO

COMUN DECIDE:

Art. 1 - Son símbolos del MERCOSUR el nombre Mercado Común del Sur, la sigla MERCOSUR, el emblema del MERCOSUR y la bandera del MERCOSUR en los idiomas español y portugués, que constan como Anexo y forman parte de la presente Decisión.

Las características gráficas y combinaciones de colores del emblema y de la bandera del MERCOSUR constan en el Anexo.

Art. 2- Los símbolos del MERCOSUR son de uso del MERCOSUR, de los Estados Parte del MERCOSUR y de los órganos del MERCOSUR, pudiendo ser utilizados, sin previa autorización, por personas físicas o jurídicas nacionales de los Estados Parte del MERCOSUR de forma compatible con los objetivos del MERCOSUR.

Art. 3 - Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6 de la Convención de París para la Protección de la Propiedad Industrial, el Grupo Mercado Común podrá elaborar directivas que deberán ser debidamente divulgadas a fines de orientar el uso de los símbolos del MERCOSUR por terceros, personas físicas o jurídicas.

La utilización de los símbolos del MERCOSUR deberá respetar las orientaciones emanadas del Grupo Mercado Común.

Art. 4 - Los símbolos del MERCOSUR no podrán ser utilizados cuando estén asociados a objetivos y actividades incompatibles con los principios y objetivos del MERCOSUR, cuando sean contrarios a la moral pública o cuando puedan causar confusión entre el usuario y los órganos del MERCOSUR junto al público, induciendo a error o provocando descrédito del organismo.

Los símbolos del MERCOSUR en ningún caso podrán ser utilizados para designar órganos o instituciones que puedan ser identificados o confundidos con los órganos del MERCOSUR, tales como Tribunal, Consejo, Grupo, Comisión, Comité, Grupo de Trabajo o Foro.

Art. 5 - Las sociedades comerciales deberán observar los siguientes requisitos para el uso del término MERCOSUR,

a) que la palabra MERCOSUR no sea utilizada aisladamente, sino formando parte de la denominación o de la razón social;

b) que esa denominación tenga relación con el objeto social; y

c) que no sea utilizado de manera engañosa que induzca a error o equívoco con organismos oficiales.

Art. 6 - Cada Estado Parte asegurará, de acuerdo con su legislación, que sean adoptadas las medidas correspondientes para prohibir el uso indebido de los símbolos del MERCOSUR y asegurar su correcta utilización en los términos de esta Decisión, en particular de los artículos 3 y 4.

Para esto, los Estados Parte extenderán y asegurarán a los símbolos del MERCOSUR protección equivalente a la dedicada a los símbolos nacionales en los respectivos ordenamientos jurídicos internos en lo que se refiere a sanciones por el no cumplimiento de esta Decisión.

Art. 7 - El uso de los símbolos del MERCOSUR no habilitará su apropiación por el usuario, ni generará ningún derecho sobre los mismos. En ningún caso esos símbolos podrán registrarse como marca o integrando un conjunto marcario.

Art. 8 - El Grupo Mercado Común, cuando lo considere pertinente, podrá reglamentar esta Decisión.

Art. 9 - A partir de su entrada en vigor, la presente Decisión deroga la Decisión CMC Nº 01/98.

XXIII - CMC - Brasilia, 06/XII/02

ANEXO

SIMBOLOS DO MERCOSUL - SIMBOLOS DEL MERCOSUR

NOME (em português):

NOMBRE (en español):

MERCADO COMUM DO SUL

MERCADO COMUN DEL SUR

SIGLA (em português): MERCOSUL

SIGLA (en español): MERCOSUR

EMBLEMA (em português):

EMBLEMA (en español):

Familia Tipográfica:

Familia Tipográfica:

GILL SANS REGULAR

GILL SANS REGULAR

Referência de Cores:

Referencia de Colores:

Estas devem ser exclusivamente Pantone conforme os códigos indicados abaixo.

Estos deben ser exclusivamente Pantone, de acuerdo a los códigos abajo indicados.

 

PANTONE 286 (AZUL)

PANTONE 286 (AZUL)

PANTONE 347 (VERDE)

PANTONE 347 (VERDE)

 

Para impressões em offset com 4 cores em que não se possa usar cores especiais composição é a seguinte

Para impresiones en offset a 4 colores donde no se puedan utilizar colores , a especiales, la composición es la : siguiente:

 

AZUL: 100% cyan, 60% magenta, 0% amarelo, 6% preto

AZUL: 100% cyan, 60% magenta, 0% amarillo, 6% negro

VERDE: 100% cyan, 0% magenta, 79% amarelo, 9% preto magenta, 79%

VERDE: 100% cyan, 0% amarillo, 9% negro

Pauta de Construção:

Grilla de Construcción:

Esta pauta determina a superfície exata para a construção e a proporção que o emblema devem ter dentro do retângulo.

Esta grilla determina la superficie exacta para la construcción y la proporción que debe tener el emblema dentro del rectángulo.

Bandeira do MERCOSUL: É constituída do emblema do de MERCOSUL sobre retângulo fundo branco na proporção da pauta de construção

Bandera del MERCOSUR: Es constituida por el emblema del MERCOSUR sobre rectángulo de fondo blanco en la proporción de la . grilla de construcción.

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-16-2016-GMC Relaciona Emblema del MERCOSUR cuyas características gráficas y combinaciones de colores constan en el Anexo de la Decisión CMC Nº 17/02
DC-19-2010-CMC Relaciona Izamiento de la bandera del MERCOSUR, diplomáticos y consulares
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga DC-1-1998-CMC Deroga a la DC-1-1998-CMC
Relaciona LE-23981-1991-PLN Simbolos del MERCOSUR